Entiendo que estás buscando información sobre la legislación relacionada con la salud en Ecuador. Según el artículo 32 de la Constitución de la República del Ecuador, la salud es un derecho garantizado por el Estado a través de políticas económicas, sociales, culturales, educativas y ambientales, asegurando el acceso permanente, oportuno y sin exclusión a programas, acciones y servicios de promoción y atención integral de salud. Además, la prestación de los servicios de salud se rige por principios de equidad, universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y bioética, con enfoque de género y generacional. En el artículo 36, se establece que las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado de todos los hospitales y clínicas del país, considerándose personas adultas mayores a aquellas que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad. El Estado garantizará a las personas adultas mayores la atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas, según el artículo 37. Además, la Ley Orgánica de la Salud establece que todo medicamento debe ser comercializado en establecimientos legalmente autorizados, y para la venta al público se requiere receta emitida por profesionales facultados para hacerlo, a excepción de los medicamentos de venta libre, clasificados como tales con estricto apego a normas farmacológicas actualizadas. Espero que esta información te sea útil. Si necesitas más detalles sobre algún punto en particular, no dudes en preguntar.
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Sociedade, Multiculturalismo e Direitos – Direitos Humanos e Multiculturalismo
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