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INFORME SALUD OCUPACIONAL
ALUMNO:
ALIRIO LAZARO CARDENAS 
PROFESOR:
LICENCIADO RITO SANDOVAL 
GRUPO:
 E112 
UNIDADES TECNOLOGICAS DE SANTANDER 
BUCARAMANGA 
2017
INTRODUCCION
Una de las principales preocupaciones de una compañía debe ser el control de riesgos que atentan contra la salud de sus trabajadores y contra sus recursos materiales y financieros.
Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.
En consideración a lo anterior, la administración y la gerencia de toda compañía deben asumir su responsabilidad en buscar y poner en práctica las medidas necesarias que contribuyen a mantener y mejorar los niveles de eficiencia en las operaciones de la empresa y brindar a sus trabajadores un medio laboral seguro.
Para ello de acuerdo a las disposiciones de la organización internacional el trabajo OIT y las leyes establecidas en el país conforme al sistema de riesgos profesionales, ha de elaborar un programa de salud ocupacional pendiente a preservar, mantener y mejorar la salud individual y colectiva de los trabajadores en sus correspondientes ocupaciones y que deben ser desarrolladas en forma multidisciplinaria.
OBJETIVO
La salud ocupacional tiene como objetivos prevenir las enfermedades laborales, proteger a los trabajadores de los riesgos a su salud presentes en el ambiente laboral donde se desempeñan, y establecer condiciones del medio ambiente adaptadas a las condiciones y capacidades físicas y psicológicas de los trabajadores.
SALUD OCUPACIONAL
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la salud ocupacional como una actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reducción de las condiciones de riesgo.
La salud ocupacional no se limita a cuidar las condiciones físicas del trabajador, sino que también se ocupa de la cuestión psicológica. Para los empleadores, la salud ocupacional supone un apoyo al perfeccionamiento del trabajador y al mantenimiento de su capacidad de trabajo.
Los problemas más usuales de los que debe ocuparse la salud ocupacional son las fracturas, cortaduras y distensiones por accidentes laborales, los trastornos por movimientos repetitivos, los problemas de la vista o el oído y las enfermedades causadas por la exposición a sustancias antihigiénicas o radioactivas, por ejemplo. También puede encargarse del estrés causado por el trabajo o por las relaciones laborales.
	LEGISLACION
	 
	Las normas legales especializadas en salud ocupacional, van dirigidas a brindar la protección de las personas trabajadoras, durante el ejercicio de su trabajo, creando una serie de derechos y deberes entre las partes que integran la relación laboral, es decir, entre las personas empleadoras y las personas trabajadoras.
 
	Ley Nº4229 del 11 de diciembre del año 1968. Pacto internacional de derechos económicos, sociales y culturales. 
	Esta Ley determina los Derechos Humanos, en el campo económico, social y cultural de las y los ciudadanos. 
	Ley Nº7600. De igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Rige a partir del 29 de mayo del año 1996. 
	La normativa especial fue creada con el fin de proteger los derechos de las personas con la capacidad disminuida; así como buscar la eliminación discriminatoria en las relaciones sociales, laborales, establecidos en nuestro Ordenamiento Jurídico. 
	Ley Nº7739 código de la niñez y la adolescencia. Rige a partir del 06 de febrero del año 1998. 
	Esta Ley crea un régimen especial de protección a la persona trabajadora adelescente. 
	Ley de construcciones Nº833, del 10 de noviembre del año 1982 
	Regula todo lo relacionado con el cumplimiento de los requisitos establecidos en los diferentes reglamentos vinculados con el tema de la construcción en general. 
	Ley Nº9028 sobre regulaciones al tabaco. 
	"Esta ley regula las medidas que el Estado implementará para instrumentalizar el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT) de la Organización Mundial de la Salud (OMS), Ley N.º 8655, de 17 de julio de 2008, con el objeto de controlar el consumo de tabaco y reducir su prevalencia, así como la exposición al humo de este. 
	Ley Nº771. Ley general sobre el VIH-Sida. Rige a partir del 20 de mayo de año 1998 
	Esta ley tiene como objetivo la promoción de la salud, educación, la prevención, el diagnóstico, la vigilancia epidemiológica y la atención e investigación sobre el virus del VIH-SIDA. 
	Ley Nº2 del 26 de agosto del año 1943 y sus Reformas. Código de Trabajo. 
	Regula los derechos y deberes de las personas empleadoras y trabajadoras con ocasión de una relación laboral. 
	Ley Nº6727 del 9 de setiembre del año 1982 reformó al título IV del Código de Trabajo 
	Establece la protección de las personas trabajadoras durante el ejercicio de su trabajo. 
	Ley Nº7476 contra el Hostigamiento Sexual, de fecha 03 de febrero del año 1995 
	La Ley prohíbe y sanciona el acoso u hostigamiento sexual como práctica discriminatoria, por razón del sexo, contra la dignidad del hombre y de la mujer. 
	Ley Nº8122. Publicada en la gaceta nº167 de fecha 31 de agosto del año 2001. 
	Sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación. 
CONCLUSIONES 
· Los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales son factores que interfieren en el desarrollo normal de la actividad empresarial, incidiendo negativamente en su productividad y por consiguiente amenazando su solidez y permanencia en el mercado; conllevando además graves implicaciones en el ámbito laboral, familiar y social.
· Es importante recordar que este conjunto de técnicas y actividades ayudan a la identificación, valoración y al control de las causas de los accidentes de trabajo, a todo esto recordemos que una lesión es el daño o detrimento corporal causado por una herida, un golpe o una enfermedad.
BIBLIOGRAFIA 
http://humberbass4.blogspot.com.co/2010/12/conclusiones.html
http://www.cso.go.cr/normativa/leyes.html