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UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE 
CHIMBOTE 
 
 
 
FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, 
FINANCIERAS Y ADMINISTRATIVAS 
 
ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y 
ADMINISTRACIÓN 
 
 
 
DERECHO LABORAL 
EL DERECHO A LA HUELGA 
INTEGRANTES: 
 
- JOSÉ ALEJANDRO SANCHEZ PONCE 
- JACKELINE CLARIE CHINCHA TOLEDO 
- JOHANA ABIGAIL LOMOTE VERGARA 
DOCENTE 
- LIC. FANY VERA GUTIERREZ 
 
 
 
 
 
 
HUARAZ - PERÚ 
 
2017
 
RESUMEN 
 
 
La presente investigación realizada consiste en el estudio respecto a El derecho a la 
Huelga, según Jorge Toyama (2015), así como algunas normativas que regulan este 
derecho. 
Según Jorge Toyama (2015), comenzó a investigar y trabajar el mundo laboral y 
comenta que es su paso ha visto muchas reformas laborales los cuales han 
transformado todas la instituciones del trabajo: leyes, sentencias, criterios 
inspectivos y directivas en un sentido u otro. 
Nos habla también que en el 1990 comenzó la reforma orientada hacia la 
flexibilidad laboral. En la búsqueda de atraer inversiones privadas así como 
reformar la estructura del Estado, se emitieron disposiciones flexibles, modificando 
–en una década– casi todas las instituciones laborales. En la contratación, se 
generaron más supuestos para contratar a plazo fijo, se permitió contratar jóvenes 
hasta casi la mitad de la plantilla o tener trabajadores a través de intermediación 
laboral hasta el 50% de la actividad principal. También se cambió la reposición por 
una indemnización ante un despido injustificado, se flexibilizó el cese colectivo, se 
modificó el derecho colectivo reduciendo derechos de los sindicatos, simplificando 
la negociación colectiva y dificultando la huelga. 
A lo que precisa que se tuvo una reforma normativa “feroz” (en los términos de 
la OIT). Quizá la mayor expresión de ello fue la intención de desaparecer 
el Ministerio de Trabajo para convertirlo en una dependencia del Ministerio de 
Justicia a fines de la década de 1990, Entonces, se limitaron la intermediación 
laboral y contratación de jóvenes, y a través de criterios judiciales se restableció la 
reposición en la estabilidad laboral. También se controló más los contratos a plazo 
http://elcomercio.pe/buscar/oit
http://elcomercio.pe/buscar/ministerio+de+trabajo
 
fijo y tercerizaciones ficticias, se delimitó abusos y excesos en materia colectiva, 
etc. 
Lo cierto es que, tras 25 años, seguimos con el mismo problema. Pese al crecimiento 
y ciertas mejoras en el empleo, el país no ha podido revertir la amplia informalidad 
laboral que genera pocos trabajadores productivos, sin empleo adecuado ni 
seguridad social. Hay incumplimientos laborales, poca cultura previsional, extrema 
informalidad en la microempresa, baja capacitación, poco diálogo social, entre 
otros. Estos son los temas relevantes del país, ojalá que pronto una reforma integral 
se dedique a tiempo completo a atacar estos problemas. 
Lo que argumenta este autor es que hasta el 2015 no se está terminando muy bien 
en material laboran, los trabajadores ganan menos en términos reales, las 
remuneraciones se pagan más diaria o semanalmente que mensualmente, las 
empresas reducen personal y no pagan beneficios, hay ceses colectivos en casi todos 
los sectores. Ahora vemos menos trabajadores en planilla que el año pasado. En fin, 
aumentaron la precariedad laboral y la informalidad. 
Por lo tanto llegamos a la conclusión que nuestro país necesita una regularización 
que promueva las buenas prácticas laborales y una mayor flexibilización para 
enfrentar la crisis y así no tener que soportar las huelgas que con derecho los 
trabajadores realizar en nuestro país solicitando incremento de salario y otros 
deberes.