Logo Studenta

Presupuestos de la Responsabilidad

¡Este material tiene más páginas!

Vista previa del material en texto

Presupuestos de la 
responsabilidad. 
 
CAUSALIDAD
IMPUTABILIDAD
ANTIJURICIDAD
DAÑO
Antijuricidad
Se configura cuando un 
 hecho determinado, viola el ordenamiento
 jurídico, pero tomado este, en su conjunto. 
 Antijuridicidad: especies: 
formal y material, objetiva y 
subjetiva. 
•Formal: es la acción u omisión a una norma legal predeterminada. 
(ilegalidad) 
•Material: es la acción u omisión a una norma legal, el orden 
publico, las buenas costumbres y el peligro de daños a terceros. 
(es mas amplia)
•Objetiva: no importa ni las características ni voluntades de los 
sujetos 
•Subjetiva: si importa ni las características y voluntades de los 
sujetos 
Incumplimiento. Concepto
La antijuridicidad 
contractual
⚫ Incumplimiento es toda disconformidad entre la 
conducta obrada y la conducta debida. 
(WAYAR)
Incumplimiento absoluto y 
relativo
Incumplimiento 
inimputable
⚫ Sucede cuando el deudor demuestra que de su 
parte no hubo culpa, art. 1732.-
Hechos Ilícitos. Régimen Del 
Código Civil
 INVOLUNTARIOS CON FIN JURIDICO
 
 LICITOS
 HUMANOS SIN FIN JURIDICO
 
⚫ HECHOS VOLUNTARIOS
 NATURALES DELITOS
 ILICITOS
 CUASIDELITOS
Mora Del Deudor. 
Concepto
⚫ Es el retardo contrario a derecho en el 
cumplimiento de la obligación.
⚫ Claro esta que estamos hablando del retardo del 
deudor.
Requisitos
⚫ Retardo
⚫ Existencia de una obligación 
⚫ Exigibilidad
⚫ Constitución en mora (análisis del art. 887)
⚫ Imputabilidad 
Requisitos
⚫ Retardo
⚫ Constitución en mora (análisis del art. 887)
⚫ Imputabilidad (art. 888)
Régimen Del Código Civil: 
Análisis
⚫ Breve análisis del art. 887, la interpretación nos 
dice según el plazo:
⚫ Mora automática (salvo excepciones)
⚫ Inc. a, exige interpelación (salvo excepciones) 
⚫ Inc. b, determinara el juez 
Efectos De La Mora Del 
Deudor
1)Debe indemnizar al acreedor por el daño que le causo a raíz del 
retardo incurrido, si es obligaciones de dar sumas de dinero, 
corren los intereses
2)Se traslada en cabeza del deudor los riesgos del contrato, salvo 
que demuestre que la cosa que hubiera perecido igualmente en 
manos del acreedor art. 1733 inc. c
3)En el derecho laboral, la mora en el sueldo da derecho al 
trabajador a colocarse en situación de despido LEY 20.774
4)Es un hecho que hace presumir la cesación de pagos y puede 
motivar a la declaración de quiebra. LEY 24.552
Efectos De La Mora Del 
Deudor
5) No puede invocar la teoría de la imprevisión art. 1091 C.C.
6)Da derecho al acreedor a resolver el contrato art. 1088 inc. b 
7) Si se promueve demanda judicial carga con las costas
8) El acreedor puede ejercer la acciones del art. 730 C.C.
9) Suspende la prescripción art. 2541 C.C.
10)Impide que se constituya en mora el acreedor art. 1031 C.C.
11)Según el caso no puede arrepentirse de la seña art. 1059 C.C.
12) Queda habilitado para exigir la clausula penal. Art. 793 C.C.
Cesación De La Mora Del 
Deudor
⚫ Cumplimiento 
⚫ Imposibilidad de prestación
⚫ Renuncia de los efectos por parte del acreedor
⚫ Por perención de instancia si se promueve demanda 
judicial
Mora Del Acreedor: 
Concepto
Es el retardo contrario a derecho en el 
cumplimiento de la obligación pero por causas 
imputables al acreedor.
Fundamentos
⚫ Se refiere a ella el art. 886 2º parr.
⚫ Existe esta institución para no atribuir todos los 
efectos de la mora al deudor, por causas 
imputables al acreedor
Requisitos.-
⚫ El deudor debe hacer una oferta real de pago (de manera 
fehaciente) 
 -Salvo:
 -Que se estipulo de antemano 
 que el acreedor debe 
 realizar ciertos deberes de 
 conducta y no los realiza
 
 -El cumplimiento se hizo imposible 
 por culpa del acreedor
 
 -Si el acreedor manifiesta su voluntad de no 
 recibir la prestación
Efectos De La Mora Del 
Acreedor
⚫ El acreedor debe pagar los daños y perjuicios
⚫ Cesa el curso de los intereses (si es dar sumas 
de dinero)
⚫ El deudor queda liberado de los riesgos del 
contrato
⚫ Impide que se constituya en mora el deudor
Cesación De La Mora
⚫ Renuncia del deudor de reclamar los efectos de 
la mora.
⚫ El cumplimiento.
⚫ Imposibilidad de cumplimiento.
Antijuricidad 
extracontractual. violación 
del deber genérico de no 
dañar
⚫ Violación del deber genérico de no dañar.-
⚫ Por acción u omisión.-
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado:
⚫a) Estado de Necesidad: inc. c art 1718.-
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado:
⚫b) legítima defensa: inc. b art 1718
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado:
⚫d) Ejercicio de un derecho legitimo : inc. a art 
1718
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado:
⚫e) consentimiento de la víctima: art 1718
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado: 
art 1719
⚫c) Actos de abnegación : o altruismo, casos en los 
cuales alguien se expone voluntariamente a una 
situación de peligro para salvar la persona o los 
bienes de otro.-
(corresponde a la causalidad)
Antijuricidad 
extracontractual.
Como se dijo antes, cuando no esta justificado:
art 1719
Asunción de riesgos.-
(corresponde a la causalidad)

Continuar navegando