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atiende, sin embargo, al carácter técnico de estas normas parecería más acertado interpretar que éstas no son sino fruto de la autorregulación, com...

atiende, sin embargo, al carácter técnico de estas normas parecería más acertado interpretar que éstas no son sino fruto de la autorregulación, como la mayor parte de reglas técnicas, como sabemos, y que lo que se produce, en su caso, es una publificación de las mismas en el ámbito estrictamente estatal. La absorción de reglas técnicas por el ordenamiento sería, en este como en otros casos, una opción posible. Dicha opción, sin embargo, no viene impuesta por una supuesta naturaleza pública de las reglas técnicas. Éstas, por si mismas, no son normas jurídicas. Su aprobación no comporta el ejercicio de una función pública, como tampoco es una función pública, a nuestro entender, su estricta aplicación. Y ello, a pesar de los paralelismos existentes e, incluso, las superposiciones constantes, entre las reglas técnicas y las reglas jurídicas.

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732 pag.

Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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