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Historia del derecho civil en Colombia

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Historia del derecho civil en Colombia
El derecho civil se divide en dos periodos:
1er periodo arranca desde el descubrimiento de américa
2do periodo comprende la historia del actual código civil 1873
Antes de la legislación especial que dicto España para sus colonias
· Legislación de indias
· El derecho español
· La legislación nacional de 1823 a1873 
I. Legislación de indias:
Conclusión tras la conquista española era imposible, tras plantar el régimen jurídico ya que los españoles tenían territorios conquistados, debido a las diferencias que tenía España y las colonias americanas. Por otro lado, teniendo en cuenta que nuevas colonias se incorporaron política y jurídicamente a la corona de castillas y no ha sido España, ¨ pues al mismo tiempo descubrieron Colombia en el cual no existía una verdadera unidad nacional¨. De allí fue el derecho castellano desde allí desde el primer momento empiezan a regir desde el primeros momentos la vida jurídica lo que se le llamo las indias occidentales ¨.
En lo cual el derecho castellano en las colonias españolas solo tuvo carácter supletorio, según américa rigió el derecho especial según las circunstancias que lo exigía, se decretaron para algunas colonias. Esta legislación especial comenzó a dictarse desde el año1503 fue tan copiosa y variada, que pronto debieron hacer una recopilación general de ella. Después de tantos cambios se llevó a estipular en 1680, el cual se le conoce como recopilación de leyes de los reinos de indias. El cual estaba formadas de innumerables leyes divididas en 4 tomos; esta ley no solo se trataba de derecho sino de muchas otras sin orden y método. En el cual los autores conformes de decir con carácter humanitario de las leyes de india, y en el cual en la práctica no se aplicó exactamente, en el que la ley rigió hasta el año 1810.
II. El derecho español
Hasta el año 1825 el derecho español, y especial mente el castellano, obtuvo el carácter de fuentes subsidiadas. Ese mismo año se indicaron las fuentes del derecho en la nueva república, según el artículo 1ºde la ley del 13 de mayo de 1825, el cual dice:”El orden en que debe observarse las leyes en todos los tribunales de la república, civiles, eclesiásticas y militares así en materias civiles como criminales, es el siguiente: 1º) las decretadas o las que este en el decreto por el poder legislativo;2º) cedulas ordenes del decreto, y las ordenanzas del gobierno español sancionadas hasta el 18 de marzo de 1808, que estuvo bajo el mismo territorio del gobierno en el territorio formado de la república; 3º)las leyes de recopilación de india;4º)las de la nueva recopilación de castillas; y 5º)y las de las siete partidas”.
Entre las fuentes nuevas se encuentran los numerados 4 y 5.
1) Las siete partidas
Se ha considerado como la principal obra jurídica española (Alfonso x el sabio), por su carácter técnica jurídica, derecho romano en el cual este se divide en 7 libros, en el que el 4, 5 y 6 se refieren al derecho civil.
2) La nueva recopilación
La obra se expidió en 1567 bajo el reino de Felipe II, el cual quiso depura la antigua legislación, y de allí fuera la legislación de india y el derecho español sale de allí también rigieron las leyes expedidas por el congreso en el cual se puso vigencia para la Gran Colombia en 1825, no queda demás decir que España rigió solo hasta el año de 1805, en el que salió una nueva edición llamada Novísima Recopilación. 
III. Legislación nacional
En el que fura de la legislación de india y derecho español, empezó a regirse las leyes que expidió el congreso desde1825 y tenía la primacía en su aplicación. 
Segundo periodo: Código Civil de bello
En el cual el primer periodo fue caótico. En el cual se hizo un adecuado y nuevo espíritu de la república. La nueva codificación implica la reunión de todas las normas de determinadas ramas del derecho en el que debe de ser de forma sistemática y organizada.
 En 1822 el vicepresidente Francisco de Paula Santander creo y elaboro proyectos de leyes teniendo en cuanta los códigos civiles y penales europeos y las leyes españolas. En 1829 Simón Bolívar ordeno montar una de las comisiones que redacta el código sibil tomando como base el código francés.1830 sucede la disolución de la Gran Colombia.
En 1840 adres bello comienza a trabajar en la elaboración de nuevo código civil con mayor discreción sin palabra alguna a esta ley fue regida en 1852 y en esta nueva ley el trabajo de bello también fue como parte de chile que la empezaron a regir como la ley nacional en el año 1855
En el estado de Santander adopta el código civil de bello con alguan modificaciones en el cual se rige en 1858, en el cual esta ley también aparte de estos estados se rigieron en otras partes en, estados soberanos de Cundinamarca y cauca en 1859, el de panamá en 1860 y los de Antioquia y bollaca en 1864 
https://es.slideshare.net/guest566be1/historia-del-der-civil-estructura-del-codigo-civil

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