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Facultad de Ciencias Médicas Carrera de Licenciatura en Enfermería. Año Lectivo 2021 DEONTOLOGÍA Y PROBLEMÁTICA PROFESIONAL 2023 TRABAJO PRÁCTICO N° 3 ARTICULO N°1 LINK: https://www.losandes.com.ar/policiale s/condenaron-al-enfermero-del- hospital-lagomaggiore-que-vendia- pcr-negativos-falsos/ Condenaron al enfermero del hospital Lagomaggiore que vendía PCR negativos falsos Damián Alvarado recibió una pena de 3 años de cárcel y 6 años de suspensión para ejercer cargos públicos. Redacción Los Andes martes, 20 de septiembre de 2022 14:01 Imagen ilustrativa. https://www.losandes.com.ar/policiales/condenaron-al-enfermero-del-hospital-lagomaggiore-que-vendia-pcr-negativos-falsos/ https://www.losandes.com.ar/policiales/condenaron-al-enfermero-del-hospital-lagomaggiore-que-vendia-pcr-negativos-falsos/ https://www.losandes.com.ar/policiales/condenaron-al-enfermero-del-hospital-lagomaggiore-que-vendia-pcr-negativos-falsos/ https://www.losandes.com.ar/policiales/condenaron-al-enfermero-del-hospital-lagomaggiore-que-vendia-pcr-negativos-falsos/ https://www.losandes.com.ar/autor/redaccionla/ https://www.losandes.com.ar/autor/redaccionla/ La Justicia condenó hoy al enfermero del hospital Lagomaggiore que vendió más de 800 tests PCR falsos de Covid-19 y que fue detenido en enero pasado, tras descubrirse la maniobra. Se trata de Damián Alvarado, de 36 años, quien desempeñaba tareas en el área de Control de Infecciones del nosocomio capitalino y que fue detenido, luego de que fuera denunciado por un particular. Alvarado estaba imputado por 839 hechos de “falsedad ideológica de instrumento público” y a través de su abogado defensor pactó con el fiscal Juan Manuel Sánchez una pena de 3 años de prisión y 6 años de inhabilitación para ejercer cargos públicos. Luego de que trabajador de la salud se declarara culpable , la pena fue confirmada hoy por la jueza Dolores Ramón, quien ordenó la libertad condicional del condenado. Los dos trabajan en el hospital Lagomaggiore pero fueron separados de su cargo En enero pasado Alvarado fue denunciado por un particular y las autoridades del Lagomaggiore comenzaron a investigar y así pudieron establecer que el enfermero había negociado –a unos $3 mil por cada documento- más de 800 certificados. Como trabajaba en Control de Infecciones el hombre tenía una clave que le permitía acceder al sistema. Así cargaba los resultados siempre negativos en el sistema desde un mismo usuario, sin tener esa función dado que no es bioquímico y luego los vendía. Al comprobarse la maniobra, las autoridades de Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ordenaron que se abriera un sumario administrativo al tiempo que denunciaron penalmente el ilícito en la Fiscalía de Delitos no Especializados. También quedó imputada en calidad de cómplice su pareja, la enfermera Solange Olmos. https://www.losandes.com.ar/policiales/mendoza-detuvieron-e-imputaron-a-una-pareja-de-enfermeros-que-vendia-certificados-negativos-de-covid/ https://www.losandes.com.ar/policiales/mendoza-detuvieron-e-imputaron-a-una-pareja-de-enfermeros-que-vendia-certificados-negativos-de-covid/ ARTICULO N°2 LINK: https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/condenaron-a-un-enfermero-del- ejercito-a-seis-anos-de-prision-por-abuso-sexual/ Intervino la Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Mendoza Condenaron a un enfermero del Ejército a seis años de prisión por abuso sexual 26.12.2018 En Fiscalías Fue por decisión del Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Mendoza. Los hechos ocurrieron entre 2015 y 2016 en el grupo de artillería de Montaña 8 “Uspallata”. Los jueces María Paula Marisi, Roberto Nacif y Alejandro Piña condenaron a seis años de prisión a un teniente primero y enfermero profesional del Ejército Argentino por tres hechos de abuso sexual. La fiscal Gloria André, a cargo de Fiscalía General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Mendoza, había requerido la misma pena. Los hechos por los que fue condenado el teniente primero Juan Lozada González sucedieron entre 2015 y 2016 dentro del grupo de artillería de Montaña 8 “Uspallata”. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Mendoza consideró que el imputado cometió “abuso sexual gravemente ultrajante” en tres oportunidades y le fijó una inhabilitación absoluta para ejercer su profesión. Respecto a este último punto, la Fiscalía había solicitado una inhabilitación más amplia que abarcara cualquier profesión vinculada al ámbito de los servicios de salud. La causa comenzó con la denuncia que realizó una de las víctimas, que se presentó en la enfermería en octubre de 2016. Allí, Lozada se aprovechó de su grado, de la relación de dependencia con la víctima y se valió de medicación para provocarle mayor vulnerabilidad y así practicarle sexo oral. El mismo joven contó que el imputado había abusado sexualmente de él unos meses antes. A esto se le sumó la denuncia de otra víctima quién relató lo que vivió en junio de 2015 cuando también se dirigió a Sanidad por un problema en particular. Los testimonios de los soldados fueron respaldados por informes psicológicos realizados durante la tramitación de la causa. Dichos informes concluyeron que los testimonios de ambas víctimas eran creíbles, que los mismos mostraban importantes signos de angustia en sus relatos y que no habían indicadores de “fabulación”. Durante el debate, fueron testigos varios integrantes del Ejército quienes recordaron el momento en que las víctimas contaron lo sucedido. En el requerimiento de elevación a juicio, se señaló que Lozada actuaba “aprovechando las ventajas y la cobertura que el alto cargo que ostentaba en el ejército le daba respecto de las víctimas”. Asimismo, se indicó que los soldados dudaron en realizar las denuncias “por miedo a que nos les creyeran, por miedo a perder el trabajo”. Respecto de la figura, el abuso sexual “gravemente ultrajante” -de acuerdo a la doctrina- son los actos sexuales que objetivamente tienen una desproporción con el propio tipo básico de abuso sexual y que producen en la víctima una humillación más allá de lo que normalmente se verifica con el abuso en sí. https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/condenaron-a-un-enfermero-del-ejercito-a-seis-anos-de-prision-por-abuso-sexual/ https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias/condenaron-a-un-enfermero-del-ejercito-a-seis-anos-de-prision-por-abuso-sexual/ https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias https://www.fiscales.gob.ar/fiscalias ARTICULO N°3 LINK: https://www.diariouno.com.ar/judiciales/condenaron-una-enfermera-que- coloco-mal-una-inyeccion-y-termino-causando-la-muerte-una-mujer-n1035054 Condenaron a una enfermera que colocó mal una inyección y terminó causando la muerte de una mujer Marina Corso (68) fue sentenciada a 3 años de prisión en suspenso y quedó en libertad. A mediados de 2016 Andrea Riera (45) terminó perdiendo la vida días después de recibir lo que debería haber sido una simple inyección para aliviar dolores. Imagen ilustrativa. A más de seis años de la muerte de Andrea Fabiana Riera (45), una enfermera fue condenada por aplicar una inyección de forma incorrecta y generar el desenlace fatal. Por el hecho de mala praxis, la mujer recibió una pena de 3 años de prisión en suspenso y quedó en libertad. Resta resolver la causa civil que también tiene a un médico como demandado. El 11 de mayo de 2016, Andrea Riera debía recibir lo que sería una simple inyección para aliviar un dolor que tenía en uno de sus brazos tras sufrir un accidente vial dos días antes. Se lo había indicado un médico de un sanatorio privado. La mujer solicitó a una enfermera del inyectable y se reunieron en su casa ubicada en el barrio Corredor Urbano I, en Godoy Cruz. Marina Corso (68) preparó la jeringa con Diclofenac con B12, un medicamente antiinflamatorio y analgésico,y se lo aplicó a la paciente en uno de sus glúteos. Pero https://www.diariouno.com.ar/judiciales/condenaron-una-enfermera-que-coloco-mal-una-inyeccion-y-termino-causando-la-muerte-una-mujer-n1035054 https://www.diariouno.com.ar/judiciales/condenaron-una-enfermera-que-coloco-mal-una-inyeccion-y-termino-causando-la-muerte-una-mujer-n1035054 olvidó varios detalles higiénicos: no se colocó guantes en sus manos y tampoco desinfectó la zona con alcohol. Tres días después, Riera volvió al sanatorio ya que estaba descompuesta y tenía un fuerte dolor en la zona donde le aplicaron la vacuna. La pericia médica determinó que estaba padeciendo una fascitis necrosante, es decir, una infección producida por una bacteria. Según sostuvo el expediente penal, el médico de guardia le realizó un tratamiento analgésico para el dolor y le dio el alta. Cuatro horas después, la paciente volvió en grave estado de salud y quedó internada. Terminó muriendo el 19 de mayo. Largo camino judicial tras la mala praxis El fallecimiento de Andrea Riera abrió un expediente por homicidio culposo -de 1 a 5 años de cárcel- que derivó en la imputación de dos personas: Marina Corso y el médico de guardia de la clínica. Este últmo fue sobreseído por el beneficio de la duda el 10 de agosto del año pasado, según decidió la fiscal de Homicidios Claudia Ríos pese a la oposición de los abogados querellantes Gabriel Carrizo y Antonio Carrizo. Parecía que el caso de la mujer del inyectable iba a correr la misma suerte, pero una pericia que se realizó en la causa civil cambió todo. Una necropsia que realizaron médicos forenses determinó, palabras más palabras menos, que se trató de un caso de "mala praxis por omisión con negligencia e imprudencia". Ante este nuevo panorama, Marina Corso decidió admitir su autoría en un juicio abreviado que se concretó en las primeras horas de la tarde de este jueves y terminó condenada a 3 años de prisión en suspenso. Resta resolver la demanda civil que entabló los familiares de la víctima fatal contra ambos profesionales de la Salud. Fuentes judiciales detallaron que ese proceso se encuentra en etapa de alegatos y esperan una sentencia en las próximas semanas.