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Entonces, ¿de qué se compone el análisis del impacto normativo? Tiene varios componentes, de acuerdo con la doctrina13 y tal como se recoge tanto d...

Entonces, ¿de qué se compone el análisis del impacto normativo? Tiene varios componentes, de acuerdo con la doctrina13 y tal como se recoge tanto de la misma ocde como de la práctica norteamericana y europea14 sobre el tema:

a. Identificación del problema normativo: El análisis de impacto normativo inicia por identificar el problema objeto de regulación, ya que el problema puede provenir de un hecho, del cumplimiento del mandato de una norma o incluso de los resultados de una evolución ex post de impacto de las normas vigentes.
b. Identificación del objetivo público para resolver el problema: El paso siguiente es identificar el objetivo público que se pretende conseguir con el fin de resolver el problema identificado. Debe, por supuesto, haber una relación entre el problema y los objetivos que se pretender alcanzar. Dichos objetivos deben ser los trazados en la Constitución Política y las leyes.
c. Diseño de las alternativas de solución para lograr los objetivos públicos con los cuales se resuelve el problema normativo: Teóricamente, cuando se diseñan las alternativas se debe contar, como mínimo, con dos, y dentro de las cuales debe haber una que indique no regular y la otras regular. Esto es muy importante porque las intervenciones del Estado no solamente se tratan exclusivamente de regular, sino que también hay otras acciones, tales como fiscalización, política pública, fomento, planeación o creación de empresas, que por supuesto no significa expedir normas. En el caso que la alternativa sea regular es importante tener en cuenta que se activan las preguntas qué y cómo regular. ¿Qué regular? La respuesta es si estamos ante una actividad económica o no económica, o un bien público o un bien privado e incluso una actividad administrativa. ¿Cómo regular? Si está sujeto a la aplicación de técnicas de regulación, tales como: a) los instrumentos que se utilizan para regular, esto es, de lo que se va ocupar la norma, es decir, si se va ocupar de precios, contratos, calidad, usuarios u otra materia; b) las formas de llevar a cabo la regulación, es decir, la forma de cómo se implementa lo que se va a ocupar la norma, si con técnicas tradicionales o nuevas alternativas de regulación, puntos desarrollados en apartados anteriores; y c) cómo se materializaría la alternativa: a través de ley, decreto, resolución, circular, etc. (hard law), o a través de guías, directivas, directrices, lineamiento, etc. (soft law).
d. Análisis de impacto económico e impacto jurídico a las alternativas para seleccionar la de mayor beneficio, efectividad y eficacia, y que se adecue a la legalidad: Los análisis de impacto normativo son económicos, jurídicos, presupuestales o fiscales, y los impactos socioambientales. Los impactos más comunes son económicos y jurídicos. Por tal razón haremos referencia a estos dos.

Esta pregunta también está en el material:

Teoria da Regulação em Direito
218 pag.

Processos de Desenvolvimento de Software Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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