Logo Studenta

Clasificacion-Sociedades-Personalistas-2-1

¡Estudia con miles de materiales!

Vista previa del material en texto

COLECTIVA
	COMANDITA SIMPLE
	CAPITAL INDUSTRIA
	Denominación
	Puede ser: subjetiva y/o nombre de fantasía
	Puede ser: subjetiva y/o nombre de fantasía
	Puede ser: subjetiva y/o nombre de fantasía
	Razón Social
	Es la suma de la responsabilidad. La tienen solo las sociedades de responsabilidad SSI.
Puede ser:
· Subjetiva
· Nombre de fantasía 
+ Sigla
	Si es Subjetiva:
Solo el Comanditado, pues es quien tiene responsabilidad SSI
	Si es Subjetiva:
Solo el Capitalista, pues es quien tiene responsabilidad SSI
	Tipo de Sociedad
1° Criterio
	Personalista intuitus personae
(Tiene mayor importancia el tipo de socio y/o su categoría)
	Personalista intuitus personae
Tiene mayor importancia el tipo de socio y/o su categoría.
	Personalista intuitus personae
Tiene mayor importancia el tipo de socio y/o su categoría.
	Instrumento Constitutivo
2° Criterio
	Público o privado
(en dicho caso se recomienda certificar las firmas)
	Ídem
	ídem
	Inscripción
	Registro Público
	Ídem
	Ídem
	Objeto
	Debe ser: preciso, determinado y licito.
	Ídem
	Ídem
	Tipo de Socio
3° Criterio
	Socio Colectivo
	· Comanditado
· Comanditario
	· Capitalista
· Industrial
	Tipo de responsabilidad
4° Criterio
	SSI
Ilimitado: Responden con todo su patrimonio
Solidaria: Se puede ejecutar a uno de los socios el total de la acreencia, y este tiene derecho de reembolso con respecto a los demás socios
Subsidiaria:Gozan del beneficio de excusión, por lo tanto los acreedores deben ejecutar primero el patrimonio social y después el de los socios.deben ofrecer bienes a embargo de la sociedad
	Comanitado: Idem colectiva (SSI)
Comanditario:Limitado
Responde con el capital que se obligaron a aportar (responsabilidad limitada al capital subscripto)
	Capitalista: Idem colectiva (SSI)
Industrial:Limitado
Responde hasta la concurrencia de ganancias no percibidas. No compromete su patrimonio personal por obligaciones sociales.
	Tipo de aporte
5° Criterio
	Cualquier tipo de aporte (SSI)
(Obligaciones de dar, de hacer) Todo tipo de aportes
	Comanditado: Idem colectiva (SSI)
Comanditario:
L = Bienes determinados en propiedad y susceptibles de ejecución forzosa
	Capitalista: Idem colectiva (SSI)
Industrial:
L = Solo aportan 
Trabajo
	Capital
	Suscripto: 100%
Integrado: de acuerdo a lo pactado en estatuto- El capital debe fijarse teniéndose en cuenta el objeto
	Suscripto: 100%
Integrado idem colect
	Suscripto: 100%
Idem colectiva
	División de Capital
6° Criterio
	Partes de Interés:
*Son de desigual valor, 
*En principio intransmisible (salvo pacto en contrario) 
*No representado en título
*No embargable (salvo ganancias del Art. 56
	Idem
	Idem
*Observación: las ganancias de los Industriales deben estar determinadas y/o pactadas en el Estatuto, caso contrario, ganan lo mismo que el socio Capitalista de menor aporte.y si solo hay dos un capitalista y un industrial debe pactarse si o si
	Organización
7° Criterio
	Auto – Organicista
	Auto – Organicista
	Auto – Organicista
	
	COLECTIVA
	COMANDITA SIMPLE
	CAPITAL INDUSTRIA
	Administración
Puede ser:
Interna (Adm)
Externa (Rep)
	Esta Implícito en la Lgs.
Por ser auto-organicistas, se entiende como principio general que quien administra es quien a su vez representa. (Art: 127, 128
No requiere estipulación en Estatuto:
*Silencio: Si no se estipula, se entiende como administración indistinta. (Art. 127cualquira de los socios
*Adm. Indistinta: (Adm y Rep) Puede hacerlo cualquiera de los socios indistintamente. (Art. 128 1° párrafo)
Requiere estipulación en el Estatuto:
*Adm. Conjunta: En dicho caso, ninguno puede obrar sin el otro. (Art. 128, 2° párrafo Lgs)
*Adm. 3°: Se debe designarlo en el Contrato.
Designación: Puede hacerse en el Cto constitutivo o acto posterior, pero debe inscribirse junto con el contrato en el Registro Público.
Remoción: Pueden ser removidos sin expresión de causa (Art 129) como principio general, aunque se requiere la simple mayoría en la reunión de socios. Si hay causa: cualquiera de los socios puede pedir su remoción.
*Supuesto de resolución parcial*(133)prohibición de hacer competencia- se puede excluir al socio
	En LGS esta explicito art 136
Comanditados y/o 3° son los que administran y representan.
Comanditario:
No se puede inmiscuir en la Administración.
Hay que diferenciar si la intervención es:
En actos aisladosla responsabilidad se extenderá a aquellos actos en los que ha intervenido y responde SSI por ellos.
En acto Habitual: su responsabilidad se extenderá aun a los actos que no hubiese intervenido, responde SSI.
*La sanción del comanditario es tornar su responsabilidad ilimitada.
	En LGS esta explicito 143
Cualquiera de los socios puede administrar y representar. 
Hay remisión a las disposiciones de la Colectiva pudiendo admitirse que administre un 3°.
	Fiscalización
	No existe un acápite legal específico, pero como es auto-organicista, todos los socios pueden fiscalizar.
(Art. 55 Lgs) 
	Ídem
	Ídem
	Gobierno 
	Reunión de Socios
Caracteres: es informal y en ella están presentes todos los socios.
Decisiones:
Modificación de estatuto: se deberá resolver por unanimidad, salvo pacto en contrario (se recomienda no optar por la decisión unánime para dar más funcionalidad a las decisiones) En caso de pacto contrario, en el Estatuto deberá figurar cual es el pacto (miembros presentes, mayoría, etc). NO colocar las dos opciones a la vez, optar por una.
Otras decisiones: se resuelven por mayoría.
	Ídem
	Ídem
*Observación:
El voto del industrial tiene el mismo valor que el del socio de menor aporte.

Continuar navegando