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Datos/Observaciones LOGRO DE APRENDIZAJE Al final de la sesión el estudiante conoce comprende y analiza la estructura Legal Ambiental en el Perú. Así como su ámbito de aplicación y sus implicancias. NORMATIVA AMBIENTAL PRINCIPAL -Constitución y Normas internacionales Ambientales -Ley General del Ambiente 28611 -Normativa MINAM -Normativa Política, Gestión e Instrumentos de gestión Ambiental -Normativa Sectorial Ambiental sobre Recursos Naturales -Normativa Ambiental sobre Región y Municipios -Normativa sobre responsabilidad por daño ambiental: constitucional, administrativa, penal civil POLITICA NACIONAL DEL AMBIENTE Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM • Se da en cumplimiento del mandato establecido en el artículo 67º de la Constitución Política del Perú. • Elaborado: • Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo • Objetivos del Milenio ( ONU) • Tratados y declaraciones internacionales suscritos por el Estado Peruano en materia ambiental. • formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental • la Agenda Nacional de Acción Ambiental • otros instrumentos de gestión pública ambiental en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental. Sirve de base para La Política Nacional del Ambiente es un instrumento de cumplimiento obligatorio, que orienta las actividades públicas y privadas. Es uno de los principales instrumentos de gestión para el logro del desarrollo sostenible en el país. Conforma la política general de gobierno en materia ambiental, la cual enmarca las políticas sectoriales, regionales y locales. La política nacional del ambiente considera: • Los lineamientos de las políticas públicas establecidos por la Ley N° 29158, ley Orgánica del Poder Ejecutivo. • Las disposiciones de Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. Define los objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares nacionales de cumplimiento obligatorio Herramienta del proceso estratégico de desarrollo del país. Constituye la base para la conservación del ambiente, de modo tal que se propicie y asegure el uso sostenible, responsable, racional y ético de los recursos naturales y del medio que lo sustenta, para contribuir al desarrollo integral, social, económico y cultural del ser humano, en permanente armonía con su entorno. BASE LEGAL CONSTITUCION POLITICA DEL PERU Artículo 2°, inciso 22: la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia el derecho fundamental a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida. Los artículos 66° al 69°, disponen que el Estado debe determinar la Política Nacional del Ambiente, y que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas, en el territorio nacional, así como el desarrollo sostenible de la Amazonía. • Ley general del ambiente: 28611 • La Política Nacional del Ambiente se estructura en base a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo: ley 29158 Las políticas de Estado deben integrar las políticas ambientales con las demás políticas públicas: • Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley de Bases de la Descentralización • tratados internacionales suscritos por el país Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales Ley Orgánica de Municipalidades FUNDAMENTOS • Lima se vierten al menos 400 millones de m3/anuales de aguas servidas al mar Zonas rurales existen serios problemas de contaminación intradomiciliaria, sobre todo por las prácticas inadecuadas en el uso de la leña, la bosta y otros combustibles MINAM - 2008 • Consejo Nacional del Ambiente • Intendencia de Áreas Naturales Protegidas - INRENA, • Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú – SENAMHI • Instituto Geofísico del Perú – IGP • Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana - IIAP, • Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA • Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas - SERNANP PRINCIPIOS TRANSECTORIALIDAD • La actuación de las autoridades públicas debe ser coordinada y articulada a nivel nacional, sectorial, regional y local, con el objetivo de asegurar el desarrollo de acciones integradas, armónicas y sinérgicas. ANALISIS COSTO- BENEFICIO • Las acciones públicas deben considerar el análisis entre los recursos a invertir y los retornos sociales, ambientales y económicos esperados COMPETITIVIDAD • Las acciones públicas en materia ambiental deben contribuir a mejorar la competitividad del país en el marco del desarrollo socioeconómico y la protección del interés público GESTIÓN POR RESULTADOS • incluir mecanismos de incentivo y sanción para asegurar el adecuado cumplimiento de los resultados esperados SEGURIDAD JURIDICA • Las acciones públicas deben sustentarse en normas y criterios claros, coherentes y consistentes en el tiempo para asegurar confianza en gestión pública COOPERACIÓN PÚBLICO- PRIVADA • Para consolidar objetivos comunes y compartir responsabil idades MEJORA CONTINUA • La sostenibilidad ambiental es un objetivo de largo plazo que debe alcanzarse a través de esfuerzos progresivos, dinámicos y permanentes OBJETIVOS mejorar la calidad de vida de las personas, garantizando la existencia de ecosistemas saludables, viables y funcionales en el largo plazo; y el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona. 1. Lograr la conservación y aprovechamiento sostenible del patrimonio y la gestión integral de los recursos naturales. 2. Asegurar una calidad ambiental adecuada para la salud y el desarrollo integral de las personas, 3. Consolidar la gobernanza ambiental y el Sistema Nacional de Gestión Ambiental a nivel nacional, regional y local, 4. Alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental en el país. 5. Lograr el desarrollo ecoeficiente y competitivo de sectores públicos y privados Conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y de la diversidad biológica Gestión Integral de la calidad ambiental Gobernanza ambiental Compromisos y oportunidades ambientales internacionales LEY GENERAL DEL AMBIENTE – 28611 2005 • Ley General del Ambiente se promulga en 2005, que derogó el Código del Medio Ambiente y Recursos Naturales. • Norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país. TITULO PRELIMINAR: Derechos y principios TITULO I: política nacional del ambiente y gestión ambiental TITULO II: de los sujetos de la gestión ambiental TITULO III: Integración de la legislación ambiental TITULO IV: Responsabilidad por daño ambiental • Cap.1: aspectos generales • Cap.2: política nacional • Cap.3: gestión ambiental • Cap.4: acceso a la información ambiental y participación ciudadana TITULO I • Cap.1: organización del estado • Cap.2: autoridades públicas • Cap.3: población y ambiente • Cap.4: empresa y ambiente TITULO II TITULO III • Cap.1: aprovechamiento sostenible de los recursos naturales • Cap.2: conservación de la diversidad biológica • Cap.3: calidad ambiental • Cap.4: ciencia, tecnología y educación ambiental TITULO IV • Cap.1: fiscalización y control • Cap.2: régimen de responsabilidad por el daño ambiental • Cap.3: medidas para la resolución de conflictos y gestión de conflictos ambientales Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) • Sistema único y coordinado establecido para la identificación, evaluación, mitigación y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de acciones humanas expresadas en políticas, planes, programas y proyectos de inversión; potenciando, así mismo, la generación de impactos ambientales positivos derivados de dichas acciones. PROBLEMÁTICA DEL MARCO NORMATIVO SOBRE MEDIO AMBIENTE ES UN MARCO JURÍDICO QUE AÚN NO SE HA LOGRADO CONCILIAR CON LA LEGISLACIÓN QUE PROMUEVE LAS INVERSIONES PRIVADAS EL MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE NO TIENE EN DICHA LEGISLACIÓN LAS FACULTADES NECESARIAS PARA EJERCER UNA SÓLIDA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE IMPUNIDAD DE PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS CON PODER ECONÓMICO, QUIENES NO SON SANCIONADOS PENALMENTE POR LOS DELITOS ECOLÓGICOS QUE COMETEN GRAN PARTE DE SU TEXTO NO TIENE APLICACIÓN FÁCTICA Y CONCRETA. EN ALGUNOS CASOS ES LITERAL CARECEN DE MEDIDAS COERCITIVAS EFICACES QUE CONCRETEN Y EJECUTEN DE MANERA EFECTIVA LAS SANCIONES ACTIVIDADES • Formar grupos de 4 alumnos para realizar trabajo de investigación referente normas de Legislación ambiental que se aplican en el ámbito del Perú. • Se habilitara el foro de Discusión para cualquier consulta en línea • No olvidar entrar al curso por la plataforma de Canvas en la hora y fecha que corresponda
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