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Como ocurre en el caso de los reglamentos administrativos, también la capacidad de decisión de la Administración en la emisión de un acto administr...

Como ocurre en el caso de los reglamentos administrativos, también la capacidad de decisión de la Administración en la emisión de un acto administrativo se encuentra condicionada por su déficit de conocimiento. Lo que se verifica formalmente, cuando se concede una autorización, es si se han cumplido debidamente los expedientes de autorregulación. Se comprueba si las empresas han elaborado los planes de seguridad que les impone la legislación; si han adaptado sus instalaciones a la mejor tecnología disponible; o si han superado favorablemente los controles técnicos a los que, bajo su propia responsabilidad, deben someterse.

a) Esta afirmación, que comporta la admisión de actos administrativos emitidos por sujetos privados, se encuentra debidamente fundamentada en la tesis doctoral de D. CANALS AMETLER El ejercicio por particulares de funciones de autoridad..., op. cit., y será desarrollada con algo más de detalle por nosotros al analizar la publificación de las estructuras secundarias de autorregulación.
b) Este camino ha sido ya recorrido parcialmente, como señala M. STOLLEIS, en “Las líneas de desarrollo de la dogmática…”, op. cit., p. 13: “el acto administrativo deja de ser el centro de la dogmática y su lugar pasan a ocuparlo el procedimiento administrativo en cuanto vía para llegar a decisiones vinculantes, así como los derechos de participación e información, imprescindibles al efecto, y la relación jurídico-administrativa que a todo ello surge”. Pone también adecuadamente el acento en este aspecto E. MALARET GARCÍA, “Los principios del procedimiento administrativo y el responsable del procedimiento”, en Administración Pública y Procedimiento Administrativo. Comentarios a la Ley 30/1992, (Coord. J. Tornos Mas), Bosch, Barcelona, 1994. Un excelente trabajo sobre este tema es de J. PONCE SOLÉ, Deber de buena administración y derecho al procedimiento administrativo debido. Las bases constitucionales del procedimiento administrativo y del ejercicio de la discrecionalidad, Lex Nova, Valladolid, 2001.
c) La existencia de procedimientos administrativos complejos pone de relieve y destaca la potencialidad de aquellas actividades administrativas de carácter decisorio que, a pesar de no tener carácter final, ponen fin a un procedimiento administrativo que, a su vez, se incardina en otro procedimiento, que puede considerarse principal.

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732 pag.

Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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