Logo Studenta

EL PODER LEGISLATIVO: La Función Legislativa en el Estado Contemporáneo y en la Argentina: la C.N, en su Segunda Parte, comienza en su Titulo I, qu...

EL PODER LEGISLATIVO: La Función Legislativa en el Estado Contemporáneo y en la Argentina: la C.N, en su Segunda Parte, comienza en su Titulo I, que trata del gobierno, con una sección primera del Poder Legislativo. El principio de división de poderes, responde a una forma de organizar el gobierno que ya existía en la antigüedad. La organización del Estado y el gobierno de las sociedades políticas se asientan en la premisa de que las competencias son limitados y preestablecidas en la C.N. el poder es indivisible e imposible de circunscribir a los limites y competencias que las constituciones fijan para el estado, el gobierno y sus órganos. Que lo que es y debe ser divisible y limitado son los órganos y atribuciones a ellos atribuidos. Estructura del Congreso: Su estructura está determinada por el art. 44 de la Constitución Nacional. El Congreso Nacional es un órgano colegiado, es decir integrado por una pluralidad de personas. Está conformado por dos cámaras (Diputados y Senadores). La bicameralidad (adoptada siguiendo el modelo de Estados Unidos) satisface los principios del sistema federal, pero no los principios de la representatividad. En cualquier otro distrito que no sea el

Esta pregunta también está en el material:

DERECHO_CONSTITUCIONAL_RESUMEN[1]
79 pag.

Direito Constitucional I Universidad Empresarial Siglo 21Universidad Empresarial Siglo 21

Todavía no tenemos respuestas

¿Sabes cómo responder a esa pregunta?

¡Crea una cuenta y ayuda a otros compartiendo tus conocimientos!


✏️ Responder

FlechasNegritoItálicoSubrayadaTachadoCitaCódigoLista numeradaLista con viñetasSuscritoSobreDisminuir la sangríaAumentar la sangríaColor de fuenteColor de fondoAlineaciónLimpiarInsertar el linkImagenFórmula

Para escribir su respuesta aquí, Ingresar o Crear una cuenta

User badge image

Otros materiales