Logo Studenta

En el derecho real de SUPERFICIE: * La servidumbre puede tener por objeto la totalidad o una parte material del inmueble ajeno. La servidumbre es...

En el derecho real de SUPERFICIE: *


La servidumbre puede tener por objeto la totalidad o una parte material del inmueble ajeno.
La servidumbre es REAL si vincula dos inmuebles independientemente; hay derecho de un predio sobre otro, para utilidad del primero.
Una servidumbre PERSONAL (es decir, en favor de una persona humana) puede llegar a ser vitalicia (es decir, culmina la servidumbre con la muerte de esa persona).

Esta pregunta también está en el material:

EXAMEN FINAL
8 pag.

Planejamento e Controle de Obras ExatasExatas

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales