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1. Las calificaciones otorgadas por los tres grupos de evaluadores son equivalentes o, ¿cree usted que los criterios de evaluación son dispares?

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TALLER 3 AMV
16 pag.

Análise Estatística Universidad Del TolimaUniversidad Del Tolima

💡 1 Respuesta

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Es difícil decir si las calificaciones otorgadas por los tres grupos de evaluadores son equivalentes, ya que no se conocen los criterios de evaluación utilizados por cada grupo. Sin embargo, es posible que los criterios de evaluación sean dispares, lo que podría explicar las diferencias en las calificaciones.

A continuación, se presentan algunos ejemplos de cómo podrían ser dispares los criterios de evaluación:

  • Enfoque: Los diferentes grupos de evaluadores pueden centrarse en diferentes aspectos del desempeño laboral. Por ejemplo, un supervisor puede centrarse en el cumplimiento de objetivos, mientras que un compañero de trabajo puede centrarse en la calidad del trabajo.
  • Peso: Los diferentes grupos de evaluadores pueden otorgar un peso diferente a los diferentes criterios de evaluación. Por ejemplo, un supervisor puede otorgar un peso mayor al cumplimiento de objetivos, mientras que un compañero de trabajo puede otorgar un peso mayor a la calidad del trabajo.
  • Escala: Los diferentes grupos de evaluadores pueden utilizar escalas de evaluación diferentes. Por ejemplo, un supervisor puede utilizar una escala de 1 a 5, mientras que un compañero de trabajo puede utilizar una escala de 1 a 10.

Si los criterios de evaluación son dispares, es posible que las calificaciones otorgadas por los diferentes grupos de evaluadores no sean comparables. En este caso, sería necesario estandarizar los criterios de evaluación para poder comparar las calificaciones.

Para estandarizar los criterios de evaluación, es importante que los diferentes grupos de evaluadores trabajen juntos para acordar un conjunto de criterios comunes. Estos criterios deben ser claros y objetivos, y deben ser comunicados a los trabajadores con anticipación.

En el caso específico de Perú, la Ley de Productividad y Competitividad Laboral (LPCL) establece que los criterios de evaluación del desempeño laboral deben ser claros y objetivos, y que deben ser comunicados a los trabajadores con anticipación. Además, la LPCL establece que los trabajadores tienen derecho a impugnar las evaluaciones que consideren injustas.

Si los trabajadores consideran que las evaluaciones que han recibido son injustas, pueden impugnarlas ante el empleador. El empleador debe investigar las impugnaciones y, si encuentra que las evaluaciones son injustas, debe corregirlas.


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