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CX'CMINOLOG ÍA a y - /$%'-S SISTEMAS PENITENCIARIOS [POR EL DR. P. D ~ ~ ~ C E V E D O ~ASTELLO-FRANCO Ex-Ministro de Negocios Eclesi~sticos y de Justicia de Portugal, ._ -- , '". #"' -. ex-Director de establecimientos penales * . - e , * - / -" -. J . &^r< -.*u- .? -' Dr. Ramiro Rugda . . .- . , , J -* .. i , , ' ' a d , - PROFESOR DE LA UNIVERSIDAD CENTRAL C O N U N P R d L O G O D E L DR. F ~ ~ f i n f i b o Cnoneso Inspector General de Prisiones MADRID R E V I S T A DE LEGISLACION UNIVERSAL San Belrnardo, 58. Requerimientos anlistosos á que no he po- dido sustraerme, motivan este prólogo á la interesante obra del ilustre publicista portu- gués, Castello- Branco. Aqui, donde tan pocos libros de Aiitropo- logia criminal se producen, donde la legis- lación punitiva se encuentra tan atrasada y la penitenciaria es tan abigarrada y confti- sa; donde los medios preventivos de la cie- lincuencia y los sistemas para ejecutar las penas son tan aicáicos como ineficaces, re- snlttt plausible la idea del malogrado sefior Rueda, de verter al castellano el libro que se prologa, en estas concisas líneas, y de in- dudable 6 importante utilidad su estudio. El autor, que 'ha dedicado su fecunda in- teligencia y perseverante actividad á 10s - VI - problemas penales penitenciarios; que, como escritor, ha prodilcido varias obras origina- les en su patria y en su idioma, y traducido otras del francés y del italiano; y que, como funcionario público, ha logrado encarnar en la realidad y en el grado que las circunstan- cias permitían, su labor especulativa, ya en la Peni teiociaría central de Lisboa , como subdirector, ya en el Gobierno, como Minis- tro de Jiisticia, ya, en fin, en el Parlamen- to, como Diputado, ha tenido el acierto de maridar en la presente la teoría con la prác- tica, quitando 6 la abstracción todo lo atópi- co, que suele fascinar B los iliisos, defendien- do, no obstaiite, el ideal, para dar vida y organización á los hechos, sistematizando éstos eir vista de las leccioiles y eriseiianzas facilitadas por la experiencia y recogidas por la propja observaci.óti, ora en el ejerci- cio de altos cargos, ora en visitas de estudio á paises extranjeros. Ea los quince capítulos de que consta, trata cle las cuestiones peiiitenciarias y de antropologfa criminal más vitales; y si bien en la parte descriptiva iio desciende á los de- talles, y en la teórica no se da gran exten- sión á las materias, acaso por la variedad y lo complejo de éstas y el carácter conciso del libro, una y otra se presentan en atinadas sfntesis y con claridad suficiente para dar á conocer al lector, con facilidad y economfa de tiempo y de trabajo, las Prisiones que describe, los sistemas que expone y las es- cuelas y doctrinas que analiza. Dos naciones, Bélgica y Holanda, peque- ñas en territorio, nutridas en población, bri- llantes por su cultura, han progresado por extraordinario modo, sobre todo la primera, en arquitectura y régimen penitenciarios, y el Sr, Castello-Branco pone de manifiesto es- tos progresos, examina las causas á que han obedecido los factores y las fuerzas que los han impulsado y los sostienen. De su estu- dio toma la parte esencial para aplicarla en su pais, y logra que arraiguen y florezcan nuevas instituciones, como la Penitenciaria Central de Lisboa, que queda mencionada, laa colonias para jóvenes delincuentes, y otras cuya implantación y desa'rrollo procu- ra, con ostensible y laudable interés, el ve- cino reino lusitano. A nuestra Prisión Celular de Madrid dedi- ca el tercer capitulo para dar idea de su ern- plazamiento, de su estructura, de su régi- men interno y apreciar los inconvenienttes que surgen al aplicar la variedad d e trata- It - VI11 - mientos requeridos por la distinta condición legal en que se hallan los reclusos, segiln que son procesados 6 penados, jóvenes 6 adultos, politicos 6 delincuentes comunes, de estan- cia fija 6 transeuntes, sujetos unos al siste- ma celular y sometidos otros al aglomerado, iilconvenientes que ficilmente se compren- den y que malogran lo capital del pensa- miento que inspiró la construcción del es- pléndido edificio, 6 al menos dificultan gran- demente la realización del fin penitencia- rio que debiera realizar el establecimiento levantado para servir de modelo en su clase. Objeto del capitulo cuarto, es el sistema penal progresivo; y para darle á conocer estudia la génesis y evolución de sistemas anteriores de los cuales se deriva 6 por los cuales se provoca, dando noticia del regi- men de comunidad, de la servidumbre pe- nal inglesa, de la deportación á Maryland y á Virginia, en la América del Norte primero, y á Botany-Bay , Port- Jakson, Sydney y Nor- folk en la Australia y van-Diemen después; de las causas 6 que fué debida la supresión de las colonias penales que la gran Bretafia llev6 á sus lejanas posesiones de Ultramar, de la oposición y modificaciones del sistema - IX - y de su perfeccionamiento logrado por Crof- ton en Irlanda y generalizado después en Inglaterra y en las naciones más cultas de Europa y América. Partidario el autor del sistema celular, as- pira á que se extienda en su pais, y á tal e£ecto, defiende con calor y gran acopio de citas de crinrminalistas y frenólogos, de argu- mentos propios y de hechos positivos, el pro- yecto presentado al Parlamento en 1888 para la construcción de nuevas penitencia- rfas, cuya materia desarrolla en el capitulo quinto. Empero, al defender el régimen ce- lular, quiere que actúen en él como partes integrantes todos los elementos que le cons- tituyen, el trabajo, la 'enseiianza moral, li- teraria, religiosa é industrial; las visitas de personas inteligentes, de sentimientos filan- trópicoa y de compasión hacia el cafdo, para que el aislamiento de la celda no de- genere en solitario y desesperante encierro, muy apropósito para llevar al recluso á la desesperación 6 á la demencia, como suele suceder en no pocas Prisiones de esta indole. En tales casos resulta insostenible por cos- toso y contraproducente por sus resultados. No trata s61o en su discurso de1 sístema celu- lar; se ocupa también de la colonización pe- - Y - nieenciaria, tanto interna como externa; del personal de funcionarios, de las distintas clases de reclusos, de los menores delin- cuentes y del tratamiento educador que de- be dárseles; de la eficacia del trabajo, de las sociedades de patronato, llamadas á hacer sentir su importante acción social en los es- tablecimientos y á tender su mano protec- tora á los penados cuando salen de ellos, ya extinguida su condena, para librarles de las reincidencias en que inevitable y forzosa- mente caen si les faltan la gufa y el apo- yo necesarios al dar los primeros pasos en la vida libre; de la libertad condicional, y de otros interesantes puntos, que en con- junto constituyen un útil 6 interesante com- pendio de sana doctrina y de atinada orien- tación penitenciarias. De las escuelas penales y de la crimina- logia, tratan los capftulos restantes, hasta el a6cimoquint0, dedicado A la libertad con- dicional de los sentenciados. Nueva la sistematización de los conoci- mientos criminológicos, el estudio que Cas- rello-Branco hace en esta parte de su obra, es evidentemente provechoso , porque en abreviadas sintesia da á conocer los criterios de 10s cl~sicos y de los positívistas de más - xc - conocido nombre y de mayor fama en la cien- cia; las teorfas sustentadas respecto á los criminales de profesión, á la antropometria , al trabajo, á la herencia morbosa, á la epi- lepsia y su acción en la delincuencia, á la antropología criminal y al tatuaje. En las páginas dedicadas á las escuelas clásica y positivista, se establece un parale- lo y se hace una clara exposición de los principios en que se fundan y criterios que sostienen una y otra en punto á delincuen- ciay á penalidad, y de los procedimientos más adecuados para disminuir la primera y lograr con la segunda eficacia mayor. El autor se inclina á las nuevas ideas, pero no admite todos los principios de la escuela. Partiendo del libro del marqués de Beccaria, sobre el Delito y la Pena, sigue el desarrollo de las doctrinas filos6ficas que fundan el de- recho de castigar en la libertad de determi- nación para obrar, que en el delincuente re- conocen, en la imputabilidad de los actos al que los realiza y en la consiguiente respon- sabilidad en que incurre, como ser inteli- gente y dotado de libre arbitrio, y en la ne- cesidad de corregirle, educando y cstmbian- do su voluntad contraria al derecho. Frente á estas teorias, coloca las de los positivistas, - XII - que negando la libertad en el culpable para determinarse, estiman los actos dafiosos que realiza como consecuencia fatal é ineludi- ble de su constitución orgánica, tanto física como psíquica, y del medio material y so- cial en que vive, haciendo descansar e1 de- recho punitivo en la defensa social y justi- ficando sus sanciones con el instinto y la ne- cesidad de propia conservación en la espe- cie, que reacciona contra el individuo que la ataca y se convierte en obstáculo y peli- gro para su normal y progresiva evolución. El estudio de Los criminales habituales, constituye un instructivo 6 interesante capi- tulo de sociología penal. Con mano maestra se describe á estos enemigos declarados de la sociedad, que constituyen la levadura de la criminalidad sangrienta y viven en cons- tante y abierta hostilidad á las leyes y á to- dos los principios de moralidad y de orden, y con argumentos y hechos tomados de la vida real, se demuestran las causas que oii- ginan y mantienen plaga tan nefasta como extendida y constante. -De ordinario-dice con razón y pleno conocimiento el autor-inician su carrera por la vagancia, pasando por el hurto insig- nificante, la embriaguez, el uso de armas - XIII - prohibidas, la resistencia á los agentes de la autoridad, hasta las audacias del robo y del asesinato. Capturados y juzgados correc- cionalmente en el principio de su aprendi- zaje, van á cumplir la sentencia en cárceles en donde una alegre y cínica promiscriidad se convierte en escuela de mútua corrup- ción, cuando no es escuela práctica de pic7c- pochets, como el célebre patio de los micos de la derribada Prisión del Saladero en Ma- drid, 6 de esgrima de navaja, como el Li- moeiro de Lisboa, en donde fadistas eximios, hace poco tiempo aún, adiestraban á los no- vicios en el juego de aquella arma, de uso tan vulgar y causa de tantos asesinatos y conflictos sangrientos. Las leyes, por su parte, reduciendo el tiempo de las conde- nas, 6, Ia vea que el Jurado con su mal en- tendida benevolencia unas veces, con su exagerada y en tal concepto dafiosn íilantro- pía otras, cuando no por móviles de origen más turbio, según se dice en el libro, con- tribuyen también á que la ola de la delin- cuencia habitual aumente y llegue á consi- derarse el delito, por gentes de tal ralea, como la profesión más lucrativa y menos peligrosa, Defiende el Sr. Castello-Branco la identi- - XIY - ficación de los delincuentes por medio de la antropometria, sin conceder á este procedi- miento la exagerada importancia que al- gunos le suelen dar. La antropometria no es, en realidad, otra cosa que la antigua filiación que se tomaba 6 los reclusos, y que aGn en muchas partes se toma, perfecciona- da con datos y mediciones de mayor preci- sión y fijeza, fáciles de apreciar en los indi- viduos y de recoger y cansignar en las hojas 6 fichas preparadas al efecto. Dar otra extensión y otras proporciones á procedimiento tan sencillo, tan práctico y de tan corto aprendizaje, es sacar este ser- vicio de sus naturales y modestos limites 6 invertir en él tiempo y recursos muy supe- riores á los que por su indole racionalmente requiere, distray6ndolos de otros problemas y atenciones que con apremio los deman- dan. Relacionado con la antropometria se halla el tatuaje, que el autor estudia en el capi- tulo catorce. Es ciertamente tino de los ca- racteres somáticos externos que pueden ser- vir y sirven para dar á conocer á los delin- cuentes tatuados, como lo son las cicatrices, deformidades, mutilaciones y otras señales que individualizan y concretamente deter- - X V - minan, á la persona en que se hallan. Pero considerar tal carácter como signo distiiti- 7-0 de tendencias y predisposición crimina- les y atribuirle á una manifestación atávica, recordatoria y demostrativa del estado 6 ins- tintos de razas salvajes, cosa es que se halla poco conforme con lo que la realidad enr;e- ña, y áun que ha sido expuesto el hecho con gran detalle y numerosos ejemplos, y soste- nido el criterio con firme convicción por el doctor Lombroso y sus partidarios de la es- cuela positivista en Italia, otros ilustres es- critores lo rebaten, presentando sólidos ar- gumentos y comparaciones acertadas, que, á mi entender, dan al traste con la teoría lombrosiana en eyte punto. Atribuye el escritor italiano la costumbre . - de tatuarse á la insensibilidad fisica domi- nante en los pueblos primitivos; y al obser- var su práctica entre determinados crimi- nales, la estima como un salto atrás y una regresión á aquel estado. M. Tarde, que es-, tudia este carácter en su ~ h i l o s o ~ h i e Péna- ie, demuestra haberle encontrado en milita- . res,, en marinos y en gentes supersticiosas, ' de vida honrada y de correcto proceder, y, concluye diciendo: .Si se admite que la asimilación e del , . . cri- - XVI - mina1 al salvaje ha podido tener algfin fun- damento, esto se va visiblemente perdiendo, á medida que el crimen se manifiesta menos en las poblaciones atrasadas de los campos, y más y más en el medio corrompido y refi- nado de las grandes y populosas ciudades. » M. Proa1 aboga por las mismas ideas que su compatriota, y en su libro El Delito y la Pena, escribe: «Porque el tatuaje se usa entre loa soldados, los marinos y los obreros, como entre los criminales, ¿debe hacerse de ello indicio de criminalidad? Toda vez que está inspirado por la afición 6 el bien parecer, que es comdn á todos los hombres, ¿por qué deducir que constituye un signo caracterfs- tic0 de la criminalidad?, El mismo criterio sustenta el catedrático Aramburo en su Nue- ua ciencia Penal, contribuyendo á sostener l a referida costumbre la ociosidad en que se hallan los recluaos y la aglomerada confu- sión de la vida carcelaria. La misma opinión exponen otros publicistas que no se citan aquí, por no permitirlo ni el espacio ni el ob- jeto de este prólogo, A estas opiniones uni- mos la nuestra, por creerlas más conformes con la realidad que las sostenidas por el profesor de Tusin. En la ordenada exposición de materias - XYII - que va haciendo el autor, trata del trabajo de los penados en el articulo noveno. Sólo se ocupa del que pueden y deben ejecu- tar en obras pfiblicas 6 explotaciones agrf- colas. Si entrafia indiscutible importancia el pro- blema del trabajo en el interior de los recin- tos penitenciarios, no es menor la que tiene el que puede ejercitarse extramuros de las Prisiones por los grandes contingentes de re- cluso~ que las llenan. El establecimiento que dedica su población penal al. trabajo fitil y reproductivo, pone en juego el más podero- so resorte para mantener el orden, para re- formar al culpable y para resarcir a l Esta- do, en el grado exigible, de los dispendios que le ocasiona la persecución del delito y la imposición y ejecución de la pena. Las colonias penitenciarias de jóvenes deben es- tablecerse en todo pais culto que carezca de ellas y propagarse en los que ya las tienen, porque es el medio más eficaz para vigorizar el cuerpo y sanear el alma de los precoces delincuentes, con lo cual ae les libra del consumidor y nocivo encierrocarcelario y se logra que fecunden la tierra con su es- fuerzo y levanten su espiritu por obra y vir - tud de una labor provechosa. Los adultos, - XYlII - segdn sus condiciones y aptitudes, deben igualmente dedicarse á trabajos de este gé- nero, á construcción de edificios para aten- ciones oficiales, vías de comunicación, cana- les de riego, puertos, etc., según lo practi- can, con resultados fructiferos, las naciones que mejor entienden sus intereses, como hace ver el Sr. Castello-Branco en su libro. Mas, estos trabajos, sobre todo los de carácter agricola ejecutados por adultos, han de en- cerrarse dentro de los limites que la pruden- cia y la discreción aconsejan, asi en lo que concierne 4 las comarcas de instalación, como en lo que respecta á la indole de los establecimientos y á la clase de penados que á los mismos se destinen, para no caer en las quimeras y utopias que al presente aca- rician los idealistas exagerados, con lo que han dado en llamar «trabajo a l aire libre B. Nutrido de citas de ilustres pensadores se halla el capitulo décimo, dedicado á tratar de la Herencia morbosa, y con tal motivo inserta los juicios en que se afirma y sostiene la trasmisión de disposiciones físicas y éti- cas, fisiológicas y mentales de los progeni- tores á los generados. Los autores que de tan complejos y tras- cendentales problemas se ocupan, distan - XIX - mucho del acuerdo. La experiencia por si no parece inclinar la balanza en favor de inflexibles trasmisiones, enseliiándonos que de padres dotados de mentalidad superior descienden hijos idiotas y criminales, dege- nerados moral y Tisicamente, y no son pocos los casos de marcada y ostensible reciproci- dad que ofrecen. A nuestro parecer, m&s que la herencia fisiológica, influyen en la formación, desarrollo y proceder de los hom- bres, la fuerza de la tradición de la espe- cie, el medio ambiente y el hábito. Puntos son estos que no es dable desarrollar en las concisas y ligeras consideraciones que aquí hacemos, sin otro objeto que el de llamar la atención de los lectores del libro sobre tan importante y debatida materia. De los criminales epilépticos, de la influen- cia que su estado psicopático tenga en la producción de sus determinaciones y en la responsabilidad que pueda alcanzar á los au- tores de hechos antisociales que caen bajo la sanción de las leyea punitivas, trata el capi- tulo once. Problemas son eetos que tow re- solver & la Medicina legal, y que el au.t;or se limita á indicarlos y á citar las opiniones de los más autorizados escritores, que sostie- nen, como conclusibnn de sus respechivos cri- - XX - -t;erios, la necesidad en que la sociedad se en- cuentra de defenderse, ante todo, de 10s indi- viduos atacados por tales neurosis, como se defiende de aquello que pone en peligro su existencia Ó su sosiego. Octípase el capítulo trece de la antropolo- gía criminal, indicando el grado de adelanto en que se encuentra, las conclusiones que hasta &ora se han obtenido, los diferentes criterios que se mantienen respecto á los mismos, la necesidad de profundizar en este estudio, y concluye la obra con la libertad condicioizal de los penados. Esta institución, establecida hace tiempo y aplicada con buen éxito en la mayor parte de las naciones más importantes de Europa y América, constituye un vivo 6 intenso es- tímulo para transformar en sentido de la en- mienda la conducta del culpable, porque se le ofrece un medio para abreviar el tiempo de reclusión consignado en la sentencia. Por igual sntisface i las teorías correccionalistss y 6, los que mantienen la defensa social, como el En más importante y trascendental de la pena; pues si el penado se halla corregido, seg6n las primeras, no existe razón que sa- tisfactol-iamaute explique la continuación del tratamiento penal; y si el que es segregado - XXI - de la sociedad por peligroso, se convierte en un ser inofensivo, es lógico se abrevie su cautiverio. S610 á los que se encuentren en semejantes favorables circunstancias, deben limitarse las concesiones de este género. Para ello, como el mismo autor consigna, preciso es que en las Prisiones exista perso- nal idóneo, que al emitir los delicados infor- mes que la práctica de esta institución exi- ge, 10 haga con plena y recta conciencia y en vista de observaciones bastantes, para no convertir la instituci6n referida en medio de que queden impunes los delitos y la so- ciedad inddensa y justamente alarmada. Mas, preciso es tsmbien que en nuestra patria se consagren & tan importantes pro- blemas, como son los tratados por el señor Castello-Branco en su libro, el estudio, el interés y el esfuerzo, la perseverancia y el empeiio que por su trascendencia moral y social reclaman, si se quiere que España salga del lamentable atraso en que se en- cuentra, así en el orden punitivo como en el penitenciario. FERNANDO CADALSO. M a d ~ i d , Octubre de 1905. DOS PALABRAS PRELIMINARES. La criminalidad y los sistemas penales sor1 asuntos que actualmente están siesido estudiados y discutidos con ardor por filósofos, sociólogos, médicos, jurisconsultos y penalistas. La atención convergen te de tantos escritores egregios, y de tan diferentes e~pecialistas, revela la importancia y complexidad de aquel estudio. Esta próximo 6 sumirse en el abisino del tiem- po el siglo XIX, y el problema cle la criminalidad todavía no alcanzó una solución definitiva. A pesar de los notables estudios y trabajos de tan- tos hombres dedicados al bien público, 5i despecho de los enormes sacrificios pecuiliarios que los Estados hall empleado en la lucha coi1 el delito, las estadisticas con fría é implacable severidad, clemueetran que ES tos esfuerzos han sido frustra- dos, que el crimen prevalwecoiitrn la penalidad y que, saliendo triuilfante de la lucha, sigue su camino iilsidioso y mailchado de sangre, acom- pariando el movimiento ascensional de la civili- zac,iÓn. Hanse sucedido rtipidamente y acumulado las leyes penales; sin embar.go, la enmienda i1.ioral de los condenados es un ideal, que escapa por ahora á los propósitos de los legisiadorcs. La verdad es que la cifra de los crímenes lia au- mentado en casi todos los pueblos cultos, y que las reincidencias han crecido en una progresión aterradora. «La ineficacia de la pena --decía en 1885 el Guarda sellos al presidente de la república fran- cesa- desde el triple punto de vista de la co- rrección, de la intimidación y de la enmieiida, resalta cada vez mtis de las indicaciones de la estadística: la ola de la reincidencia auinenta continuamente.» Tal era la impresión que le ha- bía producido la memoria de la administracióii de justicia eil aquel año. El mismo hecho reconoce11 eminentes crimi- nalista~ europeos, y la necesidad apremiante de un nuevo estudio del delito y de los sistemas penales inás eficaces para la represión es pro- clamada por una brillante pléyade de varios extranjeros. Sería lamentable vanidad que yo supusiese, afirmase, que venía & arrancar el problema de la criminalidad de las brumas que lo oscu- recen. Publicando estos inodestos estudios, sólo tengo la pretensión de sugerir A personas de 3 mayor competencia y superiores dotes intelectua- les la resolución de prestar su concurso valioso á una obra en que, en otros países, tan iii- cansableinente trabajar1 criminalistas y filósofos insignes. La naturaleza de las funciones que ejerzo ac- tualmente me impone, casi como deber del cargo, el estudio de los varios sistemas penitenciarios; y el contacto cuotidiano con tantos infelices mar- cados con el estigma del crimen me fué in- culcando el deseo de analizar este feilómeno social, utilizando también para este efecto los ele- mentos experimentales puestos d mi dieposición. Este volumen contsiene el resultado de mis prim9ros estudios, A que sucederá11 otros, si circunstancias imprevistas no vienen á impedirsu coatinuación. Yisita 6 los establecimientos penitenciarios belgas de L o ~ a i n a y de Gante. Habiendo sido nombrado subdirector del esta- blecimiento penitenciario de Lisboa, por decreto de 26 de Junio de 1884, se me encomendó por dis- posicitn de 27 del mismo mes y año que vi~itase la penitenciaria de Lovaina, fin de estudiar el modo práctico cómo esttbail organizados los servicios en tal establecimiento. Cumplí la orden que nie había sido trasmitida, y el resultado de mi estudio y observaciones acerca del régimen de aquella penitenciaria y de la de Gaiite, constan eri la memoria que repro- duzco, en parte, acompañada de riotas sugeridas por estudios posteriores. La penitenciaría celular de Lovaina fué inau- gurada en 1860. Eil el conflicto de opiniones y de reííidas con- troversias acerca del sistema penitenciario, se adoptó allí el régimen de separación celular coii- tínua entre los condenados, según se habiti adop- tado en Filadelfia; pero modificado por prescrip- ciones racioniiles, eri armonía con la naturaleza humana y con la buena higiene física y moral de los reclusos. Con anterioridad d la iil~uguracióii de la pe- nitenciaria de Lovaina, ya existían en Bblgica otras prisiones, que por su construccióil y rkgi- men llamaban la atención, y entre éstas figuraba en primer lugar la de Gante, cuya administración hoy día es muy notable. El régimen de la penitenciaria de Lovairia se inició de un modo diverso de otros ~stableci- mimtos similares, á despecho de los temores y funestas predicciones de filósofos, criminalistas y filántSropos, que anunciaban como coi~secueilcias del aislamiento de los presos, no su moralización, sino la desesperaciói1, el suicidio y la enajenación mental. 7 Data del año 1835 el primer ensayo del ré- gimen celular en Bélgica. En la peniteilciaría de Gante, que existe ya desde 1772, se hicieron en aquel aíío 32 celdas, en donde fueron recogidos algunos presos, y la experiencia fué tan satisfac- toria, que desde luego la Administración pública procuró hacer ensayos idénticos en otras prisiones, hasta que por ti11 fué construída la penitenciaria de Lovaina, que es geiieralinente citada, desde el punto de vista de su rkgiiileil, coi110 ejemplo digno de seguirse y modelo que debe adoptarse. E ~ I Bélgica el régimcn interior de las prisiories se deterinina por medio de reglamentos genera- les, y reglnmeiltos especiales, que son el des- envolvimieilto pr6ctico de aquellos. Hasta l8GO el régimen iilteriio de las diversas prisioiles celu- lares de aquel país era 1)oco uniforme; pero desde entonces, y principalmente desde el año de 1870, el sistema se unificó, y verd~derainente desde esta época es desde cuando las prisiones celulares bel- gas entraron eii un periodo digno del estudio de cuailtos tengan que ocuparse en asunto tan importante, como es el de la aplicacióil de las leyes penales y de la reforriia cle los delincuentes. La unidad de los reglamentos produjo la uni- formidad ea las reglas disciplinarias, en la buena distrihucióil de las ocupaciones cuotidiailas de los presos, en su higiene, en su en~eííanza escolar y moral, e11 la gestión económica de las p~isio- nes y en los demas servicios c~~respoildieates. La 8 separación individual de los presos, base funda- mental del sistema penitenciario, se observa hoy con rigor en las prisiones czlularas caiitrales; y por eso vi en la prisión d v Glinte adoptadas las mismas prticticas cjue eri Lovaii1;i se seguiaii respecto & los criminales que estaban cumplien- do la pena de priei6n celular, pues que había en aquella prisióii otra clase de detenidos, los cuales vivían en aislamiento celular tan sólo du- rante la noche. Esta clase de presos coinprende los condena- dos tí trabajos forzados perpétuos, que, eri virtud de la Ley de 4 de Marzo de 1870, únicameiite son compelidos al régimen de separación celu- lar durante los diez primeros alios de su cuuti- verio; los sentenciados i'~ la pena de muerte, que en Bélgica todavía estu en rigor, aun cuando hace aííos no se ejecuta; los condenados militares y los menores de veintiun anos, que por decisión de los Tribusiales se ordena su admisión en Iiis casas especiales de reforma, en donde reciben la educación moral, la escolar y la profesional. La vasta penitenciaria de Gante esta dividi- da en cuarteles destinados 6 estas categorías de presos, no habiendo entre una y otra clase comu- nicación alguna, aun cuando los presos, que no se liallail cumpliendo pena celular, durante el día trabajen, coman y paseen eii comlin. En Lovaina el régimen peiliteiiciario recorre los trhmites siguientes: 9 Admitido un sentenciado, se inscribe su nom - bre en un registro, con las demás indicaciones á él referentes, prescriptas en el reglamento de la casa; y preguntado acerca de la religión que pro- fesa, se hace ineilci3n de su respuesta en el rnis- ino registro. Cualrjuier cantidad de dinero, ropas í i otros objetos que lleve consigo, son inventaria- dos y debidamente guardados, y se le cambia su traje por el que tiene adoptado el estableci- miento. En seguida es sometido á un examen se- vero por el director, por el capellán, cuaildo el preso profesa la religión cat,Ólica romana, por el médico y por el maestro de escuela, con el fin de averiguar cuáles son sus disposiciones morales, SU estado de salud, su peso, su grado de ii-istruccióil, la aptitud profesional y su desen- volvimiento intelectual. Después es presentado al director, que le explica el régimen del estableci- miento, exhortándole 6 que se resigne y á que se haga, por su conducta, merecedor de estima y consideración. Conducido en seguida el preso h la celda, se le da conooimiento del uso y ma- nejo de los objetos allí existentes y, si el preso no supiese leer, se le leen las disposiciones re- glamentarias concernientes B la disciplina y de- beres que le incumbe observar y cumplir sin murmuración ni repugnancia. El moviliario de las celdas consiste en una cama de hierro, una mesa, un banco, un peque- ño colgador, una escoba, una pala para limpie- 10 za, un cepillo de ropa, uno para el pelo, un peine, una toalla, una taza, vaso y cuchara de estaño, y además de esto hay un pequefío cru- cifijo, un rosario, un libro de devociones, una chapa de metal con el numero de la celda, un cuadro con el extracto del reglamento y otro que contiene máximas morales. Este cuadro de máxi- mas fue introducido en Lovaina en 1867, y está adoptado en las demas prisiones celulares des- de 1870. Cada ejemplar contiene 30 nltiximas ó sentencias morales, correspondiente una á cada día. En la penitenciaria de aquella ciudad hay 960 cuadros, de manera que solamente de dos en dos años es cuando el preso repite la lectura. Eri los primeros días de la admisión del preso, éste queda aislado y entregado á sus reflexioiies, hasta que pide trabajo 6 libros, y en este periodo los empleados tienen por obligación principal vi- gilarlo con frecuencia, á fin de estudiar sus dic- posiciones morales, y hacerse cargo de su índole y de la influencia que en 61 opera la soledad. La designación de la celda para el preso, sc hace eii arrnonia con su aptitud profesiorial, hallándose agrupados y próximos, en cuanto es posible, aquellos que ejercen industrias idénticas 6 ai~&logas, para facilitar su ensellailza y direc- ción, que esta confiada á vigilantes especiales. El uniforme de los presos, durante el iii- viam3, consiste en una chaqueta de paño de mez- cla, pantalones del mismo paño, camiseta de lana, camisa de algodón, corbata, calzoncillos, medias de lana, babuchas de orillos y zuecos, que usan en el paseo de los patios. En la celda pueden tener en la cabeza una gorra de paño ó tela, y un delantal cuando trabajan; pero cuando sa- len se cubren con un capuchón que no pueden levantar nunca en presencia de otro preso, ni delante de personas extrañas, excepto en virtudde orden de los guardias que los vigilan. Los vestidos en verano son de lienzo. Traen pendiente de la solapa de la chaqueta una chapa en que estd marcado el niímero de la celda respectiva. Las obligaciones impuestas $I los presos son las siguieiites: la obediencia rigurosa á las ór- denes de los empleados; la asistencia coii aten- ción y recogimieiito á los ejercicios del culto y 6 las lecciones escolares, el desempeño del tra- bajo que les está ordenado, la abstención de toda tentativa de reconocimierito y de corresponden- cia con los otros presos, silencio, orden y com- postura en todas sus acciones, tanto en la celda como exteriormente, el empleo de las horas dis- ponibles en los días festivos para su instrucción moral y religiosa, y el uso del capuchón fuera de la celda. Cuando tienen que ir para la capilla, 6 para los patios de paseo, deben caminar unos en pos de otros, A distancia de cinco 6 seis pasos, el1 marcha rápida. ~0 se permite A los presos alimentarse por su cuenta: ni de modo diverso que el adoptado en la prisión, y únicamente pueden adquirir algu- nos alimentos suplementarios, en la cantina, a costa de la parte disponible de su gratificacibn de traba-jo, una ó dos v2ces por semana, con- forme á la graduación de la pena que los pc- ni tenciados están sufriendo, ó t i las reconipen - sas que ha y an merecido. La cantina es una pequeiia tienda en que se venden algunas sustancias alimenticias y otros géneros de reconocida utilidad, cuya tarifa de precios estii escrita en una t~blilla colocada en cada una de las celdas. Dos veces al mes pueden los sentenciados ti prisión menos rigurosa racibir visitas, una sola los condenados 6 recliisión, y una cada seis se- manas los condenados 4 trabajos forzados, y pueden igualmente escribir cartas en épocas de- terminadas, idénticas 9. las de las visitas, siendo la correspondencia, así la expedida como la re- cibida, sometida la inspección del Director. Con el fin de evitar los efectos perniciosos de la ociosidad, están reguladas las cosas de manera que los presos tengan ocupado todo el dia. Desde 1: de Abril hasta 30 de Septiembre se levantan d las ciiico, se desayuna11 g las cinco y media, y comienzan á trabajar desde las seis hasta el mediodía, teniendo desde las ocho una hora de paseo en 10s patios celulares, por sec- 13 ciones. A mediodía se les da la comida, vol- viendo al trabajo desde la una hasta las cinco y media. Estas horas de trabajo se interrumpen por la eilceñanza moral y escolar, que se da en los anfiteatros de la capilla. A las cinco y me- dia i2e toma iluevo alimento y se continúa el trabajo, desde las seis hasta las ocho y tres cuar- tos, dándose la señal para que los presos se acuesten á las nueve. En la penitenciaria de Gante los presos traba- jan, por término medio, eii cada día nueve horas y ocho minutos; en Lovaina diez horas y veintisiete minutos. Desde el 1 .0 de Enero á 15 de Febrero nueve horas y quince minutos, y lo mismo des- de 1.0 de Noviembre 6 31 de Diciembre; desde 16 de Febrero á 30 de Marzo diez horas y quince minutos, y desde 1.0 de Abril A 30 de Septiembre once horas y quince minutos. El producto del trabajo de los presos se di- vide entre ellos y el Estado. La mitacl de la parte que les pertenece constituye un peculio, que se les entrega en el momento de recuperar la libertad; de 1ci. otra mitad pueden d i~po i~er como les plazca dentro de los limites reglameiltarios. El peciilio de los presos Fe coloca á gaiiar intereses, y forma parte de él cualquier cantidad que depositen á su entrada e11 la peiliteilciaria, y de la cual 130 les es permitido dicpoiler antes de adquirir la libertad. El trabajo es ejecutado dentro de la cdda, y 14 sólo como excepción se admite el ejercicio de alguna arte ú oficio que exija la cooperaci611 de mas presos; pero eil este caso especial el trabajo es desempeiíado bajo la inspección de un vigilail- te, observando los operarios absoluto silencio, coii el fin de que no se relacionen ni reconozcan. Para aniortiguar la monotonía del aislarnien- to, satisfacer, en cuanto es posible, los senti- mientos de sociabilidad que distingue á la na- turaleza humana, y para morigeracióil de los presos, el reglamento prescribe que, durante las horas de trabajo, sean frecuentemente visitados por los vigilantes y demás emplea.dos de la pri- sión. Al Director y Directores adjuntos incumbe la visita cuotidiana de veinticinco cada uno: los tres capellanes deben pasar en las celdas, cada uno, cinco horas por día; los médicos, independiente- mente del servicio clínico, deben visitar doce, y cada uno de los vigilantes veinticinco. Una tablilla fija el número de estas visitas y el modo cómo deben hacerse, 6 fin de que todos los presos sean vi- sitados con igualdad. Como estas visitas sirven, 130 sólo para ali- vio de los reclusos, sino también para irles, poco 6 poco, insinuando buenos sentimientos cori el trato frecuente de personas de buen proceder, é instruidas, es indispensable que los vigilantes estén dotados de tales cualidades, que permitan considerarles como agentes de moralizacióil y Útiles auxiliares de los capellanes g profesores, funcionarios á quienes principalmente incumbe la árdua tarea de la instrucción escolar, moral y religiosa de los criminales. La alimentación de los presos en Lovaina es de buena calidad. Los alimentos contienen las sustancias indispensables para la forn~ación de la sangre y las que reclama la respiración: so11 variados y altei-nados, y comprenden una pro- porción convenicnte de sustancias animales y vegetales. Eri Bélgica la alimeiltación de los presos ha merecido especial atención, y se ha mejorado considerablemente, porque la experiencia demos- tró que la antigua tarifa, de 4 de Julio de 1846, no correspondía á las necesidades del organismo, y por1 esta causa la prisión celular ejercía sobre algunos presos una deplorable in.fluencia. El actual Director de la penitenciaría de Gante, el insigne funcionario é ilustre publicista Mr. J. Ste- vens, fué el que, como inspector de los estable- cimientos penitenciarios, luchó denodadamente 6 favor de la mejora de la alimer~tacióri de los presos, y h él se debe la adopción de la tarifa alimenticia de la penitenciaria de Lovaina, la que, si no satisface en absoluto las exigencias de la ciencia, proveyendo copiosarnerite al organismo en cantidad rigurosa de los elementos de que de- pende su equilibrio perfecto, es todavía, como dice su autor, una obra de transición entre la teoría y la practica regulada por la turifa de 1846, notoriamente considerada como iilsuficiente para proveer al mínimum de las necesidades de hombres sujetos al empobrecimiento de fuerzas, que el encierro celular tiende á producir. La estadística se encarga de probar que la alimentación de los presos en la penitenciaria de Lovaina es suficiente; puesto que desde 1860 A 1873, de 4.015 individuos que habían habitado aquel establecimiento, y que habían constituido uria población media anual de 500 ]-resos, no ocurrieron más clue 87 defunciones, y en las enfermerías raras veces tiene habido un número de presos superior al 1 por 100, con relación á la cifra total de los existentes. Adembs de esto, las enfermedades 110 difieren de aquellas que ordiiiariamente aparecen en Ias prisiones de rB- gimen común; siendo todavía menos numerosas que en éstas. Consta lo que queda dicho de las respuestas dadas por Mr. Stevens en la infor- mación parlamentaria, relativa a los estableci - mientos penitenciario^, U que se procedió en Fran- cia, en virtud de una proposición de ley, preseii- tada ii la Asaniblca Kcicional en 11 de Diciembre de 1871 por el Vizconde d' Haussoilville, la que se convirtió en la ley de 25 de Marzo de 1872. De la memoria acerca de la estadística de las prisiones belgas y de las casas eepeciales de reforma, referente á los 8110s cle 1878, 1879y 1880, escrita por Mr. A. Gautier, director de pyi- siones y de seguridad pública, que me fué re- galada por su autor, consta que en las prisiones de Gante y de Lovaina los enfermos que esta- ban en tratamiento en 31 de Diciembre de 1877 eran 35, siendo el número total de presos existen- tes en los dos establecimient~s 848. Desde 1.0 de Enero de 1878 hasta 31 de Diciembre de 1880 habían entrado 561 y salido 676, de suerte que el efectivo en las dos casas en 31 de Diciembre de 1880 era de 733. E11 el periodo de esos tres años habían ingresado en las enfern~erias 484 y salido curados 379, uno fué enviado para una cssa de salud, y fallecieron 78. En 31 de Diciembre de 1880, en Gante existian en las enfermerias 15 presos, y en Lovaina 11. El1 el mismo periodo la cifra de las defun- ciones, según la citada memoria, filé de 3,42 por 100 81 350, y ai~terio~mente, eil igual núme- ro de afios, se había dado idéiltica proporciÓi1(1). Estos números son elocuentes, (1) Hay muchos que están persuadidos que el régimen de prisión celillar ejerce una influencia fatal sobre la salud de los presos. En el Dictionnaire encyclopedipzce des Sciences médicales aparece publicado un articulo del Dr. Mery Delabost sobre e l sistema penitenciario, en 01 cual, con grando imparcialidad, se examina este asunto. El autor del articulo cita una memoria del médico de l a prisión de Mazas, el Dr. Beaiivais, el que, apoyándose en una práctica de 14 aííos, afirma que, en los individiios de buena salud, la ~eclusión celular no ejerce sensible in- fluencia, que las molestias espontáneas son poco frecuentes, 9 rr> El sistema celular adoptado en Lovaina mira principalmente la educación y moralización de los presos. No se prescinde de la idea del cas- tigo, porque los penados están bajo el peso de y que la mortalidad es menor que en las prisiones de r6- gimen colectivo. El aislamiento protege 4 los presos contra las epidemias externas: viruela, fiebre tifoidea, escarlatina, snrampiún y difteria. La últiiua epidemia. de cúlcra no penetró en &Iazas. Idéi~tico hecho aconteci6 en Lovnina en 1866, cuai~do, du- rante cinco meses, los hospitales de la ciudad habían tenido e n tratamiento 200 coI6ricos, de los que murieron la mitad. Mr. Stevens refiere esto en su libro Zcs prisons ccllz~laires cn Bklgipue, añadiendo que la fiebre tifoidea, que, despii6s de In tisis, es la enferm edad en el cuadro nosolbgico más frecuente en BBlgics, tampoco había invadido aquella penitenciaría. Mr. Stevens atribuye estos resultados 4 la limpieza cons- tante, pureza de aire y rigurosa observancia de los preceptos de la higiene. El Dr. Delabost dice además: ))Las molestias observadas más geiieralmente son las mismas que se observan en las prisiones en común y la anemia no es más predominante. El rbgimen celular no provoca ni agrava las enfermedades en general. Sin embai.go, los individuos sanguíneos, pletóricos, de constitución apoplética sufren dificilmente la estancia pro- longada en una celda; no es raro que ocurra11 congestiones cerebrales, hemorragias nasales 6 pulmonares.)) El médico de Mazas, Dr. Beauvais, afirma que el r6gimen 19 una austera disciplina; pero sobre todo se atiende á su educación moral, escolar y profesional, y, para conseguir este resultado, se empleaii con solicitud perseverante los mliis diligentes cuidados. La ensefianza escolar comprende: lectura, es- critura, aritmética, nociones elemeiitales de gra- mática, historia y geografía de Bélgica. Lo. asis- celular es funesto para los individuos escrofulosos, cuya molestia se agrava con una rapidez estrema y notable inten- sidad; y el Dr. Delabost aauce que el mismo régimen no provo- ca la tuberculosis espontánea, por mhs que la falta de buen arreglo en las celdas y la privación de los paseas al aire libre pueden favorecer las explosiones J e la diatesis adquirida 6 trasmitida hereditariamente. Por otr a parte, efectos saliidables han sido observados por los Doctores Bibast y Boucber en individuos einpobrecidoa por l a embriaguez, por el libertinage y por la miseria. Hay, pues, algunas compensaciones. Desde 1866 4 1870, los fallecimientos ocurridos en las prisiones departamentales de Francia habian sido 3.556, lo que corresponde 4 . u término rriedio de 4,3 por 100, y en las peniten- ciarias centrales habian sido 2.866, qiie dan el térmiiio niedio c?e 3,8 por 100. En estas cárceles d régimen es colectivo. E n las prisiones celulares del departamento del Sena, las muertes por enfermedad habían sido las siguierites: en blax:is, desde 1860 á 1873, 314, con una media de 1,2 por 100; en la Boquette, 125 con una media de 2 por 100, en el periodo de 21 afios; y en la Santé 53, media 2,2 por 100, en un periodo de 7 aiios. Como se ve por el confronte de estos nbmeros, sacados de los mapas comprendidos en el libro Les recidivistes, de Mr. Reinach, la proporci6n de la mortalidad proveniente de enfermedades ha sido superior en las c4rceles de régi- men coiuiin. En una memoria de Mr. Rerden, administrador de seguridad piíblica y de las prisiones belgas, eii 1869, se ve que el térmi- 20 tencia 6 la escuela es obligatoria para todos los que no saben leer, y para los que no leen ni escriben correctamente, Cada preso que entra en la prisión es sometido á un examen, á fin de averiguar cuál es su grado de instrucción, y lo mismo las nociones morales que posee. Como la separación individual de los presos, no medio de las defuncioues en las prisiones de Gante, Ville- Vorde y Saint-Bernard, de régimen colectivo, fué de 2,95 por 100 en el transcurso de los años da 1831 á 1860 y de 1,31 por 100 en la cárcel celular de Lovaina en los años de 1868 á 1868. E n el periodo de 1860 4 1873 en la misma penitenciaria, fueron 103 las defunciones, lo que corresponde á una media de 1,4 por 100. E n las c4rceles celulares de Nolnnda, desde 1861 4 1872, s mortalidad fué de 0,7 por 100 en una población media de 2.881 presos, y en las cárceles de régimen en comiln la pro- porci6n de la mortalidad fué de 2,4 por 100 en una poblaci6n media de 26.492. E n la penitenciaria central de Lisboa murieron de enfer- medad 7 presos en 1886, y diez en 1887. Tomando por base la media de los penados, en el primer año la mortalidad proporcional fuB 4,1 por 100, en el segun- do fué de 3. Calculándose la media por el nilmero de presos existentes en fin del año de 1886, la media seria de 2,82, y en 1887 sería de 2 y medio por 100; pero el primer cálculo de la media es nlás racional y m4s conforme á la realidad de los hechos. La tuberculosis fué la enfermedad que caus6 mayor nú- mero de víctimas; e n 1886 mat6 4, y 9 en 1887. Por el registro de entrada de presos, en que se consignan las observaciones de los médicos acerca de los sentenciados 4 SU llegada, se demcestra que los individuos muertos de tu- berculosis no habían adquirido aquí la enfermedad: unos ya 21 y s u incomunicaciói~, constituye la esencia del régimen penitenciario, las lecciones escolares y morales se les dan en los anfiteatros de la ca- pilla por los profesores y capellailes, en las horas designadas en el reglamento interior. El profesor no hace preguntas ti los alum- nvs, y ninguno de ellos puede levantar la voz venian con la salud quebrantada: otros estaban predestina- dos 4 sucumbir de aquella terrible indisposición, cuyos gér- menes aliinentaban, habidndolos adquirido en una vida de miseria y de vicios, cuando no eran ya fruto de una fatal trasmisión hereditaria. JSs sensible la diferencia entre las muertes ocurridas en la penitenciaría de Lisboa y las que mencioné anteriormente. Pero conviene tener en cuenta, que si la estadística abiazase un número mayor de años la media podría variar considera- blemente, siendo tal vez excepciones, en cuanto 4 las muertes, los dos 4 que se refiere. Adern4s de esto, en la penitenciaría de Lovaina no se reciben presos mayoresde 50 años, y que no disfruten buena salud ni plena integridad de facultades men- tales. En los demás estableciinientos celulares hay precaucio- nes idénticas, las que no existen en el reglamento de la peni- tenciaria de Lisboa, habiéndose dado por esto, más de untr vez, el caso de entrar directamente para la enfermería presos re. cien venidos, y hasta fué enviado uno del Limoeiro con cami- sa de fuerza, pues presentaba manifestaciones de locura furiosa. Por falta de elementos no pude comparar la mortalidad de las cárceles civiles de Porto y de Lisboa, de régimen común, con la de la penitenciaria central. Por los ndmeros referidos se ve que el régimen ceiulnr, si no es mds favorable 4 la salud de los sentenciados, tampoco es causa de mortalidad excesiva. Muchos delinciientes son individuos que desde su naci- miento traen el estigma de una degeneración orgánica. >Grave es -dice Morselli- la proporción de los afectados de enfermedadeci nerviosas (cerca de 10 por 100), alucinacio- 22 durante la lecciói1, significaildo únicamente al profesor que tiene alguna duda sobre la que desea aclaraciones, enseñ8ildole el respectivo i ~ u - mero, yendo el profesor í i la celda á darles las explicaciones deseadas, y sumi~~is t r~ r l c s la en- señanza cuya trasmisióil no es posible hacer fueran de la celda. nes, hipocondría, epilepsia, sífilis, tuberciilosis, lo que con- cuerda con la opinióu valientemente susteutada por Despine en Piaiicia, Thoinson, Nicholsoii y Maudsley en TngI~ . t e~r~ , Loinbroso y Virgilio eil Italia., de qiic la dcgerieroción criiiii- nal hiere al orgnuis~no en todas siis fuiicioues, desde las cere- "lCaS.» brales á las morfoló,' Si muchos criminales entran en la categoría del delincz~entc nato de Loinbroso, como represeiit.antes dc las razas iuferiorcs, el regimen de la prisi6n celular constituye para ellos una niu- danza completa en los hábitos de su existencia. No debe sorprender el argumeiito de la mortalidad en las prisiones de aquel régimen, y de admirar es que acontezca lo coiitrario, esto es, que la mortalidad sea superior en las chr- celes do regimen en común. «La sducl de las razas hiimanas más salvajes -dice Dar- win ( L a Descendance de 1' honznze, trad. par Ediuond Barbier)- se altera profundamente cuaiido se trata de someterlas Q nue- vas condicioiies de existencia 6 nuevos hábitos, sin que para esto sea necesaria la mudanza de clima. Simples alteraciones de costumbres, por muy insigilificantes que sean, surten el mismo efecto que el que ordinariamente se causa eil los niños de tierna edad. »Se ha afirmado muchas veces, como lo hace notar Mac- naniara, que el hombre puede sufrir impuiiemente las mayo- res diferencias de clima y resistir considerables mudanzas en las condiciones de existencia; pero esta observaci6n a610 es verdadera cuando se aplica 9, razas civilizadas. El hombre en estado salvaje perece en este caso, casi tan sensible como sus 23 Siendo los momentos de ociosidad, no sola- mente los mas funestos, sino también los más dolorosos para los presos que vive11 en el ais- lamiento celular, se deriva de ahí la ilecesidad que tiene el profesor de habilitar eil el menor tiempo posible d los alumnos, para que puedan entregarse 5. la lectura de los libros de la biblio- teca, tanto para su ii~struccibn, como por pasa- próximos vecinos los monos antropoicles, que no sobreviven largo tiempo al verse desterrados de su p:~is nata1.n La degeneración hereditaria es, sin embargo, no s610 un factor importante del crimen, sino también uua causa predomi- nante de mortalidad por la trasmision de las diatesis. El profesor Virgilio, director del asilo de locos delincuentes de Aversa, en Italia, estudiando el carhcter de las enfermeda- des de los delincuentes en las dos casas penales de aquella ciudad, observi, que las molestias que con gran frecuencia atacan 4 los criniinales son las del sistema nervioso, así como las tisiogénicss, pulmonares, 6 de las glhndnlas lii~fhticas. El Dr. Penta, médico del establecimiento penal de Santo Stéfano, en la misma nación, del estudio patol6gico de los de- lincuentes dedujo que, por lo menos clínicamente, represen- tan en la escala humana una rnza degenerada, con un orga- nismo imperfecto y débil, resultrtnte de los abusos de todo género, y algunas veces consecuencia hereditaria; siendo por eso incapaces para resistir los impirlsos del delito y de triun- far de numerosas y graves enfermedades. La tisis es muy frecuente, así como otras enfermedades de carhcter dege- nerativo. (Rivistu di discipli?ze carceruric, anno XVLII). Estas iudicacjones cieiitíficas me parece que, no solsmei~te son confirmadas por la mortalidad de la peuiteilciaria de Lisboa, sino qne también la explican, disipando las presun- ciones 6 temores de los que juzgan las celdas penitenciarias como un vestíbulo de las regiones misteriosas y horrendas en donde la muerte cierne sus negras das. 24 tiempo, en los domiilgos principalmente, que son feriados para el trabajo profesional. La enselíanza n~oral y religiosa compete U los capellanes y por ellos se da ri los presos, ya e11 las celdas, ya en la capilla, en coi-iferencias, escogien- do para éstas asuntos propios para incpirar los sentimientos de lo justo, el amor de la familia, el de la patria y cl l-iorror al vicio y al crirneii. Los temas de las conferencias so11 designa- dos por los fiincionarios principales del estable- cimiento que, para escogerlos, se reunen una Tez por semana. Los profesores están obligados tí un servicio de seis horas por día, y frecuentemente se les exige un número mayor, de suerte que no pue- de menos sino considerarse como muy Arduo y laborioso el encargo que se les confía; sin em- bargo, si lo desempeñan con inteligencia y celo, pueden ser estos funcionarios, en armonía c.on los capellaries, los más eficaces colaboradores eri la obra de la redención moral de los crimiilales. Como el trabajo es uno de los accesorios de la pena, A la administración de las prisiones celulares incumbe la obligación de proveer de trabajo A los presos, y por tanto la de ordenar la enseñanza de aquellos que no tienen oficio, 6 si el que tienen es incompatible con el régimen de la prisión, dado caso que sepan alguno. Nadie se atreve á dudar que el trabajo, no s~lamente es necesario, sino ventajoso para los 25 penados. Concurre 6 su moralización y les provee de medios para su subsistencia, cuando vuelven á. la libertad, y ademks de esto es provechoso pera el Estado. En la penitenciaria de Lovaina los presos hacen el calzado y el uniforme del ejército bel- ga; pero no solamente hay zapateros y sastres; hay también carpinteros, torneros, fabricantes de babuchas de orillo, tejedores, herreros, encuader- nadores, colchoneros, cerrajeros, copistas, etc. En- trando en la celda de algunos penitenciados tuve ocasión de ver uno que, á pluma, estaba dise- fíando pequeiíos mapas geogrkficos para las es- cuelas de instrucción primaria, trabajo ejecutado con gran limpieza y habilidad. El abastecimiento de trabajo para los presos es una cuestión importante, y que tiene encon- trado en BBlgica graves dificultades. La admi- nistración superior de los presidios, preocupada con este asunto, permitió que los directores de las prisiones celulares secundarias percibiesen un tanto por ciento del producto del trabajo de los presos, y hasta les autorizó 6 emprender por su cuenta algunas industrias. Son palmarios los inconvenientes de tal sis- tema. Los directores de prisiones no pueden, sin perder su prestigio y autoridad, ser empresarios industriales ó comerciantes. Los presos verían en ellos unos explotadores de sus fuerzas y fa- tigas, y esta idea frustraría todas las tentativas que aquellos funcionarios empleasen para mejorar su índole y coctuinbres. Vano empeiio ta~nbibii seria, probableme~i te, el de aquellos que se pilopusiesen convencer alpubli- co de que tales funcionarios no anteponían los iii- tereses egoistas al desempeiío de sus funciones desde el punto de vista moral y disciplinario de los presos: por esto en las regiones oficiales ha adquirido partidarios la idea de alterar en este punto el reglamento general de las prisimes bel- gas de 16 de Marzo de 1869 (1). En el servicio económico de la pciiiteiiciaria de Lovaiiia se en~plean algunos presos; pei.0 siempre bajo el inquebrantable régimen de sepa- ración 8 incomuilicabilidad entre ellos. Trabajan en el lavadero, eil la panadería, en la cocina, y ejercen otros oficios, pero con el capuchún cu- bierto, siempre que en esas ocupaciones se cni- plee mCls de un preso, y bajo la ~rigilancia de los guardas que tienen esos servicios & su cai.go. Por regla general nirigún preso es admitido cn el se~vicio económico sin que haya cuinplido cii la celda la tercera parte del tienipo de la pena. ó un año por lo nleilos, si ésta fuere de larga duración. Cuando Mr. Stevens dirigió la penitenciaria de Lovaina, para probar que el régiineil de sepa- (1) Ya ft16 revocado en este punto por el decreto de 6 de Abril de 1887, ración era compatible con el ejercicio de varias artes industriales, introdujo allí algunas máqui- nas, con las que tres ó cuatro presos podían coopurar al mismo trabajo, sin iiifracción del régimen penal y disciplinario de la incomuni- cabilidad. En la enssñanza de las profesiones se atiende especialmente á que reunan los requisitos si- guientes: Qiic puedan ser ejecutadas por un hombre solo sin C O I ~ C U ~ S O frecuc~~te de otra persona; Que sean (le u11 aprendizaje relativamente fácil y de corta duración; Que estén exeiitas de insalubridad; Que pongan en juego tanto las fuerzas nzus- culares como la inteligencia; Que puedan suministrar á los presos, cuando alcancen la libertad, medios de subsistencia para sí y para su familia; Que sean, siendo posible, lucrativas para el Estado. Para la elección y división de las ocupaciones se consulta, no tan sólo los antecedeiztes de 10s presos, sino también sus fuerzas y aptitudes, y, tanto cuaizto es posible, su preferencia por una Ú otra arte ú oficio. En las penitenciarias de Gante y de Lovaina no vi celdas destinadas para sentenciados que en la vida libre se distiiiguiesen del común de los presos por su instrucción, ó por preeminencia de posición social, de suerte que en los dos establecimientos domina una perfecta igualdad entre los sentenciados, respectivamente al cum- plimiento de las penas impuestas. La Ley prescribe á todos la obligación del trabajo; sin embargo, es obvia la difivultad que la práctica estricta y rigurosa de la Ley tiene que encontrar, pues que el ejercicio de muchas profesiones ó artes liberales no se armoniza con el rhgimen celular; y por cierto no se conforma con el buen sentido que iildividuos que, ante- riormente á la prisión, lzayaii vivido con el des- empeilo de aquellas artes 6 profesiones, sean compeliclos al aprendizaje de un oficio mecánico, ií ocupados en los servicios económicos de la prisión. En este punto la rigidez de la Ley y el ri- gor reglamentario de sus disposiciones, tieileil que quedar necesariamente sujetos & las modifi- caciones aconsejadas por la prudencia y el discer- nimiento de quien dirige e1 establecimiento penal. En las prisiones celulares de Bélgica se penan los actos de desobediencia, de indisciplini\ y las infracciones del reglamento con los castigos si- guien tes: Pri17aciÓn del trabajo, de la lectura, de las gratificaciones del trabajo destinadas 6 compras de objetos en la cantina, de las visitas y de la correspondenci:i; Régimen 6 pan y agua; La reclusión en una celda especial, ó cri una celda oscura, con régimen 6 pan y agua, ó sin él. Las celdas de castigo tienen cama de madera y no como la ordinaria de las otras celdas. El régimen de pan y agua 110 se impone por mhs tiempo que por tres dias coilsecutivos; pero, si la reclusión dura mhs tiempo, este régimen se intercala con el de la alimentación ordinaria. En la aplicación de estas penas disciplinarias se tiene en cuenta, no sólo la infracción que se castiga, sino también el temperamento del delin- cuente, no aplicandose ninguna sin que sea pre- cedida de una amonestación hecha al preso, 9 fin de que la impresión moral grave en su e~pirit~u e1 temor del castigo, y contribuya h la enmienda. Todos estos castigos se anotan en un registro con la declaración de los motivos que los ori- 30 ginan, y todos los meses se da conocimiento de ellos, como ejemplo saludable, B todos los preFos reunidos en los anfiteatros de la capilla, indicán- dose nada más que el número del preso cas- tigado, la irifracción cometida y la pena que ce le aplicó. Todos los dias á las diez de la maiiana, e s cepto los domingos y días santos, el Director de la prisión, B presencia de otros empleados, re- cibe las denuncias de las infracciones perpetradas por los presos, que son acto continuo conduci- dos A su presencia, separadamente, á fin de ser oídos; dada esta audiencia, sin que haya dis- cusión contradictoria, el Director determina iii- mediatamente el castigo, 6 no ser que necesitc más amplia información sobre el hecho. Al de- lincuente se le indica tan sólo la pena y nunca el tiempo de su duración. La disciplina interior de las prisiones celula- res belgas es severa, pero no puede considerar- se excesivamente rigurosa. Los directores de las penitenciarías prefieren, y juzgan 11-16s adecuado recurrir á medios persuasi~.os que A la rudeza de los casligos; porque éstos, cuando son muy repetidos, no producen los resultados i~?oi.tilcs que se desea. La reclusión en celdas oscuras sólo se aclop- ta en casos excepcioilales, porque la expcrien- cia tiene demostrado que altera profundamente la salud de los presos, desmoraliza algunos y 3 1 da ocasión á que se practiquen frecuentes actos indecorosos . Una de las infracciones que siempre se cas- tiga coi1 cierta severidad, es toda tentativa que haga el preso para quebrantar el régimen del aislamiento y la separación individual. La gra- vedad de esta falta se le notifica cuando entra en la penitenciaria, á fin de que se abstenga de cual- quier acto encaminado á ponerle en relacióil con los demBs presos, y para que no sea sorpren- dido con el castigo de un acto que tal vez con- sidere como inocente. Así como no es grande el número de las penas disciplinarias, del mismo modo son limi- tadas las recompensas por el buen comporta- miento, por la aplicación, por el celo y progreso en el trabajo y en la inskucción. Las recompensas consisten en la admisión al servicio clom6stic0, en la extensión de la gracia de las visitas y de la correspondencia, en la autorización para hacer uso del tabaco, limitado Únicamente 6. las horas de paseo, y en la pro- puesta para el perdón ó reducción de pena. Excepto estas últin~as recompensas, la que los presos belgas solicitan m8s vivamente es la del permiso del uso del tabaco, y por esto mis- mo ilii1gÚ11 preso la puede obtener sino después de haber sufrido tres meses de prisióil, sin haber i ncurrido en algt~il castigo disciplinario, y, re- tirado una vez este periniso, solameilte se le concede después de muchos meses de conducta ejemplar. En Bélgica el número de presos descendió de 7.000 á 4.000, y se atribuye esta diferencia á los efectcs del sistema celular, que, morali- zando los penados, hace menos frecuentes las reincidencias, y también porque habiendo con aquel sistema disminuido la duración de la pena, disminuyó igualmente el numero de presos. Cuando se inauguró la penitenciaria de Lo- vaina, el 72 por 100 de los presos admitidos eran individuos q u e ya habían sufrido otro castigo anteriormente, y el 28 por 100 eran condeiiados por primera vez. De aquellos, 26 por 100 rein- cidieron después de haber cumplido la pena; de estos solamente el 4 ymedio por 100. Estos nú- meros son por cierto un testimonio poderoso res- pecto ti la bondad del régimen celular. IV. En general las personas que no l-ian hecho particular estudio del sistema penitenciario celular, se preocupan demasiado coi1 el teinor de que el aislamiento de la celdti produzca perturbación e11 las facultades intelectuales de los preeoe, y que la tristeza de la soledad los arrastre á la des- esperación y al suicidio (1). En la sesión de 17 de Diciembre de 1872, en a que se trataba de la información pai-lamen- taria A que se procedió en Francia, y á la que ya aludí, Mr. Sterens, refiriéndose á la enajena- ción mental de los presos, dice: (1) El Doctor Mery Delabost, en un artículo 4 que me referí en la nota anterior, tratando de los resultados de la prisi6n celular prolongada, dice: «Con referencia 4 los casos de enajenación mental y sili- cidios, no parecen justificados los recelos que puedan abri- garse de la larga duración de la clausura celiilzr. Mr. BBrden establece un paralelo entre dos casas de r6gimeil distinto y cuya población presento aproximadamente los mismos ~ 8 - racter S, tanto con respecto 4 la duración de las penas, omo A la moralidad. La comparsción está hecha sobre un período de diez afios (1860 4 1869): La memoria de Mr. Stevens, relativa al periodo trienal de 1863 4 1865, da cuenta de seis suicidios, ocurridos después de cuatro, seis, siete, nueve, once y doce meses de celda; pero resulta de observaciones minuciosas y severas motivadas por estos acontecimientos, que ninguno puede ser atribuido á 3 - ..................... Media de los presos.. Enagenación mental.. .................... Suicidios ................................. Tcntativas de suicidio.. ................... ---- 600 20 13 4 600 14 14 2 ccLos casos de enajenación mental son rarí- »sirnos, sobre todo entre los penados. »Ha ocurrido mayor número en las prisiones »celulares secundarias que en la casa penitencia- »ria de Lovaina, porque en aquellas es en don- »de se encierran los individuos pendientes de »causa, que esperan todavía su juicio, y tienen, la acción especifica del régimen celular, y que es menester indagar la causa en circunstancias extrañas al sistema. En este periodo (1863 h 1866, en Lovaina), fueron siete los casos de enajenacióu; pero ninguna de estas enfermedadeti mentales tuvo su origen en la desesperación de la clausura. Una larga prhctica de la prisión individual nos permite afir- mar que es preciso, para enloquecer, tener ya el germen de esta triste enfermedad.)) El Sr. Beltrani Scalia, en su libro L a rifo~nnza Pcnite,zcia?ia in-rt-ltalia, en las páginas 174 y siguientes, critica con mucho lucimiento el paralelo hecho entre la penitenciaría de Lovaina, la de Gante y otras de régimen colectivo, y sometiendo á uu examen riguroso los elementos estadísticos concernientes á suicidios y á casos de enajenación mental, deduce que el cellularismo favorece m4s el suicidio y la enajenación. Sin embargo, en Lovaina, cuyo régimen es severo, aun cuando diverso del que había sido adoptado primitivamente en Pensylvania, desde 1861 4 1876 h u b ~ solamente diecisiete casos de enajenación mental, y desde 1862 4 1869 ocurrieron quince suicidios. En algunos años de los comprendidos en los dos períodos no hubo casos de locura ni siiicidios. E n el parlamento fxancés, en el año coirieiite, aún se discutió el sistema de prisión celular, qiie fué tachado por Mr. Marcou de ser una invención de tiranos com el pvopósito de p crseguir la humnnidad, etc. También se trató de los efectos de la celda sobre el estado mental de los presos, y aludiendo á esta discusión, Mr. A. Rivieri, en una serie de artículos publicados en el 35 »en muchas ocasiones, el espíritu perturbado con »la incertidumbre de SU destino. Seria una in- »justicia atribuir su locura 6 la influencia del ré- »gimen celular. Para apreciar la influencia de la »celda sobre el preso, desde el punto de vista de ))la enajenación mental, es menester volver la »atención hacia los condenados, esto es, hacia in- diaiio Le Monde, cita las siguientes palabras de una memoria del m6dico Mr. Beaiivais: tsigiiiendo el ejemplo de mi pre- decesor, el Dr. Jacquenin, cuya e.xperiencia en las prisiones fué de 50 años, afirmo que la locura causada exclusivamen- te por el régimen celular, es una excepción rara. Puede sin duda provocar accesos en los individuos predispuestos here- ditariamente, 6 que ya con anterioridad hubiesen siifrido enajenación; pero, en tesis general, solameote determina ac- cidentes pasajeros.» Estas mismas conclusiones so11 confii- mndas, dice Mr. Rivieri, por el Dr. Nottet, eminente especia- lista de enfermedades mentales, médico de la Roquette y por el Dr. I,agnan, en memoria presentada por la Acade- mia de Medicina cxi 12 de Abril de este afio. En la prisibn celular de Tours fueron acometidos de enajenación mental seis reclusoa, y todos ellos, en liber- tad, eran dados d las bebidas alcohólicas, coa msnifestacio- nes de debilidad mental. Idéntica observación se hizo con res- pecto 4 los presos de Angers. En las ciiatro prisiones de Seine-et-Oise, el interrogatorio oficial demostró que ciertas perturbaciones del sistema nervio- so se calmaban con el régimen y tranquilidad de la celda. El autor de la memoria presentada al Senado francés acerca del proyecto de ley sobre los enajenados, Mr. Theo- phile Rou~sel, en la página 212, alude 6 que, defipiiés de l a ley de 1838, que aquel proyecto ~ i n o á modificar, las es- tadísticas demostraron que había entre los penados una proporción considerable de alienadcs, En nota, afirma que se ha exagerado la influencia del 36 »dividuos ya suficientemente estudiados y de cuya »inteligencia haya perfecto conocimiento. En la »prisión de Lovaina, en el espacio de 4 años, »de 1867 á 1870, se dió solamente un caso de »enajenacióri mental, á pesar de que entre los »condenados había muchos qu?, eii el nioniento »de su entrada en la prisión, sin que fuesen ver- régimen de las prisiones y de los diferentes sistemas en la produccidn de la locura. La exageración ha sido mayor res- pecto al régimen celular, que todavía considera inicuo, aun cuando mitigado en su aplicación. Parece innegable que hay grande afinidad entre la lociirrr y el crimen. El Dr. Bruce Thomson, m6dico de la prisión de Perth, en Escocia, public6, despuBs de doce años de observacio- nes, los resultados de sus estudios psicológicos scbre 10s criminales, deduciendo: Que los delincuentes presentan, como clase, un tipo físico y una naturaleza fisica inferiores. Que los rasgos cari~cteristicos de los criminales indican claramente uiia degeneracidn hereditaria. Que las facultades intelectuales 6 morales, en los gran- des malvados y en los reincidentes, E I O ~ de tal modo debiles que su propensidn para el crimen es irresistible. Que el estado de inferioridad originaria de su nati-irn- leza física, intelectual y moral, es probablemente el origen de las afecciones orghnicas del cerebro y de la demencia. E n 6.000 presos el mismo observador anot6 en sus re- gistros el 12 por 100 flacos de espíritu, imbéciles, suicidas 6 epilépticos, dejando de incluir aquellos que, fuera de astas categorías, habían enloquecido. »El rasgo más característico de los criminales, dice to- davía el Dr. Thomson, es su propeilsi6n pasa las afeccio- nes cerebrales y para la cnajenacidn confirmada. En 1869, entre 2.690 delincuentes, en Escocia, se contaron 67 alienados, 37 »daderamente locos, podían ser clasificados como »individuos de inteligencia débil. Actualmente es »menor la población del establecimiento de Gan- »te; sin embargo, los médicos afirman que entre »los individuos allí reclusos hay 53 que, según »su parecer, sufren un mayor ó menor grado »de enajenación. Estos 53 presos no viven se- y como en aquel niímero había muchos reincidentes, enreali- dad la proporción de locos es mucho mayor, el duplo tal vez. Aceptándose la de 57 resulta 1 entre 47 delincuentes, en tanto que en la población general el Dr. Loclrhart Roberston contó solamente 1 entre 432 habitantes en Inglaterra y en el país de Gales. ((Las estadísticas judiciales de e ~ t o s iíltimos países acu- saban también la propensióil extrema de los delincuentes para la locura. De 1860 á 1868 aparecían en el censo 1.244 alienados criminales, y de este niíinero, 199, 6 64 por 100, habían eiiloquecido después de la sentencia. Entre 664 individuos acusados de homicidio, de 1857 4 1867,108 ha- bían sido reconocidos como locos por los Tribunales,» E1 Dr. Marro, insigne autor del precioso libro 1 Caratteri de; dcli?zpzcefiti, encontró entre 600 presos en las cárceles de Turfn, 31,95 afectados de enajenación mental 6 con pro- fundas alteraciones psfqnicas. En la c&rcel celular de Fribiirgo, desde 1878 4 1880, entre 400 presos se encontraron 46 alienados, de los cuales solamente 6 habían enloquecido por efecto del aislamiento, siendo la enajeración de 40 proviniente de otras causas; 9 eran ya locos, antes de la sentencia; 23 habían tenido delirio agudo con evolución benigna y rápida (Archivio di psichiatria sciefize pefiali ed antropologia criminnle, vol. ix, fasc. 11). Observaciones idéntica8 han hecho varios hombres de ciencia, de las que resiilta qne 108 crimiimles, en general, están más próximos 4 lo demencia que los individuos no1'- males. Gran niímero son víctima de una herencia funes- »parados de los otros, no han sido comprzndi- »dos en el i~úmero de los atacados de enajena- »ción mental; y á pesar de eso el nurnero de los ~alienados de la casa de Gante ha sido superior »al de la cárcel de Lovaina.» Respecto Ci suicidios dice el mismo funcio- nario: ta. En unos la degeneración moral proviene de epilepsia, del alcoholismo Ú otras alteraciones mentales de sus progenito- res; en otros, la propensión para el delito y para la locura provienen de lesiones graves eil la cabeza, de ataques apopléticas, meningitis, abuso del alcohol, epilepsin, molestias del sistema nervioso y de ciertas deformidttdes del cráneo. Es claro, por consiguiente, que el desenvolvimiento de la lociira en las prisiones no debe producir extrafieza, ni servir de argumento contra un determinado sistema de re- clusión, atribuyéndole el origen de una molestia, que, en el mayor núniero de casos, existe latente. El profesor Morselli, estudiando el siiicidio entre los delincuentes, observó que es más frecuente entre aquellos que en la población libre, y más frecuente entre los que están pendientes de causa que entre los sentenciados. Mr. Legoit, en su libro Le suicide nncien e t moderne, afirma también que los suicidios son más frecuentes en Ins prisiones que en la población libre, predominando en Di- namarca y eii la Saxe los casos de muerte voluntaria, tanto en las prisiones como fuera. El mismo escritor dice: que parece ser m4s frecuente el suicidio eii las cárceles de aiuiple detención que en las casas penales, y explica el hecho por las circcinstancias de ser los presos súbitamente arranca- dos del seno de sus familias, que muchas veces quedan sin recursos, que ellos no les pueden suministrar con el ejer- cicio de l a profesión, fuerite que alimentaba mujer 6 hijos, y por el recelo que les inspira el desenlace del proceso. En la revista critica de los Archives de Antl~ro~ologie crinai- 39 <En la prisión de Lovaina, abierta en 1860, no »hubo un sólo caso de suicidio durante los dieciocho »priineros meses; transcurrido este tiempo hubo »uno, que fué luego seguido de dos más. Siendo »la prisión celular, esta desgracia no podía ser »efecto del ejemplo. Después volvió á reinar la »tranquilidad, y solamente en 2870 es cuando nelle et des sciences pénales, &m. 11, se alude á una memo- ria presentada á la Academie de Medicitae, en sesión de 12 de Abril de 1887, en que se acusa a l régimen celular de producir aumento en el suicidio y en los casos de enaje- nación. «La cuestibn está casi siempre mal presentada -dice el critico.- Filósofos, médicos, estadistas, se equivocan a l reunir en una sola categoria todos los suicidas, agrup8n- dolos con la misma etiqueta, y asimilando todos los indi- viduos que se dan voluntariamente la muerte. Esta generali- zación es errónea. El suicidio es el desenlace de un drama, cuyas causas son tan diferentes, tan variadas, que es un error semejante al del patologista que estudiase el sintoma Jiebre sin atender 4 las causas que la habían producido.» En la penitenciaría de Lisboa, en 1886, un preso pone término al drama de su existencia suicid4ndose. Un cri- men de incendio, determinado por motivos frivolos, lo lle- v6 á los t.ribunales, en donde, h los 60 afíos de edad, fue condenado á prision celular por ocho años, seguida de de- gredo por doce. La causa que hnbia dado origen al crimen fu6 la misma que la que lo empujó al otro abismo. La catástrofe del último acto es la consecuencia lógica del principio del drama. La celda no fué mBs que el escenario. E n 1887 otro preso intentó suicidarse. Era un asesino, cuya ferocidad a610 tenia fácil explicacióu eu la epilepsia, de l a que sufria ataques frecueiltes. La tentativa fu6 posterior á un ataque violento, y tal vez una consecuencia de él. No hay razones ni indicios que permitan atribuirle causa diversa. El suicidio es un efecto de la lucha por la existencia »ocurrió u11 i~uevo suicidio. La víctima era un »soldado que estaba próximo á terminar la pena. >>Este ejemplo, y inuchos otros, pruebaii que 110 »se deben atribuir al aislamiento de la celda los »impulsos desesperados que coi~ducen al suici- »dio. Nosotros no conocenzos respecto al preso ))sino lo que sus precedentes nos eilseííail, como y de la seiecci6n humana, concluye Morselli, despiiés de uu l~irgo y miniicioso estudio de las leyes que rige11 aquel hecho social. Uon el sabio autor del libro Il st~icidio concuercln el pio£esoi Sergi diciendo: <El suicida, eil general, carece de aquella fuerza de resistencia por el combate de la vida, en el sentido más airiplio, por virtud de la cual se soportan derrotas 6 se alcanzan victorias. Hay el suicida loco, NO- nomaniaco, el suicida por amor, por miseria, el incapaz de sufrir privaciones 6 el trabajo, el suicida deliiicuente, el que despues de haber robado y disipado el dinero ltjeno se sus- trae & la persecucibn y h la cárcel, matándose, 6 por scn- tirniento de honra, y hay hasta cl suicido por causa de una diversión 6 juego prohibido. Al contrario de estos suicidas, hay individuos que escogen otra mujer, cuando la qiie ama- ban fué desleal, 6 les desprecia; que saben sufrir laa pri- vaciones y asiduamente trabajan para sf y para los demás, venciendo las dificiiltades de la vida; que resisten la tenta- ci6n dcl hurto, 6 que gunrdan religiosamente el depbsito de dinero ajeno; que desdeñan 6 no se cuidan de los placeres que no se consiguen sin grandes sacrificios 6 deshonestamente.» Rivista d i discipline carcerarie, anuo XVII, fasc. 9 e. 10). Estos son los valerosos combatientes en la bntnlla de la existencia, los que alzan el pend6n de la victoria; los otros sou loa dkbiles, los cobardes, los degeaeradoa que, por in- feriorisad ingenita 6 adquirida, son impotentes para lu lucha y huyen d d campo de batalla, recurrieiido al siiicidio. El sentimentalismo vibra ante el especthculo trágico de una muerte voluntaria; pero la humanidad no alcanzaría el 41 »también su condena y su proceder en la c6rcel; »pero no leemos en el fondo de su conciencia, »y por esto no conocemos ni sus sentimientos, »ni, sobre todo, su remordimiento. » De la memoria de MF. Gautier, administra- dor de las prisiones y de seguridad pública, re- lativa á los años de 1878 6 1880, consta que, grado de civilización actual si no hubiese habido una constante eliminación de los individuos