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DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL – SECRETARIA ACADEMICA FACULTAD DE DERECHO – UNLZ 1 UNIDAD V - PUNTO 7 LA EDUCACION PUBLICA EN LAS PROVINCIAS ARGENTINAS Bibliografía: BIDART CAMPOS, Germán J (2007) “Tratado elemental de derecho constitucional Argentino” Nueva edición ampliada y actualizada a 2000-2001 Ed Ediar. EKMEKDJIAN, Miguel Angel “Tratado de Derecho Constitucional” Ed Depalma, SAGUES, Néstor Pedro, “Manual de derecho Constitucional” Ed. Astrea I) EDUCACION PUBLICA EN LAS PROVINCIAS La educación tiene por objeto la formación integral de la persona, el respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales, formando el carácter de los niños en el culto de las instituciones patrias, en el respeto a los símbolos nacionales y en los principios de la moral cristiana, respetando la libertad de conciencia. (Art 199 CPBA). La prestación del servicio educativo se realiza a través del sistema educativo provincial, que abarca los distintos niveles y modalidades de la educación. La legislación de base del sistema educativo provincial se ajusta a los siguientes principios: 1- La educación pública, es gratuita en todos los niveles 2- La educación es obligatoria en el nivel básico 3- El sistema educativo garantizara, una calidad educativa que enfatice el acervo cultural y la protección y preservación del Medio Ambiente. El servicio educativo puede ser prestado por otros sujetos, privados o públicos no estatales, dentro del sistema educativo provincial y bajo el control estatal. DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL – SECRETARIA ACADEMICA FACULTAD DE DERECHO – UNLZ 2 La Dirección General de Cultura y Educación, gobierna y administra el sistema cultural y educativo provincial. La titularidad de esta Dirección es ejercida por el Director General de cultura y Educación, es designado por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, dura en sus funciones 4 años y puede ser reelecto. Debe ser idóneo para su cargo y cumplir los mismos requisitos que para Senador. El Director prioriza el control de la calidad de la prestación del servicio educativo, le corresponde, el nombramiento y remoción de todo el personal técnico, administrativo y docente. El titular de la Dirección, cuenta con el asesoramiento del Consejo General de Cultura y Educación. Es integrado por el Director Gral. de Cultura y Educación, quien lo preside y por 10 miembros, designados por el Poder Ejecutivo, con acuerdo de la Cámara de Diputados. De los diez miembros, seis por propia iniciativa y los otros cuatro, a propuesta de los docentes en ejercicio. Los Consejeros Generales duran en sus funciones, un año, pudiendo ser reelecto. II) CONSEJOS ESCOLARES La administración de los servicios educativos, en el ámbito de competencia territorial distrital (municipal), con exclusión de los aspectos técnicos pedagógicos, estará a cargo de órganos desconcentrados de la Dirección General de Cultura y Educación, denominados “Consejos Escolares”. Es un órgano colegiado, integrado por ciudadanos elegidos por el voto popular, en número relacionado con la cantidad de servicios educativos existentes en cada distrito, no pueden ser menor a cuatro ni mayor a diez miembros. Los consejeros duran DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL – SECRETARIA ACADEMICA FACULTAD DE DERECHO – UNLZ 3 en su función cuatro años, renovándose cada dos años por mitades, pudiendo ser reelecto. Pueden ser electos ciudadanos, argentinos y extranjeros, que estén inscriptos en el Registro Electoral del Distrito. Las condiciones para ser elegidos son: - Ser mayores de edad - Ser vecino del distrito con no menos de dos años en el domicilio, inmediato anterior a la elección. El presupuesto de gastos dispondrá de los recursos para la prestación adecuada de los servicios educativos y además, cuenta con un fondo provincial de educación, los recursos de dicho fondo, ingresan en forma directa y serán administrados por la Dirección Gral. de Cultura y Educación. El Consejo Escolar cuenta con Consejeros suplentes, en número similar a los titulares. La cantidad de consejeros está relacionada a la cantidad de establecimientos escolares. - Hasta 60 establecimientos (4) consejeros - Desde 61 a 200 establecimientos (6) consejeros - Desde 201 a 350 establecimientos (8) consejeros - Más de 351 establecimientos (10) consejeros Los Consejeros Escolares, poseen las siguientes facultades en el ámbito de su distrito - Gestionar muebles, útiles etc. y luego distribuirlos - Implementar y ejecutar los actos administrativos emanados de la Dirección Gral. de Cultura y Educación. - Administrar los recursos. - Realizar el CENSO de los bienes del Estado. DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL – SECRETARIA ACADEMICA FACULTAD DE DERECHO – UNLZ 4 El Consejero podrá aplicar a sus miembros, sanciones (amonestar, suspensión hasta 90 días y destitución del cargo). Serán causas de sanción: - No cumplir con sus deberes y obligaciones, en forma regular y continua, con toda la diligencia que es necesaria para sus funciones. - No cuidar debidamente los bienes del Estado. - No mantener dentro y fuera de las funciones, una conducta decorosa y digna. III) EDUCACION UNIVERSITARIA La educación es accesible y gratuita para todos los habitantes de la provincia de Bs.As. Las universidades se componen por un Consejo Superior, presidido por el Rector y las diversas facultades establecidas en aquellas por las leyes de su creación. El Consejo Universitario será formado por, los Decanos y Delegados de las diversas facultades. Corresponde al Consejo Universitario: - Dictar los reglamentos que exijan el orden y disciplina de los establecimientos, aprobación del presupuesto anual. - Corresponde a las Facultades la elección de su Decano y Secretario, el nombramiento de profesores titulares o interino, la dirección de la enseñanza, formación de los programas, rendir cuenta al Consejo Universitario. Guía de estudio La misma es de elaboración opcional y se corregirá en la clase designada según cronograma de la materia. DERECHO PUBLICO PROVINCIAL Y MUNICIPAL – SECRETARIA ACADEMICA FACULTAD DE DERECHO – UNLZ 5 1) Conceptualice la Educación Pública. 2) Función de la Dirección General de Cultura y Educación de la pcia. de Bs As. 3) ¿Que son los Consejos Escolares? 4) Educación Universitaria. Características generales.
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