Vista previa del material en texto
Administración y Gestión Se cobra según: ml de sondeo: $400.000 aprox. para 2019. Número de ensayos Complejidad (tipo cimentación: muros contención, cimentaciones profundas). El costo total de estos honorarios es la tarifa anterior más IVA (19%). Se puede cobrar como % sobre costos de obra para usarlo en una prefactibilidad: Aprox. el 3% sobre los C.D. de construcción para obras de más de 10 mil millones de pesos. Para obras más pequeñas, alrededor del 5% sobre los C.D. de construcción. Estos porcentajes pueden variar según la reputación del arquitecto o la especialización del diseño (hospitales, cárceles, educativos, centros comerciales o institucionales, etc.) Si es para cotizar, se usa las condiciones del Decreto 2090 de 1989: Tarifa plena para contratación pública. El mercado paga alrededor del 60% / 70% de la tarifa plena. El costo total de estos honorarios es la tarifa anterior más IVA (19%). Determine el valor del proyecto de acuerdo a la tabla 1. Calcule el honorario básico según la tabla 2 Aplíquele el porcentaje que le corresponda según categoría (ver tabla 3). Si pertenece a una serie, aplique finalmente la tabla 4. Al valor final agregue el 19% de IVA. : será el 7% del valor que se calcule como honorario del proyecto arquitectónico. : será el 15% del valor que se calcule como honorario del proyecto arquitectónico. : modificaciones substanciales al anteproyecto se considerará que se trata de un trabajo nuevo y por lo tanto deberá cobrarse nuevamente el valor del anteproyecto (modificación de la mayor parte del anteproyecto o que modifiquen substancialmente el programa de áreas y necesidades). del monto de honorarios para proyecto arquitectónico se retiene un 10% que será pagado al Arquitecto durante la construcción de la obra y salvo convenio explícito entre el Arquitecto y la Entidad Contratante, el Arquitecto tiene derecho a que se le reliquide este 10% utilizando el costo base real de la obra (C.D.) para cobro de tarifas. El anteproyecto y el proyecto arquitectónico son de propiedad intelectual del arquitecto y, por consiguiente, solamente pueden usarse en la construcción del edificio para el cual fueron elaborados. No se podrán utilizar anteproyectos y proyectos en obras diferentes a aquellas para las cuales fueron contratados. Ley 23 de 1982: derechos de autor. Se cobra provisionalmente con un dato estimado y luego se hace la liquidación definitiva con el dato del presupuesto a la entrega del proyecto. Calcular el 8% del costo estimado de las obras de urbanismo para una vivienda (honorario base del proyecto urbanístico). Para urbanizaciones con pendiente: Lotes planos y hasta 2% de pendiente, conservar honorario definido. Lotes entre 2% y 10%, el honorario se incrementará en un 15%. Lotes entre 10% y 20%, el honorario se incrementará en un 20%. Lotes con pendientes mayores al 30%, el honorario se incrementará en un 30%. Trabajos no incluidos: Diseño de redes de servicios públicos. Topografía. Elaboración de planes piloto o reguladores. Planes de desarrollo regional o metropolitano. Planes de renovación urbana o remodelación de sectores. Entre el 7% y el 10% del valor del diseño arquitectónico. : 0,9% del costo directo de obra + gastos reembolsables. : será el 0,45% del costo directo de obra + gastos reembolsables. GASTOS REEMBOLSABLES: Viajes y viáticos del Arquitecto. Cables, portes y servicios telefónico de larga distancia y otros tipos. Copias heliográficas, fotografías, maquetas, fotocopias, grabaciones, películas y todo tipo de reproducción de originales. Ensayos de laboratorio y honorarios de especialistas. Honorarios o salarios y prestaciones sociales de todo el personal profesional que sea necesarios disponer en el sitio de la obra. Otros que se ocasionen con motivos de los trabajos ejecutados y que no puedan imputarse a la operación normal de la organización propia del arquitecto. : serán del 10% de los honorarios correspondientes al proyecto y supervisión arquitectónica. : serán del 0,8% del costo directo de obra y se cobrará de forma periódica, de común acuerdo entre las partes. En una pre-factibilidad se puede calcular su valor por m2: Aprox. $15.000 a $20.000 por m2** Aprox. el 8% del C.D. de la estructura (PARA LO MÁS COMPLEJO) pero, dependiendo de la complejidad y la repetitividad, puede ser menor: Menor grado de complejidad: multiplicar por 0,6 (vivienda, por ejemplo). (**): Precios para el año 2019. Por repetitividad: La 1ª edificación multiplicar 8% por 1, La 2ª por 0,5 La 3ª por 0,3 A partir de la 4ª 0,1 En el mercado, se puede obtener un descuento hasta del 30% sobre estas tarifas. El costo total de estos honorarios es la tarifa anterior más IVA (19%). SCI: TIPO EJEMPLOS % DE HONORARIO Grupo A Puentes de carretera, Intercambios viales urbanos, Muelles, Cascarones y placas plegadas, Bases y fundaciones de maquinaria, Silos, Edificaciones con tres o más sótanos y más de quince pisos de altura, Rehabilitación de estructuras existentes, incluyendo análisis de vulnerabilidad 100% Grupo B Coliseos, Estadios, Iglesias, Teatros, Aeropuertos y Helipuertos, Puentes peatonales, Estructuras industriales, Edificaciones indispensables, según las normas sismo resistentes, Edificaciones con tres o más sótanos ó más de quince pisos de altura 90% Grupo C Tanques, Piscinas, Plantas de tratamiento, Muros y estructuras de contención, Estructuras de madera, Edificaciones con dos sótanos y más de ocho pisos de altura 80% Grupo D Estructuras metálicas de cubierta, Edificaciones con dos sótanos o más de ocho pisos de altura. 70% Grupo E Edificaciones con un sótano o sin sótano y menos de ocho pisos de altura, Casas 60% Cuando se trate de edificaciones de uso mixto, se hará un promedio ponderado de la dificultad según al área para obtener el porcentaje del honorario básico que se debe aplicar para obtener el honorario efectivo. SCI: SCI: OJO: en el mercado se puede conseguir diseños mucho más baratos pero se trata de calculistas sin experiencia por lo que el ahorro en los honorarios se suele ver “desviado” a mayores costos en aceros y concretos. https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf Alrededor del 2% / 3% del valor de las ventas del proyecto. Para : Para categorías de la A hasta la G inclusive(*), serán el 10% del C.D. Para la categoría H, proyectos de restauración, será el 17% del C.D. Para la categoría I, proyectos de reparaciones, reformas y ampliaciones, será el 14% del C.D. Por se determina por competencia del mercado mediante cotizaciones. (*): Ver Decreto 2090 de 1989. : 15% del valor del diseño arquitectónico + supervisión. : Está entre el 5% y el 10% del valor de la obra pero depende del tipo de contrato: Administración delegada: se debe cobrar el tope porque hay que revisar hasta las cuentas. Precios unitarios: tarifa intermedia porque debe revisar y aprobar nuevos APU’s Global fijo: el más barato porque sólo mira temas de calidad de ejecución.