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1º SERVICIO de Salud Publica en BR: Santa Casa de la misericoridia. 1º SISTEMA de Salud Publica en BR: 1923 (no serveria para todos). Ley Eloy Chaves/1923 : Eloy Chaves deputado; criou el CAPs (Caja de aposentados y pensiones) una ahorros (poupança) con el diñero del trabajador. CAPS 1923-1933 POR ELOY CHAVES EN 1923 Criación: 1923 Hasta: 1933 CAJA DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN NO tenía contrapartida del governo. En el inicio abastecido solamente con diñero de los trabajadores ferroviarios y algunos setores de funcionarios publicos (clases más superiores). Colapso en 3 años de criación. Muchas pesonas empezaron a trabajar aún cuando "ninõs"/adolescentes. Tuve más salida de diñero que entrada. En su final agrego más 2 clases: navegación y aeronautica, además otras categorias de trabajadores publicos. PENSIÓN y APOSENTADORIA: personas con >50 años o 30 años de contribución. + SALUD IAPS 1933-1965 Criación: 1933 Hasta: 1965 INSTITUTO DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN CON contrapartida del governo. Todas las categorias formales tenia derecho a la salud. Todos contribuian con la misma porcentaje, más debido al salario ser diferente la cantidad en diñero también. El atendimiento según cada categoria de trabajo (como un plan de salud). Si el IAPs no cubriera todo, la persona tendría que pagar el resto del tratamiento. IAPs no tenia las mismas caracteristicas del SUS. Criación: 1965 INSTITUTO NACIONAL DE LA PREVIDENCIA SOCIAL Paga una porcentaje, unificou IAPs y todos tenia los mismos derechos. Contrapartida del governo. Todos profisionales formales. NO gastaba tantos recursos, solo lo necesario. Mayor gasto en aposentadoria y menor gasto/inversión en salud. INPS 1965 INAMPS 1974-1993 INPS criou el INAMPS en 1974. Hasta 1993 INSTITUTO NACIONAL DE ASSISTÊNCIA MÉDICA DA PREVIDÊNCIA SOCIAL Responsable por la Salud. Construyo hospitales solo para quien constribuia. INPS reposanble solo por la previdencia. Salario menor % INPS y mayor % INAMPS SUS 1990 Proviene del INAMPS, usava de los hospitales criados por el INAMPS Salud gratuita INPS pasó a ser INSS solo paga la aposentadoria. 8º Conferencia Nacional de la Salud 1986 17 - 21/03/1986 (5 días) 1ra conferencia que tuve participación del pluebo. Salud como deber del estado (país) y derecho del ciudadano. Reformulación SNS. Financiamento setorial (quién hará cargo de los gastos) 1986: 8tava Conferencia Nacional de Salud 1988: Constitución Federal. art. 196 salud derecho de todos y deber del estado. 1990: Criación SUS (Leys organicas de la salud 8080 y 8142) 1. 2. 3. Salud: equilibrio binestar biologico, psiquico y social. Merlyken Glenda Ferreira Brito @brito_mell Santa Casa de la Misericordia 1º SERVICIO Salud Publica en BR CAPS 1923 1º SISTEMA Salud Publica en BR Aposentadoria y pensión + Salud INPS 1965 INSTITUTO NACIONAL DE LA PREVIDENCIA SOCIAL INAMPS 1974 IINSTITUTO NACIONAL DE ASISTENCIA MEDICA DE LA PREVIDENCIA SOCIAL IAPS 1933 INSTITUTO DE APOSENTADORIA Y PENSIÓN SUS 1990 (1993) SISTEMA UNICO DE SALUD Ley Organica de la Salud 8.080/90Ley Organica de la Salud 8.080/90Ley Organica de la Salud 8.080/90 Jerarquía Esfera: Municipal, Estadual, Unión. Ley 'orçamentaria' (presupuestario): las esferas deben hacer un plan presupuestario en el fin de año, siempre para el año siguiente. Plan quinquenal: es el plan que tiene una duración de 5 años. Fue hasta 1988, con el fin del mismo empezó el Plan anual. Determina los princípios del sus: Ético Doutrinários Organizativos Reforma sanitaria (fin del modelo curativista), pasa a ser: Dispone las condiciones para la PROMOCIÓN, PROTECCIÓN y RECUPERACIÓN de la salud, la organización y funcionamiento de los servicios correspondientes y otras medidas. Es menos costoso para el páis cuando se tiene la promoción, protección y recuperación, más fácil y menos costoso tratar un ambiente y prevenir que tratar una vila o región entera enferma. LEY 8.080 19/09/1990 1ª LEY ORGÁNICA DE LA SALUD 1. 2. 3. Constitución 1988: "Salud es un derecho de todos y un deber del estado." Ley 8080: "La salud es un derecho humano fundamental, y el Estado debe brindar las condiciones necesarias para su pleno ejercicio”. Disposiciones Generales Reducir el riesgo de lesiones Establecer condiciones para el acceso universal, promoción, protección y recuperación: UNIVERSALIDAD y EQUIDAD No excluye los deberes de otros agentes (familia, empresa, sociedad, etc...) : INTEGRALIDAD Alimentación, Hogar, Saneamiento, Medio ambiente, Trabajo, Ingreso, Educación, Ocio (lazer), Otros SUS DETERMINA QUE SON DEBERES DEL ESTADO: DETERMINANTES / CONDICIONES (bienestar bio-psico-social) Merlyken Glenda Ferreira Brito @brito_mell Conjunto de acciones y servicios de salud, prestados por organismos públicos...” Identificar factores determinantes y condicionantes de la salud (lo que influye en la salud de la población); Formulación de políticas públicas; Asistencial (promoción, protección y recuperación). Vigilancia sanitaria*: verificar y promover el cumplimiento de las normas y reglamentos técnicos vigentes, evaluar las condiciones de operación e identificar riesgos y daños a la salud de los pacientes, trabajadores y medio ambiente. Vigilancia epidemiológica*: recopilación y procesamiento de datos; análisis e interpretación de datos procesados; Diseminacion de informacion; investigación epidemiológica de casos y brotes; análisis de los resultados obtenidos; y recomendaciones y promoción de las medidas de control indicadas. Salud del trabajador*: definir los principios, directrices y estrategias para el desarrollo de la atención integral a la salud de los trabajadores, con énfasis en la vigilancia, visando la promoción y protección de la salud de los trabajadores y la reducción de la morbilidad y mortalidad derivadas de los modelos de desarrollo y procesos productivos. Asistencia terapéutica Orientación alimentaria Protección Ambiental Desarrollo científico OBJETIVOS: O sea, descentralizar el servicio con postos de salud en casos "menos" graves y solo casos hospitalares enviados para el hospital. ATRIBUCIONES DEL SUS: * Ya estaban implantados y tuviera una mejoria UNIVERSALIDAD: todos tienen acceso a la salud. INTEGRALIDAD: tener en cuenta el aspecto “humano” del paciente para ser integrado al sistema de salud AUTONOMÍA: autonomía del paciente como persona. IGUALDAD: todos tienen derecho al mismo servicio de salud sin perjuicio. DERECHO DE INFORMACIÓN: paciente tiene derecho a conocer su propio estado de salud DIVULGACIÓN DE INFORMACIÓN: sociedad tiene derecho a conocer las implementaciones y los resultados y los costos. EPIDEMIOLOGÍA PARA ESTABLECER PRIORIDADES: Utilice este instrumento para implantes realmente necesarios. DESCENTRALIZACIÓN: cada región tiene un papel en este sistema INTEHRACIÓN SALUD-AMBIENTE- SANEAMIENTO: determinantes de la salud CONJUGACIÓN DE RECURSOS: unión/Estado/Municipios (bipartito y tripartito), sobre recursos financieros, tecnológicos y humanos SOLUBILIDAD: no solo encontrar los problemas sino también trabajar en sus soluciones. EVITAR LA DUPLICACIÓN DE MEDIOS: evitar diferentes medios para lograr la misma resolución SERVICIO ESPECÍFICO PARA MUJERES Y VÍCTIMAS DE VIOLENCIA: a lo largo de los años, algunos planes de salud se colocan en otras prioridadesUniversalidade: para todos Integralidade: debe respectar todo lo que te torna un ser humano Equidade: tratar diferente los diferentes. Participação social Resolubilidade Complementariedade do setor privado Descentralização Regionalização Hierarquização PRINCIPIOS Y DIRETRICES DEL SUS Los principios doutrinales y organizativos NO son de la ley 8080/90 DOUTRINÁRIOS 1. 2. 3. ORGANIZATIVOS 1. 2. 3. 4. 5. 6. SUS Primaria Secundaria Terciaria RESPONSABLE EN TODOS LOS ÁMBITOS CONSORCIOS ENTRE MUNICIPIOS COMISIONES Y JUNTAS COMÚN A TODOS (Unión, Estado y Municipios) Control y evaluación de la calidad del servicio de asistencia Administracion de recursos Promoción de la salud del trabajador Medio ambiente Sistema Nacional de Sangre y Componentes Sanguíneos Estándares éticos (inspección) Fomento de la docencia y la investigación Formulación de las principales políticas de salud (ambiente, saneamiento, alimentación, trabajo, etc...) Definir y coordinar los sistemas de salud Definir estándares (ambiente, trabajo, vigilancia, calidad de servicios, productos y profesionales) Establecer criterios de evaluación de la calidad del servicio Promover la descentralización a estados y municipios Desarrollar amplios proyectos de futuro para todo el país Realizar vigilancia en puertos, aeropuertos y fronteras Puede realizar acciones de vigilancia en circunstancias especiales (ej: control de epidemias) No hay EJECUTAR en nada, excepto en las funciones de pasarelas en el país DESARROLLAR y DEFINIR los estándares NIVELES DE ATENCIÓN 1. 2. 3. La ley 8080/90 determina: Unión: EM Estado: ES Municipio: SMS Acuerdos (aunque la ley no lo deja muy establecido) Habla de consejos de salud, sin embargo, la participación de la comunidad (usuarios) es mejor evaluada en la ley 8142/90 COMPETENCIAS Y ATRIBUICIONES UNIÓN Descentralización a los municipios Apoyo técnico y financiero a municipios Coordinar (con el fin de complementar y ejecutar) las acciones de: VIGILANCIA, ALIMENTACIÓN y SALUD DE LOS TRABAJADORES Gestión de sistemas públicos de alta complejidad: conceptos más específicos solo vendrán con la legislación sobre niveles de atención y promoción de la salud en el futuro Coordinar la red de laboratorios y centros de sangre en las ciudades. Formular y establecer normas complementarias (ya que es función de la UNIÓN) ASISTIR y COORDINAR a los municipios Administrar y ejecutar los servicios de salud (principalmente atención primaria) Participar en la planificación de acciones (comisiones bi y tripartitas) Prestar servicios: vigilancia, saneamiento, salud del trabajador, alimentación/nutrición Ejecutar políticas de insulto Controlar y supervisar el servicio privado PARTICIPAR Y EJECUTAR ESTADOS MUNICIPIOS Instituir Método de financiación propio Enfoque diferenciado Artículos incluidos por otras leyes: 8142/90 y 9836/99 EQUIDAD no estaba en la ley 8080/90, indirectamente ya estaba siendo priorizada y enmarcada en la ley, pero sin la palabra específica. DF Y MUNICIPIOS: Anualmente 15% de la recaudación de impuestos y servicios públicos de salud, siendo los Estados 12% UNIDAD: corresponde al monto aplicado en el año anterior, más el porcentaje relativo al PIB de la ley de presupuesto anual del año anterior SUBSISTEMAS FINANCIAMENTO LEY COMPLEMENTAR 141 DE 13/01/2012 1ª Ley Organica de la Salud 8.142/90Ley Organica de la Salud 8.142/90Ley Organica de la Salud 8.142/90 SUS MS DOURADOS PONTA PORÃ CAMPO GRANDE CORUMBÁ RJ MG RO PE FONDO NACIONAL DE SALUD (FNS) FONDO ESTADUAL DE SALUD (FES) FONDO MUNICIPAL DE SALUD (FMS) 15% 12% Representantes del gobierno, Proveedores de servicio Profesionales de la salud Usuarios: 50% * Reuniones mensuales* (en los 3 ámbitos) Formulación de estrategias (además de las políticas desarrolladas en las conferencias). FISCALIZACIÓN* Control ejecución de política de salud CONSEJO DE SALUD Participación social Consejos de salud Conferencias de salud Recursos Creación del SUS Principios y directrices 2ª LEY ORGÁNICA DE LA SALUD •DETERMINA: 1. 2. 3. 4. La Ley 8.080/90 habla de: 8vo principio: participación comunitaria (pero no explica más) Con ese fin, se creó la Ley 8.142/90 Ley 8.142/90: "Sobre la participación comunitaria en la gestión del SUS y sobre las transferencias intergubernamentales de recursos financieros en el área de la salud y otras medidas”... Merlyken Glenda Ferreira Brito @brito_mell 2ª Conferencia de salud Consejo de salud Reunión cada 4 años* Evaluar la situación de salud. Proponer y formular políticas de salud para los próximos 4 años Convocado por el poder ejecutivo: Representación de varios segmentos sociales: 50% por usuarios del SUS* Ocurre a cada 4 años, si necesario puede ocurrir antes, recibe el nombre de conferencia extraordinaria. Art. 1º - SUS tendrá: CONFERENCIA DE SALUD Extraordinariamente por los cabildos Otro 50% por profesionales, políticos, directivos... El repase ESTADUAL es 12% anual del impuesto arrecadado de la salud. El repase MUNICIPAL es de 15% por arriba del impuesto del sistema de salud. Para el SUS y directamente para la unión. LA UNIÓN DEBE PAGAR: Valor mayor que el año anterior (total) + variaciones delPIB. Ej: 10 billones (año anterior 8 billones) + PIB = 13 billones Representación del Estado, 1 de cada estado. Representación Municipal, segun las micro y macro regiones. CONSEJO NACIONAL DE SALUD CONASS: Consejo Nacional de Secretarías de Salud CONASEMS: Consejo Nacional de Secretarios Municipales de Salud Ambos con un 50% de representación de usuarios Reuniones mensuales Macroregión: formada por varias microregiones (ciudades pequeñas) FOMENTO: FONDO NACIONAL DE SALUD MS costo y gastos de capital Inversiones previstas en la ley de presupuesto Inversiones previstas en el PLAN QUINQUENAL Plan de gobierno de la FCM para el desarrollo de Brasil para los próximos 5 años Como la ley fue creada en este momento, tenía que abordar el plan quinquenal para las aplicaciones de salud. Cobertura de acciones y servicios de salud a implementar por municipios, estados y DF Transferencia regular y automática * antes, EL MUNICIPIO DADO Y RECIBIDO SOLO DESPUÉS, DE LA UNIÓN 70% de lo “seguro” va a los municipios Los municipios pueden constituir Consorcios 1. 2. 1. 2. 3. 4. Perfil demográfico de la región: número de población Perfil epidemiológico: Equidad Características cuantitativas y cualitativas de la red de salud en el área: No es sólo lo que necesita la población, sino también lo que el municipio ya tiene para ofrecer. Desempeño técnico, económico y financiero en el período ANTERIOR: Cómo ha venido gestionando el municipio los fondos recibidos en años anteriores Niveles de participación del sector salud en los presupuestos estatales y municipales: Hasta qué punto la salud ha sido una prioridad para el municipio Pronóstico del plan de 5 años Reembolso por servicios prestados a otras esferas de gobierno CRITERIOS PARA LA TRANSFERENCIA (ART. 55 DE LA LEY 8080/90) FMS: Fondo Municipal de Salud Consejo de salud Plan de salud Informes de gestión Comité Redactor del PCCS: Plan de Carreras, Cargos y Salarios Aporte de recursos para la salud en el presupuesto respectivo PARA RECIBIR EL RECURSO EL MUNICIPIO PRECISA DE: Obs: se el Municipio no cumpre con los criterios anteriores No se agotará, pero tampoco ADMINISTRARÁ. Los recursos serán administrados por los Estados o la Unión. BLOQUE DE COSTO EN ACCIONES Y SERVICIOS DE SALUD Y COSTO EN ACCIONES Mantenimiento de acciones y servicios Funcionamiento de los organismos y establecimientos PROHIBIDO: servidores*, propinas*, Obras, asesoramiento o consultoría BLOQUE DE INVERSIONES EN LA RED DE SERVICIOS DE SALUD PÚBLICA Adquisicion de equipos Construcción PROHIBIDO: organismos y unidades dedicadas a actividades administrativas (solo para el lugar que ofrece servicio de salud) APLICACIONES DE RECURSOS: ORDENANZA 3.992/2017 Final de bloques separados (saneamiento,salud, etc...) 1. 2. UNIÓN: Variación PIB Estados y municipios: tabla CPMF: extinguido; Impuesto sobre las transacciones económicas COFONES: Contribución a los ingresos de la empresa CSLL: Contribución sobre la renta neta Seguridad Social: aposentadorias y pensiones EMENDA CONSTITUCIONAL Nº 29/2000 % mínimos para cada esfera: FUENTES DE RECURSOS UNIÓN: año anterior ↑ + variación PIB 2016 pasó de PIB a IPC (infracción media) en los próximos 20 años Estados: 12% en 5 años Municipios: 15% en 5 años Pago de pensiones y pensiones. Sanidad que no es universal Saneamiento básico* y aseo urbano obras de infraestructura Acciones de asistencia social Preservación del medio ambiente LEY 141/2012 Porcentajes mínimos para cada esfera: Dejan de ser gastos con la salud: FINANCIAMENTO DEL SUS