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LEY DE RODAS - RODRIGOYUJRA

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LEY DE RODAS 
INTRODUCCION 
Estas leyes nacieron en las Islas de Rodas alrededor del año 400 antes de la Era 
Cristiana, estas islas fueron famosas por su gran actividad comercial, por eso las 
leyes marítimas se conocen por su nombre, "básicamente las leyes Rodias se 
desenvolvieron en un ordenamiento que regula" a la participación que las 
compañías navieras tendrían en la actividad comercial marítima 
nacieron en las islas de rodas habitada por un pueblo heleno donde la legislación 
con respecto al comercio marítimo excelente a través de su incorporación al derecho 
romano 
DESARROLLO 
Rodas es una bella isla del Mediterráneo oriental conocida por varios hechos 
históricos (el Coloso que lleva su nombre y que fue una de las sedes de la Orden 
de los Caballeros de Malta), pero también por su capacidad para el comercio 
marítimo. Cuando Grecia dejó de ser una potencia, Rodas tomó su lugar junto a 
otros pueblos del Mar Egeo. Como su aristocracia era de origen griego, no fue muy 
difícil llevar a la práctica esta sustitución. 
Sin embargo, su privilegiada situación hizo que sufriera variados ataques. En 
concreto, tras vencer al rey seleúcida con su ejército de 40.000 hombres, los rodios 
victoriosos levantaron la famosa estatua que les ha hecho conocidos a lo largo de 
la historia, su Coloso, erigido en honor del dios Helios sobre el año 280 a.C y que 
dominaba la entrada al puerto. 
Eran grandes comerciantes y disponían de una buena flota naval para sus 
transacciones por el Mare Nostrum. Diodoro, el historiador, decía que una parte 
importante de sus ingresos los conseguían en sus traslados de productos al Egipto 
faraónico, de donde además obtenían el trigo que llevaban al norte. Parece que 
también existía una red de prestamistas rodios que llegaban y actuaban en el 
Mediterráneo central y oriental. 
La lex Rodia 
 
 
Hay noticias de que la ley marítima rodia, que data aproximadamente del siglo I 
a.C., se impuso como código en Bizancio (siglos V-VII) (Abulafia). Sobre este código 
hay cierta controversia entre los investigadores, y apenas se ponen de acuerdo 
incluso sobre cuándo se redactó, ya que tenemos noticia de ella por copias y 
adaptaciones posteriores de otros pueblos romanos y bizantinos. 
Lo que más ha trascendido de ella es lo que está vinculado con los posibles daños 
ocasionados por una tormenta, y referidos a la carga que la embarcación pudiera 
transportar (Lex Rhodia de iactu). 
Esta ley dictaba que en caso de que fuera necesario arrojar toda o parte de la 
mercancía al mar, porque la nave estaba en serio peligro, el daño resultante (lo que 
denominan “echazón”) debía repartirse entre los propietarios del barco y los dueños 
de las mercancías, en la proporción y medida de las propiedades. El texto de la ley 
Rodia sólo se refiere al hecho de tener que deshacerse de la carga y tirar al mar los 
productos transportados en caso extremo, pero los romanos lo extendieron a otros 
casos análogos, como al deterioro de las mercancías y al precio del rescate en caso 
de secuestro por parte de los piratas (Derecho romano). 
Esta antigua ley de los rodios del siglo I a.C. no debe confundirse con el Nomos 
Rhodion Nautikos, que a pesar de que tiene en común el nombre de la isla de 
Rodas, son distintas. Esta última es una compilación de reglas consuetudinarias 
marítimas datadas entre los siglos VI y VIII, incorporadas posteriormente 
al Basilicorum libri como un apéndice por el emperador Leo VI (886–912). 
Posiblemente éstas se basaran en la primera. 
Una combinación con el imperio romano 
En los sistemas jurídicos más antiguos se han establecidos criterios que se 
refieren abiertamente al comercio y que en consecuencia constituyen gérmenes 
del Derecho Mercantil. Haciendo una remembranza histórica del derecho mercantil 
cabe señalar pueblos que alcanzaron un grado altísimo de prosperidad mercantil, 
es el caso de Babilonia, Egipto, Grecia, Rodas, Fenicia y su colonia Cartago, sin 
embargo la legislación que deslumbró con mayor certeza jurídica fueron las 
 
 
famosas Leyes Rodias, que nacieron en las islas Rodas, a ella se debió 
corresponder sin duda la presencia de un derecho, consuetudinario o escrito, pero 
en su esencia comercial, el cual estaba llamado a satisfacer las necesidades 
económicas de aquellos pueblos, básicamente las Leyes Rodias se 
desenvolvieron en un ordenamiento de carácter marítimo y es que por la 
naturaleza de su territorio geográfico se desarrollo un mercado internacional de 
primer orden y es que el Derecho Romano narra que el emperador Antónimo 
declaraba que si, a Roma le pertenencia el Imperio del mundo a la ley rodia le 
correspondería el derecho sobre la esfera marítima 
 
 
CONCLUCION 
Estas leyes nacieron en las Islas de Rodas alrededor del año 400 antes de la Era 
Cristiana. En síntesis, un pueblo que habitaba en una de las islas del Mediterráneo, 
un siglo antes de nuestra era ya fue capaz de regirse por una serie de normas (a 
pesar de que no han trascendido todas) que legislaban el comercio por mar y que, 
debido a sus propios intereses comerciales, establecían derechos y deberes en 
caso de que la embarcación no pudiera llegar a su destino. 
El desarrollo del derecho mercantil en el imperio Romano implico el aparecimiento 
de condiciones políticas y jurídicas muy distintas, que en la época primita se veían, 
pero es la que se da en la edad media en cuanto al Derecho Civil y Derecho 
Mercantil, que da origen a los gremios (agrupaciones de comerciantes) los cuales a 
su vez procuraban defenderse de los abusos de los señores feudales atreves de su 
incorporación en el derecho romano, las leyes de rodias han ejercido influjo que 
prevalece en nuestros días 
 
 
ANEXOS 
 
 
 
 
LEY DE 
RODAS 
Eran grandes 
comerciantes y 
disponían de una buena 
flota naval para sus 
transacciones por 
el Mare Nostrum. 
Diodoro
año 400 antes de la Era 
Cristiana
"echazon"
arrojar toda o parte de 
la mercancía al mar
regulaba prestamos, 
robos , abordajes de 
mercancias y echazon
En los sistemas jurídicos 
más antiguos se han 
establecidos criterios 
que se refieren 
abiertamente al 
comercio y que en 
consecuencia 
constituyen gérmenes 
del Derecho Mercantil
El texto de la ley Rodia 
sólo se refiere al hecho 
de tener que deshacerse 
de la carga y tirar al mar 
los productos 
transportados en caso 
extremo
las influenia de las leyes 
de rodias en el Roma 
evivencian las palabras 
del emperador antonino 
Poseian un caracter 
escrito tenian como 
objeto relugar el 
comercio
 
 
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LA LEY DE RODAS PARA EL COMERCIO MARITIMO: una perdida se repartía entre todos los 
propietarios de la mercancía transportada en el barco. Este constituye la base del derecho mercantil 
marítimo, los griegos tenían una asociación llamada “ERANDI” por qué daban asistencia a los más 
necesitados a través de un fondo común constituido por todos los agremiados 
 
 
ANEXOS REFERENCIALES 
Rodas en el mapa de Ptolomeo. 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Rodas en el siglo XVIII. Fuente: Gallica

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