Logo Studenta

Obligaciones de Sujeto Plural

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

Obligaciones de sujeto plural
 
 -Sujeto 1) Simplemente
 Singular mancomunada
 
-Según Los -Pluralidad 2) Solidarias
 Sujetos Conjunta
 -Sujeto 3)Concurrentes 
 Plural 
 (mancomunadas) 
 4) Pluralidad 
 Disyunta
Obligaciones de sujeto 
plural
método del Código
 SECCIÓN 7ª - Obligaciones de sujeto plural…………….. (825-849) 
Parágrafo 1º - Obligaciones simplemente mancomunadas……………………(825-826)
Parágrafo 2º - Obligaciones solidarias. Disposiciones generales…………….. (827-832)
Parágrafo 3º - Solidaridad pasiva………………………………………….…. (833-843)
Parágrafo 4º - Solidaridad activa…………………………………………...… (844-849)
 SECCIÓN 8ª - Obligaciones concurrentes.......................... (850-852)
 SECCIÓN 9ª - Obligaciones disyuntivas……………..….. (853-855)
 
Caracteres de las de sujeto 
plural
Obligaciones 
solidarias
Obligaciones 
disyuntivas
Obligaciones 
concurrentes
Obligaciones 
simplemente 
mancomunadas
•Pluralidad de 
sujetos
•Pluralidad de 
vínculos
•Sujetos 
determinados
•Objeto en común 
•Unidad de causa
•Puede o no tener 
varios deudores
•Pluralidad de 
sujetos
•Pluralidad de 
vínculos, pero 
sujetos a condición 
resolutoria 
•Sujetos 
indeterminados
•Objeto en común
•Unidad de causa
•Puede o no tener 
varios deudores 
•Pluralidad de 
sujetos, solo 
pasivos
•Pluralidad de 
vínculos
•Sujetos 
determinados
•Objeto en común
•Causas distintas
•Varios deudores 
siempre
•Pluralidad de 
sujetos
•Pluralidad de 
vínculos 
•Sujetos 
determinados 
•Objeto en común
•Unidad de causa
•Puede o no tener 
varios deudores
Obligaciones 
simplemente 
mancomunadas
✔Concepto art. 825
✔Régimen legal 826, se rigen por las divisibles 
o indivisibles.-
 Divisibles 
Simplemente 
Mancomunadas
 Indivisibles 
En una situación de obligación 
de sujeto plural cual es su tipo 
de obligación?
⚫ En principio siempre la regla es la mancomunación
⚫ La solidaridad debe ser expresa art 828
Casos de obligaciones 
solidarias
⚫ — Varias personas que participan en la producción del daño que tiene una causa única 
(art. 1751), ejemplo: delitos y cuasidelitos.
⚫ — Responsabilidad de los padres por los daños causados por los hijos menores (art. 
1754).
⚫ — Responsabilidad de los tutores y curadores por los daños causados por las personas 
que están a su cargo (art. 1756). 
⚫ — Los dueños y ocupantes de un edificio, por cosas suspendidas y arrojadas (art. 1760).
⚫ — Un grupo que causa daño a terceros (arts. 1761, 1762).
⚫ — Los gestores que asumen conjuntamente un negocio ajeno (art. 1788). 
⚫ — Tit de cuenta bancaria a la orden de 2 o mas pers (art. 1399). 
⚫ — Participantes de las agrupaciones de colaboración, por las obligaciones que sus 
representantes asuman en nombre de la misma (art. 1459). –
⚫ --Consorcios de cooperación, en caso de que no se haya establecido la proporción en que 
cada uno responde (art. 1477). 
⚫ — Obligaciones del deudor principal y fiador principal pagador (art. 1591). 
⚫ —Los participantes de la venta de un fondo de comercio (intermediario, comprador y 
vendedor) por las omisiones y transgresiones a lo establecido en la ley 11.867. 
⚫ — Los integrantes de la cadena de comercialización en un contrato de consumo (art. 40, 
ley 24.240). 
De sujeto plural
⚫ Simplemente Mancomunadas: el crédito o la deuda se 
fracciona en tantas relaciones particulares independientes entre sí 
como acreedores o deudores haya.
⚫ Solidarias:su cumplimiento total puede exigirse a cualquiera de 
los deudores, por cualquiera de los acreedores.
⚫ Concurrentes: varios deudores deben el mismo objeto en razón 
de causas diferentes.
⚫ Disjuntas, disyuntas o disyuntivas: son obligaciones de 
sujeto indeterminado hasta que se practique la elección. 
Diferencias PRCTICAS 
entre estas obligaciones

Continuar navegando