11. La ley 24488 enuncia un criterio general de inmunidad, seguido de un listado de excepciones a la misma. Esta forma de regular la cuestión:
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11. La ley 24488 enuncia un criterio general de inmunidad, seguido de un listado de excepciones a la misma. Esta forma de regular la cuestión: El conjunto de todas las demás opciones configura la opción correcta. Contradice la evolución del derecho consuetudinario que consagra la inmunidad de jurisdicción como excepción. Se opone a la tendencia adoptada por la mayoría de los países cuando legislan sobre el tema, que distinguen entre actos de imperio y gestión. Es una modalidad que fue adoptada por primera vez por la legislación argentina. Se corresponde con el criterio adoptado por la nueva Convención de las Naciones Unidas sobre las inmunidades jurisdiccionales de los Estados y de sus bienes.
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