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El impuesto sobre la renta de las personas físicas: un modelo de 
microsimulación para el análisis de sus reformas 
(Versión preliminar) 
 
 
 
 
 
 
Jordi Arcarons* 
Samuel Calonge** 
 
 
* Universidad de Barcelona 
** Universidad de Barcelona y CREB (Centro de investigación en Economía del Bienestar) 
Queremos expresar nuestro agradecimiento a la Dirección General de Tributos de Cataluña por la disponibilidad 
de la información utilizada en el presente trabajo. Correspondencia a: 
Samuel Calonge 
Baldiri i Reixac, 4-6 
CREB (Parc Científic de Barcelona) 
Barcelona 08028 
e-mail: .scalonge@pcb.ub.es 
 
 2 
1. INTRODUCCIÓN 
 
El objetivo de este trabajo consiste en la presentación y descripción de las características 
principales del modelo de microsimulación del impuesto sobre la renta de las personas físicas 
SIMCAT-IRPF1. Este modelo está construido en un “formato amable” (entorno MICROSOFT), 
versátil y de manejo sencillo, tanto para el usuario académico como para la propia administración 
tributaria. A diferencias de otros modelos de microsimulación que utilizan datos de encuestas, 
SIMCAT-IRPF utiliza la información tributaria relativa a los contribuyentes del impuesto a la hora de 
realizar sus estimaciones y proyecciones, a partir de una muestra estratificada por rendimiento y 
características demográficas de los declarantes del impuesto en Catalunya. Los objetivos y parámetros 
de la simulación hacen referencia a: la tarifa del impuesto (estatal y autonómica), modificación de los 
mínimos exentos, reducciones en la base imponible y liquidable, en los rendimientos del trabajo y 
deducciones del impuesto. El tipo de simulación que realiza es estática pero con posibilidad de 
proyección en el tiempo de las principales variables fiscales del modelo, es decir, el modelo permite el 
envejecimiento de la base de datos de referencia. En concreto se aplican coeficientes de proyección a 
la base imponible general y especial, así como a las reducciones que minoran la base liquidable y 
especial y, finalmente a las deducciones en la cuota. El modelo resulta, en nuestra opinión, una 
herramienta muy útil para el análisis de sus reformas impositivas. 
El impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es un tributo directo y personal que 
grava la renta de los individuos y constituye una figura impositiva clave dentro del conjunto de los 
ingresos fiscales. En el caso concreto de Catalunya, la recaudación del año 2000 de este impuesto 
ascendió a un montante de 8138,4 M d’€, de los cuales, 1326,5 M d’€ de euros (aproximadamente el 
15%) son ingresos de la Generalitat en concepto de impuesto cedido2. La Ley 40/1998 que regula el 
impuesto entre el periodo correspondiente al ejercicio fiscal del año 1999 y 2002 introdujo cambios 
notorios en el diseño del impuesto. Sin entrar en demasiados detalles, los cambios introducidos con la 
reforma se resumen en: aumento en el límite de la obligación de declarar, especialmente los 
rendimientos del trabajo. Su nivel de exención pasó de 7212 a 21035 euros. Disminución del número 
de tramos y de tipos impositivos, con un tipo mínimo en el 18% (antes del 20%) y el tipo marginal 
máximo del 48% (antes del 56%). Tratamiento sustancialmente diferente sobre los rendimientos del 
capital orientado a la reducción de su tributación efectiva. Se introduce un tipo único para las 
plusvalías que tienen un período de generación superior a dos años. Establecimiento del mínimo 
personal y las deducciones familiares sobre la base imponible. Desglose de la tarifa en una parte 
estatal y otra autonómica, y por último, la renta de los no residentes tienen otro tributo. La reforma 
más reciente del impuesto sobre la renta (impuesto del año 2003 en adelante) introduce modificaciones 
 
1 La metodología de este modelo de microsimulación, SIMCAT-IRPF es la misma que la utilizada para el modelo 
de microsimuación del impuesto sobre el Patrimonio, SIMCAT-IPPF. Ambos constituyen una unidad integrada de 
la microsimulación de la imposición directa en Cataluña. 
2 El nuevo acuerdo de financiación autonómico aumenta la importancia relativa de este impuesto, pues el 
montante global que corresponde por cesión a las CCAA alcanza, aproximadamente, un 33% de la recaudación. 
 
 3 
que se resumen en los siguientes puntos. Con respecto a la fiscalidad de la familia, se incrementan y 
extienden las deducciones sobre la base: personal, hijos y ascendientes, discapacitados, maternidad, 
prolongación vida laboral, movilidad geográfica, cuidado de hijos, ligadas a la edad, etc. Una amplia 
batería de medidas sobre la fiscalidad del ahorro que acentúan la dualidad y el tratamiento 
diferenciado entre trabajo y capital, la escala del impuesto esta formada por cinco tramos, con un tipo 
mínimo del 15% y un tipo marginal máximo del 45% para renta superior a 45 000 euros. 
Teniendo en cuenta todas estas consideraciones previas, el objetivo de este trabajo consiste en realizar, 
una valoración descriptiva del impuesto sobre la renta para el año 2000 en Catalunya. Para ello 
prestamos interés especial en el análisis distributivo de las principales variables fiscales: declarantes, 
base imponible del impuesto y sus componentes, así como el análisis de los beneficios y exenciones 
fiscales que permite la normativa (deducciones y reducciones de la base). Finalmente, se estudian las 
propiedades del impuesto en términos de concentración, progresividad y efectos redistributivo del 
impuesto. En segundo lugar, el objetivo de este trabajo reside en presentar el modelo de 
microsimulación enunciado anteriormente como herramienta orientada al usuario tanto académico 
como para la administración pública. Por útimo, a la hora de interpretar los resultados del apartado 
descriptivo, conviene tener presente la siguiente precisión metodológica. La información estadística a 
partir de la cual se ha elaborado la parte descriptiva del impuesto no proviene de datos individuales por 
contribuyente, sino información agregada por intervalos de ingresos (treinta y nueve tramos). En este 
sentido, no exploramos en el presente trabajo cuestiones importantes como la distribución de la carga 
impositiva en función de las características personales y familiares de los declarantes o por diferentes 
tipologías de contribuyentes, etc. Sin embargo, queremos aclarar que el modelo de microsimulación 
está construido a nivel de microdato, es decir, utilizando toda la información del declarante contenida 
en la muestra. Además, los resultados que de él se derivan también se calculan a partir de esta 
información individual, lo que permite un análisis detallado de los efectos redistributivos y de 
progresividad del impuesto. El análisis que potencialmente se realice con el microsimulador SIMCAT-
IRPF proporciona información valiosa relativa a las magnitudes y composición de las variables 
fiscales y del comportamiento del impuesto, orientando nuestras conclusiones sobre qué tipo de 
contribuyentes soportan, en mayor o menor medida, los cambios o reformas que se introduzcan en la 
legislación del impuesto. El documento se organiza de la siguiente forma: En el apartado 2 se describe 
las principales características del impuesto en términos de concentración de la base imponible y 
progresividad de la carga impositiva. En el apartado 3 se efectúa una descripción de la herramienta 
propiamente dicha. Para ilustrar su funcionamiento, simulamos la reforma del impuesto para el 
ejercicio fiscal 2003 y presentamos sus principales resultados. También se presenta un sencillo 
ejercicio de reforma que consiste en la disminución de un punto porcentual de los tipos impositivos 
correspondientes al tramo autonómico. 
 
 
 4 
2. DISTRIBUCIÓN DE LA BASE IMPONIBLE, CONCENTRACIÓN DEL IMPUESTO Y 
PROGRESIVIDAD DE LA CARGA IMPOSITIVA. 
 
En este apartadoestudiamos la distribución de la base imponible y la distribución del impuesto 
sobre la renta pagado por los contribuyentes. Hacemos especial hincapié en al análisis de la 
distribución impositiva, especialmente, en términos de la concentración que muestra según diferentes 
niveles de renta, sus características de progresividad y su efecto redistributivo sobre la distribución de 
la renta. Seguidamente, analizamos el comportamiento de la carga impositiva mediante la estimación 
del tipo efectivo del impuesto según diferentes tramos de base imponible. La estimación de la curva de 
tipos efectivos proporciona entonces una idea del esfuerzo fiscal que realizan los contribuyentes en 
función de sus ingresos. 
La variable que utilizamos ahora como indicador de renta es la base imponible total, que agrega 
la parte general y la parte especial de la base imponible del impuesto. La base general, recordemos, 
está formada básicamente por los rendimientos netos del contribuyente más las plusvalías o ganancias 
de capital realizadas en un tiempo inferior a 1 año, mientras que la base especial está formada por las 
plusvalías superiores a 1 año. 
Hay que mencionar también que la tarifa general del impuesto se aplica sobre la base liquidable, 
que se computa a partir de la base general, pero después de sustraer los beneficios fiscales que en 
forma de reducciones sobre la base (planes de pensiones, anualidades por alimentos, etc.) permite la 
normativa del impuesto. La tarifa de la base especial es simplemente un tipo único del 18%. 
Antes de comentar los resultados, conviene tener presente que trabajamos con la base imponible 
total positiva, es decir, hemos excluido del análisis la población de declarantes con bases imponibles 
negativas o nulas. En los tramos inferiores de ingresos fiscales, nos encontramos con una población de 
declarantes que, probablemente, son empresarios, pequeños ahorradores, asalariados y pensionistas 
con bases negativas o nulas. Puesto que no disponemos de información individualizada por 
contribuyente que nos permita hacer esta distinción entre bases positivas por un lado, y nulas 
(negativas) por otro (los datos fiscales están agregados por tramos de rendimientos) hemos supuesto 
que la población de declarantes con base imponible total positiva está formada por aquellos que 
liquidan la partida relativa al pago del impuesto, en concreto, la partida de la cuota íntegra. En caso 
contrario, si no hay liquidación de la cuota íntegra (impuesto cero), la base imponible es cero o 
negativa. De los 2,68 millones de declaraciones presentadas en el año 2000, 2,26 millones de 
contribuyentes liquidan la cuota del impuesto. Esto significa que un porcentaje del 84% de la 
población de declarantes tienen bases imponibles positivas, mientras que el 16% restante declaran 
bases negativas o nulas y, obviamente, efectúan la declaración con la intención de recuperar las 
retenciones practicadas durante todo el año (sospechamos que entran aquí un bueno número de las 
devoluciones rápidas del impuesto). Por ejemplo, en el tramo de rendimientos negativos o nulos hay 
19399 declarantes. Sin embargo, un pequeño porcentaje de este grupo de contribuyentes (5,2%) 
liquidan el impuesto sobre la renta. Estos son, principalmente, empresarios que no generan 
 
 5 
rendimientos positivos en su actividad, pero declaran plusvalías que efectivamente tributan. Así, la 
media de la base imponible total y del impuesto pagado por estos contribuyentes resultan ser de 19700 
€ y 3.200 € respectivamente. El gráfico 2.1 describe, por diferentes tramos de rendimiento, las 
distribuciones en porcentaje de los declarantes del impuesto, de la base imponible total y de la cuota a 
ingresar por el contribuyente. 
Insertar gráfico 2.1 
Una característica de la distribución de los declarantes es que existen dos poblaciones 
diferenciadas cuyo límite está marcado alrededor de los 27mil € de rendimiento. Por debajo de este 
nivel de renta, la población de declarantes es muy numerosa (representa un 83,9% de la población 
total) y su participación en la base imponible global alcanza el 50% de ésta. Estos declarantes 
contribuyen a la factura impositiva con un porcentaje del 38% de todo el impuesto pagado. 
Resulta también de interés observar la mediana de la distribución, es decir, el valor de la renta 
que divide a la población de declarantes en dos mitades, aproximadamente, iguales. Este estadístico se 
sitúa alrededor de los 15 mil €. Por debajo de esta cifra encontramos entonces un poco más de la mitad 
de la población de contribuyentes con bases imponibles positiva, en concreto el 53% de los 
declarantes. Esta población declara una base imponible, que en términos porcentuales, representa el 
19,4% del total de la base que estamos analizando y su obligación tributaria es un porcentaje del 
12,3% del impuesto total recaudado. 
Si analizamos el extremo superior de la distribución, observamos que por encima de la cifra de 
27 mil € de rendimiento fiscal, los contribuyentes representan el 16,1% de toda población y la 
representación de su base imponible respecto de la total declarada es justamente la mitad. El impuesto 
que le corresponde a esta población representa el 62% de la cuota líquida global. Si analizamos con 
detalle algunas centilas de este extremo superior de la distribución observamos, por ejemplo, que el 
6,3% de la población de declarantes con mayor capacidad económica (corresponde a rendimientos 
superiores a 42000 €) factura el 43,6 % del impuesto. En la parte más alta de la distribución, tal y 
como observamos en el gráfico 2.1 resulta que el 1% de los declarantes más ricos, aquellos cuyos 
rendimientos están por encima de 90 mil €, presentan una liquidación del impuesto que alcanza el 20% 
del total de la cuota líquida. Estas magnitudes proporcionan una idea de la naturaleza progresiva del 
impuesto. Otra forma de analizar la concentración de la base y del impuesto sobre la renta viene dado 
por las curvas representadas en el gráfico 2.2. 
Insertar gráfico 2.2 
En él se describen la curva de Lorenz de la base imponible, y las curvas de concentración de la 
cuota íntegra y de la cuota líquida, la más alejada. Como es de esperar en un impuesto progresivo, 
ambas distribuciones presentan mayor desigualdad que la distribución de la renta, tal y como indica el 
hecho que ambas curvas de concentración estén situadas por debajo de la curva de Lorenz de la base 
imponible. 
 
 6 
Otra forma de describir de la concentración del impuesto y su progresividad viene dada por la 
curva de concentración relativa, que establece la relación entre el porcentaje acumulado de base 
imponible y el porcentaje acumulado del impuesto. El hecho de que esta curva se sitúe por debajo de 
la diagonal también indica que el impuesto es progresivo. Para resumir el grado de desigualdad de la 
renta y de concentración impositiva calculamos el índice de Gini de la base imponible total, cuyo 
valor es de 0,502, y el índice de concentración del impuesto, que toma un valor más elevado, 0,631. 
La progresividad del impuesto se calcula mediante los índices de Kakwani y Suits, cuyos valores son 
de 0,128 y 0,1734 respectivamente, indicando un impuesto progresivo. El tipo efectivo medio, es decir 
aquel que resulta del coc iente entre la recaudación impositiva y la base imponible del conjunto de 
todos los contribuyentes es igual a 23,7%, presión fiscal que le corresponde a un ingreso que oscila 
entre los 33 y 36 mil €. 
Estas cifras relativas a la carga fiscal media y a la progresividad del impuesto se obtienen 
también para la base imponible total incrementada (base imponible más mínimo personal y familiar). 
La base imponible incrementada proporciona una estimación más próxima al concepto de la renta 
antes del impuesto. Si calculamos ahora el tipo efectivo medio del impuesto, el porcentaje que la 
recaudación representa sobrela renta es del 17,276%. Los índices de Gini de la base imponible y de 
concentración del impuesto toman valores de 0,3899 y 0,6307 respectivamente. 
Si calculamos los índices de progresividad del impuesto utilizando esta variable como la renta 
antes de impuesto, indican ahora un impuesto más progresivo (K = 0,2408, S = 0,2815). Estas cifras 
están en consonancia con el grado de progresividad que comúnmente observamos en la imposición 
personal sobre la renta. Por otro lado, son más directamente comparables con las valoraciones 
obtenidas para el impuesto anterior a la primera reforma de la Ley. Por ejemplo, para el impuesto 
sobre la renta del año 1990 en Catalunya, el tipo efectivo medio que se obtiene es del 16,76 % y la 
progresividad es similar (K = 0,226 , S = 0,262). 
El impuesto sobre la renta, dada su naturaleza progresiva, ejerce un efecto igualador sobre la 
distribución de la renta. Una forma de estimar este efecto consiste en calcular la capacidad 
redistributiva del impuesto o índice de Reynold-Smolensky, RS, mediante la siguiente expresión: 
t
RS= K
1-t
 donde t es el tipo efectivo del impuesto y K el índice de Kakwani de progresividad. Este 
índice se interpreta como la mitad de la fracción total de renta después del impuesto que se traslada de 
ricos a pobres como consecuencia de la progresividad. En el caso del impuesto sobre la renta de 
Catalunya para el año 2000, la magnitud de la renta que resulta redistribuida en la población de 
declarantes representa una cifra que es equivalente al 2,5% de la renta después de impuestos. 
Por último, estudiamos la distribución de la carga efectiva según diferentes tramos de renta. 
Para calcular el impuesto pagado por cada contribuyente hay que aplicar la tarifa del impuesto sobre 
la base liquidable. La escala impositiva es la que muestra el gráfico 2.3, que está compuesta por seis 
tramos cuyos tipos marginales nominales oscilan entre un mínimo del 18% y un tipo marginal máximo 
 
 7 
del 48%, para una base por encima de 67 mil €. Con objeto de calcular los ingresos fiscales de la 
Generalitat de Catalunya en concepto de IRPF cedido, la tarifa se desglosa en dos tramos, 
denominados estatal y autonómico, en el momento de su aplicación sobre la base liquidable general. 
La base liquidable especial tributa a un tipo fijo del 18% que se desglosa también en una parte estatal y 
otra autonómica. 
Insertar gráfico 2.3 
En el gráfico 2.3 podemos observar también el comportamiento - en función del rendimiento 
neto – de los tipos efectivos calculados del impuesto. Habíamos mencionado antes que la carga 
efectiva media representa un 23% de la base imponible total declarada. Ahora bien, la distribución de 
esta presión fiscal, como consecuencia de la aplicación de una tarifa progresiva, resulta diferente 
según la capacidad económica de los declarantes. La curva de tipos efectivos en función de los 
ingresos muestra el esfuerzo fiscal realizado por diferentes tipos de contribuyentes, que se distinguen 
por su niveles de renta. Como se observa en el gráfico 2.3, los tipos efectivos son crecientes (con dos 
pequeñas excepciones), lo que demuestra una vez más la progresividad del impuesto. El tipo efectivo 
mínimo es de 13,15%, que corresponde a un ingreso de alrededor 9 mil €, mientras que el tipo máximo 
alcanza un porcentaje de 42,21%, que es la presión fiscal de aquellos contribuyentes con ingresos 
superiores a 600 mil €. 
Una particularidad a destacar es que para rendimientos muy pequeños (por debajo de 3000 € e 
incluso rendimientos negativos) existe un pequeño grupo de declarantes que resultan gravados a un 
tipo medio del 17,5%. Estos declarantes tal y como habíamos comentado en párrafos anteriores, 
tienen una base especial (ganancias de capital) significativa, alrededor de 18 mil €, y tributan a un tipo 
fijo del 18% (probablemente empresarios con rendimientos negativos pero con variaciones 
patrimoniales positivas). Hemos realizado hasta ahora una valoración de los rasgos más significativos 
del impuesto en término de sus características de progresividad, redistribución y carga efectiva media 
por tipo de contribuyente. Sin embargo, hay que reseñar también la importancia que sobre la 
recaudación y la progresividad del impuesto tiene el conjunto de bonificaciones fiscale s (reducciones 
de la base y deducciones de la cuota) incluidos en la ley impositiva del año 2000. 
En primer lugar, comentamos las partidas relativas a la inversión que realizan los 
contribuyentes en planes de pensiones y otras fórmulas de previsión socia l. La población que tiene 
formalizado un plan de pensión, según la estadística tributaria, es de 515544 contribuyentes 
(incluyendo también las aportaciones realizadas a favor de minusválidos, es decir, el propio 
contribuyente o un familiar), cuya representación alcanza un porcentaje del 19,1% del total de 
declarantes del impuesto. Además, alrededor de 19000 contribuyentes practican un reducción 
adicional por cónyuge que poseen también un plan de pensión. 
Las reducciones por aportaciones a planes de pensiones muestran una concentración bastante 
significativa en los contribuyentes con ingresos elevados. Esto se puede observar en la tabla 2.1. Por 
ejemplo, los contribuyentes que corresponden, aproximadamente, el 10% y 5% más ricos de Catalunya 
 
 8 
desgravan, sobre la base imponible, alrededor del 50% y el 35% del montante total declarado por 
planes de pensiones en el impuesto del año 2000, lo que da una idea de su concentración en la parte 
superior de la distribución. Esta reducción es pues claramente un bien de lujo, muy ligada a los 
recursos y a la capacidad de ahorro de los individuos, pues muestra un gradiente muy significativo con 
la renta. Por ejemplo, mientras que para los contribuyentes con ingresos entre 12 y 3 mil €, la 
aportación media a un plan de pensión es de 1 089 €, en el tramo de 150 a 600 mil €, la aportación 
anual es del orden de los 7 483 €. Estas cifras no deben sorprendernos, pues es obvio que los 
declarantes que gozan de mayor capacidad económica, tienen un margen más alto para invertir sus 
ingresos o parte de ellos en este tipo de reducciones, atenuando entonces la progresividad del 
impuesto. En definitiva, el impuesto sobre la renta actual proporciona pues un claro incentivo a esta 
fórmula de ahorro a largo plazo, que es muy rentable para el contribuyente desde el punto de vista 
fiscal3. 
En el apartado de deducciones sobre la cuota íntegra del impuesto destaca la deducción global 
por vivienda, que incluye los gastos de inversión que destinan los contribuyentes a la adquisición, 
construcción y rehabilitación de la vivienda habitual, además del ahorro depositado en cuentas 
vivienda. Representa una partida importante dentro del sistema de deducciones y beneficios del 
impuesto, tanto por la población de declarantes que se acogen a ella como por el ahorro fiscal que 
supone para los contribuyentes declarantes. En el año 2000 declararon deducciones por adquisición o 
rehabilitación de vivienda un total de 961049 declarantes, es decir, 35,76% del total de declarantes 
del impuesto. El montante global de todas las partidas que incluyen las deducciones por vivienda 
representó, prácticamente, el 10% de la cuota íntegra inicial del impuesto, es decir, 8,9 M de euros. La 
tabla 2.1 muestra la distribución porcentual de esta deducción por tramos de ingresos. Por ejemplo, el 
10% de los declarantes con mayor nivel de renta concentra el 16% de esta deducción. Sin embargo, 
hay que resaltar la importancia que tiene también para los tramos bajos e intermedios de la renta: por 
debajo de 21 mil € de rendimiento se sitúa el 65,5% de la deducción global de la vivienda. Del resto 
de deducciones destaca la doble imposición de dividendos, que muestra una concentración muy fuerte 
en los tramos más elevados, especialmente por encima de 60 M de euros de ingresos. Existela 
opinión, más o menos generalizada, que el gran reto de una reforma impositiva que atañe a este 
impuesto hace referencia a la búsqueda de la equidad horizontal (véase por ejemplo, Zubiri (2001)). 
Ocurre que el sistema de beneficios fiscales, en el caso de las deducciones comentadas, prima más a 
determinados tipos de contribuyentes que a otros. Incluso podríamos añadir también la población que 
no declara el impuesto y que no tiene acceso a este tipo de subvenciones indirectas. Cabría 
preguntarse, por ejemplo, si otro tipo de políticas, de carácter sectorial, pueden ser alternativas más 
efectivas y equitativas que las propias medidas fiscales. 
 
3 En el ejercicio fiscal del año 2003, la aportación por planes de pensiones estará favorecida puesto 
que se incrementa el límite máximo permitido por esta deducción. Por ejemplo, para un contribuyente 
de 60 años este limite máximo pasa de 12 mil € a 18 mil € con la nueva reforma. 
 
 9 
3. MODELO DE MICROSIMULACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE 
LAS PERSONAS FÍSICAS (SIMCAT-IRPF) 
 
Este apartado tiene por objetivo presentar el modelo de microsimulación (SIMCAT-IRPF) que 
los autores han desarrollado para la Dirección General de Tributos de la Generalitat de Cataluña. Es un 
modelo microinformático realizado en lenguaje VISUAL BASIC para Excel, el usuario sólo necesita 
pues trabajar en un entorno Microsoft con software Office 2000 o XP. 
La finalidad del programa consiste en el análisis de los efectos redistributivos, de 
progresividad y recaudación de las reformas del impuesto sobre la renta. El tipo de simulación que 
realiza es estática pero con posibilidad de proyección en el tiempo de las variables del modelo, es 
decir, el modelo permite el envejecimiento de la base de datos de referencia. 
Los modelos de microsimulación han de tener la capacidad de simular las políticas de 
reformas impositivas y de gasto de manera anticipada en el tiempo, por ejemplo, es lo que ocurre si 
queremos simular la distribución del IRPF en el ejercicio fiscal del año 2003, a partir de la 
información del año 2000. La simulación de los efectos de las reformas que tienen lugar en diferentes 
momentos del tiempo respecto a una situación de referencia supone entonces una primera etapa que 
denominamos de “envejecimiento” de la información estadística de base que es recogida en el año t. 
Si el objetivo es analizar una reforma en t+j , j=1,2,3,.. ; es obvio que determinadas variables del 
modelo han de ser proyectadas, mediante la asunción de hipótesis respecto de su comportamiento 
temporal. Incluso, el modelo debe ser lo suficientemente flexible para incorporar las características 
más importantes de las reformas que se pretenden analizar. De esta forma, el modelo incorpora la 
posibilidad que el usuario defina distintos escenarios de comportamiento respecto a un conjunto de 
variables. 
La muestra de simulación está compuesta por 209 364 registros de declarantes del impuesto, 
que representan una población de declarantes de 2 722 219. La muestra es estratificada por base 
imponible y características demográficas de las familias (número de hijos y ascendientes). Los 
declarantes con rendimientos elevados (el 2% del extremo superior de la distribución de la renta) están 
todos incluidos en la muestra. Todos los cálculos realizados consideran el factor de elevación 
muestral, es decir, representación de cada unidad muestral en términos de la población, en todas las 
fórmulas estadísticas que presenta. Esta muestra está totalmente integrada en el modelo informático, es 
decir, el usuario no ha de realizar ningún tipo de operación previa con la información estadística. 
 Después de la ventana de inicio del modelo, véase figura 3.1, al seleccionar “Aceptar”, 
aparece la figura 3.2, donde el usuario modifica los valores de los parámetros correspondientes a los 
mínimos exentos familiares y personales del impuesto. Además, se incluyen en este cuadro de 
diálogos los parámetros correspondientes a las reducciones por rendimientos del trabajo personal 
susceptibles de modificación en las posibles reformas. 
 
Insertar figura 3.1 y figura 3.2 
 
 10 
A continuación, una vez completado el cuadro de diálogo al que se refiere la figura 3.2, al 
pulsar “Aceptar”, aparece la ventana relativa a las reformas sobre la tarifa, tanto estatal como 
autonómica, que se quieran aplicar sobre modificación de tipos como de número de tramos 
impositivos. 
Insertar figura 3.3 
Además en este nuevo cuadro de diálogo el usuario puede introducir los coeficientes de 
proyección de las bases, reducciones y deducciones con la finalidad de extrapolar las variables fiscales 
en períodos diferentes al año de referencia. Para ilustrar la aplicación de este microsimulador, hemos 
proyecto la reforma del IRPF propuesta para el ejercicio fiscal 2003 (Ley 46/2002 de reforma parcial 
del IRPF). A continuación se describen los aspectos legislativos que son objeto de simulación, del tal 
forma que la estructura básica de liquidación del impuesto queda conformada de la siguiente manera: 
 
A. BASE IMPONIBLE GENERAL. La renta neta del contribuyente (saldo neto de 
rendimientos y variaciones patrimoniales inferiores a un año) resulta minorada por el mínimo 
personal y familiar, dando lugar a la base imponible general. El mínimo personal de 3400 ?, y 
el mínimo por descendientes es el siguiente: 1 400 ?, primer hijo, 1 500 ?, segundo, 2 200 ?, 
tercero, 2 300 ?, cuarto y siguientes. No se computan, en la simulación, los rendimientos 
procedentes del Régimen de Transparencia Fiscal de profesionales, que pasarán a tributar en el 
Impuesto de Sociedades. La reducción en determinados rendimientos del capital mobiliario, aquellos a 
los que hace referencia el art. 24.2 de la Ley 24/1998 y de determinados contratos de seguros será 
ahora del orden de l 40%, antes del 30% (rendimientos del capital mobiliario en un período de 
generación superior a un año contratos de seguros percibidos en forma de capital y las prestaciones 
derivadas de primas de seguros satisfechas con más de dos años de antelación). 
 
B. BASE IMPONIBLE ESPECIAL. Tipo impositivo único del 15% 
 
C. REDUCCIONES SOBRE LA BASE IMPONIBLE 
 
c.1. Reducción por rendimientos del trabajo es de 3 500 ? para aquellos rendimientos inferiores a 8200 
€, entre 8200 y 13 000 €, la reducción se calcula por la siguiente expresión: 3 500 – 0,2291*(RNT – 
8200), donde RNT es el rendimiento neto. Para ingresos superiores a 13 000 €, la reducción a aplicar 
será de 2 400 ?. 
 
c.2. Reducción por edad del contribuyente > 65 años, 800 € anuales. Esta reducción también se 
computa para cada ascendiente mayor de 65 años (o discapacitado). 
 
c.3. Reducción por asistencia , 1000 € anuales, si la edad es mayor de 65 años. Igual que la reducción 
anterior, también se aplica a los ascendientes. 
c.4 Reducción por discapacidad del contribuyente y descendientes, 2000 € anuales que se incrementa 
en 3000 € si la discapacidad es mayor o igual 65%. 
c.5 Si el contribuyente discapacitado obtiene rendimientos del trabajo, entonces se aplica una 
reducción adicional de 2800 ó 6500 € (en caso de discapacidad mayor del 65%). La suma de los 
apartados c.1, c.2 y c.5 no pueden superar el rendimiento neto del trabajo declarado 
c.6 Reducción por gastos de asistencia de los contribuyentes discapacitados (movilidad reducida o 
discapacidad mayor de 65 años). 
 
 
 11 
c.7 Reducción por aportaciones y contribuciones a planes de pensiones. la deducción, de las 
aportaciones a los sistemas de previsión social (planes de pensiones, planes de previsión asegurados), 
aplican sobre la BI. Hay una serie de requisitos subjetivos, se supone que no ha habido modificaciones 
significativas en los requisitos subjetivos necesarios para aplicar estas reducciones Planes pensiones + 
mutuas + planes asegurados: 8000 ? 
Edad >= 52 años, limite = 8000 ? + (edad– 52)*1250 ? 
D. BASE LIQUIDABLE GENERAL = A – C. 
E. CUOTA INTEGRA. Tarifa de 5 tramos con un tipo mínimo del 15 y máximo del 45%, desglosado 
en un tramo estatal y otro autonómico. 
F. BASE LIQUIDABLE ESPECIAL = B - remanente de D, si lo hubiera, cuando se aplica los 
mínimos personales. Tipo único del 15%, en un tramo estatal y otro autonómico. 
 
A continuación, presentamos en las tablas 3.1 a 3.4 y gráficos 3.1 a 3.6 los resultados de la 
simulación realizada con el microsimulador , tal y como lo presenta SIMCAT-IRPF. En la tabla 3.5 se 
ofrece un cuadro comparativo de los aspectos recaudatorios del la reforma respecto del impuesto de la 
ley anterior, proyectados ambos en el año 2003. También se incluye la simulación de la pérdida 
recaudatoria que supone una disminución lineal de un punto porcentual en la tarifa autonómica. Por 
último, el gráfico 3.7 describe la variación porcentual de la reforma por decilas de rendimiento neto. 
También se compara la reforma con aquella situación en que la tarifa del impuesto del año 2000 y sus 
mínimos familiares y personales si hubiesen ajustado por inflación. 
Insertar tablas 3.1 a 3.4 
Insertar gráficos 3.1 a 3.6 
Insertar tabla 3.5 
Insertar gráfico 3.7 
 
 
 12 
Referencias Bibliográficas 
 
Arcarons i S, Calonge (2003) Anàlisi de l’impost sobre la renda de les personas físiques. 
Exrecici fiscal any 2000, Catalunya Nota d’economia, Generalitat de Catalunya, 75, 1er 
trimestre 143-165 
 
 
Calonge, S y A, Manresa (2001) Incidencia Fiscal y del Gasto Público Social sobre la 
Distribución de la Renta en España y sus CCAA Fundación BBVA Madrid 
 
Zubiri, I (2001) “El diseño del IRPF en un contexto económico cambiante: el trade off 
eficiencia-equidad, en Desigualdad, Redistribución y Bienestar: una Aproximxamación a 
partir de la Microsimulación de Reformas Fiscales, Labeaga, J. y M, Mercader (coords.) 
Ministerio de Hacienda, Instituto de Estudios Fiscales, Madrid España 
 
Wagstaff, A, van Doorsaler, van der Burg, H, Calonge, S et al (1999) “Redistributive effect, 
progressivity and differential tax treament: Personal income tax in twelve OECD countries”, 
Journal of Public Economics 72, 73-98. 
 
 
 13 
Gráfico 2.1. Distribución porcentual de declarantes, base 
imponible y cuota a ingresar
0
4
8
12
16
20
Rendimiento neto, miles de euros (percentil)
declarantes
base imponible
cuota a ingresar
 
 
Gráfico 2.2 Concentración y Progresividad
0
10
20
30
40
50
60
70
80
90
100
0 10 20 30 40 50 60 70 80 90 100
P. acumulado declarantes
P.acumulado de BI
P.acumulado de BI
P.acumulado de 
Cuota
Curva de Lorenz BI
Concentración CI
Dist. Igualitaria
Curva concentración relativa IRPF
Concentración CL 
Gráfico 2.3. Escala del impuesto y tipo efectivo
37,2
28,3
2118
45 48
12
16
20
24
28
32
36
40
44
48
 Rendimiento neto
tipo medio
escala del impuesto
tipo efectivo
 
 
 14 
 
Tabla 2.1 
TRAMOS 
Inversiones y 
donativos Vivienda 
Actividad 
económica 
Doble 
imposición y 
otros 
Autonomía Total deducciones 
Reducciones 
Planes de 
Pensiones 
Reducciones 
pens iones y 
anualidades 
Total 
reducciones 
<=0 0,53% 29,96% 0,21% 6,61% 0,21% 37,63% 36,89% 25,48% 62,37% 
0-1,5m€ 0,48% 48,88% 0,00% 7,12% 0,27% 56,72% 37,32% 5,96% 43,28% 
1,5-6m€ 0,25% 68,27% 0,01% 4,18% 0,10% 72,81% 25,12% 2,07% 27,19% 
6-12m€ 0,35% 69,66% 0,01% 2,55% 0,24% 72,81% 23,79% 3,40% 27,19% 
12-21m€ 0,57% 59,20% 0,01% 3,23% 0,33% 63,34% 32,02% 4,64% 36,66% 
21-30m€ 0,78% 40,85% 0,03% 4,84% 0,24% 46,74% 47,22% 6,04% 53,26% 
30-60m€ 0,78% 24,97% 0,04% 8,83% 0,14% 34,76% 58,15% 7,10% 65,24% 
60-150m€ 0,73% 11,39% 0,08% 21,05% 0,06% 33,31% 59,00% 7,70% 66,69% 
150-600m€ 0,59% 2,94% 0,46% 60,05% 0,02% 64,06% 28,08% 7,86% 35,94% 
> 600m€ 0,50% 0,41% 1,94% 87,86% 0,00% 90,71% 5,54% 3,74% 9,29% 
 
 15 
Figura 3.1 
 
 
Figura 3.2 
 
 
 
 16 
Figura 3.3 
 
 
 
 
Tabla 3.1. Resultados de la recaudación (Simulación 2003) 
Inf. Sup. Inf. Sup.
22966,000 102,51 22765,000 23166,000 62.517,31 486,26 61.564,26 63.470,37
17991,000 101,08 17793,000 18189,000 48.976,19 422,20 48.148,69 49.803,70
15008,000 99,84 14812,000 15203,000 40.853,90 382,98 40.103,27 41.604,54
17104,000 67,91 16971,000 17237,000 46.561,88 359,53 45.857,21 47.266,55
14151,000 66,55 14021,000 14281,000 38.522,25 315,18 37.904,50 39.139,99
856,527 72,61 714,213 998,840 2.331,65 197,99 1.943,61 2.719,70
4943,929 12,27 4919,877 4967,980 13.458,46 84,39 13.293,05 13.623,87
30,364 0,53 29,321 31,407 82,66 1,34 80,03 85,29
3238,796 11,72 3215,825 3261,767 8.816,71 59,17 8.700,74 8.932,69
498,622 5,24 488,352 508,893 1.357,36 16,75 1.324,54 1.390,18
3914,451 24,39 3866,652 3962,250 10.656,00 90,38 10.478,86 10.833,13
2550,478 15,83 2519,460 2581,496 6.942,96 58,75 6.827,81 7.058,11
1363,973 8,59 1347,137 1380,809 3.713,03 31,68 3.650,94 3.775,13
2472,877 14,17 2445,096 2500,657 6.731,71 54,79 6.624,32 6.839,11
77,601 6,58 64,708 90,495 211,25 17,94 176,09 246,41
1313,095 7,28 1298,821 1327,369 3.574,53 28,66 3.518,37 3.630,70
50,878 4,31 42,424 59,331 138,50 11,76 115,45 161,55
3447,465 23,61 3401,184 3493,747 9.384,76 83,12 9.221,85 9.547,67
Quota autonòmica especial
Quota líquida total
Quota íntegra autonòmica
Quota estatal general
Quota estatal especial
Quota autonòmica general
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
Quota íntegra total
Quota íntegra estatal
Base Liquidable general
Base Liquidable especial
Mínim Personal i Familiar
Mínim Personal i Fam. (esp.)
Base Imposable total incr.
Base Imposable total
Base Liquidable total
Base Imposable general
TOTAL (milions d'€)
Valor Err. Est.
Limits 95%
Valor Err. Est.
Limits 95%Variables
MITJANA (milers d'€)
 
 
 
Tabla 3.2. Ordenación según base imponible incrementada : bases, mínimos, reducciones, deducciones y cuotas. 
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%
acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum. acum.
1,632% 3,107% 1,667% 4,701% 6,629% 9,297% 10,195% 12,855% 16,868% 10,706% 8,924% 13,418%
1,632% 4,739% 6,406% 11,107% 17,736% 27,033% 37,228% 50,083% 66,951% 77,658% 86,582% 100,000%
0,090% 1,500% 1,027% 3,360% 5,424% 8,324% 9,818% 13,128% 18,258% 12,091% 10,459% 16,521%
0,090% 1,590% 2,617% 5,976% 11,400% 19,724% 29,542% 42,670% 60,928% 73,019% 83,479% 100,000%
0,019% 0,293% 0,354% 1,923% 4,234% 7,404% 9,460% 13,326% 19,296% 13,156% 11,586% 18,948%
0,019% 0,312% 0,667% 2,589% 6,823% 14,227% 23,688% 37,014% 56,310% 69,466% 81,052% 100,000%
0,086% 1,527% 1,052% 3,455% 5,608% 8,611% 10,115% 13,520% 18,752% 12,204% 10,494% 14,577%
0,086% 1,613% 2,665% 6,119% 11,728% 20,339% 30,454% 43,974% 62,726% 74,930% 85,423% 100,000%
0,020% 0,303% 0,364% 1,983% 4,397% 7,699% 9,790% 13,795% 19,925% 13,337% 11,676% 16,712%
0,020% 0,323% 0,687% 2,669% 7,066% 14,765% 24,555% 38,350% 58,276% 71,612% 83,288% 100,000%
0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%
0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%
7,228% 8,818% 3,944% 9,498% 10,990% 12,835% 11,589% 11,912% 11,886% 5,717% 3,384% 2,198%
7,228% 16,046% 19,991% 29,489% 40,479% 53,314% 64,903% 76,815% 88,701% 94,418% 97,802% 100,000%
4,270% 25,331% 10,301% 18,201% 11,017% 9,743% 6,301% 5,280% 4,277% 2,489% 1,572% 1,219%
4,270% 29,600% 39,901% 58,102% 69,119% 78,862% 85,163% 90,443% 94,719% 97,209% 98,781% 100,000%
4,528% 10,122% 4,439% 10,038% 10,557% 11,926% 10,682% 11,149% 11,990% 6,191% 4,410% 3,969%
4,528% 14,650% 19,089% 29,127% 39,683% 51,610% 62,291% 73,440% 85,430% 91,622% 96,031% 100,000%
0,267% 0,726% 1,563% 5,933% 8,532% 11,212% 11,188% 13,390% 14,277% 8,606% 7,201% 17,104%
0,267% 0,993% 2,556% 8,489% 17,021% 28,234% 39,422% 52,812% 67,089% 75,695% 82,896% 100,000%
0,011% 0,169% 0,209% 1,160% 2,901% 5,584% 7,569% 11,420% 17,845% 13,734% 13,860% 25,537%
0,011% 0,180% 0,388% 1,549% 4,450% 10,034% 17,603% 29,024% 46,869% 60,603% 74,463% 100,000%
0,010% 0,156% 0,195%1,088% 2,796% 5,481% 7,504% 11,424% 17,987% 13,919% 14,008% 25,433%
0,010% 0,167% 0,361% 1,449% 4,246% 9,726% 17,230% 28,654% 46,641% 60,559% 74,567% 100,000%
0,013% 0,192% 0,235% 1,295% 3,097% 5,778% 7,692% 11,414% 17,580% 13,389% 13,583% 25,732%
0,013% 0,204% 0,439% 1,734% 4,832% 10,610% 18,301% 29,715% 47,296% 60,685% 74,268% 100,000%
0,010% 0,157% 0,194% 1,093% 2,836% 5,573% 7,613% 11,607% 18,272% 14,036% 14,131% 24,477%
0,010% 0,168% 0,362% 1,455% 4,291% 9,864% 17,477% 29,084% 47,356% 61,392% 75,523% 100,000%
0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%
0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%
0,013% 0,194% 0,236% 1,309% 3,158% 5,904% 7,834% 11,640% 17,917% 13,513% 13,719% 24,563%
0,013% 0,207% 0,443% 1,753% 4,910% 10,814% 18,648% 30,288% 48,205% 61,718% 75,437% 100,000%
0,006% 0,127% 0,203% 0,932% 1,539% 2,535% 4,012% 5,575% 8,901% 10,182% 10,089% 55,899%
0,006% 0,133% 0,336% 1,268% 2,807% 5,342% 9,354% 14,929% 23,830% 34,012% 44,101% 100,000%
0,011% 0,148% 0,154% 0,774% 2,240% 4,780% 6,993% 11,045% 18,231% 14,365% 14,706% 26,552%
0,011% 0,159% 0,313% 1,087% 3,327% 8,108% 15,101% 26,146% 44,377% 58,742% 73,448% 100,000%
Quota autonòmica especial
Quota líquida total (QLT)
Quota íntegra autonòm. (QIA)
Quota estatal gral. (QEG)
Quota estatal especial
Quota autonòm. gral. (QAG)
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
Quota íntegra total (QIT)
Quota íntegra estatal (QIE)
Base Liquidable gral. (BLG)
Base Liquidable especial
Mínim Personal i Familiar
Mínim Personal i Fam. (esp.)
Base Impos. total inc. (BII)
Base Imposable total (BIT)
Base Liquidable total (BLT)
Base Imposable gral. (BIG)
Variables
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 18 
 
 
Tabla 3.3. Decilas (Ordenación según base imponible incrementada): Tipos impositivos. 
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%
0,116% 0,925% 2,134% 4,207% 7,459% 10,238% 12,655% 15,142% 18,032% 21,865% 26,471% 32,441%
0,101% 0,714% 1,386% 2,472% 5,073% 7,719% 10,297% 12,898% 16,224% 20,142% 24,736% 29,706%
2,687% 2,444% 4,422% 7,514% 11,638% 14,597% 16,773% 18,928% 21,265% 24,714% 28,831% 33,631%
2,356% 1,888% 2,873% 4,415% 7,915% 11,005% 13,648% 16,123% 19,133% 22,766% 26,942% 30,795%
15,000% 15,006% 15,355% 15,740% 17,874% 19,671% 20,869% 22,354% 24,122% 27,228% 31,203% 35,153%
13,151% 11,589% 9,977% 9,248% 12,157% 14,831% 16,980% 19,040% 21,704% 25,082% 29,158% 32,190%
1,771% 1,526% 2,759% 4,696% 7,435% 9,490% 11,061% 12,600% 14,303% 17,006% 19,905% 26,017%
1,161% 1,000% 1,783% 2,990% 4,404% 5,351% 6,064% 6,732% 7,476% 8,749% 10,323% 14,077%
1,738% 1,489% 2,671% 4,574% 7,310% 9,357% 10,881% 12,413% 14,088% 16,628% 19,469% 24,277%
1,139% 0,976% 1,725% 2,910% 4,322% 5,263% 5,946% 6,610% 7,335% 8,501% 10,037% 12,936%
2,571% 1,951% 2,951% 4,516% 8,052% 11,189% 13,934% 16,467% 19,596% 23,725% 28,246% 36,714%
9,234% 9,294% 9,642% 9,891% 11,463% 12,830% 13,814% 14,925% 16,270% 18,810% 21,622% 27,429%
6,054% 6,092% 6,231% 6,297% 6,790% 7,234% 7,573% 7,975% 8,504% 9,677% 11,213% 14,841%
9,060% 9,065% 9,336% 9,633% 11,271% 12,649% 13,589% 14,704% 16,025% 18,391% 21,148% 25,595%
5,940% 5,942% 6,030% 6,128% 6,664% 7,115% 7,425% 7,830% 8,344% 9,402% 10,902% 13,639%
13,403% 11,883% 10,314% 9,511% 12,414% 15,126% 17,401% 19,506% 22,290% 26,241% 30,683% 38,707%
QAG s/ BLG
QIE s/ BLG
QIA s/ BLG
QLT s/ BLG
QIE s/ BIG
QIA s/ BIG
QLT s/ BIG
QEG s/ BLG
QIT s/ BLT
QLT s/ BLT
QEG s/ BIG
QAG s/ BIG
QIT s/ BII
QLT s/ BII
QIT s/ BIT
QLT s/ BIT
Variables
 
 
 
 19 
Tabla 3.4. Indices: Desigualdad, Concentración, Progresividad y Redistribución. 
0,5027 0,5846 0,3988
0,6612 0,6653 0,6545
0,6896 0,6925 0,6831
-0,0008 -0,0011 0,0492
0,0372 -0,0096 0,0375
0,4006 0,4127 0,3964
0,1584 0,0806 0,2557
0,1868 0,1079 0,2842
-0,5035 -0,5857 -0,3496
-0,4655 -0,5942 -0,3613
-0,1022 -0,1719 -0,0025
0,2001 0,1251 0,2913
0,2347 0,1601 0,3247
-0,4990 -0,5813 -0,3615
-0,4560 -0,5634 -0,3525
-0,1004 -0,1777 0,0016
0,0441 0,0285 0,0525
0,0443 0,0322 0,0502
-0,1908 -0,2877 -0,0959
-0,1022 -0,1635 -0,0593
-0,0029 -0,0059 -0,0001
 EFECTE 
REDISTRIBUTIU
Quota íntegra total
Quota líquida total
Mínim personal i familiar
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
SUITS
Quota íntegra total
Quota líquida total
Mínim personal i familiar
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
KAKWANI
Quota íntegra total
Quota líquida total
Mínim personal i familiar
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
GINI
CONCENTRACIÓ
Quota íntegra total
Quota líquida total
Mínim personal i familiar
Reduccions a la Base gral.
Deduccions a la Quota
ÍNDEXS VARIABLES
BASE IMPOSABLE 
TOTAL
BASE LIQUIDABLE 
TOTAL
BASE IMPOSABLE TOTAL 
INCREMENTADA
 
 
 
 Gráfico 3.1 Gráfico 3.2 
Curvas de Lorenz y Concentración (ordenación abcisa BII)
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
BII QIT QLT
Curvas de Lorenz y Concentración (ordenación abscisa 
BIT)
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
70%
80%
90%
100%
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
BIT QIT QLT
 
Gráfico 3.3 Gráfico 3.4 
Tipos efectivos s/BII (ordenación abscisa BII)
0,00%
3,30%
6,60%
9,90%
13,20%
16,50%
19,80%
23,10%
26,40%
29,70%
33,00%
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
QIT QLT
Tipos efectivos s/BIT (ordenación abscisa BIT)
0,00%
3,40%
6,80%
10,20%
13,60%
17,00%
20,40%
23,80%
27,20%
30,60%
34,00%
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
QIT QLT
 
Gráfico 3.5 Gráfico 3.6 
Tipos efectivos s/BLT (ordenación abscisa BIT)
0,00%
3,60%
7,20%
10,80%
14,40%
18,00%
21,60%
25,20%
28,80%
32,40%
36,00%
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
QIT QLT
 
Tipos efectivos s/BIG (ordenación abscisa BIT)
0,00%
3,70%
7,40%
11,10%
14,80%
18,50%
22,20%
25,90%
29,60%
33,30%
37,00%
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
QIE QIA QLT
 
 
 21 
Tabla 3.5: Cuadro comparativo de la simulación: Recaudación y pérdida recaudatoria. 
Tipo medio Recaudación Tasa de Recaudación Pérdida Recaudatoria
C.Liquida/B.Liquidable M€ Variación CA M€ C A M€
Ley 2000 24,58% 10477,35 3457,52
Reforma 2003 22,97% 9383,24 -10,44% 3096,47 361,06
Reforma 2003
1
22,05% 9004,67 -4,03% 2971,54 124,93
1 
(-1%tramo autonómico) 
 
 Gráfico 3.7 
Tasa Variación Irpf2003/Irpf2000
-80
-75
-70
-65
-60
-55
-50
-45
-40
-35
-30
-25
-20
-15
-10
-5
0
decilas de Rendimiento Neto (incluye V.Patrimoniales > 2años)
No Deflactada -79,91 -49,31 -33,61 -21,84 -16,38 -13,01 -10,84 -8,45 -7,26 -6,50 -7,80 -11,50
Deflactada -56,37 -36,29 -21,93 -11,77 -8,07 -5,83 -4,25 -3,22 -1,95 -1,18 -3,32 -9,69
10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 95% 98% 100%