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Evolução das Politicas Públicas no BR Lei Orgânica da Saúde

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1º SERVICIO de Salud Publica en BR: Santa Casa de la
misericoridia.
1º SISTEMA de Salud Publica en BR: 1923 (no serveria para
todos).
Ley Eloy Chaves/1923 : Eloy Chaves deputado; criou el CAPs (Caja de
aposentados y pensiones) una ahorros (poupança) con el diñero del
trabajador.
 CAPS 1923-1933 
POR ELOY CHAVES EN 1923 Criación: 1923 Hasta: 1933
CAJA DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN
NO tenía contrapartida del governo. En el inicio abastecido
solamente con diñero de los trabajadores ferroviarios y algunos
setores de funcionarios publicos (clases más superiores).
Colapso en 3 años de criación. Muchas pesonas empezaron a
trabajar aún cuando "ninõs"/adolescentes. Tuve más salida de diñero
que entrada.
En su final agrego más 2 clases: navegación y aeronautica,
además otras categorias de trabajadores publicos.
PENSIÓN y APOSENTADORIA: personas con >50 años o 30 años de
contribución.
+
SALUD
 IAPS 1933-1965 
Criación: 1933 Hasta: 1965
INSTITUTO DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN
CON contrapartida del governo. 
Todas las categorias formales tenia derecho a la salud. Todos
contribuian con la misma porcentaje, más debido al salario ser
diferente la cantidad en diñero también. El atendimiento según
cada categoria de trabajo (como un plan de salud). Si el IAPs no
cubriera todo, la persona tendría que pagar el resto del tratamiento.
IAPs no tenia las mismas caracteristicas del SUS.
Criación: 1965 
INSTITUTO NACIONAL DE LA PREVIDENCIA SOCIAL
Paga una porcentaje, unificou IAPs y todos tenia los mismos derechos.
Contrapartida del governo. Todos profisionales formales.
NO gastaba tantos recursos, solo lo necesario.
Mayor gasto en aposentadoria y menor gasto/inversión en salud.
 INPS 1965
INAMPS 1974-1993
INPS criou el INAMPS en 1974. Hasta 1993
INSTITUTO NACIONAL DE ASSISTÊNCIA MÉDICA DA
PREVIDÊNCIA SOCIAL
Responsable por la Salud. Construyo hospitales solo para quien
constribuia. INPS reposanble solo por la previdencia.
Salario menor % INPS y mayor % INAMPS
 SUS 1990
Proviene del INAMPS, usava de los hospitales criados por el
INAMPS
Salud gratuita
INPS pasó a ser INSS solo paga la aposentadoria.
 8º Conferencia Nacional de la Salud 1986
17 - 21/03/1986 (5 días)
1ra conferencia que tuve participación del pluebo.
Salud como deber del estado (país) y derecho del ciudadano.
Reformulación SNS.
Financiamento setorial (quién hará cargo de los gastos)
1986: 8tava Conferencia Nacional de Salud
1988: Constitución Federal. art. 196 salud derecho de todos y
deber del estado.
1990: Criación SUS (Leys organicas de la salud 8080 y 8142)
1.
2.
3.
Salud: equilibrio binestar biologico, psiquico y social.
Merlyken Glenda Ferreira Brito
@brito_mell
Santa Casa de la Misericordia 
1º SERVICIO Salud Publica en BR
CAPS 1923 
1º SISTEMA Salud Publica en BR
Aposentadoria y pensión + Salud
INPS 1965 
INSTITUTO NACIONAL DE LA PREVIDENCIA SOCIAL
INAMPS 1974 
IINSTITUTO NACIONAL DE ASISTENCIA MEDICA DE
LA PREVIDENCIA SOCIAL 
IAPS 1933 
INSTITUTO DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN
SUS 1990 (1993) 
SISTEMA UNICO DE SALUD 
Ley Organica de la Salud 8.080/90Ley Organica de la Salud 8.080/90Ley Organica de la Salud 8.080/90
Jerarquía Esfera: Municipal, Estadual, Unión.
Ley 'orçamentaria' (presupuestario): las
esferas deben hacer un plan presupuestario en
el fin de año, siempre para el año siguiente. 
Plan quinquenal: es el plan que tiene una
duración de 5 años. Fue hasta 1988, con el fin
del mismo empezó el Plan anual.
Determina los princípios del sus:
Ético
Doutrinários 
Organizativos
Reforma sanitaria (fin del modelo
curativista), pasa a ser:
Dispone las condiciones para la PROMOCIÓN,
PROTECCIÓN y RECUPERACIÓN de la salud,
la organización y funcionamiento de los
servicios correspondientes y otras medidas.
Es menos costoso para el páis cuando se tiene
la promoción, protección y recuperación, más
fácil y menos costoso tratar un ambiente y
prevenir que tratar una vila o región entera
enferma.
LEY 8.080 19/09/1990 
1ª LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
1.
2.
3.
Constitución 1988: "Salud es un derecho de
todos y un deber del estado."
Ley 8080: "La salud es un derecho humano
fundamental, y el Estado debe brindar las
condiciones necesarias para su pleno
ejercicio”.
 Disposiciones Generales
Reducir el riesgo de lesiones
Establecer condiciones para el acceso
universal, promoción, protección y
recuperación: UNIVERSALIDAD y EQUIDAD
No excluye los deberes de otros agentes
(familia, empresa, sociedad, etc...) : 
 INTEGRALIDAD
Alimentación, Hogar, Saneamiento, Medio
ambiente, Trabajo, Ingreso, Educación, Ocio
(lazer), Otros
SUS
DETERMINA QUE SON DEBERES DEL ESTADO:
DETERMINANTES / CONDICIONES (bienestar
bio-psico-social)
Merlyken Glenda Ferreira Brito
@brito_mell
Conjunto de acciones y servicios de salud,
prestados por organismos públicos...”
Identificar factores determinantes y
condicionantes de la salud (lo que influye
en la salud de la población);
Formulación de políticas públicas;
Asistencial (promoción, protección y
recuperación).
Vigilancia sanitaria*: verificar y
promover el cumplimiento de las normas
y reglamentos técnicos vigentes, evaluar
las condiciones de operación e identificar
riesgos y daños a la salud de los
pacientes, trabajadores y medio
ambiente.
Vigilancia epidemiológica*:
recopilación y procesamiento de datos;
análisis e interpretación de datos
procesados; Diseminacion de informacion;
investigación epidemiológica de casos y
brotes; análisis de los resultados
obtenidos; y recomendaciones y
promoción de las medidas de control
indicadas.
Salud del trabajador*: definir los
principios, directrices y estrategias para
el desarrollo de la atención integral a la
salud de los trabajadores, con énfasis en
la vigilancia, visando la promoción y
protección de la salud de los trabajadores
y la reducción de la morbilidad y
mortalidad derivadas de los modelos de
desarrollo y procesos productivos.
Asistencia terapéutica
Orientación alimentaria
Protección Ambiental
Desarrollo científico
OBJETIVOS:
O sea, descentralizar el servicio con postos de
salud en casos "menos" graves y solo casos
hospitalares enviados para el hospital.
ATRIBUCIONES DEL SUS:
 * Ya estaban implantados y tuviera una
mejoria
UNIVERSALIDAD: todos tienen acceso a la salud.
INTEGRALIDAD: tener en cuenta el aspecto
“humano” del paciente para ser integrado al
sistema de salud
AUTONOMÍA: autonomía del paciente como
persona.
IGUALDAD: todos tienen derecho al mismo
servicio de salud sin perjuicio.
DERECHO DE INFORMACIÓN: paciente tiene
derecho a conocer su propio estado de salud
DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN: sociedad tiene
derecho a conocer las implementaciones y los
resultados y los costos.
EPIDEMIOLOGÍA PARA ESTABLECER
PRIORIDADES: Utilice este instrumento para
implantes realmente necesarios.
DESCENTRALIZACIÓN: cada región tiene un papel
en este sistema
INTEHRACIÓN SALUD-AMBIENTE-
SANEAMIENTO: determinantes de la salud
CONJUGACIÓN DE RECURSOS:
unión/Estado/Municipios (bipartito y tripartito),
sobre recursos financieros, tecnológicos y
humanos
SOLUBILIDAD: no solo encontrar los problemas
sino también trabajar en sus soluciones.
EVITAR LA DUPLICACIÓN DE MEDIOS: evitar
diferentes medios para lograr la misma resolución
SERVICIO ESPECÍFICO PARA MUJERES Y
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA: a lo largo de los años,
algunos planes de salud se colocan en otras
prioridadesUniversalidade: para todos
Integralidade: debe respectar todo lo que te
torna un ser humano
Equidade: tratar diferente los diferentes.
Participação social
Resolubilidade
Complementariedade do setor privado
Descentralização
Regionalização
Hierarquização 
PRINCIPIOS Y DIRETRICES DEL SUS
Los principios doutrinales y organizativos NO son
de la ley 8080/90
DOUTRINÁRIOS
1.
2.
3.
ORGANIZATIVOS
1.
2.
3.
4.
5.
6.
 SUS
Primaria
Secundaria
Terciaria
RESPONSABLE EN TODOS LOS ÁMBITOS
CONSORCIOS ENTRE MUNICIPIOS
COMISIONES Y JUNTAS
COMÚN A TODOS (Unión, Estado y Municipios)
Control y evaluación de la calidad del servicio de
asistencia
Administracion de recursos
Promoción de la salud del trabajador
Medio ambiente
Sistema Nacional de Sangre y Componentes
Sanguíneos
Estándares éticos (inspección)
Fomento de la docencia y la investigación
Formulación de las principales políticas de salud
(ambiente, saneamiento, alimentación, trabajo, etc...)
Definir y coordinar los sistemas de salud
Definir estándares (ambiente, trabajo, vigilancia,
calidad de servicios, productos y profesionales)
Establecer criterios de evaluación de la calidad del
servicio
Promover la descentralización a estados y
municipios
Desarrollar amplios proyectos de futuro para todo el
país
Realizar vigilancia en puertos, aeropuertos y
fronteras
Puede realizar acciones de vigilancia en
circunstancias especiales (ej: control de epidemias)
No hay EJECUTAR en nada, excepto en las
funciones de pasarelas en el país
DESARROLLAR y DEFINIR los estándares
NIVELES DE ATENCIÓN
1.
2.
3.
La ley 8080/90 determina:
Unión: EM
Estado: ES
Municipio: SMS
Acuerdos (aunque la ley no lo deja muy establecido)
Habla de consejos de salud, sin embargo, la participación
de la comunidad (usuarios) es mejor evaluada en la ley
8142/90
COMPETENCIAS Y ATRIBUICIONES
UNIÓN
Descentralización a los municipios
Apoyo técnico y financiero a municipios
Coordinar (con el fin de complementar y ejecutar)
las acciones de: VIGILANCIA, ALIMENTACIÓN y
SALUD DE LOS TRABAJADORES
Gestión de sistemas públicos de alta complejidad:
conceptos más específicos solo vendrán con la
legislación sobre niveles de atención y promoción de
la salud en el futuro
Coordinar la red de laboratorios y centros de sangre
en las ciudades.
Formular y establecer normas complementarias (ya
que es función de la UNIÓN)
ASISTIR y COORDINAR a los municipios
Administrar y ejecutar los servicios de salud
(principalmente atención primaria)
Participar en la planificación de acciones
(comisiones bi y tripartitas)
Prestar servicios: vigilancia, saneamiento, salud del
trabajador, alimentación/nutrición
Ejecutar políticas de insulto
Controlar y supervisar el servicio privado
PARTICIPAR Y EJECUTAR
ESTADOS
MUNICIPIOS
Instituir
Método de financiación propio
Enfoque diferenciado
Artículos incluidos por otras leyes: 8142/90 y
9836/99
EQUIDAD no estaba en la ley 8080/90,
indirectamente ya estaba siendo priorizada y
enmarcada en la ley, pero sin la palabra específica.
DF Y MUNICIPIOS: Anualmente 15% de la
recaudación de impuestos y servicios públicos de
salud, siendo los Estados 12%
UNIDAD: corresponde al monto aplicado en el año
anterior, más el porcentaje relativo al PIB de la ley
de presupuesto anual del año anterior
SUBSISTEMAS
FINANCIAMENTO LEY COMPLEMENTAR 141 DE
13/01/2012
1ª
Ley Organica de la Salud 8.142/90Ley Organica de la Salud 8.142/90Ley Organica de la Salud 8.142/90
SUS
MS
DOURADOS PONTA PORÃ CAMPO GRANDE CORUMBÁ
RJ MG RO PE
FONDO NACIONAL DE SALUD (FNS)
FONDO ESTADUAL DE SALUD (FES)
FONDO MUNICIPAL DE SALUD (FMS)
15% 12%
Representantes del gobierno,
Proveedores de servicio
Profesionales de la salud
Usuarios: 50% *
Reuniones mensuales* (en los 3 ámbitos)
Formulación de estrategias (además de
las políticas desarrolladas en las
conferencias). FISCALIZACIÓN*
Control ejecución de política de salud
CONSEJO DE SALUD
Participación social
Consejos de salud
Conferencias de salud
Recursos 
Creación del SUS
Principios y directrices
2ª LEY ORGÁNICA DE LA SALUD
•DETERMINA:
1.
2.
3.
4.
La Ley 8.080/90 habla de:
8vo principio: participación comunitaria (pero no
explica más)
Con ese fin, se creó la Ley 8.142/90
Ley 8.142/90: "Sobre la participación
comunitaria en la gestión del SUS y sobre
las transferencias intergubernamentales de
recursos financieros en el área de la salud
y otras medidas”...
Merlyken Glenda Ferreira Brito
@brito_mell
2ª
Conferencia de salud
Consejo de salud
Reunión cada 4 años*
Evaluar la situación de salud.
Proponer y formular políticas de salud
para los próximos 4 años
Convocado por el poder ejecutivo:
Representación de varios segmentos
sociales:
50% por usuarios del SUS*
Ocurre a cada 4 años, si necesario puede
ocurrir antes, recibe el nombre de
conferencia extraordinaria.
Art. 1º - SUS tendrá:
CONFERENCIA DE SALUD
Extraordinariamente por los cabildos
Otro 50% por profesionales, políticos,
directivos...
El repase ESTADUAL es 12% anual del impuesto arrecadado de la salud.
El repase MUNICIPAL es de 15% por arriba del impuesto del sistema de salud.
Para el SUS y directamente para la unión.
LA UNIÓN DEBE PAGAR:
Valor mayor que el año anterior (total) + variaciones delPIB.
Ej: 10 billones (año anterior 8 billones) + PIB = 13 billones
Representación del Estado, 1 de cada estado.
Representación Municipal, segun las micro y macro regiones.
CONSEJO NACIONAL DE SALUD
CONASS: Consejo Nacional de Secretarías de Salud
CONASEMS: Consejo Nacional de Secretarios Municipales de Salud
Ambos con un 50% de representación de usuarios
Reuniones mensuales
Macroregión: formada por varias microregiones (ciudades pequeñas)
FOMENTO: FONDO NACIONAL DE SALUD
MS costo y gastos de capital
Inversiones previstas en la ley de presupuesto
Inversiones previstas en el PLAN QUINQUENAL
Plan de gobierno de la FCM para el desarrollo de Brasil para los
próximos 5 años
Como la ley fue creada en este momento, tenía que abordar el plan
quinquenal para las aplicaciones de salud.
Cobertura de acciones y servicios de salud a implementar
por municipios, estados y DF
Transferencia regular y automática
* antes, EL MUNICIPIO DADO Y RECIBIDO SOLO DESPUÉS, DE LA
UNIÓN
70% de lo “seguro” va a los municipios
Los municipios pueden constituir Consorcios
1.
2.
1.
2.
3.
4.
Perfil demográfico de la región: número de población
Perfil epidemiológico: Equidad
Características cuantitativas y cualitativas de la
red de salud en el área: No es sólo lo que necesita la
población, sino también lo que el municipio ya tiene para
ofrecer.
Desempeño técnico, económico y financiero en el
período ANTERIOR: Cómo ha venido gestionando el
municipio los fondos recibidos en años anteriores
Niveles de participación del sector salud en los
presupuestos estatales y municipales: Hasta qué
punto la salud ha sido una prioridad para el municipio
Pronóstico del plan de 5 años
Reembolso por servicios prestados a otras esferas
de gobierno
CRITERIOS PARA LA TRANSFERENCIA (ART. 55 DE LA LEY
8080/90)
FMS: Fondo Municipal de Salud
Consejo de salud
Plan de salud
Informes de gestión
Comité Redactor del PCCS: Plan de Carreras,
Cargos y Salarios
Aporte de recursos para la salud en el
presupuesto respectivo
PARA RECIBIR EL RECURSO EL MUNICIPIO PRECISA
DE:
Obs: se el Municipio no cumpre con los criterios
anteriores No se agotará, pero tampoco
ADMINISTRARÁ.
Los recursos serán administrados por los Estados o
la Unión.
BLOQUE DE COSTO EN ACCIONES Y SERVICIOS DE
SALUD Y COSTO EN ACCIONES
Mantenimiento de acciones y servicios
Funcionamiento de los organismos y establecimientos
PROHIBIDO: servidores*, propinas*, Obras, asesoramiento o
consultoría
BLOQUE DE INVERSIONES EN LA RED DE SERVICIOS DE
SALUD PÚBLICA
Adquisicion de equipos
Construcción
PROHIBIDO: organismos y unidades dedicadas a actividades
administrativas (solo para el lugar que ofrece servicio de
salud)
APLICACIONES DE RECURSOS: ORDENANZA 3.992/2017
Final de bloques separados (saneamiento,salud, etc...)
1.
2.
UNIÓN: Variación PIB
Estados y municipios: tabla
CPMF: extinguido; Impuesto
sobre las transacciones
económicas
COFONES: Contribución a
los ingresos de la empresa
CSLL: Contribución sobre la
renta neta 
Seguridad Social:
aposentadorias y pensiones
EMENDA CONSTITUCIONAL Nº
29/2000
% mínimos para cada esfera:
FUENTES DE RECURSOS
UNIÓN: año anterior ↑ + variación
PIB
2016 pasó de PIB a IPC (infracción
media) en los próximos 20 años
Estados: 12% en 5 años
Municipios: 15% en 5 años
Pago de pensiones y pensiones.
Sanidad que no es universal
Saneamiento básico* y aseo urbano
obras de infraestructura
Acciones de asistencia social
Preservación del medio ambiente
LEY 141/2012
Porcentajes mínimos para cada esfera:
Dejan de ser gastos con la salud:
FINANCIAMENTO DEL SUS

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