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TP 3 -PROCESAL PENAL PROFUNDIZADO

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Derecho Procesal Penal
PROCESAL PENAL PROFUNDIZADO - – SEGUNDO CUATRIMESTRE 2021 
 
TRABAJO INDIVIDUAL: 
 
CONSIGNA: Ver los videos de youtube (1 a 14) y responder en base a la bibliografía brindada por la cursada: 
Fecha de entrega: 02/06/2021 
Entraga vía e-mail: laura_scassi@hotmail.com (aclarar nombre completo, materia y Universidad) 
 
1. ¿A qué nos referimos cuando hablamos de Derecho? 
El derecho es una construcción social, construidos sobre diferentes pilares como económicos, políticos e ideológicos. El derecho constituye un ordenamiento jurídico, el cual es utilizado como organización y control social. Al ser una construcción social, el derecho no es algo estático, sino todo lo contrario, está en permanente movimiento, se construye y deconstruye permanentemente. El derecho es una construcción que es atravesada por diferentes disciplinas e ideologías, por eso mismo es que al paso del tiempo, sufre constantes transformaciones. Otra cuestión relevante que influye de manera permanente en el Derecho, es el modelo de Estado en el cual transcurre, es decir, dependiendo si es un estado liberal o neoliberal; militar; o de bien estar; es la ampliación o restricción de derechos. 
2. ¿Qué función cumple el derecho? 
El derecho al ser una construcción social, atravesado por diferentes diciplinas, es una manera de organizar y controlar a la sociedad. Como dice Maier, el derecho constituye un regulador de poder o de la fuerza que aplica el aparato estatal, por lo cual es indicado decir que es sancionatorio y disciplinario. En el transcurso socialmente se fueron ganando derechos por lo cual se podría decir que también cumple una función de integrador y como herramienta de resolución de conflictos y promoción de justicia. Y haciendo referencia al autor (Maier) el derecho nos permite tener una referencia entre el valor y la consecuencia normativa que cabe esperar de la acción. 
3. ¿A qué llamamos Derecho Procesal Penal y por qué es necesario? 
Según el concepto establecido por Maier el Derecho Procesal Penal es la rama del orden jurídico interno del Estado, cuyas normas instituyen y organizan los órganos públicos que cumplen la función judicial penal del Estado y disciplina los actos que integran el procedimiento necesario para imponer y actuar una sanción o medida de seguridad penal, regulando el comportamiento de quienes intervienen en él. 
Como señala el autor el concepto de Derecho Procesal Penal, no se agota solo en la actividad del Estado a dar soluciones a conflictos sociales, sino que comprende la regulación de ciertas actividades que realiza el Estado, cuando por intermedio de sus órganos competentes decide aplicar una pena o medida de seguridad. 
Según Maier el Derecho Procesal Penal tiene dos funciones una material y otra formal.
4. ¿Qué vinculación hay entre el Derecho Penal y el Derecho Procesal Penal? 
La vinculación existente entre ambos derechos, es que el Derecho Procesal Penal es el camino para llegar al Derecho Penal. El Derecho Penal es un freno al poder punitivo del Estado. Lo que hace el Derecho Penal es acotarlo, contenerlo y reducirlo. 
Considerando que el Derecho Procesal Penal es un conjunto de normas jurídicas que regulan la organización jurídica interna de Estado, el Derecho Penal es la culminación o el resultado de esa organización. Como dicho antes el Derecho Penal le pone un freno al poder punitivo del Estado, como lo hace, es por medio del Derecho Procesal Penal que es el encargado, además, de la protección de la libertad personal, en el proceso. 
El Derecho Procesal Penal, regula el procedimiento mediante el cual se verifica, determina y realiza la pretensión penal estatal definida por el Derecho Penal. 
El Derecho Procesal Penal es el único medio legitimo para la aplicación del Derecho penal.
5. ¿Qué implica la frase: “¿El derecho penal no le toca un pelo al delincuente, sino que es el Derecho Procesal”? 
El autor hace referencia a una frase de Ernest Beling la cual hace referencia “El Derecho Penal no le toca al delincuente un solo pelo”, se entiende según Maier, para poder aplicar el Derecho Penal en primer termino se necesita de la existencia del Derecho Procesal Penal. El Derecho Penal lo que hace es definir el injusto penal y establece las condiciones bajo las cuales a una pena se le aplica una medida de seguridad o corrección. Establece el hecho antijuridico y aplicación de la pena. 
El Derecho Procesal Penal lo que hace es ante la existencia de una acción, antijuridica, indica una serie de actos necesarios para averiguación de la verdad y en tal caso disponer de la de la reacción concreta correspondiente al caso, mediante la pena o medida de seguridad. El Proceso está más cercano a lo real, a los hechos. 
6. ¿Cuáles son las características materiales del Derecho Procesal Penal según Maier? 
Las características materiales según Maier son: a) la realización del derecho material, b) la protección personal, c) recomposición de la paz y seguridad jurídica. 
A) La realización del derecho material se basa en lo anteriormente explicado que hace referencia a que el Derecho Penal no le toca un pelo al imputado. El autor señala que el Derecho Procesal Penal es un auxiliar de Derecho Penal, si este no existiere es imposible pensar en el Derecho Procesal Penal. Ante el poder del Estado de perseguir penalmente se dispone de un procedimiento adecuado para investigar y llegar a la verdad, como también se considera la dignidad humana, como garantizar la imparcialidad y un procedimiento ajustado a derecho.
B) La protección personal esta vinculado a la dignidad de la persona humana. Se corresponde a la evolución social y superación de la venganza de la sociedad arcaica. El crecimiento del poder del Estado coacciono la libertad y suprimió la libertad de los subordinados perseguidos por el Estado. 
En la sociedad moderna se vio en la necesidad de poner límites al poder de persecución penal del Estado, estableciendo un marco de garantías para el individuo. El Estado por un lado se ve en la necesidad de hacer efectivo el poder punitivo, previa averiguación de la verdad histórica de los hechos para garantizar la coexistencia social pacífica y por otro lado el Estado debe garantizar el goce de las libertades y bienes jurídicos que el Derecho concede. El estado obligatoriamente debe defender a quien el mismo persigue penalmente. 
La limitación al poder del Estado es característico del Estado de Derecho. Estas limitaciones son dadas por el Derecho Procesal Penal mediante una serie de garantías para quien es perseguido penalmente. Sea inocente para que no sea penado injustamente o culpable que tenga una condena a costa de su dignidad personal. 
C) Recomposición de la paz y seguridad jurídica se basa en la sentencia firme o cuando pasa a autoridad de cosa juzgada, que es la culminación de la discusión y del conflicto.
7. ¿Qué límites tiene el Estado para el ejercicio del poder punitivo? 
Los limites que tiene el Estado en el ejercicio del poder punitivo son las garantías procesales, plasmadas en la Constitución Nacional y Convención Americana de los Derechos Humanos, es decir, plasmadas en todo el boque constitucional. 
Dichas garantías son:
· Juicio previo art 18 Constitución Nacional, “nadie puede ser juzgado sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso”. Se exige que haya un juicio que concluya en una condena judicial.
· Principio de inocencia se presume la inocencia hasta que se demuestre la culpabilidad. Nadie puede ser tratado como culpable hasta que no haya una sentencia firme. 
· Inviolabilidad de la defensa en juicio art 18 de la CN esta es la facultad del imputado en intervenir activamente del proceso. El art 8 Garantías Judiciales (Convención Americana de Derechos Humanos).
· Prohibición de la persecución penal múltiple non bis in ídem. Prohibición de penar a la misma persona 2 veces por el mismo hecho. 
· Publicidad y oralidad. Totalmente opuesto al sistema inquisitivo donde era todo secreto. La publicidad y oralidad hace a la voz del imputado, ygarantizar sus derechos procesales a poder ser parte del expediente de manera activa. 
· Limitaciones formales de la averiguación de la verdad estas limitaciones también tienen sus antecedentes en el sistema inquisitivo donde se practicaban todas clases de métodos para la averiguación de la verdad, el cual incluían torturas hasta que imputado declarara en su contra. Mediante el sistema acusatorio esta clase de métodos esta prohibido incluso el imputado no puede declara en su contra. Art 18 CN “nadie puede ser obligado a declara contra si mismo” y art 8 inc. g, Convención Americana de los Derechos Humanos “derecho a no ser obligado a declara contra si mismo ni a declararse culpable”.
· Impugnación de la sentencia mediante el recurso, para evitar las consecuencias judiciales, demostrar su agravio, y de poder conseguirlo que la decisión sea revocada, transformándola, modificándola, reformulada o eliminada. Art 8 inc.h derecho a recurrir del fallo ante el juez o tribunal superior.
· Principio de imparcialidad. Hace referencia que en el sistema inquisitivo el juez quien llevaba a delante la investigación era el mismo que imponía la pena. Este principio de imparcialidad hace referencia, ya en sistema acusatorio, a que el juzgador, es decir el juez, ya no sea parte del proceso, ni tenga un interés propio en el caso
8. ¿Por qué se sostiene que el Derecho Procesal Penal es la realización de un mayor o menor Estado de Derecho? 
El Derecho Procesal Penal es la realización de un mayor o menor Estado de Derecho, porque es quien está al resguardo de las garantías procesales de los individuos. Estas garantías procesales son los principios generales del Derecho Procesal Penal. Dichas garantías procesales no son rígidas o fijas en el tiempo, al contrario, como señala el autor las garantías se perfeccionan conforme se observa la violación a las mismas, y en consecuencia pueden generar nuevos derechos. Estos principios se traducen en valores que alcanzan la cúspide de nuestro ordenamiento jurídico. Como lo expresado anteriormente la ampliación o restricción de garantías es dependiendo del modelo de Estado. 
9. ¿A qué nos referimos con Garantías dentro del Proceso Penal? Explique su importancia y explíquelas brevemente dos de ellas. 
Las garantías dentro del Proceso Penal son los principios generales marcan la organización judicial, y de esta organización se desprende la garantía de la libertad individual y la dignidad del ser humano. Dependiendo de los sistemas (inquisitivo o acusatorio) que se han aplicado a lo largo del tiempo, estas garantías han ganado fuerza hasta alcanzar en la actualidad la supremacía jurídica, como también poder declarar nulo un acto, cuando se vean vulneradas alguna de estas. Estos principios son de máxima importancia porque no es nada mas ni nada menos que lo que esta en juego es la libertad de las personas. Además, están todos entrelazados por lo que al violentar alguno de ellos podrían verse afectados varios. Todos resultan fundamentales.
· Impugnación de la sentencia mediante el recurso, para evitar las consecuencias judiciales, demostrar su agravio, y de poder conseguirlo que la decisión sea revocada, transformándola, modificándola, reformulada o eliminada. Art 8 inc.h derecho a recurrir del fallo ante el juez o tribunal superior.
· Principio de imparcialidad. Hace referencia que en el sistema inquisitivo el juez quien llevaba a delante la investigación era el mismo que imponía la pena. Este principio de imparcialidad hace referencia, ya en sistema acusatorio, a que el juzgador, es decir el juez, ya no sea parte del proceso, ni tenga un interés propio en el caso. 
10. ¿Qué implicaría la violación de alguna garantía dentro del Proceso Penal? Justifique 
La violación a alguna de estas garantías implicaría la violación de alguna medida de gran parte de ellas ya que se encuentran íntimamente relacionadas. Peligro del estado de derecho, el individuo quedaría en un estado de vulnerabilidad absoluto, con temor a la perdida de la libertad. El ordenamiento jurídico quedaría vulnerable, el Estado quedaría con un desmesurado poder punitivo.