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Administracion_y_Gestion

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Administración y 
Gestión 
 Se cobra según: 
 ml de sondeo: $400.000 aprox. para 2019. 
 Número de ensayos 
 Complejidad (tipo cimentación: muros 
contención, cimentaciones profundas). 
 
 El costo total de estos honorarios es la tarifa 
anterior más IVA (19%). 
 Se puede cobrar como % sobre costos de obra 
para usarlo en una prefactibilidad: 
 Aprox. el 3% sobre los C.D. de construcción para 
obras de más de 10 mil millones de pesos. 
 Para obras más pequeñas, alrededor del 5% sobre 
los C.D. de construcción. 
 
 
 
 
Estos porcentajes pueden variar según la 
reputación del arquitecto o la 
especialización del diseño (hospitales, 
cárceles, educativos, centros comerciales o 
institucionales, etc.) 
 Si es para cotizar, se usa las condiciones del 
Decreto 2090 de 1989: 
 Tarifa plena para contratación pública. 
 El mercado paga alrededor del 60% / 70% de la 
tarifa plena. 
 
 El costo total de estos honorarios es la tarifa 
anterior más IVA (19%). 
 
Determine el valor del proyecto de acuerdo a 
la tabla 1. 
 Calcule el honorario básico según la tabla 2 
 Aplíquele el porcentaje que le corresponda 
según categoría (ver tabla 3). 
 Si pertenece a una serie, aplique finalmente 
la tabla 4. 
 Al valor final agregue el 19% de IVA. 
: será el 7% del valor que se 
calcule como honorario del proyecto 
arquitectónico. 
: será el 15% del valor que se 
calcule como honorario del proyecto 
arquitectónico. 
: modificaciones 
substanciales al anteproyecto se considerará 
que se trata de un trabajo nuevo y por lo 
tanto deberá cobrarse nuevamente el valor 
del anteproyecto (modificación de la mayor 
parte del anteproyecto o que modifiquen 
substancialmente el programa de áreas y 
necesidades). 
del monto de honorarios 
para proyecto arquitectónico se retiene un 
10% que será pagado al Arquitecto durante la 
construcción de la obra y salvo convenio 
explícito entre el Arquitecto y la Entidad 
Contratante, el Arquitecto tiene derecho a 
que se le reliquide este 10% utilizando el 
costo base real de la obra (C.D.) para cobro 
de tarifas. 
 
 El anteproyecto y el proyecto arquitectónico 
son de propiedad intelectual del arquitecto 
y, por consiguiente, solamente pueden usarse 
en la construcción del edificio para el cual 
fueron elaborados. 
No se podrán utilizar anteproyectos y 
proyectos en obras diferentes a aquellas 
para las cuales fueron contratados. 
 Ley 23 de 1982: derechos de autor. 
 
 Se cobra provisionalmente con un dato 
estimado y luego se hace la liquidación 
definitiva con el dato del presupuesto a la 
entrega del proyecto. 
 
 Calcular el 8% del costo estimado de las 
obras de urbanismo para una vivienda 
(honorario base del proyecto urbanístico). 
 
 Para urbanizaciones con pendiente: 
 Lotes planos y hasta 2% de pendiente, conservar 
honorario definido. 
 Lotes entre 2% y 10%, el honorario se 
incrementará en un 15%. 
 Lotes entre 10% y 20%, el honorario se 
incrementará en un 20%. 
 Lotes con pendientes mayores al 30%, el 
honorario se incrementará en un 30%. 
 
 Trabajos no incluidos: 
 Diseño de redes de servicios públicos. 
 Topografía. 
 Elaboración de planes piloto o reguladores. 
 Planes de desarrollo regional o metropolitano. 
 Planes de renovación urbana o remodelación de 
sectores. 
 
 Entre el 7% y el 10% del valor del diseño 
arquitectónico. 
 
: 
0,9% del costo directo de obra + gastos 
reembolsables. 
 
: será el 0,45% 
del costo directo de obra + gastos 
reembolsables. 
 
 GASTOS REEMBOLSABLES: 
 Viajes y viáticos del Arquitecto. 
 Cables, portes y servicios telefónico de larga 
distancia y otros tipos. 
 Copias heliográficas, fotografías, maquetas, 
fotocopias, grabaciones, películas y todo tipo de 
reproducción de originales. 
 Ensayos de laboratorio y honorarios de especialistas. 
 Honorarios o salarios y prestaciones sociales de todo 
el personal profesional que sea necesarios disponer 
en el sitio de la obra. 
 Otros que se ocasionen con motivos de los trabajos 
ejecutados y que no puedan imputarse a la operación 
normal de la organización propia del arquitecto. 
 
 
: serán del 
10% de los honorarios correspondientes al 
proyecto y supervisión arquitectónica. 
 
: serán del 
0,8% del costo directo de obra y se cobrará 
de forma periódica, de común acuerdo entre 
las partes. 
 En una pre-factibilidad se puede calcular su 
valor por m2: 
 Aprox. $15.000 a $20.000 por m2** 
 
 Aprox. el 8% del C.D. de la estructura (PARA 
LO MÁS COMPLEJO) pero, dependiendo de la 
complejidad y la repetitividad, puede ser 
menor: 
 Menor grado de complejidad: multiplicar por 0,6 
(vivienda, por ejemplo). 
(**): Precios para el año 2019. 
 Por repetitividad: 
 La 1ª edificación  multiplicar 8% por 1, 
 La 2ª por 0,5 
 La 3ª  por 0,3 
 A partir de la 4ª  0,1 
 
 En el mercado, se puede obtener un 
descuento hasta del 30% sobre estas tarifas. 
 
 El costo total de estos honorarios es la tarifa 
anterior más IVA (19%). 
 SCI: 
 
 
TIPO 
EJEMPLOS 
% DE 
HONORARIO 
Grupo A 
Puentes de carretera, Intercambios viales urbanos, Muelles, Cascarones y placas plegadas, 
Bases y fundaciones de maquinaria, Silos, Edificaciones con tres o más sótanos y más de 
quince pisos de altura, Rehabilitación de estructuras existentes, incluyendo análisis de 
vulnerabilidad 
100% 
Grupo B 
Coliseos, Estadios, Iglesias, Teatros, Aeropuertos y Helipuertos, Puentes peatonales, 
Estructuras industriales, Edificaciones indispensables, según las normas sismo resistentes, 
Edificaciones con tres o más sótanos ó más de quince pisos de altura 
90% 
Grupo C 
Tanques, Piscinas, Plantas de tratamiento, Muros y estructuras de contención, Estructuras 
de madera, Edificaciones con dos sótanos y más de ocho pisos de altura 
80% 
Grupo D 
Estructuras metálicas de cubierta, Edificaciones con dos sótanos o más de ocho pisos de 
altura. 
70% 
Grupo E Edificaciones con un sótano o sin sótano y menos de ocho pisos de altura, Casas 60% 
Cuando se trate de edificaciones de uso mixto, se hará un promedio ponderado de la dificultad según al área para obtener 
el porcentaje del honorario básico que se debe aplicar para obtener el honorario efectivo. 
 SCI: 
 
 
 SCI: 
 
 
OJO: 
en el mercado se puede conseguir diseños 
mucho más baratos pero se trata de 
calculistas sin experiencia por lo que el 
ahorro en los honorarios se suele ver 
“desviado” a mayores costos en aceros y 
concretos. 
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf 
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf 
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf 
 
https://www.aciem.org/Afiliados/Publicaciones/MANUAL_TARIFAS_2015.pdf
 
 Alrededor del 2% / 3% del valor de las ventas 
del proyecto. 
 Para : 
 Para categorías de la A hasta la G inclusive(*), 
serán el 10% del C.D. 
 Para la categoría H, proyectos de restauración, 
será el 17% del C.D. 
 Para la categoría I, proyectos de reparaciones, 
reformas y ampliaciones, será el 14% del C.D. 
 
 Por se determina por 
competencia del mercado mediante 
cotizaciones. 
 
(*): Ver Decreto 2090 de 1989. 
: 15% del valor del diseño 
arquitectónico + supervisión. 
 
: Está entre el 5% y el 10% del valor 
de la obra pero depende del tipo de 
contrato: 
 Administración delegada: se debe cobrar el tope 
porque hay que revisar hasta las cuentas. 
 Precios unitarios: tarifa intermedia porque debe 
revisar y aprobar nuevos APU’s 
 Global fijo: el más barato porque sólo mira 
temas de calidad de ejecución.