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08-Practica-Uniones-convivenciales

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Capítulo I 
ALIMENTOS Y COMPENSACIONES 
ECONÓMICAS ENTRE LOS 
CONVIVIENTES
1. ALIMENTOS ENTRE CONVIVIENTES
a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la convi-
viente para que rija durante la convivencia(1)
Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, 
con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de 
Buenos Aires, por derecho propio y con el asesoramiento letrado del 
Dr. C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., 
de profesión médico, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ 
depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio 
y con el asesoramiento letrado del Dr. V. X. Z., tomo Nº ..... folio Nº ....., 
acuerdan en celebrar el presente pacto sobre alimentos, para regir du-
rante la convivencia de las partes.
(1) Los arts. 513 a 517 del nuevo Código tratan sobre los pactos de convivencia que 
pueden celebrar, entre sí, los convivientes. Estos pactos pueden versar sobre alimentos, 
como se detalla en el presente modelo de escrito. La única posibilidad de gozar de ali-
mentos durante la convivencia de esta unión es a través de estos pactos, ya que no existe 
deber legal de proporcionarse alimentos entre sus integrantes.
En materia de alimentos durante la convivencia de estas uniones, si bien el nuevo 
Código no lo dice expresamente, los alimentos se podrán regular a través de los pactos 
de convivencia, pues la enumeración de la materia que podrán regular estos pactos en su 
art. 514 no es taxativa (ya que dice “entre otras cuestiones”).
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
a) Antecedentes:
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. se encuentran unidos de hecho des-
de el 19/04/89 hasta el día de la fecha. 
El Sr. R. A. G., se desempeña desde el 01/01/85 y hasta el presente, 
como médico de la Clínica ................. y del Hospital ................., perci-
biendo por ambos empleos bajo relación de dependencia, la suma neta 
de pesos veinte mil trescientos setenta y cinco ($20.375) mensuales 
(una vez practicados los descuentos de ley).
La Sra. M. E. M., se desempeña como ama de casa, proporcionando 
cuidados y asistencia a sus dos hijos y realizando las tareas del hogar 
(limpiar, cocinar, planchar, lavar ropa, etc.).
1- Alimentos.
Dada la desigual situación económica de cada conviviente, en cuan-
to a los ingresos que cada uno percibe y a la capacitación laboral que 
tiene, el Sr. R. A. G. se obliga por el presente convenio a proporcionar 
los alimentos necesarios a la Sra. M. E. M., con quien convive, a fin de 
que ésta tenga los medios para su subsistencia.
Dicha obligación alimentaria se funda en lo que facultan los arts. 
513 y 514 del Código Civil y Comercial Unificado(2) de la Nación y no 
vulnera lo establecido en el art. 515 de ese mismo Código(3).
En virtud del art. 516 “in fine”(4), estos alimentos cesarán de pleno 
derecho si se produce la ruptura de esta unión convivencial.
(2) El art. 513 del CCCN dice: “Las disposiciones de este Título son aplicables ex-
cepto pacto en contrario de los convivientes. Este pacto debe ser hecho por escrito y no 
puede dejar sin efecto lo dispuesto en los artículos 519, 520, 521 y 522.”
En tanto el art. 514, determina: “Los pactos de convivencia pueden regular, entre 
otras cuestiones: 
a) la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común;
b) la atribución del hogar común, en caso de ruptura;
c) la división de los bienes obtenidos por el esfuerzo común, en caso de ruptura de 
la convivencia.”
(3) El art. 515 del CCCN, reza: “Los pactos de convivencia no pueden ser contrarios 
al orden público, ni al principio de igualdad de los convivientes, ni afectar los derechos 
fundamentales de cualquiera de los integrantes de la unión convivencial.”
(4) Expresa el art. 516 “in fine” del CCCN: “...El cese de la convivencia extingue los 
pactos de pleno derecho hacia el futuro”.
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Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en 
la ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ............... 
de .........
 ...................... ..........................
 Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. 
b) Reclamo de alimentos durante la convivencia(5)
INICIA DEMANDA POR ALIMENTOS. ACREDITA MEDIACIÓN
Señor Juez:
M. E. M., DNI .................... con domicilio real en la calle Esteban Mi-
tre 10586 y legal constituido en la Av. Corrientes 16700, piso 12, of. “R”, 
ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por propio derecho 
(5) Entre los efectos legales que atribuye a la unión convivencial, encontramos el 
deber de asistencia durante la convivencia (art. 519 del CCCN).
Una primera interpretación nos lleva a entender que la asistencia, a que hace refe-
rencia este art. 519, describe sólo a la asistencia espiritual o moral, más no a la material 
(en la que estarían incluidos los alimentos).
De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo de uniones, 
suponemos que se hubiera obrado como en la convivencia de la unión matrimonial: el 
art. 431 determina la asistencia no pecuniaria, pero el art. 432 preceptúa —con total 
claridad— el deber alimentario. 
Ello, es congruente con lo señalado para las uniones convivenciales en el art. 520 del 
CCCN ordena que “los convivientes tiene obligación de contribuir a los gastos domésti-
cos de conformidad con lo dispuesto en el art. 455”.
De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contribuir a su propio 
sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro.
En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen alimentos en la unión 
convivencial.
Por el contrario, el art. 719 del CCCN (que se encuentra dentro del bloque que re-
gula la normativa procesal aplicable a las relaciones de familia), indicaría que existen 
alimentos legales establecidos para las uniones convivenciales.
El art. 719 del nuevo Código, expresa: “En las acciones por alimentos o por pensiones 
compensatorias entre cónyuges o convivientes es competente el juez del último domi-
cilio conyugal o convivencial, o el del domicilio del beneficiario, o el del demandado, o 
aquel donde deba ser cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor”.
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
y con el patrocinio letrado del Dr. Claudio A. Belluscio, T° 65 F° 925 
C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta: 
I. OBJETO
En tal carácter, vengo a promover demanda por alimentos contra la 
persona con la cual convivo, el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profe-
sión médico, con domicilio Esteban Mitre 10586, de la Ciudad Autóno-
ma de Buenos Aires, a fin de cubrir mis necesidades. 
II. HECHOS
Me encuentro conviviendo con el Sr. R. A. G. desde hace once años, 
habiendo conformado con aquel una unión convivencial.
Cuando nos unimos mi conviviente me pidió que dejara de trabajar 
en la empresa ...................., a fin de atender las tareas del hogar.
Por lo tanto, durante estos años de convivencia fue exclusivamente 
el Sr. R. A. G. quien se ocupó de proveer los recursos económicos para 
solventar los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia.
Hace menos de un mes, el demandado me negó todo ayuda pecunia-
ria para mis gastos personales.
Dado el tiempo en que estuve ausente del mercado laboral, y la edad 
con la que cuento, se me hace sumamente dif ícil reinsertarme en aquel.
Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para 
que se fijen alimentos en concepto de cuota ordinaria, a fin de cubrir 
mis necesidades.
III. DERECHO
Fundo mi petición en lo preceptuado en el art. 519 y 719 del Código 
Civil y Comercial Unificado de la Nación(6), y en los arts. 638 y ss. del 
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. 
lV. PRUEBA
(6) El art. 519 del CCCN establece quelos convivientes se deben asistencia recípro-
ca, pudiéndose interpretar que esa asistencia incluye lo espiritual o moral y, también, lo 
material. En este último caso, se estaría refiriendo a los alimentos.
En tanto, el art. 719 del CCCN determina la competencia territorial del juez que 
debe entender en un reclamo de alimentos entre convivientes. Ergo, reconoce que entre 
convivientes pueden existir reclamos por alimentos.
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Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
—Documental.
Acompaño testimonio del acta de mediación familiar (ley 26.589), 
por el cual se acredita no haber llegado a un acuerdo con el demandado 
respecto de los alimentos ordinarios solicitados.
Acompaño original del acta de inscripción de la unión convivencial 
en el Registro Civil de CABA.
También, de lo relativo a mis gastos personales para cubrir mis ne-
cesidades, correspondientes al último mes.
Por último, se acompaña copia simple de uno de sus últimos recibos 
de sueldo del demandado(7).
—Testimonial.
Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle 
.................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real 
en la calle ...................., vecinos del inmueble en el que habito, los cuales 
declararán acerca de mi situación de ama de casa durante la conviven-
cia, y de que mi conviviente, el Sr. R. A. G., es quien aporta económica-
mente, y de forma exclusiva, al hogar convivencial.
—Informativa.
Para el caso de desconocimiento de la documental presentada, rela-
tiva a la actividad laboral del demandado, solicito se libren sendos ofi-
cios a la Clínica ...................., a fin de que informe: si el demandado se 
desempeña laboralmente en tal establecimiento asistencial, su antigüe-
dad, cargo que ocupa y a cuánto ascienden en la actualidad sus haberes 
mensuales por todo concepto. 
—Confesional.
(7) En caso de ejercer el demandado en forma libre una profesión, ser comerciante 
o empresario, se podría acompañar copia de la declaración jurada de ganancias, corres-
pondiente al último período fiscal. 
Esto es lo ideal, pero sabemos que en la práctica —muchas veces— la actora no pue-
de presentar esta documental por no tener acceso a ella. En ese caso, se podría suplantar 
por medio de un oficio al empleador para que informe la suma mensual que percibe el 
demandado por todo concepto (una vez efectuados los descuentos de ley) o, en caso de 
que éste no trabaje bajo relación de dependencia, por medio de un oficio a la AFIP para 
que informe sobre la última declaración jurada de ganancias que ha sido presentada por 
el accionado. 
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
Del demandado, a tenor del pliego de posiciones que acompaño en 
sobre cerrado para su apertura en la audiencia que fije V.S. con expresa 
reserva de su ampliación hasta el momento establecido en el art. 410 
del CPCCN.
VI. PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Me tenga por presentada, por constituido el domicilio legal y por 
denunciado el real.
2. Haga lugar a la prueba testimonial y confesional ofrecida fijando 
las respectivas audiencias, y tenga presente la documental acompañada.
3. Para el caso en que el demandado desconozca la documental re-
lativa a su labor como profesional de la salud en el establecimiento de 
salud mencionado, haga lugar a la informativa ofrecida.
4. Oportunamente, haga lugar a la demanda, fijando una cuota de 
alimentos ordinaria para cubrir mis necesidades.
5. En consecuencia, se condene al demandado al pago de aquella por 
la suma de pesos .................... ($ ...............), con costas a su cargo.
6. Se fije la cuota suplementaria, más los intereses correspondientes, 
desde la fecha del inicio de la mediación previa.
Proveer de conformidad, 
SERÁ JUSTICIA
Dr. Claudio A. Belluscio M. E. M.
c) Rechazo de la demanda por alimentos
CONTESTA DEMANDA POR ALIMENTOS(8)
(8) Entre los efectos legales que atribuye a la unión convivencial, encontramos el 
deber de asistencia durante la convivencia (art. 519 del CCCN).
Una primera interpretación nos lleva a entender que la asistencia, a que hace refe-
rencia este art. 519, describe sólo a la asistencia espiritual o moral, pero no a la material 
(en la que estarían incluidos los alimentos).
De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo de uniones, 
suponemos que se hubiera obrado en la convivencia como en la unión matrimonial: el 
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Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
Señor Juez:
G.E.M., DNI .................... con domicilio real en la calle R. Peñasco 
586 y legal constituido en la Av. Corrientes 700, piso 1º, of. “R”, ambos 
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el 
patrocinio letrado del Dr. A.X.E. T° ..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-
89898989-0, en los autos caratulados: “M., E. M. c/M., E. G. s/alimen-
tos”, (Expte. Nº 101.784), a V.S., a V.S. manifiesta:
I. OBJETO
En tal carácter, vengo a contestar la demanda promovida por la Sra. 
M. E. M., DNI ................., rechazando los alimentos que peticiona. 
II. HECHOS
Si bien me encuentro conviviendo con la Sra. M. E. M. desde hace 
once años, niego toda y cada una de las circunstancias que me atribuye 
la actora en su demanda.
Al respecto, niego:
1) Que la actora dejara de trabajar en la empresa .................... por mi 
imposición y a fin de atender las tareas del hogar.
2) Que durante estos años de convivencia yo haya sido quien, exclu-
sivamente, se ocupó de proveer los recursos económicos para solventar 
los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia.
art. 431 determina la asistencia no pecuniaria, pero el art. 432 preceptúa —con total 
claridad— el deber alimentario. 
Ello, es congruente con lo señalado para las uniones convivenciales en el art. 520 del 
CCCN ordena que “los convivientes tiene obligación de contribuir a los gastos domésti-
cos de conformidad con lo dispuesto en el art. 455”.
De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contribuir a su propio 
sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro.
En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen alimentos en la unión 
convivencial.
Por el contrario, el art. 719 del CCCN (que se encuentra dentro del bloque que re-
gula la normativa procesal aplicable a las relaciones de familia), indicaría que existen 
alimentos legales establecidos para las uniones convivenciales.
El art. 719 del nuevo Código, expresa: “En las acciones por alimentos o por pensiones 
compensatorias entre cónyuges o convivientes es competente el juez del último domi-
cilio conyugal o convivencial, o el del domicilio del beneficiario, o el del demandado, o 
aquel donde deba ser cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor”.
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
3) Que hace menos de un mes le negué a la actora toda ayuda pecu-
niaria para sus gastos personales.
Por otra parte, el reclamo de la actora carece de sustento legal, ya 
que el nuevo Código Civil y Comercial Unificado de la Nación no esta-
blece la obligación alimentaria entre convivientes.
III. DERECHO
El reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Có-
digo Civil y Comercial Unificado de la Nación no establece la obligación 
alimentaria entre convivientes.
En ese sentido el art. 519 del CCCN (en que funda la actora su recla-
mo) sólo establece una asistencia espiritual o moral, pero no material 
(alimentos).
De quererse incluir los alimentos durante la convivencia de este tipo 
de uniones, se hubiera obrado en la convivencia como en la unión ma-
trimonial: el art. 431 del CCCN determina la asistencia no pecuniaria, 
pero el art. 432 del CCCN preceptúa —con total claridad— el deber 
alimentario.
Reafirma que no existe obligación alimentaria lo señalado para las 
uniones convivenciales en el art. 520 del CCCN ordena que los convi-
vientes tienen obligación de contribuir a los gastos domésticosde con-
formidad con lo dispuesto en el art. 455 del CCCN.
De dicha remisión se determina que cada conviviente debe contri-
buir a su propio sostenimiento, pero no al sostenimiento del otro.
En consecuencia, el art. 520 del CCCN reafirma que no existen ali-
mentos en la unión convivencial.
IV. PRUEBA
—Testimonial.
Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle 
.................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real 
en la calle ...................., los cuales declararán acerca de que la Sra. M.E.M. 
no se desempeña —en la actualidad— como ama de casa, sino que sale 
todos los días a trabajar a las 6:00 hs.
V. PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. pido que:
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Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
1. Se me tenga por presentado, por constituido el domicilio legal y 
por denunciado el real.
2. Se tenga por contestada la demanda.
3. Por ofrecida la prueba testimonial.
4. Se fije audiencia para la testimonial solicitada.
5. Oportunamente desestime lo peticionado por la actora al carecer 
de fundamentos fácticos y legales su acción por alimentos.
Proveer de conformidad, 
SERÁ JUSTICIA
Dr. A.X.E. G. E. M.
2. COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE 
CONVIVIENTES
a) Comentario previo
Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la 
compensación económica para aquel conviviente que sufre un desequi-
librio económico al momento de la ruptura de la unión convivencial.
Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un 
desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situa-
ción económica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tie-
ne derecho a una compensación. Ésta puede consistir en una prestación 
única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser ma-
yor a la duración de la unión convivencial.
Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes 
o de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida 
el juez”.
En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia 
y el monto de la compensación económica sobre la base de diversas 
circunstancias, entre otras:
a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a 
la finalización de la unión;
b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza 
y educación de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese;
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos;
d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del 
conviviente que solicita la compensación económica;
e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industria-
les o profesionales del otro conviviente;
f ) la atribución de la vivienda familiar.
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los 
seis meses de haberse producido cualquiera de las causas de finaliza-
ción de la convivencia enumeradas en el artículo 523”.
su forma de pago en el nuevo Código
La parte final del art. 524 del CCCN establece su forma de pago: 
“Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o 
de cualquier otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida 
el juez”
Como podemos apreciar, son varios los medios de pago de las compen-
saciones económicas que el nuevo Código establece para los convivientes.
Y, a falta de acuerdo entre los convivientes sobre el medio de pago de 
estas compensaciones económicas, será el juez quien decida al respecto.
su caducidad en el nuevo Código
La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad 
de esta compensación económica, si han pasado seis meses “de haber-
se producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia 
enumeradas en el art. 523”.
Desde ya, nos parece que ese plazo de caducidad resulta ser muy exi-
guo, siendo el mismo que se establece para las uniones matrimoniales.
El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que 
ha cesado la unión convivencial.
Más allá de la brevedad del plazo precitado, lo grave es que se deter-
mina la caducidad y no la prescripción.
Si se hubiera determinado que, en ese plazo, lo que operaba es la 
prescripción lo que se hubiera producido al finalizar aquel hubiera sido 
la acción, pero el derecho a percibir las compensaciones económicas se 
hubiera mantenido.
27
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
Por lo cual, si uno de los convivientes abonaba al otro una compen-
sación económica pese al vencimiento del plazo, tal pago es irrepetible 
porque el convivente que lo recibió tenía un derecho a tal percepción, 
aunque no tuviera una acción civil para su reclamo.
Es que la prescripción fulmina la acción pero no el derecho.
Por el contrario, al haberse determinado en el art. 525 del CCCN la 
caducidad para reclamar la compensación económica de uno de los convi-
vientes hacia el otro, una vez pasados los seis meses del cese de dicha unión 
lo que se fulmina no es sólo la acción sino también el derecho a percibirla.
En consecuencia, volviendo al ejemplo anterior, si luego de pasados 
seis meses de la ruptura de la unión uno de los convivientes le abona 
una compensación económica al otro, lo pagado en tal concepto es re-
petible porque no existía ni tan siquiera un derecho moral o natural 
para percibir dicha compensación.
Competencia territorial del juez que deberá de entender 
en las acciones por compensaciones económicas
El art. 719 del CCCN determina que la competencia en acciones 
por compensaciones económicas (aunque en esta norma utiliza el tér-
mino de “pensiones compensatorias”, al igual que se las denomina en 
la legislación extranjera a las compensaciones económicas de nuestro 
derecho) recaerá en el juez del último domicilio convivencial, o el del 
domicilio del beneficiario, o el del demandado, o aquel donde deba ser 
cumplida la obligación alimentaria, a elección del actor.
aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con 
anterioridad al nuevo Código
Esta situación fue contemplada, recientemente, en un fallo de la 
Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJ Tucumán, 14/10/15, Ru-
binzal Online, RC J 7096/15) que expresó:
“La compensación económica dispuesta en el art. 524, Código Civil 
y Comercial, rige para las uniones convivenciales que se extinguen des-
pués de la entrada en vigencia del nuevo ordenamiento, aun cuando se 
hayan constituido con anterioridad, pero no si se extinguieron antes de 
la entrada en vigencia”.
Compartimos tal posición.
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
b) Pacto por compensación económica (Modelo I)
PACTO POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA
Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, 
con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de 
Buenos Aires, por derecho propio, con el asesoramiento letrado del Dr. 
C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., de 
profesión abogado, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ 
depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, 
acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado ante 
el juzgado civil competente. 
A tal efecto, las partes, se comprometen a presentar —en forma con-
junta— este convenio ante los estrados judiciales de esta ciudad en un 
lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homolo-
gado en ese ámbito.
a) Antecedentes: 
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. formaron una unión convivencial 
desde el 19/04/94 hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó 
esta unión. 
El Sr. R. A. G. se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, 
como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la 
suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, 
una vez practicados los descuentosde ley.
La Sra. M. E. M. se desempeña como ama de casa, efectuando las 
tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos, 
rol que cumplió —asimismo— cuando la familia se encontraba unida.
Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien contri-
buía al sostenimiento de la familia y la Sra. M. E. M. se dedicaba a las 
tareas del hogar y al cuidado y crianza de los hijos. 
b) Cláusula:
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G., convienen que el presente convenio 
quede sujeto a la siguiente cláusula:
El Sr. R. A. G. se obliga a abonar a la Sra. M. E. M. la suma de pesos 
................. ($ .........) entre el 1 y el 5 de cada mes, y por un plazo de cinco 
29
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
años, en carácter de compensación económica conforme lo faculta el 
art. 524 del Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(9).
Dicha suma será depositada mensualmente, y por ese lapso, en la 
caja de ahorro nº ............... del Banco ............, Sucursal ................, de la 
cual es titular la Sra. M. E. M.
Dicho importe que el Sr. R. A. G. pagará mensualmente, y por cinco 
años, a la Sra. M. E. M., será invariable e inmodificable en el lapso fijado 
para su cobro.
Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto 
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ........ 
de .........
 ...................... ..........................
 Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. 
c) Pacto por compensación económica (10) (Modelo II)
PACTO POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA
Entre la Sra. M. E. M., DNI ...................., de profesión ama de casa, 
con domicilio real en la calle .................... de la Ciudad Autónoma de 
Buenos Aires, por derecho propio, con el asesoramiento letrado del Dr. 
(9) Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que 
sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación eco-
nómica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una com-
pensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo 
determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pa-
garse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que 
acuerden las partes o en su defecto decida el juez.”.
(10) El nuevo Código prevé sólo la compensación económica para el caso de ruptura 
de la unión convivencial, mas no su fijación durante la convivencia de esta unión.
Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre 
un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica 
con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. 
Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado 
que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pagarse con dine-
ro, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que acuerden las 
partes o en su defecto decida el juez.”.
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BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
C. A. B., tomo Nº ..... folio Nº ....., y el Sr. R. A. G., DNI ...................., de 
profesión abogado, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ 
depto ....., de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio, 
acuerdan en celebrar el presente convenio a fin de ser presentado ante 
el juzgado civil competente. 
A tal efecto, las partes, se comprometen a presentar —en forma con-
junta— este convenio ante los estrados judiciales de esta ciudad en un 
lapso no mayor a un mes (a partir de la fecha), a fin de que sea homolo-
gado en ese ámbito.
a) Antecedentes: 
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G. formaron una unión convivencial 
desde el 19/04/94 hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó 
esta unión. 
El Sr. R. A. G. se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, 
como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la 
suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, 
una vez practicados los descuentos de ley.
La Sra. M. E. M. se desempeña como ama de casa, efectuando las 
tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus dos hijos, 
rol que cumplió —asimismo— cuando la familia se encontraba unida.
Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien contri-
buía al sostenimiento de la familia y la Sra. M. E. M. se dedicaba a las 
tareas del hogar y al cuidado y crianza de los hijos. 
b) Cláusula:
La Sra. M. E. M. y el Sr. R. A. G., convienen que el presente convenio 
quede sujeto a las siguientes cláusulas:
El Sr. R. A. G. se obliga se obliga a dejar a la Sra. M. E. M. la renta 
pecuniaria que produzca el inmueble sito en la calle ...................., piso 
............ depto ........ de esta Ciudad, por el lapso de cinco años, en ca-
rácter de compensación económica conforme lo faculta el art. 524 del 
Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(11).
(11) Al respecto, el art. 524, determina: “Cesada la convivencia, el conviviente que 
sufre un desequilibrio manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación eco-
nómica con causa adecuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una com-
31
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
La norma legal precitada, faculta a que la compensación económica 
pueda ser abonada de esta forma.
Se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en 
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los ...... días del mes de ............... 
de .........
 ...................... ..........................
 Sr. R. A. G. Sra. M. E. M. 
d) Compensación económica fijada por el juez(12)
DEMANDA POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA
Señor Juez:
pensación. Ésta puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo 
determinado que no puede ser mayor a la duración de la unión convivencial. Puede pa-
garse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier otro modo que 
acuerden las partes o en su defecto decida el juez.”.
(12) Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la compensa-
ción económica para aquel conviviente que sufre un desequilibrio económico al momen-
to de la ruptura de la unión convivencial.
Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio 
manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica con causa ade-
cuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Ésta puede 
consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no 
puede ser mayor a la duración de la unión convivencial.
Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier 
otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez”.
En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia y el monto de la 
compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras:
a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización 
de la unión;
b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza y educación 
de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese;
c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos;
d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del conviviente que 
solicita la compensación económica;
e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales 
del otro conviviente;
f ) la atribución de la vivienda familiar.
32
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
M. E. M., DNI ....................con domicilio real en la calle Esteban Mi-
tre 10586 y legal constituido en la Av. Corrientes16700, piso 12, of. “R”, 
ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por propio derecho 
y con el patrocinio letrado del Dr. Claudio A. Belluscio, T° 65 F° 925 
C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta: 
I. OBJETO
En tal carácter, vengo a promover demanda por compensación eco-
nómica contra el Sr. R. A. G., DNI ...................., de profesión abogado, 
con domicilio Esteban Mitre 10586, de la Ciudad Autónoma de Buenos 
Aires, a fin de que se fije la misma por el lapso de cinco años. 
II. HECHOS
Con el Sr. R. A. G. formé una unión convivencial desde el 19/04/94 
hasta el día 04/12/15, fecha a partir de la cual cesó esa unión. 
El Sr. R. A. G., se desempeña desde el 01/01/88 y hasta el presente, 
como abogado senior del Estudio M. O. F., percibiendo por tal tarea la 
suma neta de pesos veintitrés mil setenta y cinco ($23.075) mensuales, 
una vez practicados los descuentos de ley.
En tanto, yo siempre me desempeñé como ama de casa, efectuan-
do las tareas del hogar y proporcionando cuidados y asistencia a sus 
dos hijos, rol que cumplí —asimismo— cuando la familia se encontraba 
unida.
Por lo tanto, durante la convivencia era el Sr. R. A. G. quien con-
tribuía al sostenimiento de la familia y yo me dedicaba a las tareas del 
hogar y al cuidado y crianza de los hijos. 
Dado el tiempo en que estuve ausente del mercado laboral, y la edad 
con la que cuento, se me hace sumamente dif ícil reinsertarme en aquel.
Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para 
que se fije una compensación económica por el término de cinco años, 
lapso en que espero poder conseguir un trabajo con el atender mis ne-
cesidades por mis propios medios.
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de ha-
berse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas 
en el artículo 523”.
33
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
III. DERECHO
Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 524 y 525 del Códi-
go Civil y Comercial Unificado de la Nación(13).
lV. PRUEBA
—Documental.
Acompaño comprobantes de lo relativo a mis gastos personales para 
cubrir mis necesidades.
—Informativa.
Solicito que se libre oficio al Estudio M. O. F., a fin de que infor-
me: si el demandado se desempeña laboralmente en tal establecimiento 
asistencial, su antigüedad, cargo que ocupa y a cuánto ascienden en la 
actualidad sus haberes mensuales por todo concepto. 
(13) Cesada la convivencia de esta unión, el art. 524 faculta a aplicar la compensa-
ción económica para aquel conviviente que sufre un desequilibrio económico al momen-
to de la ruptura de la unión convivencial.
Dice el art. 524: “Cesada la convivencia, el conviviente que sufre un desequilibrio 
manifiesto que signifique un empeoramiento de su situación económica con causa ade-
cuada en la convivencia y su ruptura, tiene derecho a una compensación. Ésta puede 
consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no 
puede ser mayor a la duración de la unión convivencial.
Puede pagarse con dinero, con el usufructo de determinados bienes o de cualquier 
otro modo que acuerden las partes o en su defecto decida el juez”.
En tanto, el art. 525, determina: “El juez determina la procedencia y el monto de la 
compensación económica sobre la base de diversas circunstancias, entre otras:
a) el estado patrimonial de cada uno de los convivientes al inicio y a la finalización 
de la unión;
b) la dedicación que cada conviviente brindó a la familia y a la crianza y educación 
de los hijos y la que debe prestar con posterioridad al cese;
c) la edad y el estado de salud de los convivientes y de los hijos;
d) la capacitación laboral y la posibilidad de acceder a un empleo del conviviente que 
solicita la compensación económica;
e) la colaboración prestada a las actividades mercantiles, industriales o profesionales 
del otro conviviente;
f ) la atribución de la vivienda familiar.
La acción para reclamar la compensación económica caduca a los seis meses de ha-
berse producido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enumeradas 
en el artículo 523”.
34
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
—Confesional.
Del demandado, a tenor del pliego de posiciones que acompaño en 
sobre cerrado para su apertura en la audiencia que fije V.S. con expresa 
reserva de su ampliación hasta el momento establecido en el art. 410 
del CPCCN.
V. PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Me tenga por presentada, por constituido el domicilio legal y por 
denunciado el real.
2. Haga lugar a la prueba confesional ofrecida fijando la respectiva 
audiencia, y tenga presente la documental acompañada.
3. Haga lugar a la informativa ofrecida.
4. Oportunamente, haga lugar a la demanda, fijando una compen-
sación económica, por el plazo de cinco años, para cubrir mis necesi-
dades.
5. En consecuencia, se condene al demandado al pago de aquella por 
la suma de pesos ..................... ($..........), con costas a su cargo.
Proveer de conformidad, 
SERÁ JUSTICIA
Dr. Claudio A. Belluscio M. E. M.
e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensa-
ción económica solicitada(14)
CONTESTA DEMANDA POR COMPENSACIÓN ECONÓMICA. 
INVOCA EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD
(14) La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta com-
pensación económica, si han pasado seis meses “de haberse producido cualquiera de las 
causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523”.
Desde ya, nos parece que ese plazo de caducidad resulta ser muy exiguo, siendo el 
mismo que se establece para las uniones matrimoniales.
El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que ha cesado la unión 
convivencial.
35
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
Señor Juez:
G.E.M., DNI .................... con domicilio real en la calle R. Peñasco 
586 y legal constituido en la Av. Corrientes 700, piso 1º, of. “R”, ambos 
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio y con el 
patrocinio letrado del Dr. A.X.E. T° ..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-
89898989-0, en los autos caratulados: “M., E. M. c/M., E. G. s/compen-
sación económica”, (Expte. Nº 101.784), a V.S., a V.S. manifiesta:
I. OBJETO
En tal carácter, vengo a contestar la demanda promovida por la Sra. 
M. E. M., DNI ................., rechazando la compensación económica que 
peticiona.
II. HECHOS
Niego toda y cada una de las circunstancias que me atribuye la acto-
ra en su demanda.
Al respecto, niego:
1) Que la actora dejara de trabajar en la empresa .................... por mi 
imposición y a fin de atender las tareas del hogar.
Más allá de la brevedad del plazo precitado, lo grave es que se determina la caduci-
dad y no la prescripción.
Si se hubiera determinado que, en ese plazo, lo que operaba es la prescripción lo que 
se hubiera producido al finalizar aquel hubiera sido la acción, pero el derecho a percibir 
las compensaciones económicas se hubiera mantenido.
Por lo cual, si uno de los convivientes abonaba al otro una compensación económica 
pese al vencimiento del plazo, tal pago es irrepetible porque el convivente que lo recibió 
tenía un derecho a tal percepción, aunque no tuviera una acción civil para su reclamo.
Es que la prescripción fulmina la acción pero no el derecho.
Por el contrario, al haberse determinado en el art. 525 del CCCN la caducidad para 
reclamar la compensación económica de uno de los convivientes hacia el otro, una vez 
pasados los seis meses del cese de dicha unión lo que se fulmina no es sólo la acción sino 
también el derecho a percibirla.
En consecuencia, volviendo al ejemplo anterior, si luego de pasados seis meses de la 
ruptura de la unión uno de los convivientes le abona una compensación económica al 
otro, lo pagado en tal concepto es repetible porque no existía ni tan siquiera un derecho 
moral o natural para percibir dicha compensación.
36
BELLUSCIO: PRÁCTICAUNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
2) Que durante estos años de convivencia yo haya sido quien, exclu-
sivamente, se ocupó de proveer los recursos económicos para solventar 
los gastos del hogar y los que irrogaba nuestra convivencia.
3) Que hace menos de un mes que hayamos dejado de convivir.
Por otra parte, el reclamo de la actora carece de sustento legal, ya 
que el nuevo Código Civil y Comercial Unificado de la Nación establece 
que a los seis meses del cese de la unión convivencial caduca la posibili-
dad de solicitar una compensación económica.
III. DERECHO
El reclamo de la actora carece de sustento legal, ya que el nuevo Có-
digo Civil y Comercial Unificado de la Nación establece que a los seis 
meses del cese de la unión convivencial caduca la posibilidad de solici-
tar una compensación económica.
En ese sentido, la parte final del art. 525 del nuevo Código determina 
la caducidad de esta compensación económica, si han pasado seis me-
ses de haberse producido cualquiera de las causas de finalización de la 
convivencia enumeradas en el art. 523.
IV. OPONE EXCEPCIÓN PREVIA
Opone como excepción previa la de caducidad del derecho invoca-
do, a tenor del plazo transcurrido desde el cese de la unión convivencial, 
con fundamento en la parte final del art. 525 del CCCN.
V. PRUEBA
Testimonial.
Del Sr. .................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle 
.................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real 
en la calle ...................., los cuales declararán acerca de la unión convi-
vencial con la Sra. M.E.M. cesó hace más de seis meses.
VI. PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Se me tenga por presentado, por constituido el domicilio legal y 
por denunciado el real.
2. Se tenga por contestada la demanda.
3. Por ofrecida la prueba testimonial.
4. Se fije audiencia para la testimonial solicitada.
37
Cap. I - alImentos y CompensaCIones eConomICas
5. Se tenga por interpuesta la excepción previa de caducidad.
6. Oportunamente desestime lo peticionado por la actora al carecer 
de fundamentos fácticos y legales su acción por compensación econó-
mica.
Proveer de conformidad, 
SERÁ JUSTICIA
Dr. A.X.E. G. E. M.
f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensa-
ción económica(15)
OPONE EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD
Señor Juez:
O. B. Y., DNI .................... con domicilio real en la calle Florianópolis 
123.562 y legal constituido en la Av. Corrientes 167.002, piso 12, of. “R”, 
ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por derecho propio 
y con el patrocinio letrado del Dr. V. X. Z., T° 10.602 F° 1 C.P.A.C.F., 
C.U.I.T. N° .............., en los autos caratulados: “C., A. R. c/ O. B. Y. s/ 
compensación económica”, (Expte. Nº 141.799), a V.S., manifiesta:
I. OBJETO
En tal carácter, en tiempo y forma, vengo a oponer la excepción de 
caducidad al progreso de la acción para que se me fije una compensa-
ción económica para la Sra. A. R. C.
II. DERECHO
(15) La parte final del art. 525 del nuevo Código determina la caducidad de esta com-
pensación económica, si han pasado seis meses “de haberse producido cualquiera de las 
causas de finalización de la convivencia enumeradas en el art. 523”.
El plazo de caducidad de seis meses rige desde el momento en que ha cesado la unión 
convivencial.
38
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
Fundo mi petición por lo preceptuado en el art. 525 del Código Civil 
y Comercial Unificado de la Nación, que determina la caducidad de la 
compensación económica si han pasado seis meses de haberse produ-
cido cualquiera de las causas de finalización de la convivencia enume-
radas en el art. 523.
III. PRUEBA
—Documental.
Se acompaña testimonio de la inscripción del cese de la unión con-
vivencia, en fecha 08/12/15, en el Registro Civil y de las Personas de la 
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
—Informativa.
Para el caso de que sea desconocida tal documental por la actora, se 
solicita que se libre oficio al Registro Civil y de las Personas de la Ciudad 
Autónoma de Buenos Aires para que informe si en fecha 08/12/15 se ha 
dado el cese de la unión convivencial que me unía a la actora.
IV. PETITORIO
Por lo expuesto, a V.S. pido que:
1. Se tenga por opuesta la excepción de caducidad, corriéndose el 
pertinente traslado a la actora.
2. Téngase presente la documental que se acompaña y, en caso de 
desconocimiento de la misma por parte de la actora, hágase lugar a la 
informativa ofrecida. 
3. Haga lugar a la excepción planteada, rechazándose la acción por 
la compensación económica solicitada.
Proveer de conformidad, 
SERÁ JUSTICIA
Dr. V. X. Z. O. B. Y.
39
Capítulo II 
ALIMENTOS CON RELACIÓN A 
LOS HIJOS MENORES DE EDAD 
COMUNES Y DE UNO SOLO DE LOS 
CONVIVIENTES
1. DEMANDA POR ALIMENTOS CONTRA EL PROGENITOR 
NO CONVIVIENTE CON LOS HIJOS
INICIA DEMANDA POR ALIMENTOS. ACREDITA MEDIACIÓN
Señor Juez
A. R. C., DNI .................... con domicilio real en la calle Esteban Mitre 
10586 y legal constituido en la Av. Corrientes 16700, piso 12, of. “R”, am-
bos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en representación de mis 
hijos C. A. Y. y M. A. Y., con el patrocinio letrado del Dr. J. A. Pérez, T° 
..... F° ..... C.P.A.C.F., C.U.I.T. N° 12-828336-0, a V.S. manifiesta:
I. OBJETO
En tal carácter, vengo a promover demanda por alimentos contra 
el padre de los menores precitados, Sr. O. B. Y., DNI ...................., de 
profesión oculista, con domicilio real en la calle ...................., piso ........ 
depto ..... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de cubrir las 
necesidades de aquellos. 
II. HECHOS
No convivo, desde hace un tiempo, con el padre de mis hijos, el Sr. O. 
B. Y. ya que con el demandado convinimos de común acuerdo adoptar 
tal decisión, debido a situaciones que diariamente se producían y que 
40
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
hacían sumamente dif ícil el mantenimiento de nuestra unión conviven-
cial.
Decidimos con el demandado que, junto a mis hijos, yo siguiera ha-
bitando el inmueble que fue sede de nuestro hogar conyugal, ya que no 
poseo los medios para proporcionarme otro, pues si bien actualmente 
trabajo en forma ocasional dando clases de inglés en forma particular y 
en el Colegio ................., durante la convivencia era mi compañero quien 
aportaba los medios pecuniarios con los cuales sustentar los gastos de 
toda la familia, pues yo me desempeñaba como ama de casa.
Desde que el Sr. O. B. Y. dejó el hogar, no aportó suma alguna con la 
cual solventar las necesidades de nuestros hijos.
Durante algunos meses, intenté solventar mis propios gastos y los de 
mis hijos con los ingresos provenientes de las clases de inglés que, des-
de el cese de nuestra unión convivencial, comencé a impartir en forma 
particular y en el Colegio precitado, pero la situación se ha visto agra-
vada con el transcurrir de los meses, dado la insuficiencia de aquellos 
ingresos para cubrir los gastos de los menores y amén de los propios.
Razón por la cual, me veo obligada a interponer esta demanda para 
que se fijen alimentos en concepto de cuota ordinaria para mis hijos, a 
fin de cubrir sus necesidades.
III. DERECHO
Fundo mi petición en lo preceptuado en los arts. 658, 659 y 661 del 
Código Civil y Comercial Unificado de la Nación(1), y en los arts. 368 y 
ss. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
(1) Este art. 658 determina que “ambos progenitores tienen la obligación y el derecho 
de criar a sus hijos, alimentarlos y educarlos conforme a su condición y fortuna, aunque 
el cuidado personal esté a cargo de uno de ellos”. Agrega que “la obligación de prestar ali-
mentos se extiende hasta los 21 años, excepto que el obligado acredite que el hijo mayor 
de edad cuenta con recursos suficientes para proveérselos por sí mismos”. 
En tanto el art. 659 dice: “La obligación de alimentos comprendela satisfacción de 
las necesidades de los hijos de manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, ha-
bitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una 
profesión u oficio. Los alimentos están constituidos por prestaciones monetarias o en es-
pecie y son proporcionales a las posibilidades económicas de los obligados y necesidades 
del alimentado”. Y el art. 661: “El progenitor que falte a la prestación de alimentos puede 
ser demandado por: a. el otro progenitor en representación del hijo...”.
41
Cap. II - alImentos Con relaCIón a los hIjos...
lV. PRUEBA
—Documental. 
Acompaño testimonio del acta de mediación familiar, por el cual se 
acredita no haber llegado a un acuerdo con el demandado respecto de 
los alimentos ordinarios solicitados.
Acompaño original de las partidas de nacimiento de mis hijos, de 
donde surge el parentesco con el demandado. 
También, de lo relativo a los gastos efectuados para cubrir las nece-
sidades de mis hijos en los rubros alimentación, vestimenta, educación, 
salud, esparcimiento y vivienda, correspondientes al último mes(2).
Por último, se acompaña copia simple de uno de sus últimos recibos 
de sueldo del demandado y original del recibo de sueldo correspondien-
te a las horas en que imparto clases en el Colegio ..................
—Testimonial.
Del Sr. ................... (DNI ....................) con domicilio real en la calle 
.................... y de la Sra. .................... (DNI ....................) con domicilio real 
en la calle ...................., vecinos del inmueble en el que habito, los cuales 
declararán acerca de mi situación de ama de casa durante la convivencia 
y de que mi compañero (y padre de mis hijos) era quien aportaba exclu-
sivamente al hogar convivencial.
Asimismo, declararán que de lunes a viernes me ausento de mi casa 
por poco tiempo para impartir clases de inglés a domicilio o en el Co-
legio ...................., permaneciendo la mayor parte del tiempo en el hogar 
que habito junto a mis hijos, al tener que proporcionar la asistencia y los 
cuidados necesarios a aquellos.
—Informativa.
a) Para el caso de desconocimiento de la documental presentada, 
relativa a la actividad laboral del demandado, solicito se libren sendos 
oficios a la Clínica Oftalmológica .................... y al Hospital ...................., 
a fin de que informen: si el demandado se desempeña laboralmente en 
tales establecimientos asistenciales, su antigüedad, cargo que ocupa y a 
cuánto asciende actualmente su salario mensual. 
(2) Cabe aclarar que esta prueba documental, en este caso, no cumple la función de 
acreditar el estado de necesidad de los hijos menores, pues por su edad aquélla se pre-
sume. La función de acompañar la constancia de los gastos mensuales de los menores 
es para que el juez pueda fijar con mayor certeza y fundamento el “quantum” de la cuota 
alimentaria.
43
ÍNDICE GENERAL
Cómo instalar el CD-ROM .................................................................... 7
Funcionalidades básicas del CD-ROM ................................................ 9
Palabras preliminares .............................................................................. 15
Capítulo I 
ALIMENTOS Y COMPENSACIONES 
ECONÓMICAS ENTRE LOS 
CONVIVIENTES
1. Alimentos entre convivientes ............................................................ 17
a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la convi- 
viente para que rija durante la convivencia ............................. 17
b) Reclamo de alimentos durante la convivencia ......................... 19
c) Rechazo de la demanda por alimentos ...................................... 22
2. Compensaciones económicas entre convivientes ......................... 25
a) Comentario previo ........................................................................ 25
Su forma de pago en el nuevo Código ...................................... 26
Su caducidad en el nuevo Código ............................................. 26
Competencia territorial del juez que deberá de entender en 
las acciones por compensaciones económicas ................. 27
Aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con ante- 
rioridad al nuevo Código ...................................................... 27
b) Pacto por compensación económica (Modelo I) .................... 28
c) Pacto por compensación económica (Modelo II) ................... 29
d) Compensación económica fijada por el juez ........................... 31
e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensación 
económica solicitada ................................................................... 34
f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensación 
económica ...................................................................................... 37
44
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
Capítulo II 
ALIMENTOS CON RELACIÓN A LOS HIJOS 
MENORES DE EDAD COMUNES Y DE UNO SOLO 
DE LOS CONVIVIENTES
1. Demanda por alimentos contra el progenitor no conviviente 
con los hijos ......................................................................................... 39
2. Aporte del progenitor conviviente ................................................... 43
a) Comentario previo ........................................................................ 43
b) Modelo ............................................................................................. 45
3. Hijo menor de edad que demanda por alimentos ......................... 47
a) Comentario previo ........................................................................ 47
b) Modelo ............................................................................................. 48
4. Alimentos correspondientes al hijo no reconocido ...................... 52
a) Comentario previo ........................................................................ 52
b) Modelo ............................................................................................. 55
5. Pago en especie ..................................................................................... 57
a) Comentario previo ........................................................................ 57
b) Solicitud de abonar la cuota en especie mediante la entrega 
de bienes ......................................................................................... 58
c) Solicitud de abonar la cuota en especie mediante el pago a 
terceros ........................................................................................... 62
6. Modificación de la cuota alimentaria .............................................. 67
a) Disminución de la cuota alimentaria ......................................... 67
b) Aumento de la cuota alimentaria ............................................... 70
c) Cese de la cuota alimentaria ........................................................ 72
d) Coparticipación de la cuota alimentaria ................................... 74
e) Cuota extraordinaria ..................................................................... 77
7. Convenio por alimentos ..................................................................... 81
a) Modelo I. Forma en que cada progenitor los abona. Rubros 
que comprende ............................................................................. 81
b) Modelo II. Contemplación de situaciones que se pueden 
plantear en el futuro con relación a estos alimentos ............. 83
c) Modelo III. Pago en especie mediante entrega de bienes ...... 89
d) Modelo IV. Pago directo a terceros ............................................ 91
e) Convenio por alimentos que posibilita el pago en especie de 
la progenitora conviviente con sus hijos menores ................. 97
45
ÍndICe general
f ) Convenio por alimentos para los hijos menores de edad e- 
fectuado de común acuerdo por los integrantes de la unión 
convivencial (Modelo I) ..............................................................103
g) Convenio por alimentos para los hijos menores de edad, e- 
fectuado de común acuerdo por los integrantes de una u- 
nión convivencial (Modelo II) ................................................... 110
8. Reclamación conjunta al padre y a los abuelos .............................. 115
9. Alimentos provisorios ......................................................................... 121
a) Alimentos provisorios solicitados antes de interponer la de- 
manda principal ............................................................................ 121
b) Alimentos provisorios solicitados conjuntamente con la de- 
manda ............................................................................................. 123
c) Alimentos provisorios solicitados con posterioridad a la in- 
terposición de la demanda.......................................................... 125
10. Alimentos del progenitor af ín ......................................................... 127
a) Demanda de alimentos contra el progenitor af ín ................... 127
b) Desplazamiento del reclamo al progenitor af ín hacia otro 
pariente obligado por alimentos................................................ 130
Capítulo III 
PACTOS ENTRE LOS CONVIVIENTES
1. Comentario previo ............................................................................... 133
a) Posibilidad de efectuar estos pactos entre convivientes ........ 133
b) Formalidades de estos pactos ...................................................... 133
c) Contenido de los pactos convivenciales .................................... 134
d) Limitaciones a los pactos convivenciales.................................. 134
e) Modificación, rescisión y extinción de estos pactos ............... 135
f ) Momento a partir del cual producen efectos con relación a 
los terceros ..................................................................................... 136
2. Pacto sobre alimentos aplicable durante la convivencia .............. 136
3. Pacto sobre alimentos a favor de uno de los convivientes para 
que rija a partir del cese de la unión ............................................... 138
4. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- 
sada la unión convivencial (Modelo I) ........................................... 139
5. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- 
sada la unión convivencial (Modelo II) .......................................... 141
6. Pacto de convivencia ........................................................................... 144
46
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
7. Solicita inscripción del pacto de convivencia ................................ 150
8. Pacto sobre compensaciones económicas posteriores a la rup- 
tura de la convivencia (Modelo I) ................................................... 151
9. Pacto sobre compensaciones económicas posteriores a la rup- 
tura de la convivencia (Modelo II) .................................................. 153
10. Pacto sobre atribución de la vivienda familiar para que rija al 
cese de la unión convivencial ........................................................... 155
11. Pacto sobre contribución al hogar familiar .................................. 156
12. Pacto integral efectuado entre los convivientes luego del cese 
de la unión ........................................................................................... 158
Capítulo IV 
LIQUIDACIÓN DE BIENES Y RELACIONES ECONÓMICAS 
ENTRE LOS CONVIVIENTES
1. Comentario previo ............................................................................... 165
a) Bienes adquiridos durante la convivencia................................. 165
Planteo del tema ........................................................................... 165
Posibilidad de que los convivientes puedan constituir una 
sociedad de hecho o una comunidad de bienes o inte- 
reses ........................................................................................... 166
Enriquecimiento sin causa ......................................................... 167
Interposición de personas .......................................................... 167
Otros medios reconocidos por el nuevo Código ................... 168
Competencia ................................................................................. 168
b) Régimen patrimonial de bienes entre los convivientes .......... 170
Inexistencia de un régimen patrimonial de bienes ................ 170
Administración de los bienes durante la convivencia. Su 
distribución una vez producido el cese de la unión con- 
vivencial .................................................................................... 171
c) Contribución a los gastos del hogar convivencial ................... 173
d) Responsabilidad patrimonial frente a terceros ........................ 173
2. Solicita autorización judicial supletoria para la venta de la vi- 
vienda familiar .................................................................................... 174
3. Fundamenta su oposición a la enajenación de la vivienda familiar . 178
4. Atribución del uso de la vivienda familiar ...................................... 181
5. Compensación económica para equilibrar la distribución de 
los bienes .............................................................................................. 184
47
ÍndICe general
6. Solicita división de condominio conformado entre los convi- 
vientes ................................................................................................... 187
7. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- 
sada la unión convivencial (Modelo I) ........................................... 190
8. Pacto sobre distribución de los bienes para que rija una vez ce- 
sada la unión convivencial (Modelo II) .......................................... 192
9. Pacto sobre administración de los bienes aplicable durante la 
convivencia .......................................................................................... 194
10. Pacto sobre contribución al hogar familiar .................................. 196
Capítulo V 
EFECTOS NO PATRIMONIALES CON RELACIÓN 
A LOS HIJOS COMUNES Y DE CADA CONVIVIENTE
1. Responsabilidad parental ................................................................... 199
a) Comentario previo ........................................................................ 199
b) Progenitores que solicitan el ejercicio de la responsabilidad 
parental de los menores por parte de la abuela ...................... 204
c) Conviviente que solicita el ejercicio de la responsabilidad pa- 
rental en forma conjunta respecto del hijo del otro convi- 
viente, ante el fallecimiento del progenitor biológico ........... 207
d) Delegación del ejercicio de la responsabilidad parental en 
el progenitor af ín .......................................................................... 209
e) Suspensión de la responsabilidad parental ............................... 212
2. Régimen de comunicación ................................................................. 214
a) Aclaración previa ........................................................................... 214
b) Plan de parentalidad atinente al régimen de comunicación, 
suscripto entre ambos progenitores ......................................... 216
c) Solicita unilateralmente la homologación judicial del plan 
de parentalidad atinente al régimen de comunicación ......... 220
d) Progenitor no conviviente con sus hijos que solicita se fije 
un régimen de comunicación .................................................... 221
e) Progenitor no conviviente con sus hijos que solicita se fije un 
régimen de comunicación provisional ..................................... 225
f) Solicita autorización para trasladar la residencia del hijo me- 
nor de edad ....................................................................................227
g) Se opone al traslado solicitado .................................................... 229
48
BELLUSCIO: PRÁCTICA UNIONES CONVIVENCIALES (CCCN)
h) Denuncia por impedimento de contacto del hijo menor de 
edad con el progenitor no conviviente ..................................... 232
i) Progenitor no conviviente que solicita la modificación del 
cuidado de los hijos, a raíz del impedimento de contacto 
con aquellos ................................................................................... 234
j) Progenitor no conviviente que solicita la modificación del ré- 
gimen de comunicación .............................................................. 237
k) Progenitor conviviente que solicita la modificación del ré- 
gimen de comunicación .............................................................. 239
l) Hijos menores que solicitan la modificación del régimen de 
comunicación ................................................................................ 241
m) Solicita la suspensión provisoria del régimen de comuni- 
cación .............................................................................................. 244
n) Hijos menores de edad que solicitan se fije un régimen de 
comunicación ................................................................................ 247
o) Delito de impedimento de contacto del progenitor no con- 
viviente con su hijo menor de edad .......................................... 252
1. Comentario previo ................................................................... 252
2. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el 
progenitor no conviviente (Modelo I) ................................ 254
3. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el 
progenitor no conviviente (Modelo II) .............................. 256
4. Impedimento de contacto del hijo menor de edad con el 
progenitor no conviviente (Modelo III) ............................. 258
p) Fijación de astreintes al progenitor conviviente con el hijo 
menor .............................................................................................. 261
q) Régimen de comunicación con el hijo de la conviviente ....... 262
3. Cuidado personal ................................................................................. 264
a) Comentario previo ........................................................................ 264
b) Convenio suscripto entre ambos progenitores, determinán- 
dose el cuidado personal unilateral del hijo a la madre ........ 265
c) Convenio suscripto entre ambos progenitores, por el cual se 
establece el cuidado personal compartido del hijo en la mo- 
dalidad alternada .......................................................................... 268
d) Convenio suscripto entre ambos progenitores, por el cual se 
establece el cuidado personal compartido del hijo en la mo- 
dalidad indistinta .......................................................................... 270
e) Madre que solicita el cuidado personal unilateral del hijo .... 273
49
ÍndICe general
f ) Padre que solicita el cuidado personal unilateral del hijo ...... 275
g) Padre que solicita el cuidado personal unilateral de sus hijos 
a causa del impedimento de contacto ...................................... 278
h) Progenitores que solicitan el cuidado personal compartido 
del hijo ............................................................................................ 281
4. Filiación .................................................................................................. 283
a) Impugnación de paternidad extramatrimonial y solicitud de 
reconocimiento de paternidad extramatrimonial.................. 283
b) Reclamo de filiación habiendo existido unión convivencial 
de la madre con el demandado .................................................. 286
c) Reclamo de filiación. Petición de herencia ............................... 289
5. Adopción ............................................................................................... 292
a) Comentario previo ........................................................................ 292
b) Adopción de integración del hijo menor de edad del convi- 
viente ............................................................................................... 293
c) Adopción de integración del hijo mayor de edad del convi- 
viente ............................................................................................... 296
d) Guarda preadoptiva solicitada por los convivientes .............. 300
e) Adopción solicitada por los convivientes una vez cumplido 
el plazo de la guarda preadoptiva .............................................. 303
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	Capítulo I
ALIMENTOS Y COMPENSACIONES ECONÓMICAS ENTRE LOS CONVIVIENTES
	1. Alimentos entre convivientes
	a) Pacto sobre alimentos del conviviente a favor de la conviviente para que rija durante la convivencia
	b) Reclamo de alimentos durante la convivencia
	c) Rechazo de la demanda por alimentos
	2. Compensaciones económicas entre convivientes
	a) Comentario previo
	Su forma de pago en el nuevo Código
	Su caducidad en el nuevo Código
	Competencia territorial del juez que deberá de entender en las acciones por compensaciones económicas
	Aplicación a las uniones convivenciales iniciadas con anterioridad al nuevo Código
	b) Pacto por compensación económica (Modelo I)
	c) Pacto por compensación económica (Modelo II)
	d) Compensación económica fijada por el juez
	e) Rechazo de la demanda por caducidad de la compensación económica solicitada
	f) Opone excepción de caducidad al reclamo de compensación económica
	Capítulo II
ALIMENTOS CON RELACIÓN A LOS HIJOS MENORES DE EDAD COMUNES Y DE UNO SOLO DE LOS CONVIVIENTES
	1. Demanda por alimentos contra el progenitor no conviviente con los hijos

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