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CONTRATOS DE INTEGRACION CONTRATOS AGROINDUSTRIALES CONTRATO DE MAQUILA CONTRATO DE CANJE FIDEICOMISO CONSORCIOS CO NT RA TO S DE IN TE GR AC IÓ N Integración Horizontal Vertical Coordinación de actividades entre diferentes empresas tendiente a la obtención de un mismo fin Vinculación entre empresas que desarrollan una misma actividad Vinculación entre empresas que desarrollan distintas actividades o se encuentran en diferentes niveles de la cadena de producción o comercialización CO NT RA TO S AG RO IN DU ST RI AL ES Acuerdo entre empresario agrario a través de la integración de las actividades agrícolas e industriales o comerciales finalidad productos de características cualitativas determinadas suma de dinero empresario industrial o comercial intercambio de • Contrato agrario • Contrato de empresa agraria • Naturaleza jurídica sui generis (diferenciada de aparcería, contrato de trabajo, compraventa, locación de obra) EMPRESARIO AGRARIO • Realizar los cultivos o la cría de animales de manera que se obtengan una cantidad y calidad determinadas de frutos, • Entregar al industrial la cantidad de frutos convenida en el plazo acordado, • Utilizar insumos, productos o medios técnicos acordados, • Permitir el control de la otra parte sobre el cultivo o la cría, • Aceptar las directivas técnicas del empresario titular. CO NT RA TO S AG RO IN DU ST RA IL ES EMPRESARIO INDUSTRIAL O COMERCIAL • Adquirir la cantidad de producción establecida en el contrato, • Pagar el precio establecido, • Cumplir con las prestaciones adicionales convenidas (insumos, transferencia de tecnología, asesoramiento técnico, etc.). OBLIGACIONES DE LAS PARTES “Agricultura de contrato” Unión Europea y Estados Unidos. Negociación colectiva para compensar asimetrías entre sectores agropecuario e industrial. Contratos “marco” entre agrupaciones de productores de una determinada especialidad con agrupaciones o empresas individuales del sector industrial o comercial. Contratos “tipo” individuales (en algunos casos son modelos de contrato homologados por la autoridad pública). En Argentina Los contratos agroindustriales no tienen tipificación legal (sí social). En general se utilizan contratos “de adhesión” sin mucho margen de negociación para el productor. Ejemplos: producción de cebada cervecera, maíz pisingallo, olivas para aceite, carne con características específicas o calidad diferenciada. CO NT RA TO S AG RO IN DU ST RI AL ES CO NT RA TO D E M AQ UI LA materia prima Productor agropecuario a un procesador o industrial participando, en la proporción convenida, sobre el producto final resultante suministra • Se rige por la Ley 25.113. • Naturaleza jurídica: contrato de integración vertical (pero no contrato agroindustrial). • Ejemplos: transformación de - olivas, girasol, soja o maíz en aceite, - yerba mate para infusión, - caña de azúcar en alcohol o azúcar refinada, - leche en productos lácteos (queso, manteca, yogurt), - lanas o algodón en telas, - maíz o girasol en alimento balanceado. • La Ley 18.600 regula una forma contractual similar entre viñateros (productores de uva) y elaboradores de vino. El precio que se paga por la uva es fijado por el Estado. para su elaboración o transformación Elementos calificantes El productor agropecuario mantiene, durante todo el proceso de transformación, la propiedad sobre la materia prima y, luego, sobre la porción de producto final que le corresponde. El industrial asume la condición de depositario de esa materia prima o producto final. Lo contratos deben inscribirse en los Registros provinciales para obtener fecha cierta y oponibilidad a terceros. En el Registro se anotan medidas cautelares que afecten la materia prima y/o los productos. En Santa Fe, Registro creado por Decreto 2506/15, En caso de quiebra del industrial, el productor primario puede retirar la materia prima entregada o el producto final que le corresponda. Son nulas las cláusulas que impongan al productor la obligación de vender sus productos al industrial o que restrinjan su libre comercialización. CO NT RA TO D E M AQ UI LA Contenido del contrato (según Dec. prov. 2506/15) a) Nombres y domicilios de las partes; b) Cantidad de la materia prima contratada; c) Lugar de procesamiento; d) Lugar en que se depositarán los productos elaborados que correspondan al productor agropecuario; e) Facultades de control establecidas a favor del productor agropecuario; f) Fecha y lugar de entrega del producto elaborado; g) Lugar de celebración y firma de las partes. CO NT RA TO D E M AQ UI LA CO NT RA TO D E CA NJ E proveedor “Canje agropecuario” entrega insumos o bienes de capital quedando diferido esta entrega hasta el momento de la obtención de dichos productos (ej. cosecha) intercambio entre • Figura muy utilizada en el sector agrícola, especialmente para la compra de maquinaria, semillas, agroquímicos, fertilizantes, camionetas. • Ventajas: - el productor obtiene financiación para la adquisición de bienes necesarios para desarrollar su producción. - el proveedor reduce el riesgo de financiación (importante en épocas inflacionarias). • Regulado en el art. 5 de la Ley 20.631 de IVA. • Diferenciado de la permuta (art. 1172), donde la entrega recíproca de bienes se realiza de manera inmediata. productor agropecuario entrega frutos o productos de su producción necesarios para la producción presta servicios FI DE IC O M IS O FIDUCIANTES • bienes materiales (cosas) o inmateriales (derechos), • actuales o futuros, • propíos o ajenos, • individuales o universales. FIDUCIARIO BENEFICIARIOS FIDEICOMISARIOS DOMINIO FIDUCIARIO (patrimonio de afectación) gestión fiduciaria frutos remanente bienes FI DE IC O M IS O Regulación en el Código Civil y Comercial (art. 1666 y ss.) Puede crearse por contrato o por testamento. El contrato de fideicomiso debe inscribirse en el Registro Público de cada jurisdicción. El plazo del fideicomiso no puede superar los 30 años. La separación del patrimonio fiduciario produce efectos frente a terceros, para cada uno de los bienes transmitidos, desde el momento en que se otorga el título, se realiza la tradición y/o se inscribe en el Registro (según corresponda). Contenido del contrato: - individualización de los bienes fideicomitidos y la forma en que son incorporados al fideicomiso - plazo o condición a la que se sujeta la propiedad fiduciaria, - identificación del los beneficiarios (que pueden ser los mismos fiduciantes y/o fiduciario y/o terceros), - el destino de los bienes a la finalización contractual, el/los fideicomisario/s puede/n ser los fiduciantes, el fiduciario, los beneficiarios y/o terceros, - derechos y obligaciones de las partes. FI DE IC O M IS O Ejemplo de fideicomiso agropecuario ● Inversores (fiduciantes) realizan un aporte de dinero (mayoría de los casos) o en especie (insumos, maquinarias, predio rural, etc.), ● El patrimonio fiduciario es administrado por un fiduciario, quien tiene a cargo desarrollar la producción (siembra, cría de animales, etc) ● Normalmente el fiduciario es diseñador y operador de la gestión agropecuaria, percibiendo una remuneración por ello, además de los gastos de administración. ● Por ejemplo, el fiduciario suele ocuparse del arrendamiento de tierras, adquisición de semillas, fertilizantes, maquinarias, contratación de terceros proveedores de servicios, comercialización de la cosecha, etc. ● Los bienes y derechos (ej. derechos derivados de los contratos de arrendamiento o de seguros, créditos por ventas, etc.) que se van adquiriendo con los bienes fideicomitidos también pasan a formar parte del patrimonio fiduciario. ● Cumplido el plazo o condición del contrato, los beneficios obtenidos se reparten entre los inversores de acuerdo a los porcentajes pactados. CO NS O RC IO S Los consorcios de cooperación (art. 1470 y ss.CCC) Modo de colaboración empresaria sustentado en una organización común para desarrollar operaciones relacionadas con la actividad de sus miembros, sin alterar la esfera interna de cada uno de ellos. Contrato de integración horizontal. Art. 1470 CCC: ”Hay contrato de consorcio de cooperación cuando las partes establecen una organización común para facilitar, desarrollar, incrementar o concretar operaciones relacionadas con la actividad económica de sus miembros a fin de mejorar o acrecentar sus resultados”. Se constituyen por contrato, que debe inscribirse en el Registro Público Las decisiones son tomadas por votación de la mayoría Disponen de un patrimonio y fondos propios, y puede distribuir resultados. Ejemplos: consorcios agropecuarios de compraventa de insumos y/o productos; consorcios camineros (conservación, mantenimiento y mejoramiento de los caminos rurales); consorcios de mantenimiento de canales (de desagüe o de irrigación); consorcios agropecuarios de electrificación y comunicaciones; consorcios agropecuarios de granjas y huertas; consorcios de lucha contra incendios; consorcios de viviendas rurales, etc.
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