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LAS NUEVAS NORMAS DE LA INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Reuniones a distancia. Sociedades Comerciales. Resoluciones Generales 11/2020 y 29/2020 Mg. Paola Solari SOLICITUD DE ASISTENCIA DE INSPECTOR IGJ. TRAMITE POR TAD. 1. Formulario de "Pedido de asistencia de inspector a asambleas". Debe efectuarse hasta cinco (5) días hábiles antes de la realización de la asamblea o reunión de directorio. 2. Acreditación de la calidad invocada por el solicitante, con patrocinio letrado con firma digital o legalizada por el colegio de su matricula. 3. Razones del pedido; indicación de la fecha- hora- plataforma digital- el orden del día. Mail de contacto dispuesto en la convocatoria. Si las hubiere, copias de las comunicaciones o publicaciones de la convocatoria. c o n t e n i d o NO REEMPLAZA AL ESCRITO QUE DEBE ACOMPAÑARSE EXPLICANDO LAS RAZONES DEL PEDIDO, CON FIRMA DEL SOLICITANTE Y DEL LETRADO PATROCINANTE VOLVER CONFIRMAR TRÁMITE Solicitud de Asistencia de Inspector IGJ a Asamblea PAOLA GABRIELA SOLARI Adjuntá documentación: Los documentos marcados con * son obligatorios. Datos de la entidad * ! COMPLETAR Datos de la entidad CUIT Nº correlativo/RL Tipo de Entidad Denominación Codigo Formulario de pago Fecha Asamblea Motivo de la Presentación GUARDAR Formulario y comprobante de pago * " ADJUNTAR Documentación con firma digital " ADJUNTAR Documentación sin firma digital " ADJUNTAR Preguntas Frecuentes Contacto Manual de Usuario Términos y Condiciones INICIAR TRÁMITE MIS TRÁMITES NOTIFICACIONES APODERADOS CONSULTA VISTAS MÁS COMUNES Falta de acreditación de la firma legalizada del abogado. Falta de acreditación de la publicación del edicto o de la comunicación del orden del día a tratar. Falta de la acreditación de personería del accionista/director/sindico. Falta de acreditación de poder suficiente en el caso que se presente por apoderado. SOLICITUD DE VEEDOR. - Se pone en conocimiento de la realización de la veeduría en el marco del expediente electrónico. - Se informa que se designarán dos veedores para la fiscalización de dicho acto, conforme artículo 160 de la RIGJ 7/2015, y en concordancia con las RIGJ 11/2020, 29/2020 y 46/2020. - Se solicita permiso de acceso remoto a fin de que los inspectores puedan presenciar el acto. Mail a la sociedad. VEEDURÍA DE OFICIO. FORMACIÓN DE ACTUACIÓN SUMARIAL. 1. Cuando se advierte por publicaciones del Boletín Oficial que una sociedad comprendida en el artículo 299 de la Ley Nº 19.550 ha convocado a Asamblea General Ordinaria y/o Extraordinaria de Accionistas, se forma una ACTUACIÓN SUMARIAL. 2. Se verifica el estado de cumplimiento de la presentación de estados contables y pago de las tasas anuales. 3. Se designan los veedores que realizarán la fiscalización del acto. VEEDURÍA DE OFICIO. - Se pone en conocimiento que IGJ ha dispuesto realizar la veeduría de la Asamblea General Ordinaria/ Extraordinaria a celebrarse el xx de xxx de 2021, según publicaciones de edictos en el Boletín Oficial y se designarán veedores para la fiscalización de dicho acto. - Se solicita el permiso de acceso remoto a fin de que los inspectores puedan presenciar el acto. Mail a la sociedad. EN AMBOS CASOS, SE REQUIERE A LA SOCIEDAD LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: 1) ACTA DE DIRECTORIO DE CONVOCATORIA (SI NO ESTÁ TRANSCRIPTA AL LIBRO SERÁ SUFICIENTE SU DESGRABACIÓN, IMPRESIÓN, Y FIRMA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA SOCIEDAD). 2) CONSTANCIAS ACTUALIZADAS DEL LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONISTAS. 3) COMUNICACIONES DE ASISTENCIA / REGISTRO DE ASISTENCIA. 4) PODERES. 5) REFORMAS DE ESTATUTO Y DESIGNACIONES DE AUTORIDADES PENDIENTES DE INSCRIPCIÓN ANTE IGJ. • ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO CERRADO EL XX DE XX DE 20XX. • OTRA DOCUMENTACION • SOCIEDADES ART. 299 LGS: PUBLICACIÓN DE EDICTOS DE CONVOCATORIA EN UNO DE LOS DIARIOS DE MAYOR CIRCULACIÓN GENERAL DE LA REPÚBLICA. Cumplimiento art. 162 RIGJ 7/15 Dentro de los QUINCE (15) días posteriores, la sociedad deberá enviar en formato digital copia del acta transcripta en el libro y debidamente firmada, como también del registro de asistencia a asamblea y demás documentación que se le haya requerido. Dictamen final de los inspectores veedores (conf. art. 163 RIGJ 7/15), con dos alternativas: SIN IRREGULARIDADES CON IRREGULARIDADES ü Sanción conf. Arts. 12 y 13 Ley 22315 y art. 302 LGS. ü Declaración de irregularidad e ineficacia ü Intimaciones ü Impedimento a escribanos, traductores, etc. ü ARCHIVO, fin de las actuaciones RESOLUCION PARTICULAR IGJ
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