La legislación de política social, la protección del débil y la procuración administrativa res de edad para garantizarles un desarrollo integral, l...
La legislación de política social, la protección del débil y la procuración administrativa res de edad para garantizarles un desarrollo integral, lo que implica la oportunidad de formarse física, mental, emocional, social y moralmente en condiciones de igualdad. Los principios rectores de esa protección son los siguientes: 1. El interés superior de la infancia. 2. La no discriminación por razón alguna. 3. Igualdad sin distinción de raza, edad, sexo, religión, idioma, opinión política o de cualquier otra índole, origen étnico, nacional o social, posición económica, discapacidad, circunstancias de nacimiento u otra condición suya o de sus ascendientes, tutores o representantes. 4. El de vivir en familia, como espacio primordial de desarrollo. 5. El de tener una vida libre de violencia. 6. Corresponsabilidad de la familia, estado y sociedad. 7. Tutela plena e igualitaria de los derechos humanos. Para la defensa y protección de los derechos de niños y de adolescentes en el plano nacional, las instituciones que la federación, las entidades federativas y los municipios establezcan, en el ámbito de sus respectivas competencias, contarán con personal capacitado y serán instancias especializadas con autoridad para la efectiva procuración del respeto de esos derechos.
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