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Diplomatura en Negocios 4.0 | Octubre 2021 • Contratación Electrónica • Documento Digital • Firma Digital y Firma Electrónica • Blockchain como mecanismo de Seguridad • Marco Regulatorio • Títulos valores digitales y su ejecución Primera Parte • Contratos • Contratos Electrónicos • Entorno Tecnológico y Jurídico • Documento Digital, Firma Digital y Firma Electrónica Contratos • Convención entre 2 o más partes que genera obligaciones • Acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales (Art. 957 CCCN) • Efecto vinculante con limitaciones: La Ley El orden público La buena fe La moral y las buenas costumbres • Limites específicos: Lesión Imprevisión Abuso de Derecho Contratos • Clasificación Unilaterales o Bilaterales Onerosos o Gratuitos Conmutativos o Aleatorios Formales o No Formales Contratos • Oferta y Aceptación • Prueba • Contratos de Adhesión Clausulas predispuestas unilateralmente Redacción Clara, Precisa y Fácilmente Legible Cláusulas Abusivas: se las tiene por No Incorporadas • Derecho del Consumidor Ley N° 24.240 Contratación Electrónica • Despegue en 4 factores Clave: Innovación tecnológica Cambio Generacional de Usuarios Globalización (masificación de uso de Teléfonos Celulares) Crisis Financiera de las Subprime de 2008 • Auge global del E-Commerce Expansión a otras industrias de los contratos electrónicos Documentar y establecer derechos y obligaciones Sin barreras geográficas Contratación Electrónica • Como en cualquier contrato hay 2 factores Clave: Confianza con quien contrato Identificación remota • Entornos Tecnológico Legal Contratación Electrónica • Ley de Firma Digital N° 25.506 Documento Digital y Firmas Digital y Electrónica • Decretos Reglamentarios Dec. 182/2019 DNU 27/18 Leyes 27.444 y 27.446 • Código Civil y Comercial Firma Prueba Contratación a distancia • Usos y costumbres como fuente de derecho • Potestad de los Magistrados Documento Digital • Registro de Información Método de Digitalización • Art. 6° Ley N° 25.506 «Representación digital de actos o hechos, con independencia del soporte utilizado para su fijación, almacenamiento o archivo» «Un documento digital también satisface el requerimiento de escritura» Neutralidad Tecnológica • Instrumento Particular No Firmado Rechazos de Autoría Rechazos de Integridad • Terceros de Confianza Documento Digital • Código Civil y Comercial de la Nación Autoriza la contratación a distancia en contratos de consumo Requisito de escritura se satisface si contuviere soporte electrónico (Eq) Art. 1105 «Contratos celebrados a distancia son aquellos concluidos entre un proveedor y un consumidor con el uso exclusivo de medios de comunicación a distancia, entendiéndose por tales los que pueden ser utilizados sin la presencia física simultánea de las partes contratantes…» Art. 1106 «Siempre que en este Código o en leyes especiales se exija que el contrato conste por escrito, este requisito se debe entender satisfecho si el contrato con el consumidor o usuario contiene un soporte electrónico u otra tecnología similar» Art. 286 «La expresión escrita puede tener lugar por instrumentos públicos, o por instrumentos particulares firmados o no firmados... Puede hacerse constar en cualquier soporte, siempre que su contenido sea representado con texto inteligible, aunque su lectura exija medios técnicos» Firma • Forma en que se materializa una manifestación de voluntad • Se da el consentimiento respecto del contenido del documento • Art. 288 Código Civil y Comercial «La firma prueba la autoría de la declaración de voluntad expresada en el texto al cual corresponde. Debe consistir en el nombre del firmante o en un signo…(continúa)» • La Ley de Firma Digital Incorpora 2 nuevas Firmas – Clave a un DD Firma Digital Firma Electrónica • Art. 1° Ley N° 25.506 «Se reconoce el empleo de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que establece la presente ley» Firma Digital • Equiparada a la Firma Ológrafa • Art. 3 Ley N° 25.506 «Cuando la ley requiera una firma manuscrita, esa exigencia también queda satisfecha por una firma digital» • Art. 4 Ley N° 25.506 Excepciones derogadas (Dec. 27/18 – Ley 27.446) • En sus efectos la supera Presunción de autoría (art. 7) Presunción de integridad (art. 8) Dec. 182/2019 Expte N° 4451/2019 Civ. y Com. Fed. Dec. 774/2019 Firma Digital • Art. 2 Ley N° 25.506 «Se entiende por firma digital al resultado de aplicar a un documento digital un procedimiento matemático que requiere información de exclusivo conocimiento del firmante, encontrándose ésta bajo su absoluto control» «La firma digital debe ser susceptible de verificación por terceras partes, tal que dicha verificación simultáneamente permita identificar al firmante y detectar cualquier alteración del documento digital posterior a su firma» «Los procedimientos de firma y verificación a ser utilizados para tales fines serán los determinados por la Autoridad de Aplicación en consonancia con estándares tecnológicos internacionales vigentes» Firma Digital • 3 requisitos que debe cumplir un sistema de FD Capacidad de resistir rechazos de autoría Capacidad de resistir rechazos de integridad Sistema autorizado por el Estado Nacional • Se adoptó un único sistema Public Key Infrastructure Criptografía asimétrica o de clave pública 2 claves que se vinculan matemáticamente Firma Digital • Código Civil y Comercial de la Nación Art. 288 de Firma incorporó SÓLO a la Firma Digital «En los instrumentos generados por medios electrónicos, el requisito de la firma de una persona queda satisfecho si se utiliza una firma digital, que asegure indubitablemente la autoría e integridad del instrumento» • Limitaciones a su uso masivo Demora en su reglamentación Dec. 2628/02 Dec. Adm. 6/07 de Jefatura de Gabinete Dec. Adm. 927/14 de JG Dec. 892/17 Modernización Trámite presencial Firma Electrónica • Definida de manera residual • Art. 5 Ley N° 25.506 «Se entiende por firma electrónica al conjunto de datos electrónicos integrados, ligados o asociados de manera lógica a otros datos electrónicos, utilizado por el signatario como su medio de identificación, que carezca de alguno de los requisitos legales para ser considerada firma digital» «En caso de ser desconocida la firma electrónica corresponde a quien la invoca acreditar su validez» • Deriva de la utilización de cualquier clave Que no cumpla con los requisitos de la FD Desde la firma en un e-mail Sistema PKI no licenciado Firma Electrónica • Se invierte la carga probatoria No se presume autoría ni integridad Debo acreditar su validez en caso de rechazo Su robustez técnica determinará su robustez probatoria • Debates doctrinarios ¿Es equivalente a una firma ológrafa? ¿Es equivalente a una firma digital? Instrumento privado vs. Particular No Firmado La sociedad la utiliza sin cuestionarla • Código Civil y Comercial de la Nación Art. 319 Prueba de los Instrumentos Particulares No firmados • Títulos valores Dec. 27/18 – Ley 27.444 Firma Electrónica • Ley de Tarjeta de Crédito N° 25.065 Inc. k) «si el instrumento fuese generado por medios electrónicos, el requisito de la firma quedará satisfecho si se utiliza cualquier método que asegure indubitablemente laexteriorización de la voluntad de las partes y la integridad del documento» • Dec. Ley 5.963/63 Letra de Cambio y Pagaré Art. 101 «idem» • Anexo I Ley de Cheques N° 24.452 Art. 2 «idem» • Art. 1836 CCCN «Los títulos valores tipificados legalmente como cartulares también pueden emitirse como no cartulares, para su ingreso y circulación en una caja de valores o un sistema autorizado de compensación bancaria o de anotaciones en cuenta» Contratos Inteligentes • Tecnología Blockchain • Base de datos almacenada en «nodos» sincronizados - soporte • Se incorporan «bloques» que no pueden ser borrados • Nace como plataforma para Bitcoin, primero, criptomonedas • Hoy como sistema de almacenamiento de información (DD) • Como plataformas de ICO - Tokens • Y como plataformas de Contratos Inteligentes • Utiliza código informático (si pasa esto, sucede esto, si no, lo otro) Genera los términos del acuerdo Revisa su cumplimiento Se autoejecuta • Se rigen por las mismas normas que un contrato electrónico: Documento Digital – Firma Electrónica Diplomatura en Negocios 4.0 | Octubre 2021 BREAK – Volvemos en 15’ Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Juicio Ejecutivo en Crédito Digital «La justicia permitió a las empresas Fintech acceder al Juicio Ejecutivo para el recupero de sus créditos en mora» Temario • Qué es el Juicio Ejecutivo y por qué es tan importante • Qué cambió para que las Fintech puedan acceder El Caso Afluenta Normativa Relevante Resultados Reales • Cómo esperamos que evolucione en el futuro • Qué hacer para poder acceder Documentación mínima Proceso Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Qué es el Juicio Ejecutivo y por qué es tan importante Juicio Ejecutivo en Crédito Digital • Inherente a la actividad crediticia • Aumento de morosidad por contexto • Se prevé estabilización • Convivencia continua La Mora Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo Incorporación del riesgo a la Tasa de Interés Contratación de Seguros Previsiones contables-impositivas Diversas herramientas comunicacionales Funcionamiento como Ecosistema Preventivamente: La Mora Camino para enfrentarla Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo Gestión Extrajudicial: Recupero del Cliente i. Mora Temprana (0 a 90 días): Interna ii. Mora Media/Tardía (91 a 180 a 360): Externa Gestión Post-Extrajudicial Ingresos de caja adicionales Saneo contable Beneficios impositivos i. Venta de Carteras ii. Juicio Ejecutivo Gestión Carteras Cedidas La Mora Camino para enfrentarla Ocurrido el quebranto: Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo • Sistema de cobro rápido • Trámite abreviado Menos actos, plazos y duración Acceso a medidas desde su inicio Limitadas defensas (sólo en Juicio Ordinario posterior) • Persigue efectivización de un derecho, no su existencia • El derecho está inserto en el documento en ejecución EL TITULO EJECUTIVO Juicio Ejecutivo Proceso especial y privilegiado por la Ley para hacer efectivos créditos Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo • Contener una obligación de dar sumas de dinero Ser líquidas o fácilmente liquidables • Ser exigible De plazo vencido No estar supeditado a una condición • Bastarse a sí mismo No indagación Autosuficientes • Estar legitimado ejecutante y ejecutado en el título Títulos Ejecutivos Para ser Título Ejecutivo el documento debe (art. 520 CPr.): Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo • El instrumento público presentado en forma • El instrumento privado suscripto por el obligado, reconocido judicialmente o cuya firma estuviese certificada por escribano... • La confesión de deuda líquida y exigible prestada ante el juez... • La cuenta aprobada o reconocida … (conf. art 525 Cpr.) • La letra de cambio, factura de crédito, cobranza bancaria de factura de crédito, vale o pagaré, el cheque y la constancia de saldo deudor en cuenta corriente bancaria… • El crédito por alquileres o arrendamientos de inmuebles (y de expensas comunes) • Los demás títulos que tuvieren fuerza ejecutiva por ley y no estén sujetos a un procedimiento especial Títulos Ejecutivos Los títulos que traen aparejada ejecución los establece la Ley (art. 523 Cpr.) Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo • Los instrumentos que no estén en el artículo anterior, pero que cumplan con los requisitos pueden transformarse en títulos Como un contrato de mutuo • Se debe citar al deudor a que reconozca su firma • En caso de desconocerla se formará cuerpo de escritura Multa en costas de confirmarse su autoría • De no presentarse se la tendrá por reconocida Títulos Ejecutivos Preparación de la Vía Ejecutiva (art. 525 Cpr.) Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo • Se presenta el título al cobro (o a preparar la vía ejecutiva) (Citación al deudor a reconocer su firma) • Juez ordena intimar al pago y medidas para el cobro Intimación: Oficial de Justicia al domicilio con Mandamiento Medidas: embargo, inhibición, etc. • 5 días de plazo para oponer excepciones (defensas) • Sentencia de trance y remate • Aprobación de liquidación de las sumas debidas • Cobro Proceso Ejecutivo El trámite se puede resumir: Proceso Ejecutivo Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 1. Qué es el Juicio Ejecutivo Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Qué cambió para que las Fintech puedan acceder «EL CASO AFLUENTA» Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • Las Fintech no podían acceder al Juicio Ejecutivo • Contratos de mutuo (o pagarés) sólo con firma: Ológrafa Digital Firma electrónica sólo Entidades Financieras (101 inc. g) • Las 3 alternativas de firma inviables para el modelo Fintech Proceso ágil y remoto Sólo firma electrónica Proceso idéntico al utilizado en el e-commerce • Doctrina consideraba a los documentos con firma electrónica como instrumentos no firmados Fintech sin acceso Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • Moni lanzó el primer fideicomiso Fintech en 2018 Activo subyacente: créditos 100% online • Abrió nuevo camino de financiación al resto de las Fintech • Animó a prestar online a quien lo hacía analógico (electro) Eliminó trámite de firma ológrafa para cada venta Eliminó necesidad de contar con sucursales • Pero no eliminó la imposibilidad de cobro ante la mora • Oportunidad de resolver el problema de falta de Título Ejecutivo Moni securitizó cartera 100% online Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • Ley de Firma Digital N° 25.506 Documento Digital y Firmas Digital y Electrónica • Decreto Ley 182/2019 • Código Civil y Comercial Firma Prueba Contratación a distancia • Código Procesal Civil y Comercial Preparación de la Vía Ejecutiva • Usos y costumbres como fuente de derecho • Potestad de los Magistrados Normativa Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • Art. 5° de LFD, in fine: “En caso de ser desconocida la firma electrónica corresponde a quien la invoca acreditar su validez” • Efecto idéntico a la preparación de la Vía Ejecutiva • Debate Instrumento Privado Vs. No Firmado se soluciona consultando al supuesto firmante • Si fuera Firma Digital no haría falta preparar la vía • En nuestra experiencia menos del 5% opone excepciones • Foco sólo en contar con una demanda sólida que loexplique Solución Propuesta Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • Fintech sin acceso al Juicio Ejecutivo • Moni securitizó cartera sin firma ológrafa • Estudio de Posibilidades para Innovar • Contacto con Wenance • Análisis de Documentación • Contacto con Afluenta • Preparación de demanda Camino Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech • 30/12/2019 se presentaron 30 demandas en CABA • 04/02/2020 primera habilitación de preparación de vía ejecutiva • 09/03/2020 primer embargo de haberes decretado • 16/03/2020 feria judicial extraordinaria hasta el 03/08/2020 • 27/10/2020 primera sentencia de trance y remate • 24/11/2020 se iniciaron primeros juicios en Provincia de BA • 18/02/2021 primera transferencia judicial «El Caso Afluenta» Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Resultados Reales JUICIOS 30 PRIMERA PRUEBA 67% JUECES 15 ACEPTARON 10 RECHAZARON 5 Primera Prueba Exitosa Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Primera Prueba | Feb/20 – Sep/21 VIA PREPARADA 80% CONVENIOS CON JUICIO 20% SENTENCIAS 70% EMBARGOS 70% CHEQUES JUDICIALES 40% Datos relevantes Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Segunda Tanda (BA) | Nov/20 – Sep/21 VIA PREPARADA 54% JUECES QUE ACEPTARON VÍA EJECUTIVA 100% SENTENCIAS 27% EMBARGOS 47% CHEQUES JUDICIALES 0% Datos relevantes Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Tercera Tanda | Mar/21 – Sep/21 VIA PREPARADA 42% JUECES QUE ACEPTARON VÍA EJECUTIVA 100% SENTENCIAS 1% EMBARGOS 42% CHEQUES JUDICIALES 0% Datos relevantes Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Cuarta tanda | Jun/21 – Sep/21 VIA PREPARADA 26% JUECES QUE ACEPTARON VÍA EJECUTIVA 100% SENTENCIAS 0% EMBARGOS 26% CHEQUES JUDICIALES 0% Datos relevantes Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Situación Actual JUECES 44 ACEPTARON 39 RECHAZARON 5 TOTAL INICIOS 89% INICIOS NUEVOS 100% Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Situación Actual JUECES 22 ACEPTARON 17 RECHAZARON 5 JUECES CABA 78% CAPITAL FEDERAL Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Situación Actual JUECES 22 ACEPTARON 22 RECHAZARON 0 JUECES BUENOS AIRES 100% PROVINCIA DE BUENOS AIRES Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Situación Actual VIA PREPARADA 46% CONVENIOS GENERADOS POR JUICIO 20% SENTENCIAS 21% EMBARGOS 43% CHEQUE JUDICIAL 7% Datos relevantes Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 2. Qué cambió para las Fintech Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Cómo esperamos que evolucione en el futuro Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 3. Futuro • La legislación se adaptará a la desmaterialización según usos • Posibilidad de incorporar una tercera Firma para D.D. Modifique art. 288 CCCN Modifique Ley 25.506 Reglamento UE 910/2014 • Posibilidad de facilitar acceso remoto a la Firma Digital Modifique Ley 25.506 • Posibilidad de trato especial al Mutuo Firmado Electrónicamente Consulta al Firmante Futuro Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 3. Futuro Juicio Ejecutivo en Crédito Digital Qué hacer para poder acceder Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 4. Qué hacer para acceder • Contar con los documentos digitales que prueben la relación Contrato de Mutuo digital Proceso de validación de identidad Comprobante de transferencia de fondos Comunicaciones con el mutuario por e-mail Mapa de navegación en el sitio • Voluntad Qué se necesita Juicio Ejecutivo en Crédito Digital 4. Qué hacer para acceder Muchas gracias ZORYA | AV. LEANDRO N. ALEM 465 5° | BUENOS AIRES | TE: (54 11) 3986 6813 | zorya.ar Santiago Catani | scatani@zorya.com.ar
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