Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
Efectos de las obligaciones Deberes y Derechos Tutela Del Crédito Satisfactiva Resarcitoria Conservatoria Resolutoria Cumplimiento especifico Resarcimiento de daños Garantizar la solvencia Desligarse de la obligación Medios De Tutela Del Crédito • Concepto: herramientas conferidas al acreedor para la satisfacción de su interés o resguardar su crédito Denominaciones • “Efectos anormales de las obligaciones” • (Llambias, Salvat) • “Efectos auxiliares” • (Alterini-ameal-lopez Cabana; Silvestre-marino-maglio-burgos) • “Derechos del acreedor sobre el patrimonio del deudor” • (Cazeaux-trigo Represas, Borda) • “Tutela del crédito” • (Campagnucci De Caso) • “Protección del crédito” • (Wierza) El patrimonio como garantía común de los acreedores PATRIMONIO- • DEUDOR ACREEDOR El patrimonio como garantía común de los acreedores. Concepto y fundamento legal. PATRIMONIO ART 16 es el conjunto de bienes materiales e inmateriales de titularidad de una persona susceptibles de apreciación económica. PATRIMONIOS ESPECIALES PATRIMONIOS GENERALES • El deudor responde con lo que con lo que “tiene", no con lo que "es"; su responsabilidad frente al acreedor es estrictamente patrimonial. Clases de acreedores.- • Acreedores comunes (con créditos comunes): Quirografarios. • Preferenciales (con créditos preferenciales): tienen derecho al cobro sobre los quirografarios. ¿ Quienes son los preferenciales y en que orden de prelación están ubicados? Clases de acreedores.- Acreedores con créditos privilegiados.- ❑ Por que constituyeron una garantía. ❑ O por que por razones de orden publico la ley determina que son preferenciales. (privilegios). Fundamento de acreedores privilegiados Por que, la ley impone que algunos créditos tienen que ser pagados con preferencia a otros? Los fundamentos varían según el crédito. Ejemplos: ▪ Carácter alimentario (créditos laborales etc.) ▪ Equidad (gastos hechos en la cosa) ▪ Para financiación del estado (impuestos tasas etc.) Tutela Del Crédito • ARTICULO 744.- Bienes excluidos de la garantía común. Quedan excluidos de la garantía prevista en el artículo 743: a) las ropas y muebles de uso indispensable del deudor, de su cónyuge o conviviente, y de sus hijos; Tasa S.A. c. Villalba, Gladys Noemi y otro/a s/ cobro ejecutivo; Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Necochea La consola de videojuegos es inembargable a la luz del Nuevo Código Civil Tutela Del Crédito • ARTICULO 744.- Bienes excluidos de la garantía común. Quedan excluidos de la garantía prevista en el artículo 743: f) las indemnizaciones que corresponden al deudor por daño moral y por daño material derivado de lesiones a su integridad psicofísica; Castillo Adrian c/ Galeno ART S.A. s/ recurso art. 46 ley 24557” - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL, COMERCIAL, LABORAL Y DE MINERÍA DE NEUQUÉN (NEUQUÉN) - 14/03/2017 Tutela Del Crédito • ARTICULO 744.- Bienes excluidos de la garantía común. Quedan excluidos de la garantía prevista en el artículo 743: • Los derechos son disponibles? ABOGADO CLIENTE Bienes excluidos.- • H) LOS DEMÁS BIENES DECLARADOS INEMBARGABLES O EXCLUIDOS POR OTRAS LEYES. • Créditos alimentarios art 539. • Bienes públicos art. 235.- • Bienes privados afectados a un servicio publico en tanto perjudique la prestación de este servicio art. 243.- • Los salarios e indemnizaciones laborales hasta cierto porcentaje ley 20.744. • Las indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo ley 24.557. • Jubilaciones y pensiones, salvo que la deuda son por alimentos ley 24.241 • Bienes gravados a favor del banco hipotecario nacional con el fin de vivienda propia, ley 22.232 o los obtenidos con prestamos de organismos de previsión social • En materia de concurso quedan al margen las indemnizaciones por daños materiales o morales a su persona (art 108, ley 25.522) • Inmueble afectado a la vivienda previsto en los art 244 a 256, salvo las particularidades Prioridad del primer embargante.- • ARTICULO 738.- Efectos. La acción directa produce los siguientes efectos: a) la notificación de la demanda causa el embargo del crédito a favor del demandante; Desde el momento en que el tercero demandado es notificado de la demanda se produce el embargo del crédito a favor del acreedor accionante, por lo cual adquiere preferencia de pago sobre otros acreedores del deudor y el demandado no puede pagarle ese crédito a su deudor. Existe un orden para la ejecución directa o la indirecta? ❑ El acreedor puede: Obtener el crédito de su deudor: ▪Deudor. ▪Tercero a costa del deudor. ▪Pedir la indemnización. Directa Indirecta ❑ Preferencia de la indirecta ❑ Preferencia de la especifica ❑ Dependencia del interés del acreedor Tutela Del Crédito • Tienen preferencia temporal entre los acreedores quirografarios, el que embargo primero, art 745 Código Civil Y Comercial.- Acción directa. • Concepto art 736 Código Civil Y Comercial.- ………es la que compete al acreedor para percibir lo que un tercero debe a su deudor……………….. ACREEDOR TERCERODEUDOR Acción subrogatoria. • Concepto.- art 739.- ………es la que compete al acreedor para ejercer los derechos de su deudor, cuando este no lo hace…….. ACREEDOR TERCERODEUDOR Acción directa. • Régimen legal.- Acción directa. • Requisitos art. 737 Código Civil Y Comercial.- a) un crédito exigible del acreedor contra su propio deudor; sin las Modalidades de los actos jurídicos b) una deuda correlativa exigible del tercero demandado a favor del deudor; crédito de A contra B y de B contra A c) homogeneidad de ambos créditos entre sí; que sea de la misma naturaleza d) ninguno de los dos créditos debe haber sido objeto de embargo anterior a la promoción de la acción directa; que sean disponibles e) citación del deudor a juicio. Debido a las defensas que puede oponer a su acreedor y el derecho de defensa en juicio Acción directa. • Efectos art 738 Código Civil Y Comercial .- a) Embargo del crédito a favor del demandante.- b) hasta el monto menor de las dos obligaciones c) El tercero demandado puede oponer al progreso de la acción todas las defensas que tenga contra su propio acreedor y contra el demandante. d) El monto percibido por el actor ingresa directamente a su patrimonio. e) El deudor se libera frente a su acreedor en la medida en que corresponda. Acción subrogatoria. • Art 739-742 Código Civil Y Comercial .- Acción Subrogatoria, indirecta U Oblicua. Es la facultad que la ley concede a ciertos acreedores para que sustituyéndose a su deudor ejerciten los derechos y acciones de éste cuando tales derechos y acciones por negligencia o mala fe del deudor estuvieren expuestos a perderse para la prenda general, con perjuicio para sus acreedores. Acción subrogatoria. Requisitos.- 1. Crédito cierto: implica que no se encuentre controvertido y sea por sus antecedentes y documentación pertinente, suficientemente verosímil. exigible o no 2. Inacción del deudor: de otro modo no se concibe la invasión del acreedor en la esfera de sus intereses. “Inacción”, “negligencia”, “descuido”, “ser remiso. 3. Interés legítimo: alegar y demostrar que no hay otros bienes en cabeza del obligado para embargar o hacer efectivo el crédito 4. Citación del deudor: Art. 740.- Diferencias Con La Acción Revocatoria Y Con La Acción De Simulación: ⚫ Todas coinciden en el objetivo de asegurar la integridad del patrimonio del obligado, pero: 1)Las acciones revocatorias y de simulación son directas contra el deudor y terceros que han intervenido en el acto que se intenta revocar por fraude o invalidar por lesión. ⚫ se persigue la anulación de actos jurídicos. 2)En la subrogatoria se ejercitan derechos del deudor con respecto a terceros, por lo que la demanda se promueve únicamente contra el tercero. Derecho de retención ⚫ Art. 2587.- El derecho deretención es el derecho de rehusar la entrega de una cosa que poseemos por otro, hasta ser pagados por aquel a quien la cosa pertenece o le es debida, de una obligación de que no es deudor, por razón de esa misma cosa” Derecho de retención ⚫ Condiciones de su ejercicio ⚫ Tenencia o posesión ⚫ Ajenidad dela cosa ⚫ Existencia de un crédito contra el acreedor de la restitución ⚫ Conexión entre el crédito y la cosa. ⚫ crédito cierto y exigible Derecho de retención ⚫ Casos ⚫ Locación art. 1226 ⚫ Hallador 1956 ⚫ Condominio art. 1991 y 1992 ⚫ Prenda art. 2227 Privilegios. Concepto.- …..la calidad que corresponde a un crédito de ser pagado con preferencia a otro…… Privilegios. Asiento del privilegio. Privilegios. Caracteres.- • Creación legal exclusiva.- art. 2574 • Excepcionalidad.- • Indivisible.- art.2576 • Objetividad.- • Accesorio.- art. 2576 Privilegios. Clasificación. • Generales: sobre parte o todo el patrimonio del deudor. • Especiales: sobre un determinado bien.- • Los generales se rigen por la ley de concursos.- • Los especiales están en el código civil y comercial.- Privilegios. Régimen legal Libro Sexto Título II: Privilegios Arts. 2.573 a 2.586 Privilegios. Privilegios ajenos al código civil y comercial.- Ley 1919 Código De Minería Ley 9643 Warrants Ley 9644 De Prenda Agraria Ley 12.962 Prenda Con Registro Ley 17.285 Código Aeronáutico Ley 17.418 De Seguros Ley 20.094 De Navegación Ley 20.774 Contrato De Trabajo Ley 21.526 De Entidades Financieras Ley de concursos y quiebras Nº 24.522
Compartir