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Apuntes Prácticos
¿Qué el “derecho al olvido”?
El derecho al olvido es el derecho a impedir la difusión de información personal a través de internet. Concretamente, incluye el derecho a limitar la difusión de datos personales en los buscadores cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima.
Es decir, es el derecho de una persona a solicitar que no se muestren ciertos datos y ciertos enlaces en los resultados de búsqueda de un buscador (como Google, Bing o Yahoo) si estos datos no son verídicos, son falsos o inexactos. Pero este derecho también nos ampara en caso que, aunque los datos sean verídicos, estén desfasados u obsoletos. Éste es el caso de una persona fallecida.
En la Unión Europea, desde el 2014, es posible solicitar en cualquier momento que los datos personales no sean publicados en los resultados de búsqueda en la red. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicó ese año una sentencia que establece que las personas tienen derecho a solicitar que los buscadores no muestren les enlaces a sus datos personales en los resultados de búsqueda, cuando se realice una búsqueda por su nombre.
Este derecho nos permite eliminar los enlaces y los resultados que muestran los buscadores sobre una persona, aunque no implica la eliminación de las fuentes originales. Si queremos eliminar las fuentes originales, deberemos acudir a cada una de las fuentes y solicitarlo.
Este derecho puedo ejercitarse ante buscadores, redes sociales o cualquier entidad que guarde nuestros datos personales.
Puedes encontrar más información sobre el derecho al olvido en la página de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD)
¿Cómo borrar la huella digital de una persona que ya murió?
Según la LODGDD, las personas vinculadas al fallecido, como familiares o pareja de hecho, o aquellas que hubiesen sido designadas previamente, podrán ejercer los derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición) de los datos personales de la persona fallecida. Así que podremos ejercer estos derechos de supresión o rectificación como herederos ante cualquier organización que guarde datos personales del fallecido.
Si la persona fallecida nos dejó sus nombres de usuario, claves y contraseñas en un testamento virtual, podemos hacerlo directamente en su nombre, una vez recibamos este testamento.
Si la persona fallecida no dejó un testamento virtual, un familiar puede proceder a eliminar sus cuentas o crear un perfil conmemorativo del difunto solicitándolo a las diferentes compañías.
A continuación, veremos cómo hacerlo en los diferentes servicios de Internet: buscadores, redes sociales, y resto de empresas.
¿Cómo borrar los datos personales de un fallecido en Google y otros buscadores?
Cada buscador tiene su propia manera de solicitarlo. Como norma general, hay que rellenar un formulario con la solicitud.
Estos son los enlaces para solicitar el derecho al olvido y el borrado de datos personales en los principales buscadores:
Google también ofrece otra página para retirar contenidos y ejercer el derecho al olvido de una persona viva a través se la siguiente página: Retirar información de Google (página de Google)
¿Cómo borrar los datos de un fallecido en las redes sociales?
Cada red social ofrece posiilidades distintas, pero como norma general, se puede cerrar y borrar una cuenta de un fallecido o se puede convertirla en conmemorativa.
- Cerrar y borrar la cuenta: implica el borrado de los datos y que no muestren más sus contenidos personales
- Cuenta conmemorativa: la cuenta sigue vigente, visible y pública (según el nivel de privacidad establecido), pero hace referencia a una persona fallecida.
Nuestro artículo referente a qué es lo que pasa con las redes sociales de una persona fallecida explica perfectamente cómo eliminar la cuenta de una persona fallecida en Facebook, Instagram y Twitter. Como también nos enseña cómo convertir esas cuentas en conmemorativas.
Facebook: ¿Cómo borrar la cuenta de un fallecido o convertirla en conmemorativa?
En el caso de la mayor red social de todas, Facebook, ésta nos permite:
- Borrar la cuenta
- Convertirla en conmemorativa
Ambas solicitudes las podremos hacer a través de esta página de Facebook: ¿Cómo informo del fallecimiento de un usuario o solicito la conversión de la cuenta de Facebook en conmemorativa?
Facebook solicitará un documento legal que acredite que puedes representar al propietario de la cuenta, ya sea un poder notarial, un certificado de nacimiento, un certificado de últimas voluntades o testamento, o una declaración de bienes.
Y también solicitará un documento para verificar el fallecimiento, como pueda ser una esquela (necrológica u obituario publicado en prensa), o el Certificado de defunción.
Instagram: ¿Cómo borrar la cuenta de un fallecido o convertirla en conmemorativa?
Para el caso de Instagram, propiedad de Facebook (ahora Metaverse), las opciones son las mismas:
- Borrar la cuenta
- Convertirla en conmemorativa
Lo podemos solicitar a través de la siguiente página web de Instagram: ¿Cómo denuncio la cuenta de un difunto en Instagram?
En este caso, nos solicitarán una prueba de la muerte de la persona, como pueda ser una esquela, una necrológica, o el certificado de defunción.
Twitter: ¿Cómo borrar la cuenta de un fallecido?
Twitter solo permite la eliminación de la cuenta a través del siguiente formulario.
Para poder realizar los trámites, esta red social te solicitará información sobre el fallecido, una copia de tu DNI y una copia del certificado de defunción.
Más información en las siguientes páginas de ayuda de Twitter:
Youtube/Google: ¿Cómo borrar la cuenta de un fallecido?
Google, el propietario de Youtube, permite hacer todas las gestiones referentes al fallecimiento de una persona relacionadas con cualquier negocio de Google desde un único punto. Se puede escoger si se deja la cuenta activa, o por el contrario se elimina.
En el caso que Google tenga dinero del fallecido, también se puede solicitar su devolución a través de la misma página.
Igualmente, como herederos, podremos acceder a todos los datos personales que Google tenga sobre el difunto, y ejercer nuestros derechos ARCO (acceso, rectificación, cancelación y oposición).
La página para hacer todas las gestiones con Google es la siguiente:
Extraido de
https://funos.es/como-borrar-la-huella-digital✏️ Responder
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