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17 Capítulo I ALIMENTOS Y COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS CONVIVIENTES 1. ALIMENTOS ENTRE CONVIVIENTES a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la convi- viente para que rija durante la convivencia(1) Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el asesoramiento letrado del Dr. C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profesión médico, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el asesoramiento letrado del Dr. V. X. Z., tomo Nº ..... folio Nº ....., acuerdan en celebrar el presente pacto sobre alimentos, para regir du- rante la convivencia de las partes. (1) Los arts. 513 a 517 del nuevo Código tratan sobre los pactos de convivencia que pueden celebrar, entre sí, los convivientes. Estos pactos pueden versar sobre alimentos, como se detalla en el presente modelo de escrito. La única posibilidad de gozar de ali- mentos durante la convivencia de esta unión es a través de estos pactos, ya que no existe deber legal de proporcionarse alimentos entre sus integrantes. En materia de alimentos durante la convivencia de estas uniones, si bien el nuevo Código no lo dice expresamente, los alimentos se podrán regular a través de los pactos de convivencia, pues la enumeración de la materia que podrán regular estos pactos en su art. 514 no es taxativa (ya que dice “entre otras cuestiones”). 18 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) a) Antecedentes: La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. se encuentran unidos de hecho des- de el 19/04/89 hasta el día de la fecha. El Sr. R. A. G., se desempeña desde el 01/01/85 y hasta el presente, como médico de la Clínica ................. y del Hospital ................., perci- biendo por ambos empleos bajo relación de dependencia, la suma neta de pesos veinte mil trescientos setenta y cinco ($20.375) mensuales (una vez practicados los descuentos de ley). La Sra. M. E. M., se desempeña como ama de casa, proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos y realizando las tareas del hogar (limpiar, cocinar, planchar, lavar ropa, etc.). 1- Alimentos. Dada la desigual situación económica de cada conviviente, en cuan- to a los ingresos que cada uno percibe y a la capacitación laboral que tiene, el Sr. R. A. G. se obliga por el presente convenio a proporcionar los alimentos necesarios a la Sra. M. E. M., con quien convive, a fin de que ésta tenga los medios para su subsistencia. Dicha obligación alimentaria se funda en lo que facultan los arts. 513 y 514 del Código Civil y Comercial Unificado(2) de la Nación y no vulnera lo establecido en el art. 515 de ese mismo Código(3). En virtud del art. 516 “in fine”(4), estos alimentos cesarán de pleno derecho si se produce la ruptura de esta unión convivencial. (2) El art. 513 del CCCN dice: “Las disposiciones de este Título son aplicables ex- cepto pacto en contrario de los convivientes. Este pacto debe ser hecho por escrito y no puede dejar sin efecto lo dispuesto en los artículos 519, 520, 521 y 522.” En tanto el art. 514, determina: “Los pactos de convivencia pueden regular, entre otras cuestiones: a) la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común; b) la atribución del hogar común, en caso de ruptura; c) la división de los bienes obtenidos por el esfuerzo común, en caso de ruptura de la convivencia.” (3) El art. 515 del CCCN, reza: “Los pactos de convivencia no pueden ser contrarios al orden público, ni al principio de igualdad de los convivientes, ni afectar los derechos fundamentales de cualquiera de los integrantes de la unión convivencial.” (4) Expresa el art. 516 “in fine” del CCCN: “...El cese de la convivencia extingue los pactos de pleno derecho hacia el futuro”. 19 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ............... de ......... ...................... .......................... Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. b) Reclamo de alimentos durante la convivencia(5) INICIA DEMANDA POR ALIMENTOS. ACREDITA MEDIACIÓN Señor Juez: M. E. M., DNI .................... con domicilio real en la calle Esteban Mi- tre 10586 y legal constituido en la Av. Corrientes 16700, piso 12, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por propio derecho (5) Entre los efectos legales que atribuye a la unión convivencial, encontramos el deber de asistencia durante la convivencia (art. 519 del CCCN). Una primera interpretación nos lleva a entender que la asistencia, a que hace refe- rencia este art. 519, describe sólo a la asistencia espiritual o moral, más no a la material (en la que estarían incluidos los alimentos). De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo de uniones, suponemos que se hubiera obrado como en la convivencia de la unión matrimonial: el art. 431 determina la asistencia no pecuniaria, pero el art. 432 preceptúa —con total claridad— el deber alimentario. Ello, es congruente con lo señalado para las uniones convivenciales en el art. 520 del CCCN ordena que “los convivientes tiene obligación de contribuir a los gastos domésti- cos de conformidad con lo dispuesto en el art. 455”. De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contribuir a su propio sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro. En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen alimentos en la unión convivencial. Por el contrario, el art. 719 del CCCN (que se encuentra dentro del bloque que re- gula la normativa procesal aplicable a las relaciones de familia), indicaría que existen alimentos legales establecidos para las uniones convivenciales. El art. 719 del nuevo Código, expresa: “En las acciones por alimentos o por pensiones compensatorias entre cónyuges o convivientes es competente el juez del último domi- cilio conyugal o convivencial, o el del domicilio del beneficiario, o el del demandado, o aquel donde deba ser cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor”. 20 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) y con el patrocinio letrado del Dr. Claudio A. Belluscio, T° 65 F° 925 C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, vengo a promover demanda por alimentos contra la persona con la cual convivo, el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profe- sión médico, con domicilio Esteban Mitre 10586, de la Ciudad Autóno- ma de Buenos Aires, a fin de cubrir mis necesidades. II. HECHOS Me encuentro conviviendo con el Sr. R. A. G. desde hace once años, habiendo conformado con aquel una unión convivencial. Cuando nos unimos mi conviviente me pidió que dejara de trabajar en la empresa ...................., a fin de atender las tareas del hogar. Por lo tanto, durante estos años de convivencia fue exclusivamente el Sr. R. A. G. quien se ocupó de proveer los recursos económicos para solventar los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia. Hace menos de un mes, el demandado me negó todo ayuda pecunia- ria para mis gastos personales. Dado el tiempo en que estuve ausente del mercado laboral, y la edad con la que cuento, se me hace sumamente dif ícil reinsertarme en aquel. Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para que se fijen alimentos en concepto de cuota ordinaria, a fin de cubrir mis necesidades. III. DERECHO Fundo mi petición en lo preceptuado en el art. 519 y 719 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(6), y en los arts. 638 y ss. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. lV. PRUEBA (6) El art. 519 del CCCN establece quelos convivientes se deben asistencia recípro- ca, pudiéndose interpretar que esa asistencia incluye lo espiritual o moral y, también, lo material. En este último caso, se estaría refiriendo a los alimentos. En tanto, el art. 719 del CCCN determina la competencia territorial del juez que debe entender en un reclamo de alimentos entre convivientes. Ergo, reconoce que entre convivientes pueden existir reclamos por alimentos. 21 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas —Documental. Acompaño testimonio del acta de mediación familiar (ley 26.589), por el cual se acredita no haber llegado a un acuerdo con el demandado respecto de los alimentos ordinarios solicitados. Acompaño original del acta de inscripción de la unión convivencial en el Registro Civil de CABA. También, de lo relativo a mis gastos personales para cubrir mis ne- cesidades, correspondientes al último mes. Por último, se acompaña copia simple de uno de sus últimos recibos de sueldo del demandado(7). —Testimonial. Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle .................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle ...................., vecinos del inmueble en el que habito, los cuales declararán acerca de mi situación de ama de casa durante la conviven- cia, y de que mi conviviente, el Sr. R. A. G., es quien aporta económica- mente, y de forma exclusiva, al hogar convivencial. —Informativa. Para el caso de desconocimiento de la documental presentada, rela- tiva a la actividad laboral del demandado, solicito se libren sendos ofi- cios a la Clínica ...................., a fin de que informe: si el demandado se desempeña laboralmente en tal establecimiento asistencial, su antigüe- dad, cargo que ocupa y a cuánto ascienden en la actualidad sus haberes mensuales por todo concepto. —Confesional. (7) En caso de ejercer el demandado en forma libre una profesión, ser comerciante o empresario, se podría acompañar copia de la declaración jurada de ganancias, corres- pondiente al último período fiscal. Esto es lo ideal, pero sabemos que en la práctica —muchas veces— la actora no pue- de presentar esta documental por no tener acceso a ella. En ese caso, se podría suplantar por medio de un oficio al empleador para que informe la suma mensual que percibe el demandado por todo concepto (una vez efectuados los descuentos de ley) o, en caso de que éste no trabaje bajo relación de dependencia, por medio de un oficio a la AFIP para que informe sobre la última declaración jurada de ganancias que ha sido presentada por el accionado. 22 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) Del demandado, a tenor del pliego de posiciones que acompaño en sobre cerrado para su apertura en la audiencia que fije V.S. con expresa reserva de su ampliación hasta el momento establecido en el art. 410 del CPCCN. VI. PETITORIO Por lo expuesto, a V.S. pido que: 1. Me tenga por presentada, por constituido el domicilio legal y por denunciado el real. 2. Haga lugar a la prueba testimonial y confesional ofrecida fijando las respectivas audiencias, y tenga presente la documental acompañada. 3. Para el caso en que el demandado desconozca la documental re- lativa a su labor como profesional de la salud en el establecimiento de salud mencionado, haga lugar a la informativa ofrecida. 4. Oportunamente, haga lugar a la demanda, fijando una cuota de alimentos ordinaria para cubrir mis necesidades. 5. En consecuencia, se condene al demandado al pago de aquella por la suma de pesos .................... ($ ...............), con costas a su cargo. 6. Se fije la cuota suplementaria, más los intereses correspondientes, desde la fecha del inicio de la mediación previa. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA Dr. Claudio A. Belluscio M. E. M. c) Rechazo de la demanda por alimentos CONTESTA DEMANDA POR ALIMENTOS(8) (8) Entre los efectos legales que atribuye a la unión convivencial, encontramos el deber de asistencia durante la convivencia (art. 519 del CCCN). Una primera interpretación nos lleva a entender que la asistencia, a que hace refe- rencia este art. 519, describe sólo a la asistencia espiritual o moral, pero no a la material (en la que estarían incluidos los alimentos). De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo de uniones, suponemos que se hubiera obrado en la convivencia como en la unión matrimonial: el 23 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas Señor Juez: G.E.M., DNI .................... con domicilio real en la calle R. Peñasco 586 y legal constituido en la Av. Corrientes 700, piso 1º, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. A.X.E. T° ..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12- 89898989-0, en los autos caratulados: “M., E. M. c/M., E. G. s/alimen- tos”, (Expte. Nº 101.784), a V.S., a V.S. manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, vengo a contestar la demanda promovida por la Sra. M. E. M., DNI ................., rechazando los alimentos que peticiona. II. HECHOS Si bien me encuentro conviviendo con la Sra. M. E. M. desde hace once años, niego toda y cada una de las circunstancias que me atribuye la actora en su demanda. Al respecto, niego: 1) Que la actora dejara de trabajar en la empresa .................... por mi imposición y a fin de atender las tareas del hogar. 2) Que durante estos años de convivencia yo haya sido quien, exclu- sivamente, se ocupó de proveer los recursos económicos para solventar los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia. art. 431 determina la asistencia no pecuniaria, pero el art. 432 preceptúa —con total claridad— el deber alimentario. Ello, es congruente con lo señalado para las uniones convivenciales en el art. 520 del CCCN ordena que “los convivientes tiene obligación de contribuir a los gastos domésti- cos de conformidad con lo dispuesto en el art. 455”. De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contribuir a su propio sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro. En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen alimentos en la unión convivencial. Por el contrario, el art. 719 del CCCN (que se encuentra dentro del bloque que re- gula la normativa procesal aplicable a las relaciones de familia), indicaría que existen alimentos legales establecidos para las uniones convivenciales. El art. 719 del nuevo Código, expresa: “En las acciones por alimentos o por pensiones compensatorias entre cónyuges o convivientes es competente el juez del último domi- cilio conyugal o convivencial, o el del domicilio del beneficiario, o el del demandado, o aquel donde deba ser cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor”. 24 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) 3) Que hace menos de un mes le negué a la actora toda ayuda pecu- niaria para sus gastos personales. Por otra parte, el reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Código Civil y Comercial Unificado de la Nación no esta- blece la obligación alimentaria entre convivientes. III. DERECHO El reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Có- digo Civil y Comercial Unificado de la Nación no establece la obligación alimentaria entre convivientes. En ese sentido el art. 519 del CCCN (en que funda la actora su recla- mo) sólo establece una asistencia espiritual o moral, pero no material (alimentos). De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo de uniones, se hubiera obrado en la convivencia como en la unión ma- trimonial: el art. 431 del CCCN determina la asistencia no pecuniaria, pero el art. 432 del CCCN preceptúa —con total claridad— el deber alimentario. Reafirma que no existe obligación alimentaria lo señalado para las uniones convivenciales en el art. 520 del CCCN ordena que los convi- vientes tienen obligación de contribuir a los gastos domésticosde con- formidad con lo dispuesto en el art. 455 del CCCN. De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contri- buir a su propio sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro. En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen ali- mentos en la unión convivencial. IV. PRUEBA —Testimonial. Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle .................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle ...................., los cuales declararán acerca de que la Sra. M.E.M. no se desempeña —en la actualidad— como ama de casa, sino que sale todos los días a trabajar a las 6:00 hs. V. PETITORIO Por lo expuesto, a V.S. pido que: 25 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas 1. Se me tenga por presentado, por constituido el domicilio legal y por denunciado el real. 2. Se tenga por contestada la demanda. 3. Por ofrecida la prueba testimonial. 4. Se fije audiencia para la testimonial solicitada. 5. Oportunamente desestime lo peticionado por la actora al carecer de fundamentos fácticos y legales su acción por alimentos. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA Dr. A.X.E. G. E. M. 2. COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE CONVIVIENTES a) Comentario previo Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la compensación económica para aquel conviviente que sufre un desequi- librio económico al momento de la ruptura de la unión convivencial. Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situa- ción económica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tie- ne derecho a una compensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser ma- yor a la duración de la unión convivencial. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez”. En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras: a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización de la unión; b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza y educación de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese; 26 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos; d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del conviviente que solicita la compensación económica; e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industria- les o profesionales del otro conviviente; f ) la atribución de la vivienda familiar. La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de haberse producido cualquiera de las causas de finaliza- ción de la convivencia enumeradas en el artículo 523”. su forma de pago en el nuevo Código La parte final del art. 524 del CCCN establece su forma de pago: “Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez” Como podemos apreciar, son varios los medios de pago de las compen- saciones económicas que el nuevo Código establece para los convivientes. Y, a falta de acuerdo entre los convivientes sobre el medio de pago de estas compensaciones económicas, será el juez quien decida al respecto. su caducidad en el nuevo Código La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta compensación económica, si han pasado seis meses “de haber- se producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523”. Desde ya, nos parece que ese plazo de caducidad resulta ser muy exi- guo, siendo el mismo que se establece para las uniones matrimoniales. El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que ha cesado la unión convivencial. Más allá de la brevedad del plazo precitado, lo grave es que se deter- mina la caducidad y no la prescripción. Si se hubiera determinado que, en ese plazo, lo que operaba es la prescripción lo que se hubiera producido al finalizar aquel hubiera sido la acción, pero el derecho a percibir las compensaciones económicas se hubiera mantenido. 27 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas Por lo cual, si uno de los convivientes abonaba al otro una compen- sación económica pese al vencimiento del plazo, tal pago es irrepetible porque el convivente que lo recibió tenía un derecho a tal percepción, aunque no tuviera una acción civil para su reclamo. Es que la prescripción fulmina la acción pero no el derecho. Por el contrario, al haberse determinado en el art. 525 del CCCN la caducidad para reclamar la compensación económica de uno de los convi- vientes hacia el otro, una vez pasados los seis meses del cese de dicha unión lo que se fulmina no es sólo la acción sino también el derecho a percibirla. En consecuencia, volviendo al ejemplo anterior, si luego de pasados seis meses de la ruptura de la unión uno de los convivientes le abona una compensación económica al otro, lo pagado en tal concepto es re- petible porque no existía ni tan siquiera un derecho moral o natural para percibir dicha compensación. Competencia territorial del juez que deberá de entender en las acciones por compensaciones económicas El art. 719 del CCCN determina que la competencia en acciones por compensaciones económicas (aunque en esta norma utiliza el tér- mino de “pensiones compensatorias”, al igual que se las denomina en la legislación extranjera a las compensaciones económicas de nuestro derecho) recaerá en el juez del último domicilio convivencial, o el del domicilio del beneficiario, o el del demandado, o aquel donde deba ser cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor. aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con anterioridad al nuevo Código Esta situación fue contemplada, recientemente, en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJ Tucumán, 14/10/15, Ru- binzal Online, RC J 7096/15) que expresó: “La compensación económica dispuesta en el art. 524, Código Civil y Comercial, rige para las uniones convivenciales que se extinguen des- pués de la entrada en vigencia del nuevo ordenamiento, aun cuando se hayan constituido con anterioridad, pero no si se extinguieron antes de la entrada en vigencia”. Compartimos tal posición. 28 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) b) Pacto por compensación económica (Modelo I) PACTO POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, con el asesoramiento letrado del Dr. C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profesión abogado, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado ante el juzgado civil competente. A tal efecto, las partes, se comprometen a presentar —en forma con- junta— este convenio ante los estrados judiciales de esta ciudad en un lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homolo- gado en ese ámbito. a) Antecedentes: La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. formaron una unión convivencial desde el 19/04/94 hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó esta unión. El Sr. R. A. G. se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, una vez practicados los descuentosde ley. La Sra. M. E. M. se desempeña como ama de casa, efectuando las tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos, rol que cumplió —asimismo— cuando la familia se encontraba unida. Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien contri- buía al sostenimiento de la familia y la Sra. M. E. M. se dedicaba a las tareas del hogar y al cuidado y crianza de los hijos. b) Cláusula: La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G., convienen que el presente convenio quede sujeto a la siguiente cláusula: El Sr. R. A. G. se obliga a abonar a la Sra. M. E. M. la suma de pesos ................. ($ .........) entre el 1 y el 5 de cada mes, y por un plazo de cinco 29 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas años, en carácter de compensación económica conforme lo faculta el art. 524 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(9). Dicha suma será depositada mensualmente, y por ese lapso, en la caja de ahorro nº ............... del Banco ............, Sucursal ................, de la cual es titular la Sra. M. E. M. Dicho importe que el Sr. R. A. G. pagará mensualmente, y por cinco años, a la Sra. M. E. M., será invariable e inmodificable en el lapso fijado para su cobro. Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ........ de ......... ...................... .......................... Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. c) Pacto por compensación económica (10) (Modelo II) PACTO POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, con el asesoramiento letrado del Dr. (9) Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación eco- nómica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una com- pensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pa- garse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez.”. (10) El nuevo Código prevé sólo la compensación económica para el caso de ruptura de la unión convivencial, mas no su fijación durante la convivencia de esta unión. Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pagarse con dine- ro, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez.”. 30 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profesión abogado, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado ante el juzgado civil competente. A tal efecto, las partes, se comprometen a presentar —en forma con- junta— este convenio ante los estrados judiciales de esta ciudad en un lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homolo- gado en ese ámbito. a) Antecedentes: La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. formaron una unión convivencial desde el 19/04/94 hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó esta unión. El Sr. R. A. G. se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, una vez practicados los descuentos de ley. La Sra. M. E. M. se desempeña como ama de casa, efectuando las tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos, rol que cumplió —asimismo— cuando la familia se encontraba unida. Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien contri- buía al sostenimiento de la familia y la Sra. M. E. M. se dedicaba a las tareas del hogar y al cuidado y crianza de los hijos. b) Cláusula: La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G., convienen que el presente convenio quede sujeto a las siguientes cláusulas: El Sr. R. A. G. se obliga se obliga a dejar a la Sra. M. E. M. la renta pecuniaria que produzca el inmueble sito en la calle ...................., piso ............ depto ........ de esta Ciudad, por el lapso de cinco años, en ca- rácter de compensación económica conforme lo faculta el art. 524 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(11). (11) Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación eco- nómica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una com- 31 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas La norma legal precitada, faculta a que la compensación económica pueda ser abonada de esta forma. Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ............... de ......... ...................... .......................... Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. d) Compensación económica fijada por el juez(12) DEMANDA POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA Señor Juez: pensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pa- garse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez.”. (12) Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la compensa- ción económica para aquel conviviente que sufre un desequilibrio económico al momen- to de la ruptura de la unión convivencial. Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica con causa ade- cuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez”. En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras: a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización de la unión; b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza y educación de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese; c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos; d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del conviviente que solicita la compensación económica; e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro conviviente; f ) la atribución de la vivienda familiar. 32 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) M. E. M., DNI ....................con domicilio real en la calle Esteban Mi- tre 10586 y legal constituido en la Av. Corrientes16700, piso 12, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por propio derecho y con el patrocinio letrado del Dr. Claudio A. Belluscio, T° 65 F° 925 C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, vengo a promover demanda por compensación eco- nómica contra el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profesión abogado, con domicilio Esteban Mitre 10586, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de que se fije la misma por el lapso de cinco años. II. HECHOS Con el Sr. R. A. G. formé una unión convivencial desde el 19/04/94 hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó esa unión. El Sr. R. A. G., se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, una vez practicados los descuentos de ley. En tanto, yo siempre me desempeñé como ama de casa, efectuan- do las tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos, rol que cumplí —asimismo— cuando la familia se encontraba unida. Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien con- tribuía al sostenimiento de la familia y yo me dedicaba a las tareas del hogar y al cuidado y crianza de los hijos. Dado el tiempo en que estuve ausente del mercado laboral, y la edad con la que cuento, se me hace sumamente dif ícil reinsertarme en aquel. Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para que se fije una compensación económica por el término de cinco años, lapso en que espero poder conseguir un trabajo con el atender mis ne- cesidades por mis propios medios. La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de ha- berse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el artículo 523”. 33 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas III. DERECHO Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 524 y 525 del Códi- go Civil y Comercial Unificado de la Nación(13). lV. PRUEBA —Documental. Acompaño comprobantes de lo relativo a mis gastos personales para cubrir mis necesidades. —Informativa. Solicito que se libre oficio al Estudio M. O. F., a fin de que infor- me: si el demandado se desempeña laboralmente en tal establecimiento asistencial, su antigüedad, cargo que ocupa y a cuánto ascienden en la actualidad sus haberes mensuales por todo concepto. (13) Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la compensa- ción económica para aquel conviviente que sufre un desequilibrio económico al momen- to de la ruptura de la unión convivencial. Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica con causa ade- cuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez”. En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras: a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización de la unión; b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza y educación de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese; c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos; d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del conviviente que solicita la compensación económica; e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales del otro conviviente; f ) la atribución de la vivienda familiar. La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de ha- berse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el artículo 523”. 34 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) —Confesional. Del demandado, a tenor del pliego de posiciones que acompaño en sobre cerrado para su apertura en la audiencia que fije V.S. con expresa reserva de su ampliación hasta el momento establecido en el art. 410 del CPCCN. V. PETITORIO Por lo expuesto, a V.S. pido que: 1. Me tenga por presentada, por constituido el domicilio legal y por denunciado el real. 2. Haga lugar a la prueba confesional ofrecida fijando la respectiva audiencia, y tenga presente la documental acompañada. 3. Haga lugar a la informativa ofrecida. 4. Oportunamente, haga lugar a la demanda, fijando una compen- sación económica, por el plazo de cinco años, para cubrir mis necesi- dades. 5. En consecuencia, se condene al demandado al pago de aquella por la suma de pesos ..................... ($..........), con costas a su cargo. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA Dr. Claudio A. Belluscio M. E. M. e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensa- ción económica solicitada(14) CONTESTA DEMANDA POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA. INVOCA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD (14) La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta com- pensación económica, si han pasado seis meses “de haberse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523”. Desde ya, nos parece que ese plazo de caducidad resulta ser muy exiguo, siendo el mismo que se establece para las uniones matrimoniales. El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que ha cesado la unión convivencial. 35 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas Señor Juez: G.E.M., DNI .................... con domicilio real en la calle R. Peñasco 586 y legal constituido en la Av. Corrientes 700, piso 1º, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. A.X.E. T° ..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12- 89898989-0, en los autos caratulados: “M., E. M. c/M., E. G. s/compen- sación económica”, (Expte. Nº 101.784), a V.S., a V.S. manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, vengo a contestar la demanda promovida por la Sra. M. E. M., DNI ................., rechazando la compensación económica que peticiona. II. HECHOS Niego toda y cada una de las circunstancias que me atribuye la acto- ra en su demanda. Al respecto, niego: 1) Que la actora dejara de trabajar en la empresa .................... por mi imposición y a fin de atender las tareas del hogar. Más allá de la brevedad del plazo precitado, lo grave es que se determina la caduci- dad y no la prescripción. Si se hubiera determinado que, en ese plazo, lo que operaba es la prescripción lo que se hubiera producido al finalizar aquel hubiera sido la acción, pero el derecho a percibir las compensaciones económicas se hubiera mantenido. Por lo cual, si uno de los convivientes abonaba al otro una compensación económica pese al vencimiento del plazo, tal pago es irrepetible porque el convivente que lo recibió tenía un derecho a tal percepción, aunque no tuviera una acción civil para su reclamo. Es que la prescripción fulmina la acción pero no el derecho. Por el contrario, al haberse determinado en el art. 525 del CCCN la caducidad para reclamar la compensación económica de uno de los convivientes hacia el otro, una vez pasados los seis meses del cese de dicha unión lo que se fulmina no es sólo la acción sino también el derecho a percibirla. En consecuencia, volviendo al ejemplo anterior, si luego de pasados seis meses de la ruptura de la unión uno de los convivientes le abona una compensación económica al otro, lo pagado en tal concepto es repetible porque no existía ni tan siquiera un derecho moral o natural para percibir dicha compensación. 36 BELLUSCIO: PRÁCTICAUNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) 2) Que durante estos años de convivencia yo haya sido quien, exclu- sivamente, se ocupó de proveer los recursos económicos para solventar los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia. 3) Que hace menos de un mes que hayamos dejado de convivir. Por otra parte, el reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Código Civil y Comercial Unificado de la Nación establece que a los seis meses del cese de la unión convivencial caduca la posibili- dad de solicitar una compensación económica. III. DERECHO El reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Có- digo Civil y Comercial Unificado de la Nación establece que a los seis meses del cese de la unión convivencial caduca la posibilidad de solici- tar una compensación económica. En ese sentido, la parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta compensación económica, si han pasado seis me- ses de haberse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523. IV. OPONE EXCEPCIÓN PREVIA Opone como excepción previa la de caducidad del derecho invoca- do, a tenor del plazo transcurrido desde el cese de la unión convivencial, con fundamento en la parte final del art. 525 del CCCN. V. PRUEBA Testimonial. Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle .................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle ...................., los cuales declararán acerca de la unión convi- vencial con la Sra. M.E.M. cesó hace más de seis meses. VI. PETITORIO Por lo expuesto, a V.S. pido que: 1. Se me tenga por presentado, por constituido el domicilio legal y por denunciado el real. 2. Se tenga por contestada la demanda. 3. Por ofrecida la prueba testimonial. 4. Se fije audiencia para la testimonial solicitada. 37 Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas 5. Se tenga por interpuesta la excepción previa de caducidad. 6. Oportunamente desestime lo peticionado por la actora al carecer de fundamentos fácticos y legales su acción por compensación econó- mica. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA Dr. A.X.E. G. E. M. f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensa- ción económica(15) OPONE EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD Señor Juez: O. B. Y., DNI .................... con domicilio real en la calle Florianópolis 123.562 y legal constituido en la Av. Corrientes 167.002, piso 12, of. “R”, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el patrocinio letrado del Dr. V. X. Z., T° 10.602 F° 1 C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° .............., en los autos caratulados: “C., A. R. c/ O. B. Y. s/ compensación económica”, (Expte. Nº 141.799), a V.S., manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, en tiempo y forma, vengo a oponer la excepción de caducidad al progreso de la acción para que se me fije una compensa- ción económica para la Sra. A. R. C. II. DERECHO (15) La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta com- pensación económica, si han pasado seis meses “de haberse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523”. El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que ha cesado la unión convivencial. 38 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) Fundo mi petición por lo preceptuado en el art. 525 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación, que determina la caducidad de la compensación económica si han pasado seis meses de haberse produ- cido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enume- radas en el art. 523. III. PRUEBA —Documental. Se acompaña testimonio de la inscripción del cese de la unión con- vivencia, en fecha 08/12/15, en el Registro Civil y de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. —Informativa. Para el caso de que sea desconocida tal documental por la actora, se solicita que se libre oficio al Registro Civil y de las Personas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que informe si en fecha 08/12/15 se ha dado el cese de la unión convivencial que me unía a la actora. IV. PETITORIO Por lo expuesto, a V.S. pido que: 1. Se tenga por opuesta la excepción de caducidad, corriéndose el pertinente traslado a la actora. 2. Téngase presente la documental que se acompaña y, en caso de desconocimiento de la misma por parte de la actora, hágase lugar a la informativa ofrecida. 3. Haga lugar a la excepción planteada, rechazándose la acción por la compensación económica solicitada. Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA Dr. V. X. Z. O. B. Y. 39 Capítulo II ALIMENTOS CON RELACIÓN A LOS HIJOS MENORES DE EDAD COMUNES Y DE UNO SOLO DE LOS CONVIVIENTES 1. DEMANDA POR ALIMENTOS CONTRA EL PROGENITOR NO CONVIVIENTE CON LOS HIJOS INICIA DEMANDA POR ALIMENTOS. ACREDITA MEDIACIÓN Señor Juez A. R. C., DNI .................... con domicilio real en la calle Esteban Mitre 10586 y legal constituido en la Av. Corrientes 16700, piso 12, of. “R”, am- bos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación de mis hijos C. A. Y. y M. A. Y., con el patrocinio letrado del Dr. J. A. Pérez, T° ..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta: I. OBJETO En tal carácter, vengo a promover demanda por alimentos contra el padre de los menores precitados, Sr. O. B. Y., DNI ...................., de profesión oculista, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ depto ..... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de cubrir las necesidades de aquellos. II. HECHOS No convivo, desde hace un tiempo, con el padre de mis hijos, el Sr. O. B. Y. ya que con el demandado convinimos de común acuerdo adoptar tal decisión, debido a situaciones que diariamente se producían y que 40 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) hacían sumamente dif ícil el mantenimiento de nuestra unión conviven- cial. Decidimos con el demandado que, junto a mis hijos, yo siguiera ha- bitando el inmueble que fue sede de nuestro hogar conyugal, ya que no poseo los medios para proporcionarme otro, pues si bien actualmente trabajo en forma ocasional dando clases de inglés en forma particular y en el Colegio ................., durante la convivencia era mi compañero quien aportaba los medios pecuniarios con los cuales sustentar los gastos de toda la familia, pues yo me desempeñaba como ama de casa. Desde que el Sr. O. B. Y. dejó el hogar, no aportó suma alguna con la cual solventar las necesidades de nuestros hijos. Durante algunos meses, intenté solventar mis propios gastos y los de mis hijos con los ingresos provenientes de las clases de inglés que, des- de el cese de nuestra unión convivencial, comencé a impartir en forma particular y en el Colegio precitado, pero la situación se ha visto agra- vada con el transcurrir de los meses, dado la insuficiencia de aquellos ingresos para cubrir los gastos de los menores y amén de los propios. Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para que se fijen alimentos en concepto de cuota ordinaria para mis hijos, a fin de cubrir sus necesidades. III. DERECHO Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 658, 659 y 661 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(1), y en los arts. 368 y ss. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. (1) Este art. 658 determina que “ambos progenitores tienen la obligación y el derecho de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos”. Agrega que “la obligación de prestar ali- mentos se extiende hasta los 21 años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismos”. En tanto el art. 659 dice: “La obligación de alimentos comprendela satisfacción de las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, ha- bitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en es- pecie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades del alimentado”. Y el art. 661: “El progenitor que falte a la prestación de alimentos puede ser demandado por: a. el otro progenitor en representación del hijo...”. 41 Cap. II - alImentos Con relaCIón a los hIjos... lV. PRUEBA —Documental. Acompaño testimonio del acta de mediación familiar, por el cual se acredita no haber llegado a un acuerdo con el demandado respecto de los alimentos ordinarios solicitados. Acompaño original de las partidas de nacimiento de mis hijos, de donde surge el parentesco con el demandado. También, de lo relativo a los gastos efectuados para cubrir las nece- sidades de mis hijos en los rubros alimentación, vestimenta, educación, salud, esparcimiento y vivienda, correspondientes al último mes(2). Por último, se acompaña copia simple de uno de sus últimos recibos de sueldo del demandado y original del recibo de sueldo correspondien- te a las horas en que imparto clases en el Colegio .................. —Testimonial. Del Sr. ................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle .................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle ...................., vecinos del inmueble en el que habito, los cuales declararán acerca de mi situación de ama de casa durante la convivencia y de que mi compañero (y padre de mis hijos) era quien aportaba exclu- sivamente al hogar convivencial. Asimismo, declararán que de lunes a viernes me ausento de mi casa por poco tiempo para impartir clases de inglés a domicilio o en el Co- legio ...................., permaneciendo la mayor parte del tiempo en el hogar que habito junto a mis hijos, al tener que proporcionar la asistencia y los cuidados necesarios a aquellos. —Informativa. a) Para el caso de desconocimiento de la documental presentada, relativa a la actividad laboral del demandado, solicito se libren sendos oficios a la Clínica Oftalmológica .................... y al Hospital ...................., a fin de que informen: si el demandado se desempeña laboralmente en tales establecimientos asistenciales, su antigüedad, cargo que ocupa y a cuánto asciende actualmente su salario mensual. (2) Cabe aclarar que esta prueba documental, en este caso, no cumple la función de acreditar el estado de necesidad de los hijos menores, pues por su edad aquélla se pre- sume. La función de acompañar la constancia de los gastos mensuales de los menores es para que el juez pueda fijar con mayor certeza y fundamento el “quantum” de la cuota alimentaria. 43 ÍNDICE GENERAL Cómo instalar el CD-ROM .................................................................... 7 Funcionalidades básicas del CD-ROM ................................................ 9 Palabras preliminares .............................................................................. 15 Capítulo I ALIMENTOS Y COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS CONVIVIENTES 1. Alimentos entre convivientes ............................................................ 17 a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la convi- viente para que rija durante la convivencia ............................. 17 b) Reclamo de alimentos durante la convivencia ......................... 19 c) Rechazo de la demanda por alimentos ...................................... 22 2. Compensaciones económicas entre convivientes ......................... 25 a) Comentario previo ........................................................................ 25 Su forma de pago en el nuevo Código ...................................... 26 Su caducidad en el nuevo Código ............................................. 26 Competencia territorial del juez que deberá de entender en las acciones por compensaciones económicas ................. 27 Aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con ante- rioridad al nuevo Código ...................................................... 27 b) Pacto por compensación económica (Modelo I) .................... 28 c) Pacto por compensación económica (Modelo II) ................... 29 d) Compensación económica fijada por el juez ........................... 31 e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensación económica solicitada ................................................................... 34 f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensación económica ...................................................................................... 37 44 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) Capítulo II ALIMENTOS CON RELACIÓN A LOS HIJOS MENORES DE EDAD COMUNES Y DE UNO SOLO DE LOS CONVIVIENTES 1. Demanda por alimentos contra el progenitor no conviviente con los hijos ......................................................................................... 39 2. Aporte del progenitor conviviente ................................................... 43 a) Comentario previo ........................................................................ 43 b) Modelo ............................................................................................. 45 3. Hijo menor de edad que demanda por alimentos ......................... 47 a) Comentario previo ........................................................................ 47 b) Modelo ............................................................................................. 48 4. Alimentos correspondientes al hijo no reconocido ...................... 52 a) Comentario previo ........................................................................ 52 b) Modelo ............................................................................................. 55 5. Pago en especie ..................................................................................... 57 a) Comentario previo ........................................................................ 57 b) Solicitud de abonar la cuota en especie mediante la entrega de bienes ......................................................................................... 58 c) Solicitud de abonar la cuota en especie mediante el pago a terceros ........................................................................................... 62 6. Modificación de la cuota alimentaria .............................................. 67 a) Disminución de la cuota alimentaria ......................................... 67 b) Aumento de la cuota alimentaria ............................................... 70 c) Cese de la cuota alimentaria ........................................................ 72 d) Coparticipación de la cuota alimentaria ................................... 74 e) Cuota extraordinaria ..................................................................... 77 7. Convenio por alimentos ..................................................................... 81 a) Modelo I. Forma en que cada progenitor los abona. Rubros que comprende ............................................................................. 81 b) Modelo II. Contemplación de situaciones que se pueden plantear en el futuro con relación a estos alimentos ............. 83 c) Modelo III. Pago en especie mediante entrega de bienes ...... 89 d) Modelo IV. Pago directo a terceros ............................................ 91 e) Convenio por alimentos que posibilita el pago en especie de la progenitora conviviente con sus hijos menores ................. 97 45 ÍndICe general f ) Convenio por alimentos para los hijos menores de edad e- fectuado de común acuerdo por los integrantes de la unión convivencial (Modelo I) ..............................................................103 g) Convenio por alimentos para los hijos menores de edad, e- fectuado de común acuerdo por los integrantes de una u- nión convivencial (Modelo II) ................................................... 110 8. Reclamación conjunta al padre y a los abuelos .............................. 115 9. Alimentos provisorios ......................................................................... 121 a) Alimentos provisorios solicitados antes de interponer la de- manda principal ............................................................................ 121 b) Alimentos provisorios solicitados conjuntamente con la de- manda ............................................................................................. 123 c) Alimentos provisorios solicitados con posterioridad a la in- terposición de la demanda.......................................................... 125 10. Alimentos del progenitor af ín ......................................................... 127 a) Demanda de alimentos contra el progenitor af ín ................... 127 b) Desplazamiento del reclamo al progenitor af ín hacia otro pariente obligado por alimentos................................................ 130 Capítulo III PACTOS ENTRE LOS CONVIVIENTES 1. Comentario previo ............................................................................... 133 a) Posibilidad de efectuar estos pactos entre convivientes ........ 133 b) Formalidades de estos pactos ...................................................... 133 c) Contenido de los pactos convivenciales .................................... 134 d) Limitaciones a los pactos convivenciales.................................. 134 e) Modificación, rescisión y extinción de estos pactos ............... 135 f ) Momento a partir del cual producen efectos con relación a los terceros ..................................................................................... 136 2. Pacto sobre alimentos aplicable durante la convivencia .............. 136 3. Pacto sobre alimentos a favor de uno de los convivientes para que rija a partir del cese de la unión ............................................... 138 4. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- sada la unión convivencial (Modelo I) ........................................... 139 5. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- sada la unión convivencial (Modelo II) .......................................... 141 6. Pacto de convivencia ........................................................................... 144 46 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) 7. Solicita inscripción del pacto de convivencia ................................ 150 8. Pacto sobre compensaciones económicas posteriores a la rup- tura de la convivencia (Modelo I) ................................................... 151 9. Pacto sobre compensaciones económicas posteriores a la rup- tura de la convivencia (Modelo II) .................................................. 153 10. Pacto sobre atribución de la vivienda familiar para que rija al cese de la unión convivencial ........................................................... 155 11. Pacto sobre contribución al hogar familiar .................................. 156 12. Pacto integral efectuado entre los convivientes luego del cese de la unión ........................................................................................... 158 Capítulo IV LIQUIDACIÓN DE BIENES Y RELACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS CONVIVIENTES 1. Comentario previo ............................................................................... 165 a) Bienes adquiridos durante la convivencia................................. 165 Planteo del tema ........................................................................... 165 Posibilidad de que los convivientes puedan constituir una sociedad de hecho o una comunidad de bienes o inte- reses ........................................................................................... 166 Enriquecimiento sin causa ......................................................... 167 Interposición de personas .......................................................... 167 Otros medios reconocidos por el nuevo Código ................... 168 Competencia ................................................................................. 168 b) Régimen patrimonial de bienes entre los convivientes .......... 170 Inexistencia de un régimen patrimonial de bienes ................ 170 Administración de los bienes durante la convivencia. Su distribución una vez producido el cese de la unión con- vivencial .................................................................................... 171 c) Contribución a los gastos del hogar convivencial ................... 173 d) Responsabilidad patrimonial frente a terceros ........................ 173 2. Solicita autorización judicial supletoria para la venta de la vi- vienda familiar .................................................................................... 174 3. Fundamenta su oposición a la enajenación de la vivienda familiar . 178 4. Atribución del uso de la vivienda familiar ...................................... 181 5. Compensación económica para equilibrar la distribución de los bienes .............................................................................................. 184 47 ÍndICe general 6. Solicita división de condominio conformado entre los convi- vientes ................................................................................................... 187 7. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- sada la unión convivencial (Modelo I) ........................................... 190 8. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- sada la unión convivencial (Modelo II) .......................................... 192 9. Pacto sobre administración de los bienes aplicable durante la convivencia .......................................................................................... 194 10. Pacto sobre contribución al hogar familiar .................................. 196 Capítulo V EFECTOS NO PATRIMONIALES CON RELACIÓN A LOS HIJOS COMUNES Y DE CADA CONVIVIENTE 1. Responsabilidad parental ................................................................... 199 a) Comentario previo ........................................................................ 199 b) Progenitores que solicitan el ejercicio de la responsabilidad parental de los menores por parte de la abuela ...................... 204 c) Conviviente que solicita el ejercicio de la responsabilidad pa- rental en forma conjunta respecto del hijo del otro convi- viente, ante el fallecimiento del progenitor biológico ........... 207 d) Delegación del ejercicio de la responsabilidad parental en el progenitor af ín .......................................................................... 209 e) Suspensión de la responsabilidad parental ............................... 212 2. Régimen de comunicación ................................................................. 214 a) Aclaración previa ........................................................................... 214 b) Plan de parentalidad atinente al régimen de comunicación, suscripto entre ambos progenitores ......................................... 216 c) Solicita unilateralmente la homologación judicial del plan de parentalidad atinente al régimen de comunicación ......... 220 d) Progenitor no conviviente con sus hijos que solicita se fije un régimen de comunicación .................................................... 221 e) Progenitor no conviviente con sus hijos que solicita se fije un régimen de comunicación provisional ..................................... 225 f) Solicita autorización para trasladar la residencia del hijo me- nor de edad ....................................................................................227 g) Se opone al traslado solicitado .................................................... 229 48 BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN) h) Denuncia por impedimento de contacto del hijo menor de edad con el progenitor no conviviente ..................................... 232 i) Progenitor no conviviente que solicita la modificación del cuidado de los hijos, a raíz del impedimento de contacto con aquellos ................................................................................... 234 j) Progenitor no conviviente que solicita la modificación del ré- gimen de comunicación .............................................................. 237 k) Progenitor conviviente que solicita la modificación del ré- gimen de comunicación .............................................................. 239 l) Hijos menores que solicitan la modificación del régimen de comunicación ................................................................................ 241 m) Solicita la suspensión provisoria del régimen de comuni- cación .............................................................................................. 244 n) Hijos menores de edad que solicitan se fije un régimen de comunicación ................................................................................ 247 o) Delito de impedimento de contacto del progenitor no con- viviente con su hijo menor de edad .......................................... 252 1. Comentario previo ................................................................... 252 2. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el progenitor no conviviente (Modelo I) ................................ 254 3. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el progenitor no conviviente (Modelo II) .............................. 256 4. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el progenitor no conviviente (Modelo III) ............................. 258 p) Fijación de astreintes al progenitor conviviente con el hijo menor .............................................................................................. 261 q) Régimen de comunicación con el hijo de la conviviente ....... 262 3. Cuidado personal ................................................................................. 264 a) Comentario previo ........................................................................ 264 b) Convenio suscripto entre ambos progenitores, determinán- dose el cuidado personal unilateral del hijo a la madre ........ 265 c) Convenio suscripto entre ambos progenitores, por el cual se establece el cuidado personal compartido del hijo en la mo- dalidad alternada .......................................................................... 268 d) Convenio suscripto entre ambos progenitores, por el cual se establece el cuidado personal compartido del hijo en la mo- dalidad indistinta .......................................................................... 270 e) Madre que solicita el cuidado personal unilateral del hijo .... 273 49 ÍndICe general f ) Padre que solicita el cuidado personal unilateral del hijo ...... 275 g) Padre que solicita el cuidado personal unilateral de sus hijos a causa del impedimento de contacto ...................................... 278 h) Progenitores que solicitan el cuidado personal compartido del hijo ............................................................................................ 281 4. Filiación .................................................................................................. 283 a) Impugnación de paternidad extramatrimonial y solicitud de reconocimiento de paternidad extramatrimonial.................. 283 b) Reclamo de filiación habiendo existido unión convivencial de la madre con el demandado .................................................. 286 c) Reclamo de filiación. Petición de herencia ............................... 289 5. Adopción ............................................................................................... 292 a) Comentario previo ........................................................................ 292 b) Adopción de integración del hijo menor de edad del convi- viente ............................................................................................... 293 c) Adopción de integración del hijo mayor de edad del convi- viente ............................................................................................... 296 d) Guarda preadoptiva solicitada por los convivientes .............. 300 e) Adopción solicitada por los convivientes una vez cumplido el plazo de la guarda preadoptiva .............................................. 303 _GoBack Capítulo I ALIMENTOS Y COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS CONVIVIENTES 1. Alimentos entre convivientes a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la conviviente para que rija durante la convivencia b) Reclamo de alimentos durante la convivencia c) Rechazo de la demanda por alimentos 2. Compensaciones económicas entre convivientes a) Comentario previo Su forma de pago en el nuevo Código Su caducidad en el nuevo Código Competencia territorial del juez que deberá de entender en las acciones por compensaciones económicas Aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con anterioridad al nuevo Código b) Pacto por compensación económica (Modelo I) c) Pacto por compensación económica (Modelo II) d) Compensación económica fijada por el juez e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensación económica solicitada f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensación económica Capítulo II ALIMENTOS CON RELACIÓN A LOS HIJOS MENORES DE EDAD COMUNES Y DE UNO SOLO DE LOS CONVIVIENTES 1. Demanda por alimentos contra el progenitor no conviviente con los hijos
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