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tipos de contratos

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA
EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO
 “SANTIAGO MARIÑO”
 EXTENSIÓN /SEDE Puerto Ordaz
CONTRATOS 
Profesora: Elisett García
Bachiller: Dannybel López 
Ciudad Guayana, mayo de 2023
Contrato de adhesión 
El contrato de adhesión es un tipo de contrato donde una parte redacta el contrato predisponiendo unas condiciones generales sin margen de negociación y la otra parte o las acepta perfeccionando así este tipo de contrato o no las acepta. En ese caso, no se modifica el contrato de acuerdo a la voluntad de las partes, sino que no se firma.
Estos contratos de adhesión son conocidos como los contratos en masa, son todos aquellos contratos de grandes empresas que tienen estipuladas unas condiciones generales iguales para todas aquellas personas que quieran contratar con ellos.
Habitualmente, afectan al derecho de consumo, ya que son los contratos más utilizados en este ámbito.
Partes en el contrato de adhesión:
· Adherente: es la parte que acepta las condiciones estipuladas del contrato. Persona física o jurídica. Puede ser también un profesional actuando dentro de su marco profesional.
· Predisponente: es el profesional que ofrece el contacto con las condiciones y es toda persona física o jurídica que actué dentro de su actividad profesional o empresarial, ya sea pública o privada.
Contrato de mutuo acuerdo
El contrato de mutuo o préstamo de consumo es un contrato en virtud del cual una persona (prestamista o mutuante) entrega a otra (prestatario, mutuario o mutuatario) dinero u otra cosa consumible, para que se sirva de ella y devuelva después otro tanto del mismo género y cantidad.
Pese a que puede tratarse de cualquier especie consumible, por antonomasia el mutuo es un contrato de préstamo de dinero, el cual suele ser remunerado mediante el pago de intereses en función del tiempo.
En este tipo de contrato se puede hacer de dos formas: simple o con intereses. En el primero, el mutuario se obliga solo a restituir los bienes otorgados en el contrato mutuo; mientras que el segundo, además de restituir el bien pactado en el mutuo, se debe pagar un interés, el cual puede ser legal o convencional. En el interés legal se establece un 9% anual; en cambio, el convencional se fija por los contratantes y puede ser mayor o menor a interés legal.
Es uno de los contratos de mayor trascendencia y versatilidad, pues constituye el contrato más utilizado dentro del sistema financiero nacional e internacional y sirve también para satisfacer las necesidades económicas de la vida diaria, en diversos niveles y proporciones.
Contrato colectivo 
Es el contrato que se celebra entre un gremio de empleadores y un sindicato de trabajadores y que además establece condiciones generales para todos los trabajadores.
Esta relación laboral se da cuando varios trabajadores asociados afiliados a un organismo sindical deciden negociar colectivamente sus condiciones laborales, vinculándose con uno o más empleadores para realizar determinados servicios de forma y condiciones que se establezcan: salarios, jornadas laborales, remuneraciones extraordinarias y otros aspectos propios de la prestación laboral colectiva.
Contratos individuales 
Consiste en un acuerdo entre dos partes, mediante el cual un individuo brinda sus servicios o realiza un trabajo específico para una persona jurídica o natural, a cambio de una remuneración pactada.
Dicho contrato se podría definir como un documento legal, designado principalmente para proteger los intereses de los involucrados. Por esta razón, en él deberán especificarse las condiciones de trabajo, así como: el salario, las prestaciones, normativas, la jornada laboral y cada uno de los cargos que el empleado deba desempeñar mientras que esté vigente la relación laboral.
Cuando se trata de un contrato individual, los términos y condiciones que se especifiquen en el documento legal, van a depender del tipo de posición que la empresa requiera en ese período de tiempo en específico. Los tipos de contratos individuales más comunes, son:
· Tiempo indeterminado
Este tipo de contratos no tienen una fecha final, por ello este tipo de trabajadores son los denominados fijos
· Tiempo determinado
Generalmente, la duración de este tipo de contratos es desde unos tres meses hasta un año. Este tipo de contrato, teniendo en cuenta si la empresa desea continuar con los servicios, se puede renovar por otros tantos meses más o, por el contrario, se puede dar por finalizada la relación laboral.
· Período de prueba
Si una empresa desea comprobar si la persona que van a contratar posee los conocimientos necesarios para el empleo, se utiliza este tipo de contrato. Consiste en poner a prueba al empleado por un tiempo aproximado de entre uno o dos meses. Una vez culminado este período de tiempo, si la empresa considera que es apto para el puesto, se procederá a firmar un contrato de mayor duración.
· Temporada
Estos contratos se llevan a cabo, por lo general, cuando la empresa desea optimizar ciertas áreas laborales, ya sea por un reemplazo de personal, o para un incremento de la producción. Dadas estas circunstancias, se procede a firmar dicho documento legal por un período de tiempo determinado.