Según el artículo 111 de la ley, las causas de extinción de la responsabilidad derivada de las infracciones y de las sanciones son las siguientes: 1. La responsabilidad derivada de las infracciones previstas en esta ley se extingue por: a) Fallecimiento del sujeto infractor. b) Extinción de la personalidad jurídica de la entidad deportiva sancionada. c) Transcurso del plazo de prescripción para imponer la correspondiente sanción. 2. Las sanciones se extinguen por: a) Cumplimiento. b) Prescripción del derecho para exigir su cumplimiento.
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