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COSA: OBJETO MATERIAL CON VALOR BIEN : MATERIAL / INMATERIAL UTILIDAD - BENEFICIO Patrimonio PATRIMONIO Todos los bienes BIENES INMATERIALES COSAS = Bienes materiales • Muebles • Inmuebles • Fungible/no fungible • Consumible • Principal/ accesoria • Dentro del comercio • Con /sin registro • Conocimiento • Trayectoria • Honestidad • Titulo POSESION: se tiene o posee la cosa propia o de otro cumpliendo las obligaciones del titular de dominio, se pretende adquirir el dominio de la cosa; si la cosa no fuera propia. TENENCIA: Se tiene y dispone de la cosa de otro reconociendo que el otro es el titular del dominio/no hay pretensión de adquirir el dominio de otro. El constructor tiene la TENENCIA: tiene el terreno que es del propietario que encargo la obra; pero no pretende adueñarse de este terreno. Dispondrá del terreno y no permitirá el acceso a este ; si el comitente no paga. MUEBLES • Con registro: automóvil, lancha ( integran un registro porque podría haber consecuencias jurídicas durante su uso) • Sin registro: bicicleta, sillón, mesa DERECHO • Personal: regula las relaciones entre PERSONAS HUMANAS O JURIDICAS (Contrato de matrimonio, contratos de servicios, etc.) • Real: regula las relaciones entre las PERSONAS y las COSAS ( dominio ,condominio, superficie, cementerio privado,…etc.) DOMINIO • Perfecto: permite usar , gozar, disponer, enajenar la cosa, inclusive puede constituir otros DERECHOS REALES con esa cosa ( por ej. Puede celebrar un contrato de superficie a favor de otro en su terreno) • Imperfecto: cuando la cosa propia esta grabada con otro DERECHO REAL a favor de otro RESTRICCIONES AL DOMINIO ( Cuando normas administrativas nos indican como hacer el uso y goce del DOMINIO) En función del interés público: Limitar que volumen edilicio construimos en nuestra parcela ( CUR)/ aportamos desde nuestra parcela a generar un pulmón para la manzana Se extiende en el espacio aéreo hasta una altura de aprovechamiento y hasta la altura que la norma administrativa disponga Formas de adquirir DOMINIO • SUCESION: soy el heredero de alguien que fallece ( aplicable a muebles e inmuebles) • APROPIACION: aplicable a cosas muebles abandonadas (me podría apropiar de una campera abandonada en un banco de plaza) • TRADICION: así se denomina a la compra de un bien ( Tradición traslativa de dominio) • TRANSFORMACION: adquiero una cosa que la transformé a partir de otra que ya no podrá volver a su estado original. ( ej: mueble que fabrique con madera) • PRESCRIPCION: Adquiero la cosa de otro luego de poseerla durante 20años. • ACCESION: adquiero dominio de lo que se adhiere natural o artificialmente a mi cosa. • Aluvión: un alud agrega playa a mi terreno • Avulsión: un tornado adhiere una construcción precaria a mi terreno • Construcción/siembra/plantación ( en mi terreno).Lo que se construya plante o siembre en mi terreno será mío porque se adhiere a mi cosa • Invasión parcial de una edificación en mi terreno Art. 1963 del CCYC ; por ej: mi lindero invade con su muro de cerramiento mi parcela, puedo tolerarlo pero pedir que se me indemnice la franja de terreno invadida. Si desde la unidad de piso superior al mío proviene una gotera por rotura de caño de desagüe, puedo exigir que se acceda a esa unidad(si este se negare) para la reparación , así cesa mi daño. 623 ter Usufructo: derecho a usar y disponer de la cosa de otro , sin alterar su sustancia. Se puede constituir sobre cosas muebles o inmuebles A favor de persona humana es vitalicio A favor de persona jurídica tiene plazo máximo de 50 años Hipoteca: derecho real que se constituye como garantía de pago de un crédito Se constituye sobre bienes inmuebles La cosa hipotecada queda en poder del deudor Propiedad Horizontal: derecho real sobre inmueble indiviso, que regula el uso y goce de partes privativas y partes comunes del edificio. Partes comunes: corredores, pasajes a vía publica, plenos, estructura del edificio, azoteas, balcones Partes privativas: unidad Funcional (autonomía funcional) Conjuntos inmobiliarios: barrios cerrados, clubes de campo, parques industriales. Elementos característicos: Cerco delimitador Partes comunes /privativas Indivisión forzosa sobre partes comunes Consejo Reglamento Cementerio privado: Inmuebles de propiedad privada afectados a la inhumación de restos humanos El titular de sepultura puede: Inhumar restos Construir sepulcros Utilizar oratorios Acceder dentro de horario Las parcelas son inembargables (excepto por deuda de expensas) EXPROPIACION : es la facultad que tiene EL ESTADO de extinguir el DOMINIO PRIVADO, si lo considera de UTILIDAD PUBLICA declarada por ley / Solo puede ser sujeto expropiante EL ESTADO (Nacional /provincial/empresas del Estado/ autorizados por ley). EXPROPIACION IRREGULAR: Si el Estado expropia y no indemniza Si es evidente que no se puede disponer de manera normal de la cosa objeto de expropiación. Si al expropiarse una parte de la cosa, el titular de dominio de la cosa; no puede disponer de la parte de la cosa que conserva USO: Derecho que consiste en poder usar de la cosa ajena sin alterar la sustancia, pero solo puede constituirse a favor de PERSONA HUMANA SERVIDUMBRE: DERECHO REAL PERPETUO O TEMPORARIO QUE PERMITE AL DOMINANTE (persona o terreno), EJERCER DETERMINADOS DERECHOS SOBRE EL INMUEBLE DEL SIRVIENTE REALES Se constituyen a favor de un predio personales Se constituyen a favor de una persona • Positivas: permite hacer al dominante • Negativas : No permite hacer al sirviente • Continuas: El ejercicio de la servidumbre es ininterrumpido y no depende de la acción humana • Aparente: El ejercicio de la servidumbre se manifiesta con signos visibles • Onerosas: Las servidumbres que se constituyen por contratos con retribución en dinero • Legales: Obligatorias por disposición de ley • Administrativas: por disposición estatal para responder al interés publico • Forzosas: inexorablemente debe constituirse • Accesoria: cuando hay que constituirla para garantizar el ejercicio de otra servidumbre principal La servidumbre de paso constituida a favor de predio encerrado sin salida a ruta, es LEGAL , FORZOZA , APARENTE, Y DISCONTINUA Y POSITIVA La servidumbre de VISTAS constituida a favor del edificio mas alto es NO APARENTE, NEGATIVA, ONEROSA, CONTINUA La servidumbre de TRANSITO que atraviesa ALTO PALERMO; constituida a favor de EL ESTADO (predio dominante);para garantizar el transito de todos/as , es ADMINISTRATIVA/LEGAL/FORZOSA/DISCONTINUA El predio SIRVIENTE es el predio del ALTO PALERMO.
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