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320 Los nEgocios y sus REPREsEnTAcionEs inTERnAs 7.3 Discriminación: Utilidad, derechos y justicia Dadas las estadísticas de los ingresos comparativos y los puestos bajos de las minorías y las mujeres en Estados Unidos, debemos preguntarnos lo siguiente: ¿son incorrectas estas desigualdades, y si lo son, cómo deben cambiar? Para estar seguros, estas desigualdades contradicen directamente los principios fundamentales con los que Estados Unidos se fundó: “Sostenemos que estas verdades son evidentes por sí mismas: que todos los hombres fueron creados iguales y fueron proveídos por su creador con ciertos derechos inaliena- bles”.37 Sin embargo, históricamente, con frecuencia hemos tolerado grandes discrepan- cias entre estos ideales y la realidad. Los ancestros de muchos negros que viven hoy, por ejemplo, fueron traídos a este país como esclavos, tratados como ganado y vivieron en la esclavitud, a pesar de nuestros ideales de igualdad. Como la propiedad personal de un dueño blanco, los negros antes de la Guerra Civil no se reconocían como individuos y, en consecuencia, no tenían poderes legales, ningún derecho sobre sus cuerpos o su trabajo y la Suprema Corte los veía según una de sus opiniones como “seres de un orden inferior... y tan inferior que no tienen derechos que el hombre blanco deba respetar”.38 El trato a las mujeres era comparable. Durante casi todo el siglo xix, la mujer no podía trabajar, no podía votar, no podía servir como jurado ni hacer una demanda en su propio nombre; una mujer casada perdía el control de su propiedad (que su esposo adquiría), era considerada incapaz de hacer contratos y según la opinión más importante, fue declarada por la Su- prema Corte “sin existencia legal separada de su esposo, a quien se consideraba su cabeza y representante en el estado social”.39 ¿Por qué son incorrectas estas formas de desigualdad? ¿Por qué es incorrecto discriminar? Los argumentos reunidos en contra de la discriminación en general se clasifican en tres grupos: a) argumentos utilitarios, que afirman que la discriminación lleva a un uso ineficiente de los recursos humanos; b) argumentos de derechos, que aseguran que la dis- criminación viola los derechos humanos básicos, y c) argumentos de justicia, que dicen que la discriminación da como resultado una distribución injusta de los beneficios y las responsabilidades de la sociedad. Utilidad El argumento utilitario estándar contra la discriminación racial y sexual se basa en la idea de que la productividad de una sociedad se optimiza en el grado en que los trabajos se otorguen con base en la competencia (o “mérito”).40 Los diferentes trabajos, sigue el argumento, requieren habilidades y cualidades de personalidad diferentes si han de rea- lizarse de la manera más productiva posible. Aún más, las diferentes personas tienen di- ferentes habilidades y personalidad. Entonces, para asegurar que los trabajos sean lo más productivo posible, deben asignarse a los individuos cuyas habilidades y personalidad los califiquen como los más competentes para el trabajo. En la medida en que los empleos se asignen a los individuos con base en otros criterios no relacionados con la competencia, la productividad necesariamente declinará. Discriminar entre los solicitantes para un trabajo con base en la raza, el sexo, la religión y otra característica no relacionada con el desem- peño del trabajo es necesariamente ineficiente y, por lo tanto, contrario a los principios utilitarios.41 Los argumentos utilitarios de este tipo, sin embargo, han encontrado dos tipos de ob- jeciones. Primero, si el argumento es correcto, entonces los trabajos deben asignarse con base en las calificaciones relacionadas con ese trabajo sólo si aumentan el bienestar público. Si, en cierta situación, el bienestar público avanza en cierto grado por asignar los trabajos con base en algún factor no relacionado con el desempeño del trabajo, entonces el utilita- rio tendrá que sostener que en esas situaciones lo trabajos no deben asignarse con base a Vela�squez 07.indd 320 24/5/06 08:47:44 la ética dE la discriminación En El trabajo 321 las calificaciones relacionadas con el trabajo, sino con base en otro factor. Por ejemplo, si el bienestar de la sociedad se promueve más asignando ciertos trabajos según la necesidad (o el sexo o la raza), en lugar de las calificaciones para el trabajo, entonces el utilitario tendrá que aceptar que la necesidad (o sexo o raza), y no la calificación para el trabajo, es la base adecuada para asignar esos empleos.42 Segundo, el argumento utilitario también debe responder al cargo de los oponentes que sostienen que la sociedad como un todo se beneficia de algunas formas de discrimi- nación. Los oponentes quizá aleguen, por ejemplo, que la sociedad funcionará de manera más eficiente si un sexo se socializa para adquirir la personalidad requerida para criar una familia (no agresiva, cooperativa, compasiva, sumisa, etcétera) y el otro sexo se socializa para adquirir la personalidad requerida para ganar los medios de vida (agresiva, compe- titiva, asertiva, independiente).43 Es posible asegurar que un sexo posee las características adecuadas para cuidar de una familia como resultado de su naturaleza biológica innata, mientras que el otro sexo tiene los rasgos adecuados para ganarse la vida como resultado de su propia biología. En cualquier caso, ya sea que las diferencias sexuales sean adquiridas o naturales, se argumenta que los trabajos que requieren un conjunto de rasgos basados en el sexo deben asignarse de acuerdo con él, porque colocar a las personas en trabajos que se ajustan a sus rasgos promueve el bienestar de la sociedad.44 El argumento utilitario contra la discriminación ha sido atacado desde varios puntos de vista. Sin embargo, ninguno de ellos parece haber vencido a los proponentes. Los utili- tarios responden que usar factores diferentes a las calificaciones relacionadas con el trabajo nunca proporciona mayores beneficios que el uso de esas calificaciones.45 Más aún, asegu- ran que los estudios han demostrado que existen pocas, o ninguna, diferencia moralmente significativa entre los sexos.46 Derechos Los argumentos no utilitarios contra la discriminación racial y sexual toman el enfoque de que ésta es incorrecta porque viola los derechos morales básicos de una persona.47 La teoría kantiana, por ejemplo, sostiene que los seres humanos deben ser tratados como fines y nunca usados sólo como medios. Por lo menos, este principio significa que cada in- dividuo tiene un derecho moral a ser tratado como una persona libre e igual a cualquiera otra y que todos los individuos tienen una obligación moral correlativa de tratar a cada uno como una persona libre e igual. Las prácticas discriminatorias violan el principio de dos maneras. Primero, la discriminación se basa en la creencia de que un grupo es inferior a otros; que los negros, por ejemplo, son menos competentes o menos dignos de respeto que los blancos, o quizá que las mujeres son menos competentes o dignas de respeto que los hombres.48 La discriminación racial y sexual se basa en estereotipos que ven a las mi- norías como “perezosas” o “sin cambios”, y ven a la mujer como “emocional” y “débil”. Esos estereotipos degradantes minan la autoestima de los grupos contra los que se dirigen y con ello violan su derecho de ser tratados como iguales. Segundo, la discriminación coloca a los miembros de los grupos discriminados en las posiciones social y económica más bajas: las mujeres y las minorías tienen menos oportunidades de trabajo y reciben salarios más bajos. De nuevo, el derecho a ser tratado como una persona libre e igual es violado.49 Un grupo de argumentos kantianos, relacionados con los que se mencionaron, sos- tiene que la discriminación es incorrecta porque la persona que discrimina no desearía ver su comportamiento universalizado.50 En particular, la persona no querría ser discriminada con base en característicasque no tienen que ver con su habilidad para realizar un trabajo dado. Como el que discrimina no querría ver su propio comportamiento universalizado, según el primer imperativo categórico de Kant, es moralmente incorrecto que discrimine a otras personas. Vela�squez 07.indd 321 24/5/06 08:47:45
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