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UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE DERECHO SEMINARIO DE DERECHO DEL TRABAJO Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL “ LA REFORMA LABORAL Y SU TRASCENDENCIA EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN MÉXICO ” TESIS QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE PRESENTA ASESOR: JOSÉ ARTURO LUIS PUEBLITA PELISIO MÉXICO 2014 LICENCIADO EN DERECHO MARTIN DÍAZ ARZOLA UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor. A MI ABUELO: Pioquinto Arzola Hernández. Quien con sus sabios consejos y ejemplo de vida, me enseño a vivir sin temor. Para el todo mi cariño y respeto. A MI MADRE: María del Rocío Arzola Juárez Quien se preocupo por mi destino y me ofreció un mundo lleno de oportunidades. A MI PADRE: Martín Díaz Castillo Quien con su esfuerzo y amor, estuvo ahí para apoyarme en los momentos mas difíciles. A MI HERMANA: Julieta Díaz Arzola Por todo el aprecio y respeto que se merece. A MI MAESTRO Y AMIGO: Lic. José Arturo Pueblita Pelisio Por sus enseñanzas académicas y de vida, las cuales hicieron nacer en mi un gran deseo de aprender. Asimismo mi eterna gratitud, respeto y admiración, además, la promesa de luchar por México y su clase trabajadora. A MIS MAESTROS Y AMIGOS: Por haberme acompañado a lo largo de mi vida. A MI ALMA MATER: A la Universidad Nacional Autónoma de México y en especial a la honorable Facultad de Derecho. A MAXIN SÁNCHEZ CARREÑO: Por ser la fuerza y alegría que fueron fundamentales para la culminación de este proyecto, además, mi eterno agradecimiento por su incondicional apoyo. No Yolotl Paqui ÍNDICE INTRODUCCIÓN INTRODUCCIÓN------------------------------------------------------------------------------------------------I CAPÍTULO I MARCO HISTÓRICO 1. EVOLUCIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO-------------------------------------------1 1.1. ANTECEDENTES INTERNACIONALES------------------------------------------------------2 1.1.1. EDAD ANTIGUA----------------------------------------------------------------------------2 1.1.1.1. GRECIA---------------------------------------------------------------------------- 3 1.1.1.2. ROMA--------------------------------------------------------------------------------3 1.1.2. EDAD MEDIA--------------------------------------------------------------------------------5 1.1.2.1. SISTEMA FEUDAL---------------------------------------------------------------6 1.1.2.2. COORPORACIONES------------------------------------------------------------8 1.1.3. EDAD MODERNA-------------------------------------------------------------------------10 1.1.3.1. REVOLUCIÓN FRANCESA--------------------------------------------------10 1.1.3.2. REVOLUCIÓN INDUSTRIAL-------------------------------------------------12 1.1.3.2.1. REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO---- 15 1.1.3.3. SOCIALISMO --------------------------------------------------------------------16 1.1.3.3.1. SOCIALISMO UTÓPICO--------------------------------------------16 1.1.3.3.2. SOCIALISMO CIENTÍFICO-----------------------------------------17 1.1.3.4. SINDICALISMO INGLES------------------------------------------------------17 1.1.3.5. CARTISMO-----------------------------------------------------------------------18 1.1.3.6. LA LUCHA DE CLASES EN FRANCIA 1848---------------------------- 20 1.1.4. ÉPOCA CONTEMPORÁNEA----------------------------------------------------------21 1.1.4.1. PRIMERA Y SEGUNDA INTERNACIONAL----------------------------- 21 1.1.4.1.1. PRIMERA INTERNACIONAL---------------------------------------21 1.1.4.1.2. SEGUNDA INTERNACIONAL-------------------------------------22 1.1.4.2. PRIMERA GUERRA MUNDIAL----------------------------------------------22 1.1.4.3. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO------------------23 1.2. ANTECEDENTES NACIONALES-------------------------------------------------------------24 1.2.1. ÉPOCA PREHISPÁNICA--------------------------------------------------------------- 24 1.2.2. ÉPOCA COLONIAL---------------------------------------------------------------------- 26 1.2.2.1. LA ENCOMIENDA-------------------------------------------------------------- 27 1.2.2.2. LEYES DE INDIAS------------------------------------------------------------- 27 1.2.3. ÉPOCA INDEPENDIENTE------------------------------------------------------------- 29 1.2.3.1. SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN------------------------------------------ 29 1.2.3.2. CONSTITUCIONES DE 1824 Y 1836 -------------------------------------29 1.2.3.3. CONSTITUCIÓN DE 1857--------------------------------------------------- 30 1.2.3.4. ESTATUTO PROVISIONAL DEL IMPERIO -----------------------------31 1.2.3.5. HUELGA DE CANANEA Y HUELGA DE RIO BLANCO------------- 33 1.2.3.6. PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL MEXICANO Y MANIFIESTO A LA NACIÓN------------------------------------------------------------------------- 34 1.2.3.7. REVOLUCIÓN MEXICANA ------------------------------------------------- 36 1.2.3.8. LEGISLACIÓN LOCAL EN MATERIA DEL TRABAJO (ANTERIOR A LA CONSTITUCIÓN DE 1917)------------------------------------------------ 38 1.2.3.9. CONSTITUCIÓN DE 1917 Y ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL ------------------------------------------------------------------38 1.2.3.10. ARTÍCULOS DE LA CONSTITUCIÓN 1917 RELACIONADOS CON EL TRABAJO --------------------------------------------------------------------------41 1.2.3.11. LEGISLACIÓN LOCAL EN MATERIA DEL TRABAJO (POSTERIOR A LA CONSTITUCIÓN DE 1917)-------------------------------------------------42 1.2.3.12. FEDERALIZACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL --------------- 43 1.2.3.13. LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1931 --------------------------------43 1.2.3.14. LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1970 --------------------------------44 1.2.3.15. REFORMA A LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DE 1980 ---------45 CAPÍTULO II 2. GENERALIDADES DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO-------------------------------- 47 2.1. DERECHO ------------------------------------------------------------------------------------------47 2.2. TRABAJO -------------------------------------------------------------------------------------------49 2.3. DERECHO DEL TRABAJO ---------------------------------------------------------------------50 2.4. RELACIÓN DE TRABAJO ----------------------------------------------------------------------51 2.4.1. CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO ------------------------------------------52 2.4.2. CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO ------------------------------------------53 2.4.3. CONTRATO-LEY------------------------------------------------------------------------- 54 2.5. SUJETOS DEL TRABAJO ----------------------------------------------------------------------55 2.5.1. TRABAJADOR-----------------------------------------------------------------------------55 2.5.1.1. TRABAJADOR DE PLANTA--------------------------------------------------57 2.5.1.2. TRABAJADOR DE CONFIANZA--------------------------------------------57 2.5.1.3.TRABAJADOR DE BASE ----------------------------------------------------58 2.5.1.4. MENOR TRABAJADOR ------------------------------------------------------58 2.5.1.5. TRABAJADOR EVENTUAL --------------------------------------------------58 2.5.2. PATRÓN ------------------------------------------------------------------------------------59 2.5.2.1. REPRESENTANTES DEL PATRÓN-------------------------------------- 59 2.5.3. INTERMEDIARIOS ----------------------------------------------------------------------60 2.5.4. EMPRESA Y ESTABLECIMIENTO -------------------------------------------------60 2.5.5. COALICIONES ----------------------------------------------------------------------------60 2.5.6. SINDICATOS------------------------------------------------------------------------------ 61 2.5.7. FEDERACIONES Y CONFEDERACIONES ---------------------------------------62 2.6. CONDICIONES DE TRABAJO---------------------------------------------------------------- 63 2.6.1. JORNADA ----------------------------------------------------------------------------------63 2.6.1.1. JORNADA HUMANA ----------------------------------------------------------65 2.6.1.2. JORNADA ORDINARIA------------------------------------------------------ 65 2.6.1.3. JORNADA DIURNA, NOCTURNA Y MIXTA ----------------------------66 2.6.1.4. JORNADA CONTINUA Y DISCONTINUA -------------------------------66 2.6.1.5. JORNADA ESPECIAL O SEMANAL-------------------------------------- 67 2.6.1.6. JORNADA REDUCIDA --------------------------------------------------------67 2.6.1.7. JORNADA EMERGENTE ----------------------------------------------------67 2.6.1.8. JORNADA EXTRAORDINARIA ---------------------------------------------68 2.6.1.9. REPOSO DEL TRABAJADOR ----------------------------------------------69 2.6.2. VACACIONES -----------------------------------------------------------------------------69 2.6.2.1. PRIMA VACACIONAL ---------------------------------------------------------70 2.6.3. DÍAS DE DESCANSO -------------------------------------------------------------------70 2.6.3.1. DESCANSO SEMANAL------------------------------------------------------ 70 2.6.3.2. DESCANSO OBLIGATORIO------------------------------------------------ 71 2.6.3.3. DESCANSO POR USOS Y COSTUMBRES ----------------------------72 2.6.3.4. PRIMA DOMINICAL -----------------------------------------------------------72 2.6.4. SALARIO -----------------------------------------------------------------------------------72 2.6.4.1. MODOS DE FIJACIÓN SALARIAL ----------------------------------------75 2.6.4.2. SALARIO EN EFECTIVO Y SALARIO EN ESPECIE -----------------76 2.6.4.3. PERIODICIDAD DE PAGO --------------------------------------------------76 2.6.4.4. SALARIO ORDINARIO Y SALARIO EXTRAORDINARIO -----------77 2.6.4.5. SALARIO TABULADO --------------------------------------------------------77 2.6.4.6. SALARIO BASE Y SALARIO INTEGRADO -----------------------------77 2.6.4.7. AGUINALDO --------------------------------------------------------------------78 2.6.4.8. SALARIO MÍNIMO -------------------------------------------------------------78 2.6.4.8.1. SALARIO MÍNIMO GENERAL Y SALARIO MÍNIMO PROFESIONAL---------------------------------------------------------------- 79 2.6.4.9. SALARIO REMUNERADOR -------------------------------------------------80 2.6.4.10. SALARIOS DEVENGADOS ------------------------------------------------- 81 2.6.4.11. SALARIOS VENCIDOS O CAÍDOS ---------------------------------------81 2.6.5. REPARTO DE UTILIDADES---------------------------------------------------------- 81 CAPÍTULO III 3. INSTITUCIONES Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO --83 3.1. INSTITUCIONES NACIONALES-------------------------------------------------------------- 83 3.1.1. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL------------------------ 84 3.1.1.1. FALCULTADES DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL---------------------------------------------------------------- 85 3.1.2. JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE------------------------ 86 3.1.3. JUNTAS LOCALES DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE ----------------------87 3.1.4. PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL TRABAJO --------------------------90 3.1.5. INSPECCIÓN DE TRABAJO ----------------------------------------------------------92 3.1.5.1. CLASIFICACIÓN DE LAS INSPECCIONES DE TRABAJO ---------95 3.1.6. COMISIÓN NACIONAL DE LOS SALARIOS MÍNIMOS -----------------------97 3.1.6.1. FIJACIÓN Y REVISIÓN DE LOS SALARIOS MÍNIMOS -------------98 3.1.6.2. COMISIONES CONSULTIVAS DE LOS SALARIOS MÍNIMOS --101 3.1.7. COMITÉ NACIONAL MIXTO DE PROTECCIÓN AL SALARIO ------------102 3.1.8. COMISIÓN NACIONAL PARA LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS---------------103 3.2. MARCO JURÍDICO NACIONAL------------------------------------------------------------- 105 3.2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS105 3.2.2. LEY FEDERAL DEL TRABAJO----------------------------------------------------- 108 3.2.2.1. JORNADA ----------------------------------------------------------------------109 3.2.2.2. DÍAS DE DESCANSO------------------------------------------------------- 110 3.2.2.3. VACACIONES----------------------------------------------------------------- 110 3.2.2.4. SALARIO ------------------------------------------------------------------------111 3.2.2.4.1. SALARIO MÍNIMO-------------------------------------------------- 111 3.2.2.4.2. NORMAS PROTECTORAS Y PRIVILEGIOS DEL SALARIO -----------------------------------------------------------------------112 3.2.2.5. PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS --------------------------------------------------------------113 3.2.3. REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO----------------------------------------------------------------------------- 113 3.2.4. REGLAMENTO GENERAL PARA LA INSPECCIÓN Y APLICACIÓN DE SANCIONES POR VIOLACIONES A LA LEGISLACIÓN LABORAL-------- 114 3.3. INSTITUCIONES INTERNACIONALES ---------------------------------------------------115 3.3.1. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO -------------------------115 3.3.1.1. PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO -----------------------------------------------------------------------------116 3.4. MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL ----------------------------------------------------118 3.4.1. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS ---------118 3.4.2. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES------------------------------------------------------------------------------ 119 3.4.3. DECLARACIÓN AMERICANA DE DERECHOS Y DEBERES DEL HOMBRE-------------------------------------------------------------------------------------120 3.4.4. CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS---------- 121 3.4.5. PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES "PROTOCOLO DE SAN SALVADOR" --------122 3.4.6. CONVENIOS INTERNACIONALES DE LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO-----------------------------------------------------124 3.5. LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS Y EL USO DE CONVENCIONALIDAD -------------------------------------------------------134 CAPÍTULO IV 4. TRASCENDENCIA DE LA REFORMA LABORAL EN LAS CONDICIONES DE TRABAJO EN MÉXICO------------------------------------------------------------------------------ 136 4.1. ANÁLISIS Y CRÍTICA DE LA REFORMA LABORAL EN RELACIÓN A LAS CONDICIONES DE TRABAJO ---------------------------------------------------------------136 4.1.I. ELIMINACIÓN DEL PRINCIPIO DEL SALARIO DECOROSO ----------------137 4.1.II. VULNERACIÓN DE LA ESTABILIDAD EN EL TRABAJO -------------------138 4.1.III. SALARIOS CAÍDOS------------------------------------------------------------------- 142 4.2. DERECHOS HUMANOS LABORALESVULNERADOS POR LA REFORMA LABORAL------------------------------------------------------------------------------------- 143 4.3. ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA REFORMA LABORAL Y LA FLEXIBILIZACIÓN EN EL EMPLEO--------------------------------------------------------------------------------- 156 4.4. ANÁLISIS DEL IMPACTO DE LA REFORMA LABORAL Y LA DISMINUCIÓN DEL PAGO DE LOS SALARIOS CAÍDOS---------------------------------------------------- 165 CONCLUSIONES---------------------------------------------------------------------170 ANEXO 1-------------------------------------------------------------------------------------176 BIBLIOGRAFÍA-------------------------------------------------------------------------183 LEGISLACIÓN--------------------------------------------------------------------------187 1 CAPÍTULO I “El hombre es realmente un ser productivo, y el trabajo no es otra cosa que la transformación de la realidad para la satisfacción de sus necesidades, pero transformando la realidad se transforma a sí mismo”. Carlos Marx MARCO HISTÓRICO 1. EVOLUCIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO A través de la historia, el hombre ha realizado distintas labores para satisfacer sus necesidades básicas. En un principio el ser humano solamente realizaba las actividades necesarias para lograr su subsistencia, después prosiguieron con la formación de agrupaciones como lo fueron las tribus, por consiguiente los miembros de dichos grupos tenían a su cargo diferentes tareas, valga como ejemplo la recolección de frutos o la caza de animales. Posteriormente el hombre se convierte en sedentario, lo que trajo consigo el desarrollo de diversas actividades como lo fue la agricultura y la ganadería. Con el surgimiento de otras formas de producción de bienes, apareció el trabajo, la esclavitud y la explotación del hombre por el hombre. La historia del trabajo se encuentra vinculada con la esclavitud, práctica que se remonta a las épocas más antiguas de la historia del ser humano, de la misma forma obedece a lo manifestado por el filósofo inglés Thomas Hobbes en su libro Leviatán, donde expone la idea “el hombre, es el lobo del hombre significando abuso del fuerte hacia el débil. 2 En un inicio no existía alguna normatividad del trabajo que pudiera regular las relaciones laborales, y tampoco existían medios de protección o defensa del trabajador. La lucha incesante, en el devenir histórico del trabajador en busca de mejorar las condiciones laborales y alcanzar una mejor calidad de vida, ha dado como resultado la regulación del trabajo, físico e intelectual. El derecho del trabajo surgió de la lucha social de la clase obrera, contra el propietario de los medios de producción, por lo que se considera un derecho clasista que busca proteger a la clase trabajadora, debido a que a lo largo de la historia ha sido victima de diversas injusticias y explotación. En resumen, la normatividad del trabajo ha sido formada a través del tiempo y es menester señalar que hoy en día el derecho laboral aún se encuentra en permanente construcción. Como es de esperarse, el derecho obrero es dinámico y este debe adecuarse, al contexto social, económico y político de las nuevas circunstancias y necesidades del ser humano. En otras palabras, el derecho del trabajo esta en un incesante cambio, producto de la nuevas condiciones de trabajo que el trabajador enfrenta. El maestro Mario de la Cueva ha manifestado que el derecho del trabajo es expansivo, dando la idea que el derecho obrero se amplía para mejorar las condiciones de la parte frágil de la relación laboral, sin poner en riesgo la unidad económica llamada empresa. 1.1. ANTECEDENTES INTERNACIONALES 1.1.1. EDAD ANTIGUA En esta época es evidente la carencia de regulaciones del trabajo, la falta de normatividad del trabajo obedece a que “fue objeto de desprecio por los estudiosos de entonces. Los grandes filósofos, fiel reflejo del pensamiento dominante, lo consideraron como una actividad impropia para los individuos, por lo que su desempeño quedó a cargo de los esclavos, que eran tenidos como cosas, 3 no como personas; los personajes dedicados al cultivo de las ideas asumieron como tarea suya la filosofía, la política y la guerra”1. De ahí que la idea del trabajo pueda hacerse una clara diferenciación entre el trabajo intelectual y el trabajo físico, “los antiguos, quienes consideraban las dos especies de trabajo como totalmente separadas entre si, y como hasta llegaron a imaginar que no es esencial al llamado trabajo intelectual aquello que constituye propiamente un trabajo, lo excluyeron del ámbito del mismo concepto, y solo comprendieron en él el rudo trabajo manual. De ahí deriva el menosprecio del trabajo que caracteriza al mundo antiguo y degrada al nivel de esclavos a los trabajadores manuales”,2por ende que la práctica de la esclavitud era vista como un hecho natural por las anteriores civilizaciones. 1.1.1.1. GRECIA En Grecia el trabajo se encontraba completamente desvalorizado, en la medida que se consideraba que solo servía para satisfacer las necesidades materiales del hombre, y no contribuía al desarrollo de la vida espiritual, que se consideraba en aquellos tiempos con mayor valor. Los griegos, tenían una economía basada en la esclavitud. Los esclavos realizaban todo tipo de labores, y constituían el apoyo de la sociedad griega. Las condiciones de trabajo en la Grecia antigua eran infames, los esclavos realizaban las labores en jornadas inhumanas y el sueldo percibido por ellos era prácticamente inexistente. 1.1.1.2. ROMA En la antigua civilización romana el trabajo fue objeto del desprestigio social. Esta ardua e importante tarea fue desempeñada por los esclavos, en otras palabras, en Roma fue explícita la practica de la esclavitud. 1 Davalos, José, Derecho individual del trabajo, 19° edición, México, Porrua, 2010, p. 3. 2 De Ruggiero, Guido, El concepto del trabajo en su génesis histórica, Buenos Aires, Argentina, La Pléyade, 1973, p. 10. 4 En el derecho romano, el trabajo fue encuadrado como parte del derecho civil, de la misma manera es justo señalar que fue regulado mediante las figuras civiles de la compraventa y del arrendamiento de animales y de esclavos. Más tarde la población romana se incrementó y los esclavos no fueron suficientes para satisfacer sus necesidades, por lo que la situación de los hombres libres se vió comprometida a realizar dichas labores. En el sistema jurídico romano existieron instituciones contractuales, por medio de las cuales los hombres libres ofrecían sus servicios, con la intención de recibir una remuneración, en consecuencia, nacieron nuevas figuras denominadas contratos: Locatio-conductio rerum.- Contrato por medio del cual un persona denominada locator se obliga a proporcionar a otra persona denominada conductor, el goce temporal, de una cosa, no consumible (entre ellas animales o esclavos), a cambio de una remuneración en dinero (merces). Locatio-conductio operis.- Contrato por medio del cual una persona denominada locator se obliga a prestar sus servicios personales por un tiempo determinado a otra persona denominada conductor (patrón), a cambio de una remuneración en dinero (merces). Locatio-conductio operarum.- Contrato por medio del cual una persona denominada conductor se obliga a realizar cierta obra para otra persona denominada locator, mediante el pago de precio determinado en dinero (merces). Mandato.- Contrato por el medio del cual una persona denominada mandante le encarga la tarea a otra persona denominada mandatario que realice un determinado acto por cuenta e interés del mandante, cabe mencionar que dicho contrato se caracterizó por ser gratuito, sin embargo, existieron excepciones en la cualesel mandatario realizaba el mandato a cambio de una remuneración en dinero (merces). 5 “El denominador común de estos contratos era proporcionar, temporalmente y mediante remuneración, objetos o energía humana”3. En otras palabras el pago era mediante merces lo cual equivaldría al salario percibido por el trabajo hecho. La conformación de la figura Locatio-conductio operarum equivaldría al actual contrato de trabajo, “La estructura fundamental de la Locatio-conductio operarum procede del esquema jurídico de la locatio rerum o arrendamiento de cosas. Este esquema comenzó aplicándose al arrendamiento de los esclavos (reputados simples animales de trabajo o cosas) y más tarde al arrendamiento de hombre libres.”4 1.1.2. EDAD MEDIA El trabajo es una actividad inherente al hombre, por lo tanto hablar de la historia del hombre es referirse a los antecedentes del trabajo. La humanidad se puede dividir en diferentes etapas históricas, una de ellas es la Edad Media en la cual hubieron hechos de trascendencia en el ámbito laboral y, que hoy en día, forman parte de los cimientos del derecho del trabajo contemporáneo. En la Edad Media el derecho del trabajo no se encontraba conformado como hoy lo conocemos, sin embargo existieron documentos normativos en los que se fijaron condiciones para trabajo como fueron los cánones conciliares; las Escrituras y, los textos de los padres, los decrétales de los Papas, así como diversos documentos eclesiásticos. También se elaboraron reglamentos y estatutos de los múltiples gremios de esta época. En el inicio de esta etapa, la actividad productiva del ser humano era regulada por medio de la religión así como toda conducta llevada a cabo por el hombre. El trabajo, como cualquier otra actividad, necesita de un orden, por lo que en la edad media la manera de conducir al ser humano de manera ordenada, era por medio de la religión. La religión, consciente de la naturaleza del hombre, ideó los medios para mantenerlo en armonía, dichos medios eran, “prestar juramentos, 3 Margadant S., Guillermo F., El derecho romano, 26° edición, Estado de México, México, Esfinge, 2008, p. 13 4 Montoya Melgar, Alfredo, Derecho del trabajo, 28 ° edición, España, Tecnos, 2007, p.58 6 lanzar la amenaza de la perdición del alma para el perturbador social. Es ampliamente comprendida en estos tiempos en los que el argumento de autoridad adquiere todo un peso: la autoridad de la Escrituras, la autoridad del Señor, del señor del taller o del señor del castillo, es todo uno. Quien no esta <sociabilizado>, por esta obediencia, está literalmente fuera de la ley”5. A lo anterior expuesto, es evidente que el temor a lo desconocido o a lo “divino” era el medio por el cual era posible el control sobre el hombre. Durante esta época histórica se presentaron dos figuras de importancia, mismas que tuvieron trascendencia en la sociedad de la edad media y en la historia del trabajo: el sistema feudal y las corporaciones. 1.1.2.1. SISTEMA FEUDAL El sistema económico, político y social denominado feudalismo, fue predominante en la Europa occidental. A este sistema se le puede considerar como una figura intermedia, ya que el estatus del hombre oscilaba entre hombre libre y entre esclavo. En el sistema feudal prevalecieron dos figuras fundamentales, la primera era el siervo y la segunda el señor feudal; El primero tenia algunos derechos como lo fue poseer una pequeña parcela, contraer matrimonio y gozar de la “seguridad” que le era proporcionada por el señor feudal, enfatizando que la protección era a cambio de un tributo. El siervo vivía pegado a la tierra, este no podía abandonarla, también, es cierto que el siervo tenia la obligación de trabajar la tierra del señor feudal, además de pagar por utilizar dicha tierra. El tributo que el señor feudal recibía por la seguridad y los pocos beneficios de los siervos, era trabajo, dinero, productos y hasta diferentes servicios, incluído el de servir al señor feudal en las guerras que surgían con otros reyes o señores feudales. Debe observarse que “el régimen feudal se caracterizó por la explotación de los campesinos de parte de los señores feudales. La dominación de estos se basaba en la propiedad feudal sobre la tierra y en la sujeción personal del 5 Fossier, Robert: El trabajo en la edad media, Barcelona, España, Critica , 2002, p. 73 7 campesino al señor terrateniente. El campesino sometido no era un esclavo, aunque se hallaba en estado de servidumbre. A diferencia del esclavo, era poseedor de su propia economía, basada en su trabajo personal.” 6 , en este sentido, es indiscutible que las condiciones de trabajo como la jornada laboral y el salario, eran impuestas de manera autónoma por el mismo siervo, sin embargo, estas se encontraban condicionadas por los intereses particulares del señor feudal. La jornada de trabajo en la cual se desempeñaba el siervo estaba determinada por su capacidad para producir los bienes necesarios para cubrir el tributo que le era otorgado al señor feudal y al mismo tiempo para satisfacer sus necesidades. Es claro que muchas veces la jornada se veía afectada por factores ajenos a la labor del siervo, como pudo haber sido el clima, la época estacional del año o simplemente la rapidez de este para cumplir sus objetivos, cabe mencionar que una jornada ordinaria era de “sol a sol”. La remuneración que percibían los siervos por sus labores, era el equivalente al sobrante que había quedado después de haber cumplido con el pago del tributo. El jurista Manuel Alonso García, en su libro “Curso de Derecho del Trabajo” señala que “la evolución del sistema permite, sin embargo, distinguir varios momentos en el cuadro que constituye la relación señor-vasallo. En un primera época predomina la venta en trabajo como prestación personal del siervo; en un segunda, aquella se convierte en venta en especie; en la ultima se opera la sustitución de la venta en especie por la venta en dinero. De esta forma, el grado de subordinación, presente en todos los momentos, se distiende para ir afirmándose gradualmente una situación de independencia. Es común a todas las etapas del feudalismo la existencia de relaciones de trabajo como prestaciones de servicios de los siervos de gleba, y sólo, en los últimos momentos puede hablarse, en realidad, de trabajo libre, y en ello como expresión de los afanes de independencia de artesanos y comerciantes, que surgen como estamentos 6 Ibañez Lopéz, Juan: La dialéctica productor directo - medios de producción, Cuba, s.e. 2006, p.18 8 sociales en las ciudades medievales frente a la caracterización evidentemente agrícola de los señores feudales”7. En este orden de ideas, se puede observar, la transición de los siervos a comerciantes, artesanos o practicantes de algún oficio o profesión, así como el surgimiento de los talleres. 1.1.2.2. COORPORACIONES Durante el desarrollo de la Edad Media y siendo más exactos en los siglos XI y XII, nacieron agrupaciones que funcionaban como intermediarias entre las autoridades públicas y los talleres, estos organismos eran conocidos como “corporaciones”. El precedente de dichas organizaciones puede remontarse a Roma, donde se crearon asociaciones de trabajadores de una misma actividad, dichas asociaciones eran denominadas collegia, por lo cual se puede considerar a esta figura como un antecedente de las corporaciones; asi también lo fueron las agrupaciones de artesanos y agricultores, llamadas “sreni”, constituidas en la India. Las corporaciones o gremios como también eran conocidos, eran asociaciones conformadas por trabajadores que pertenecían a un mismo oficio o profesión. Los gremios pueden considerarsecomo precedentes del sindicato. Los gremios tenían dentro de sus funciones elaborar convenios, mediante los cuales se fijaban condiciones de trabajo, en las se desempeñarían los trabajadores que pertenecían a la asociación. Su estructura consistía en un sistema tripartito integrado por maestros, oficiales y aprendices. Dentro de los gremios existían diversos órganos con diferentes funciones, dichos órganos eran: órgano rector (encargado de la dirección y toma de decisiones); órgano asesor (conformado por consejeros o “prohomes”, los cuales estaban encargados de aconsejar al órgano rector); órgano depurador (conformado por examinadores, encargados del ascenso de categoría de los miembros del gremio), y por último, el 7 Alonso García, Manuel, Curso de derecho del trabajo, 4° edición, Barcelona, España, Ariel, 1973, p. 59 9 órgano fiscalizador (conformado por veedores y tenían las funciones de vigilar el cumplimiento de las obligaciones así como la calidad de los bienes producidos). Los maestros eran los dueños de los talleres, por lo que hoy en día se podría considerar que desempeñaban la categoría de patrón, los oficiales y aprendices eran los trabajadores que de manera personal y subordinada prestaban sus servicios al maestro a cambio de un salario. Cabe mencionar que en algunos estados durante la Edad Media los “aprendices tenían un contrato muy especial ya que no podían cobrar salario, e incluso verse obligados a abonar alguna cantidad al patrono a cambio de aprender el oficio. Era una mezcla de contrato de trabajo y de contrato de enseñanza”8. Retomando el concepto condiciones de trabajo, la regulación de éstas era una de las principales finalidades de las asociaciones conocidas como gremios. “El derecho gremial se caracterizó, sobre todo, por fijar las condiciones de trabajo de sus miembros en cualquiera de las escalas a que estos perteneciesen”9, los gremios regulaban ampliamente las condiciones de trabajo, como eran, la jornada, salario, descansos y hasta la extinción de la relación de trabajo. El Doctor José Dávalos nos hace hincapié en los gremios, “con el tiempo, se erigen en verdaderas empresas monopolistas; no se limitan a cumplir los fines antes mencionados, si no también determinan la producción y la venta de sus mercancías, para evitar los perniciosos efectos de la competencia y del acaparamiento de las materias primas; también vigilaban las técnicas de producción para conservar y elevar su calidad”10, hace notar que la figura de los gremios se fue degenerando al no cumplir los fines por los que se habían creado y velar por intereses ajenos a los trabajadores. Sumado a lo anteriormente expuesto, la falta de capacidad para adaptarse a las exigencias sociales y económicas, el surgimiento de diversos sistemas de producción, el nacimiento de nuevas formas de comercializar bienes y servicios, y, conforme fue ganando 8 Carro Igelmo, Alberto Jose, Curso de derecho del trabajo, 2° edicion, Barcelona, España, Bosch, 1991, p. 65 9 Alonso García, Manuel, op. cit., nota 7, p. 62. 10 Davalos, José, op. cit., nota 1, p. 4 10 terreno la industria y relegando a los pequeños talleres, fueron factores que provocaron paulatinamente la desaparición de los gremios. 1.1.3. EDAD MODERNA La Edad Moderna se distingue por una evolución generalizada de la sociedad, es decir, distintos ámbitos de la sociedad se vieron envueltos en un progreso o cambio; en lo religioso, el triunfo del protestantismo; en lo artístico, la afirmación del Renacimiento; en lo concerniente, a lo político, fue el nacimiento del absolutismo; en el ámbito económico, el triunfo del capitalismo y; en lo social, más específicamente en el área laboral, el surgimiento del trabajador asalariado. 1.1.3.1. REVOLUCIÓN FRANCESA Uno de los antecedentes con mayor relevancia en la historia de la humanidad es sin duda alguna la Revolución Francesa, algunos personajes la consideran como “el acontecimiento más vasto e imponente que conoce la historia de la humanidad” (Tocqueville). Es preciso señalar que en vísperas de la Revolución Francesa, en el país imperaba se encontraba en un estado absolutista, por lo tanto, se encontraba gobernado por el clero y la nobleza. También es oportuno hacer notar que la mayor parte de la población francesa se encontraba en los campos. La clase trabajadora se encontraba, en su mayor parte, integrada por los jornaleros en el campo, los aprendices y oficiales de los gremios, y por trabajadores de la industria manufacturera y doméstica. Los salarios eran demasiado bajos, y el poder adquisitivo del salario era insuficiente y los obreros eran víctimas de los intereses particulares de unos cuantos, aunando a esto, las condiciones de los trabajadores eran pésimas. El descontento de los trabajadores franceses, provocó el acontecimiento de múltiples “huelgas” y en París, en de abril de 1789, un grupo de obreros, optaron 11 por destruir los talleres del fabricante Révellion, en vista de su negativa de subir los jornales durante el invierno de 1788 a 1789. Las causas fundamentales del la Revolución Francesa, fueron la situación decadente en que se encontraba la agricultura y las condiciones de trabajo y en conjunto que el régimen feudal entorpecía el desarrollo del capitalismo. La clase burguesa fungió como el elemento directivo de la gran Revolución Francesa, esta sostenía que debía de erradicarse el antiguo régimen social en vista de que entorpecía el desarrollo del capitalismo. La burguesía, para lograr su objetivo, necesitaba de la ayuda de las masas trabajadoras. En su ardua tarea por derrocar al régimen feudal, la burguesía se pronunciaba con el pensamiento de la igualdad, la libertad y la fraternidad y simpatizaba con el pueblo. El suceso que dio comienzo a la Revolución Francesa fue la toma de la Bastilla en el mes de julio del año de 1789. En seguida que los campesinos tuvieron conocimiento de los acontecimientos en París, asaltaron los castillos de los señores feudales y quemaron los títulos de propiedad, a su vez, se declararon libres del señor feudal, dando fin al sistema feudal. La Asamblea Nacional, el 4 de agosto de 1789, proclamo la abolición de los privilegios y las cargas feudales, sin embargo, no resolvió el problema campesino. En agosto de 1789 la asamblea general decreto La Declaración de lo derechos del hombre y del ciudadano, en la que se afirma: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derecho. Las diferencias sociales no pueden tener más base que el bienestar general.... La Revolución Francesa fue el desplazamiento del régimen feudal por el régimen capitalista; en el ámbito económico, se instauró el liberalismo económico el cual se liga a la ley de la oferta y la demanda, y, a su vez adoptó el pensamiento “laissez faire, laissez passer” (dejar hacer, dejar pasar). Con la Revolución Francesa se consagran los principios de libertad e igualdad. Asimismo, trajo consigo el liberalismo individualista, que implica la afirmación de los derechos fundamentales del individuo, la prohibición de cualquier forma de asociación entre el estado y este, toda vez que se cree que es 12 contraproducente para el desarrollo del individuo y, por último. pero no menos importante, la división de poderes. En el año de 1791 se promulgó la Ley de Chapellier, misma que señala en su cuerpo normativo la prohibición de la asociación de trabajadores: Articulo 1°.- Considerando que la desaparición de cualquier especie de corporaciones constituidas por ciudadanos del mismo oficio o profesión es una de las bases de la constitución Francesa, queda prohibido su restablecimiento cualquiera que sea el pretexto o forma que se les dé. Articulo 2°.- Los Ciudadanos de un mismo oficioo profesión, artesanos, comerciantes y compañeros de un arte cualquiera no podrán reunirse para nombrar presidente, secretario, llevar libros de registro, tomar determinaciones o darse un régimen para la defensa de sus pretendidos intereses comunes. En materia del trabajo se introdujeron los dogmas de libertad contractual y autonomía de la voluntad, los cuales tuvieron una gran trascendencia en las condiciones de trabajo, ya que por medido de estos y en conjunto al pensamiento “laissez faire, laissez passer”, los trabajadores fueron centro de innumerables injusticias y explotaciones por parte de los dueños de los medios de producción. 1.1.3.2. REVOLUCIÓN INDUSTRIAL La gran industria capitalista se desarrolla en Inglaterra a fines del siglo XVIII: la máquina empieza a triunfar sobre la mano de obra, la agricultura va cediendo terreno a la industria, se forma una clase de proletarios, brotan ciudades nuevas y grandes, y se crean nuevos medios de comunicación11. La invención de la máquina de vapor y los diversos inventos en los ramos de hilados y tejidos, dieron inicio a una nueva forma de producción de bienes, una producción por medio de máquinas, en otras palabras, la Revolución Industrial es la introducción a la producción en serie. 11 Dunker, Herman: Historia del movimiento obrero, 2° edicion, Ciudad de Mexico, Mexico, Ediciones de Cultura Popular, 1980, p. 49. 13 La implementación de la maquinaria como medio de producción, trajo consigo un cambio radical en la vida laboral y social del ser humano. Los cambios consistieron en el desplazamiento de numerosos obreros por máquinas, malbaratar la mano de obra, la explotación de lo trabajadores, carencia de un salario remunerador, jornadas inhumanas, condiciones de trabajo insalubres, entre otras injusticias sufridas por la clase trabajadora. Al surgimiento de la Revolución Industrial se desarrollaban las grandes ciudades y centros de la industria. Con la aparición de la máquina nacieron paralelamente las fábricas y desaparece el antiguo régimen patriarcal de maestros y oficiales. En el proceso de industrialización en Inglaterra, se produjo la transición del sistema de producción basado en el trabajo doméstico (putting out system) al sistema de producción en fábricas (sistema fabril). La Revolución Industrial no solamente trajo consigo la producción en masa, también produjo el nacimiento de la clase proletaria. La explotación de lo obreros en las fábricas, obedecía a la creciente demanda de productos y a la poca oferta de empleos, aunado a esto el salario recibido como pago de sus labores, prescindía de su principal característica, es decir carecía de ser remunerador y, por lo tanto, este no era suficiente para lograr satisfacer las necesidades del trabajador y mucho menos de su familia. Sin dejar de lado que las jornadas de trabajo instauradas eran inhumanas, que llegaban a ser de dieciséis y hasta dieciocho horas continúas. La inserción de las máquinas no solo trajo consigo las jornadas inhumanas y salarios poco remuneradores, sino también la contratación de mujeres y niños, además de una inestabilidad en el empleo, provocada por el perfeccionamiento de las máquinas y por la diezmada oferta de empleos. La regulación del trabajo no existía toda vez que, la reglamentación existente desapareció, a causa del derogamiento de los estatutos de los antiguos gremios, haciendo así posible la explotación de la mano de obra por parte de los patrones. El sistema de pago era el “Truck” el truck-system consistía en “la retribución del trabajo mediante vales o pagarés, que únicamente podían ser cambiados por mercancías o especie en los propios economatos de las industrias en que el 14 trabajador prestaba sus servicios, lo que constituyó un medio indirecto -y ampliamente utilizado- para rebajar la cuantía de la remuneración, y , sobre todo, para disponer de la mano de obra en condiciones de auténtica explotación”12, este sistema sustituyó a la antigua forma de pago, que era el régimen de salarios en metálico. Las jornadas de trabajo se vieron alcanzadas por las invenciones, como fueron las nuevas modalidades de iluminación, por ejemplo, “en 1792 se empezó a utilizar gas del carbón para la iluminación,”13haciendo así posible la prolongación del tiempo de trabajo, de modo que éstas ya no dependían de la luz solar, de este modo, el patrón podía instaurar jornadas excesivas. La situación de explotación en la que se encontraban los trabajadores era una consecuencia directa de la Revolución Francesa, en donde se consagraron los dogmas de libertad contractual y autonomía de la voluntad, el pensamiento de “laissez faire, laissez passer”, la prohibición de asociación y la introducción del individualismo liberal. Los principios de libertad contractual y de la autonomía de la voluntad, determinaron las relaciones de trabajo y las condiciones de éste, resultando de forma negativa para los trabajadores, ya que con la introducción de las máquinas, la demanda de empleos bajó, provocando que la oferta de la mano de obra aumentara y paralelamente se malbaratara. Los trabajadores que se encontraban con la necesidad de obtener un empleo para poder subsistir ellos y sus familias, se veían en la necesidad de aceptar condiciones de trabajo infames, en las cuales las jornadas de trabajo eran exageradas hasta el punto de ser inhumanas, los salarios percibidos eran insuficientes y sumado a esto que las condiciones de las fabricas eran insalubres y carecían de la protección necesaria para la resguardar la integridad de los trabajadores. Los patrones abusaban del estado de necesidad del trabajador, envueltos en su codicia por obtener mayores beneficios, no les importaba las condiciones de trabajo en la cuales se desempeñarían sus trabajadores y mucho menos explotarlos. 12 Alonso García, Manuel, op. cit., nota 7, p. 68 13 De Buen, L. Nestor, Derecho del trabajo, 19° edición, México, Porrúa, 2009, p. 150 15 Los principios que se habían consagrado en la Revolución Francesa, libertad e igualdad, se habían convertido en una desventaja para los trabajadores, “millones de hombres a quienes se les había dicho que eran libres de contratar sus servicios en las condiciones que quisieran, hallaban la trágica paradoja de tener que usar su libertad contractual para vender su trabajo al precio que quisiera el empresario, y éste, naturalmente lo reducía al mínimo. No podía hablarse de una igualdad entre patrono y obreros porque todo el poder estaba en manos de aquéllos”14. Además la relación laboral entre el patrón y el trabajador, nacía día a día, no existía una estabilidad en el empleo, por lo tanto si en un día no se trabajaba, el trabajador no cobraba, es decir quien quisiera comer, tenía que trabajar. La falta de regulación laboral obedecía al liberalismo económico, teoría económica de Adam Smith, la cual se seguía durante el siglo XIX, sumado al pensamiento que predominaba, que era el de “laissez faire, laissez passer” (dejar hacer, dejar pasar), la falta de intervención del Estado, los dueños de los medios de producción podían administrar libremente en cuanto a las relaciones de trabajo y las condiciones en las que estas se desenvolvían, lo que hacía posible la explotación libre de clase la obrera. 1.1.3.2.1. REGULACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO En los siglos XIX y XX, nacen las primeras leyes que buscaban la protección del trabajador. En el año de 1802, el parlamento inglés, en vista de la explotación de los trabajadores menores de 18 años, promulgó la Ley sobre la Salud y Moral de los Aprendices, en esta se establecía un límite de horas, así como niveles mínimos de seguridad e higiene, es menester señalar, que no se obtuvo la eficacia que se esperaba conla instauración de esta ley. Inglaterra en el siglo XIX comenzó a regular las condiciones de trabajo, por medio de las leyes conocidas como “Factory Acts”, la primera de ellas fue; la “Ley 14 Carro Igelmo, Alberto Jose, op. cit., nota 8, p. 18 16 para la Mejor Conservación de la Salud y de la Moral de los Aprendices” la cual prohibía la jornada de 12 horas para los niños. En el mismo siglo XIX, se inició el cuestionamiento sobre la jornada laboral de 10 horas y en 1847 se introdujo en la Ley de Fábricas “ Factory Acts”, dicha reglamentación de la jornada soló benefició a los menores de dieciocho años y a las mujeres, sin embargo en 1850 la jornada aumentó diez horas y media. El debate por la instauración de una jornada de diez horas continúo hasta 1874, año en el que se introdujo reglamentación del trabajo, y, esta vez no solo favoreció a niños y mujeres, sino a toda la clase trabajadora. En otras naciones también se comenzó a regular sobre la jornada de trabajo. Por ejemplo Estado Unidos, donde Jackson estableció la jornada de 10 horas, también en Alemania en el mes de junio de 1869, se elaboró un reglamentación muy completa en cuestiones de trabajo “ Die Gewerbeordnung”. 1.1.3.3. SOCIALISMO Haciendo un paréntesis, nos abocaremos brevemente al pensamiento socialista, mismo que dentro del cual existen diferentes vertientes, como es el caso del socialismo utópico y el socialismo científico. El pensamiento socialista, que si es bien cierto que no triunfó sobre el capitalismo, también es cierto que sí tuvo influencia en lo político, económico y en lo social, y por lo tanto también tuvo grande trascendencia en el ámbito laboral. 1.1.3.3.1. SOCIALISMO UTOPICO El socialismo utópico, propone en general la socialización de los medios de producción (sociedad comunista). En dicha corriente, se planteaba la idea de conformar sociedades “utópicas” en las cuales los medio de producción fueran de todos y por lo tanto se erradicara la industria privada. “Para los utopistas, los obreros eran la parte más oprimida de la población, pero incapaz de organizarse y actuar por sí misma. Necesitaba por tanto de la ayuda de los de arriba, de la 17 generosidad y grandeza del alma gobernante”. 15 Dicha corriente, tuvo varios partidarios entre los más importantes se encuentran, Carlos Fourier (1772-1837) y Robert Owen (1771-1858). Cabe mencionar que consideraban que la lucha política era inútil, además de que su socialismo, como decía Carlos Marx, se sustentaba con argumentos de orden sentimental, confiándose de la generosidad de unos cuantos y a la disposición de las masas de añadirse a sus proyectos. 1.1.3.3.2. SOCIALISMO CIENTIFICO Los principales representantes del socialismo científico son Carlos Marx y Federico Engels, quienes coincidían en que se tenía que erradicar la propiedad privada sobre los medios de producción antes de poder instaurar el socialismo, además de evidenciar la lucha de clases que siempre ha existido. Carlos Marx y Federico Engels, en su “Manifiesto Comunista”, se pronuncian diciendo “que la producción económica y la estructura social que de ella se deriva necesariamente en cada época histórica constituyen la base sobre la cual descansa la historia política e intelectual de esa época que por tanto, toda la historia, ha sido una historia de lucha de clases, de lucha entre clases explotadas, dominante y dominadas, en las diferentes fases del desarrollo social; y que ahora esta lucha ha llegado a una fase en que la clase explotada y oprimida, no puede ya emanciparse de la clase que la explota y la oprime, sin emancipar, al mismo tiempo y para siempre, a la sociedad entera de la explotación, la opresión y las luchas de clases”.16 1.1.3.4. SINDICALISMO INGLES En Inglaterra en 1799 entraron en vigor las Combination Laws, que es el ejemplo más destacado de la represión al derecho de asociación de los trabajadores. En las Combination Laws, se hacía constar la prohibición de 15 Duncker, Herman, op. cit., nota 11, p. 93 16 Marx, Carlos y Engels, Federico, Federico, Manifiesto del Partido Comunista, 2ª edición, Argentina, Cultura Argentina, 1969, p. 59 18 cualquier tipo de acción común, en defensa de los intereses comunes de los trabajadores. Es oportuno señalar que durante esa época la coalición de trabajadores se encontraba prohibida y severamente sancionada en las leyes y códigos penales de las Naciones Europeas. Un ejemplo, es el código penal de Francia instaurado por el mismo Napoleón Bonaparte, pero la ley más emblemática que prohibía la libertad asociación es sin duda alguna la ley de Chapellier, la cual fue derogada en el año de 1864 por medio de la ley de Olliver, misma que abolía el delito de coalición. El jurista Alfredo J. Ruprecht hace la mención de que a pesar que este tipo de legislación era tanto para los patrones como para los trabajadores “la legislación vigente estaba dirigida contra la asociación, en especial, la de los trabajadores”.17 Inglaterra fue el primer país de Europa en el cual se suprimió el delito de coalición. En el año de 1825 se promulgó una nueva ley, mediante la cual se permitía la asociación de trabajadores y reconocía la negociación colectiva de los salarios y de las jornadas laborales. Los sindicatos tenían dentro de sus objetivos mejorar las condiciones de trabajo, mejorar los salarios o simplemente protegerlos, humanizar las jornadas de trabajo, así como lograr una estabilidad en el empleo. Algunos de los medios por los cuales los sindicatos buscaron el cumplimiento de sus objetivos fue a través de las huelgas y la destrucción de las máquinas. 1.1.3.5. CARTISMO Antes del cartismo, existió el luddismo (movimiento que obtiene su nombre de un tejedor de nombre Nedd Ludd, quien en muestra de su insatisfacción por las condiciones de trabajo, este optó por destruir la máquina de telar con la cual trabajaba), los trabajadores, que tenían afinidad por el luddismo protestaban por las condiciones de trabajo infrahumanas. Los ludditas se manifestaban por medio 17 Ruprecht, Alfredo J., Derecho colectivo del trabajo, 1° edición, México, Universidad Nacional Autónoma de México, 1° edición, México, 1980, p. 31 19 de la destrucción de máquinas, incendios de las fábricas, motines y disturbios. El gobierno inglés, en respuesta a las acciones de los ludditas, dictó en el año de 1812 una ley en la cual se decretaba la pena de muerte a todo aquel de destruyera una máquina. El luddismo no era la mejor manera para que los trabajadores alcanzaran sus metas, así que se optó por utilizar otros medios como fueron las huelgas y la conformación de sindicatos. “La Carta del Pueblo” es un movimiento que debe su nombre a los trabajadores ingleses que le enviaron cartas al parlamento inglés, cuando estos se vieron perjudicados por la inserción de las máquinas y buscaban mejorar las condiciones de trabajo. El movimiento del cartismo aconteció en el año de 1838 y fue mediante la redacción de la Carta de seis puntos que fue emitida por los miembros de la London Working Men´s Asociation. Los seis puntos contenidos en dicha carta son: 1° Sufragio universal para todos los hombres a partir de los veintiún años, 2° periodos parlamentarios anuales, 3° votación secreta, 4° distritos electorales formados uniformemente, 5° dietas para los diputados y 6° Supresión del censo de fortuna para los candidatos al parlamento. La campaña en pro de la Carta empezó con un movimiento de agitación a lo largo del país y suscitó durante los años siguientes una serie de imponentes mítines y manifestaciones18. Por medio del cartismo se buscaba conquistar todos los derechos políticos y sociales para todas las clases en específicopara la clase proletaria. Este movimiento del proletariado significaba una mejora en sus condiciones de trabajo y un mayor poder adquisitivo. El Cartismo pretendía lograr reivindicar al trabajador. El cartismo es considerado el primer movimiento político y revolucionario independiente del proletariado. “Desde hacía mucho tiempo, el “bill” de las diez horas era la meta económica de los sindicatos y de los cartistas y la ley de 1847, que limitó por fin la jornada laboral a diez horas, fue el resultado de la ultima ola de actividad cartista”.19 18 Duncker, Herman, op. cit., nota 11, p 67. 19 Wolfgang Abendroth, Historia social del movimiento obrero europeo, 6° edición, Barcelona, España, Laia, 1978, p. 23 20 1.1.3.6. LA LUCHA DE CLASES EN FRANCIA 1848 La Revolución Francesa Popular se inició en febrero de 1948, y fue oprimida por el ejército, la guardia móvil y la guardia nacional de París. La revolución fue consecuencia del poder absoluto que imponía la aristocracia sobre el comercio y la industria, aunado al absolutismo y la crisis económica, además de la exigencia por una parte de la burguesía, de una reforma electoral. “La República se proclama el 25 de febrero, sobre la base del sufragio universal lo que excede, con mucho, las intenciones de la burguesía al participar en la revolución. Aparece en primer plano el proletariado. Los campesinos, gracias al sufragio universal, se convierten en grandes electores. La república de febrero se ve obligada a anunciarse como una república rodeada de instituciones sociales”20. Dentro de los objetivos del proletariado francés encontramos la creación de un Ministerio del Trabajo y la creación de Talleres Nacionales donde se recibiría un jornal de 23 céntimos (por un improductivo y monótono trabajo). Lo anterior conseguiría la consagración del derecho al trabajo. Los talleres nacionales eran una creación del gobierno burgués, el cual fue ideado con el afán de crear una fuerza opositora en contra de los obreros, lo cual resultó totalmente en contra de los intereses burgueses. El 15 de mayo del 1848 la clase proletaria intento nuevamente reconquistar su fuerza revolucionaria, sin embargo no fue posible y lejos de cumplir con su objetivo solo obtuvieron la detención de sus principales representantes: Luis Blanc, Albert Lamartine entre otros. En respuesta este levantamiento el Gobierno Burgués, “lanza sus principales ataques en contra de los Talleres Nacionales, convirtiendo el salario por día en salario por destajo y desterrando a Sologne a los obreros no nacidos en París. El 21 de junio publica un decreto que ordena la expulsión de los obreros de Sologne de los Talleres Nacionales”21 , en respuesta, los obreros se levantaron en contra de la clase que los oprimía, de esta manera 20 De Buen Lozano, Néstor, op. cit., nota 13, p. 155 21 Ibidem, p.156 21 se libró la batalla entre la clase burguesa y la clase proletaria, y, teniendo la clase burguesa de su lado la fuerza del ejército, la guardia móvil y la guardia nacional de París, se pudo declarar triunfadora. La Revolución Francesa de 1848 es un claro ejemplo de la lucha constante de la clase proletaria en busca de mejorar sus condiciones de vida. 1.1.4. ÉPOCA CONTEMPORÁNEA 1.1.4.1. PRIMERA Y SEGUNDA INTERNACIONAL “Uno de los aspectos más importantes del socialismo en su tendencia a concebir los problemas sociales en el ámbito internacional en razón de que se considera que los obreros de un país tienen más en común con los obreros de otro país que con los burgueses de su propio país. Tal es el espíritu que se encierra en la frase famosa con la que Marx y Engels terminan su “Manifiesto Comunista”: “¡Proletarios de todos los países, uníos!”, cuyas manifestaciones más importantes se produjeron, en el siglo XIX, mediante la creación de la Primera y Segunda Internacional”22. 1.1.4.1.1. PRIMERA INTERNACIONAL El 28 de septiembre de 1864, en la ciudad de Londres Inglaterra, se acuerda en constituir la Asociación Internacional de trabajadores. El estatuto de la Primera Internacional es formulado por Carlos Marx, el cual es aprobado por el primer Congreso General en el año de 1868. Estuvo conformada por diferentes tendencias; prhoudianos, blanquistas, cartistas, lasallistas y sindicalistas ingleses, por lo que su funcionamiento se vió obstaculizado. A mi parecer el artículo 1° del proyecto presentado en el Congreso de Ginebra es el más interesante, porque revela su principal objetivo. 22 Ibidem, p.170 22 Artículo 1°. Se establece una Asociación para procurar un punto central de comunicación y de cooperación entre los obreros de diferentes países que aspiran al mismo fin, a saber: la ayuda mutua, el progreso y la completa liberación de la clase obrera 1.1.4.1.2. SEGUNDA INTERNACIONAL La Segunda Internacional surgió en el año de 1889, en París, Francia. Durante su primer congreso asistieron delegados de 16 países, entre ellos Alemania e Inglaterra. En dicho Congreso se abordaron temas sobre problemas concretos del proletariado, como es el caso de una legislación internacional del trabajo, asimismo el tema de la vigilancia de los talleres de pequeña y gran industria. El objetivo fundamental de la Segunda Internacional fue alcanzar una legislación internacional que mejorara las condiciones de trabajo por ejemplo; protección social y subsidios de desempleo y, de manera especial, la instauración de la jornada de ocho horas. Cabe mencionar que la Segunda Internacional declaro el 1° de mayo como Día Internacional de los Trabajadores en 1889 y el 8 de marzo como Día Internacional de la Mujer Trabajadora en 1910. 1.1.4.2. PRIMERA GUERRA MUNDIAL La Primera Guerra Mundial, es el momento clave donde el Estado cambia de política y deja a un lado el “laissez faire, laissez passer” (dejar hacer, dejar pasar), y decide intervenir en el proceso de producción. El jurista Carlos Reynoso Castillo nos dice en su libro Derecho del Trabajo, Panorama y Tendencias que por “primera vez, se habla de un derecho del trabajo independiente del derecho privado. Se conmina a la necesidad de incluir en los tratados de paz las reivindicaciones laborales. Proceso que culmina en la creación de la Organización Internacional del Trabajo en el Tratado de Versalles y la proclamación de la Constitución de Weimar, ambos, en el año de 1919. Dicha Constitución seria la primera en Europa en incluir un capitulo dedicado a los derechos de los 23 trabajadores, con temas relacionados con el derecho colectivo, riesgos del trabajo y sobre todo introduce el principio de igualdad jurídica entre capital y trabajo”23. En el año de 1916, el Congreso Sindical de Leeds, redactó una lista de derechos laborales y derechos sociales, con la intención de introducirlos en el tratado de paz, el cual en ese momento se discutía para poner fin a la Primera Guerra Mundial. Dentro de su manifiesto en pro de la clase trabajadora, se proponía la creación de un Organismo Internacional del Trabajo, además se introducir diversas disposiciones que velaran por el trabajo. 1.1.4.3. ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO Después de varios intentos de crear un organismo internacional del trabajo, en 1900 en Basilea, Suiza, surge la Asociación Internacional de Legislación del Trabajo, pero años después, en 1906 la Asociación Internacional de Legislación del Trabajo se transforma en la Oficina Internacional del Trabajo, la cual se considera como la precursora la Organización Internacional del Trabajo, dicha Oficina Internacional del Trabajo publicó catorce volúmenes de leyes y reglamentos del trabajo. En el año de 1919 es constituida la Organización Internacional del Trabajo,como organismo internacional encargado de la elaboración y vigilancia de las normas de trabajo en el ámbito internacional. La OIT es la organización especializada en materia laboral de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La estructura general de la OIT está constituida por tres instancias: Conferencia General, el Consejo de Administración y la Oficina Internacional del Trabajo, además, cabe mencionar que tanto la Conferencia General y el Consejo de Administración están conformados de manera tripartita, con representantes de los estados, empleadores y de los trabajadores. 23 Reynoso Castillo, Carlos, Derecho del trabajo, Panorama y tendencias, 1° edición, México, Miguel Angel Porrua, 2006, p 109. 24 La Organización Internacional del Trabajo desde su creación ha realizado importantes aportaciones, un destacado antecedente fue en la primera Conferencia Internacional de Trabajo que tuvo lugar en Washington en el mismo año de su creación, en la cual se adoptaron seis convenios internacionales en materia del trabajo; protección de la maternidad, trabajo de la mujeres, edad mínima, desempleo, trabajo nocturno de los menores en la industria y jornada. México es miembro de la Organización Internacional del Trabajo desde 1931 y lo largo de su historia como miembro ha ratificado un gran número de convenios. El jurista Carlos Reynoso Castillo ha enunciado diversos convenios ratificados por el Estado mexicano. Convenios relativos a los principios del derecho del trabajo. Convenios en materia de seguridad social. Convenios relativos a trabajos especiales. Convenios sobre condiciones de trabajo y medio ambiente. 1.2. ANTECEDENTES NACIONALES A lo largo de la historia, México ha tenido diversos acontecimientos, que han ido forjando el derecho del trabajo, sin embargo, cabe mencionar que le derecho es dinámico, por lo que el derecho del trabajo se encuentra en una constante evolución que es necesaria para su adaptación a la exigencias de la sociedad. El Derecho del Trabajo Mexicano ha pasado por diversas etapas a través del tiempo. 1.2.1. ÉPOCA PREHISPÁNICA El sistema de trabajo de la época prehispánica, es difícil de apreciar, ya que la escasa información que hoy en día se tiene sobre su organización y sentido que tuvo el trabajo para los pueblos originarios, dificulta saber con certeza la idea que se tenia alrededor del trabajo, así, del mismo modo es difícil saber la regulación de las condiciones de trabajo. 25 La sociedad de los pueblos prehispánicos, comúnmente se encontraba dividida socialmente en diferentes estratos sociales: lideres religiosos, guerreros, artesanos y campesinos. Estos últimos se dedicaban a diferentes actividades que no se necesitaban de una especialización o que requerían de poca. “En el área rural, donde vivía la mayor parte de la población, los campesinos ala vez agricultores, cazadores, recolectores, artesanos y constructores de sus chozas e instrumentos de trabajo, y solo temporalmente se dedicaban con preferencia a una sola de estas actividades”24, es menester señalar que el sistema de trabajo que tenían en el México Antiguo, era un sistema rotativo de labores, y que las múltiples actividades solo el tiempo de realización las dividía, en otras palabras los campesinos realizaban todo tipo de “trabajos”. Cuando las civilizaciones pre-cuauhtemicas crecieron y contaban con una gran disponibilidad de energía humano, se crearon sistemas administrativos para dirigir y organizar el trabajo, de manera que se cumpliera el calendario agrícola. “Este sistema conocido en los tiempo coloniales con el nombre de coatequilt o cuatequitl administro centralmente la fuerza de trabajo disponible en un territorio y en épocas determinadas”25 Este sistema laboral su estructura consistía en hacer agrupaciones de campesinos, (grupos de 20, a cargo de un vigilante, a su vez estos se podían juntar con otras 4 y así hacer un grupo de 100 hombres), estos grupos tenia la labor de realizar determinadas tareas por un cierto lapso de tiempo. De la misma manera los campesinos de una región conformaban grupos denominados calpullis, con los objetivos de satisfacer los tributos que le proporcionaban a la autoridad central, y paralelamente para la satisfacción de las necesidades de sus familias. El sistema de trabajo tenía las características de ser colectivos y corporativos, por lo que cualquier actividad se realizaba de manera colectiva. En resumen el trabajo en esta época de la historia de México, era de un carácter comunal, en el mismo orden de ideas “la actividad humana puesta en acción para producir objetos y servicios como el fin mismo de este proceso, tenían 24 Florescano, Enrique, La formación de los trabajadores en la Epoca Colonial, 1521-1750, en La Clase obrera en la Historia de Mexico, 2° edicion, Mexico, Siglo XXI, 1981, p.15. 25 Idem. 26 una naturaleza colectiva. Tanto los sistemas de trabajo como los medios de producción, que eran también colectivos, como el fin del trabajo, que era producir bienes para satisfacer necesidades colectivas, hacían que los productos de ese esfuerzo no pudiera considerarse nunca como obra personal o particular. Eran bienes colectivos, que las autoridades de cada familia, barrio, cuadrilla o conjunto de aldeas redistribuían en el conjunto social, según sus calidades y funciones de cada individuo o estamento dentro de la sociedad”26.En el mismos sentido es de percatarse que en el México Pre-Colonial el trabajo no se encontraba sujeto a alguna normatividad, en otras palabras no existió algún antecedente legislativo en México antes de la colonización, por lo que se puede llegar a la conclusión que el trabajo encontraba regulado por medio de los usos y costumbres de las diferentes culturas originarías de México. En respectivo al salario, este no existía como tal, sin embargo, si se percibía una remuneración por el labor desempeñado de manera colectiva, el cual se puede equiparar hoy en día al salario, la retribución obtenida era proporcional al estamento social al cual se pertenecía y cualidades especificas de cada individuo. En cuanto al tiempo de trabajo este no se encontraba determinado. 1.2.2. ÉPOCA COLONIAL Esta etapa, comprende el periodo entre la Conquista Española y la Independencia de México. En esta época de la historia mexicana “Los conquistadores consideraban que el hecho de la conquista constituía un doble derecho, el apoderarse de la tierra y de los indios que en ella se encontraban”27, bajo esta idea los españoles, cometieron un incontable numero de injusticias a los grupos originarios. 26 Ibidem, p.22 27 Ediciones de Salvat Mexicana, “Historia de México” II. 4ª Edición. México, Medina Hermanos,1988, p. 1102. 27 1.2.2.1. LA ENCOMIENDA La primera figura que apareció en la Nueva España fue la encomienda, figura por medio de la cual los colonizadores tenían la obligación de educar, cristianizar y proteger a los indígenas a cambio de utilizar sus servicios. La encomienda tenia un espíritu meramente humanitario, sin embargo, esta no fue llevada así, el encomendero exploto sin misericordia el trabajo de lo indígenas, imponiéndoles jornadas inhumanas; sin cubrirles salario alguno, trabajaban sin descansos, en condiciones inseguras sin importar género o edad y, peor aun, dándoles una raquítica ración de comida. Las condiciones en las que se encontraban los miembros de los pueblos originarios provocaron múltiples choques entre los colonizadores y los religiosos, estos últimos velaban por la integridad de los indígenas y se oponían a su explotación. Uno de sus principales defensores fue Fraile Bartolomé de la Casas. 1.2.2.2. LEYES DE INDIASEl primer intento de una reglamentación del trabajo que se suscita en la época colonial, fue la aparición de las Leyes de Indias, cuyo ordenamiento tenia la finalidad de regular el trabajo y eliminar la explotación de los pueblos originarios por parte de los encomenderos. Dicho instrumento que intentaba regular el trabajo, establecía disposiciones relativas a la jornada de trabajo, al salario, salario mínimo y la prohibición de tiendas de raya. Estas Leyes de Indias cuya inspiración se encuentra en el pensamiento de Isabel la Católica, estuvieron destinadas a regular la vida de la colonia, protegiendo al indígena e impidiendo la explotación, sin embargo, nunca fueron cumplidas y solo fueron letra muerta. Dentro del sistema normativo del trabajo se encuentran las Ordenanzas, mediante las cuales se reglamentaba los diferentes oficios. Las organizaciones gremiales junto a las Ordenanzas gremiales, fueron las instituciones por medio de la cuales se regulaba el trabajo. Los gremios de la colonia tenían un estructura 28 igual a la de los gremios de Europa Occidental, es decir estaban conformados por maestros (peninsulares), oficiales y aprendices (mestizos, negros e indios). La diferencia de los gremios europeos y los gremios de la colonia consistía en la autonomía de estos, ya que las ordenanzas gremiales y los gremios, fueron un instrumento por el cual el gobierno absolutista controlaba la actividad de los hombres. También “las citadas Ordenanzas otorgaban a los maestros, una cierta autonomía para elaborar las reglamentaciones complementarias”28. “Los gremios de la Nueva España murieron legalmente dentro del régimen colonial: algunas ordenanzas del siglo XVIII hablaron de la libertad de trabajo, pero fueron las cortes quienes les dieron muerte”29, asimismo en la ley de 8 de junio de 1813 y el Constitución de Apatzingán se pronunciaban por la libertad de trabajo. La jornada estaba sujeta a la discreción de los virreyes, con la predisposición de que esta no fuera excesiva, y a su vez que los trabajadores tuvieran el tiempo necesario para que atendieran sus tierras particulares. Un ejemplo es el caso de Felipe II, el cual dispone que la jornada laboral de los obreros que trabajaban en la construcción de fortalezas, fuera de ocho horas. Otro ejemplo de la regulación de la jornada de trabajo se puede observar, expresamente en la Ley VI del Titulo VI del Libro III de la recopilación de Indias, que ordeno en el año de 1593, en donde se establecía que la jornada no podría ser mayor a ocho horas y a su vez se establecía un descanso dominical. En lo concerniente al salario, este debería ser justo y acomodado, en la medida que los miembros de los pueblos originarios habían de vivir y sustentarse de su trabajo. Los trabajadores que laboraban en las minas, podían determinar el monto de su salario, si sus pretensiones fueran desmedidas, serian tasados. Las Leyes de Indias también fijaron salarios e instauraron medios de protección del salario, como fue el pago en efectivo, pago oportuno, pago íntegro y la obligación de hacerlo en presencia de personas que calificaran, para evitar los fraudes y engaños. El Salario debía ser pagado de forma semanal y el sábado era el día estipulado para recibir dicha retribución, se prohibía el pago en especie. También 28 Davalos, José, op. cit., nota 1, p. 50 29 De la Cueva, Mario: El nuevo derecho mexicano del trabajo, 22° edición, México, Porrúa, 2009, t. I, p.39 29 se regularon otros temas, como prohibir el trabajo durante el embarazo, asi como realizar cualquier trabajo después de cuatro meses d es el caso de las mujeres embarazadas, que se prohibía el trabajo durante el embarazo. De la misma manera se instauro la prohibición del trabajo a menores de ocho años. 1.2.3. ÉPOCA INDEPENDIENTE La época independiente de México, inicia, valga la redundancia con la Independencia de México, la cual fue consecuencia de un movimiento político y social, que tuvo como objetivo poner fin al dominio español ejercido sobre el territorio mexicano. La guerra de independencia inicio el 16 de septiembre de 1810, con el Grito de Dolores, el fin de la guerra de independencia se suscitó el 27 de septiembre de 1821, con la entrada del Ejercito Trigarante a la Ciudad de México. 1.2.3.1. SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN El 14 de septiembre de 1813, José María Morelos y Pavón el “Siervo de la Nación”, se pronuncio ante el Congreso de Chilpancingo, lo hizo mediante su manifiesto denominado “Sentimientos de la Nación”, en cuyo 12° párrafo exponía su pensamiento social y su preocupación por el jornalero. “Que como la buena ley es superior á todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen á constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente él jornal del pobre, que mejore sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y él hurto” 1.2.3.2. CONSTITUCIONES DE 1824 Y 1836 Después de la guerra de independencia, al comenzar su primera época como país independiente. El estado mexicano continúo con el antiguo régimen jurídico, en otras palabras continuaron vigentes los ordenamientos que rigieron 30 durante la época colonial como las Leyes de Indias, la Novísima Recopilación y las Siete Partidas. Las condiciones de los trabajadores continuaron siendo las mismas que en la etapa colonial y, sumado a esto, sufrían de las consecuencias económicas, políticas y sociales que había traído consigo la lucha por la independencia. “En 1823, la jornada de trabajo había aumentado a 18 horas, dos mas que en los últimos años del siglo XVIII durante la colonia, y los salarios habían sido rebajados a tres reales y medio, de cuatro reales que eran para el mismo periodo; las mujeres obreras y los niños percibían un real diario en la industria textil. Para ese mismo año había 44,800 mineros trabajando en jornadas de 24 o mas horas consecutivas en el interior de las minas. En las 7 fabricas textiles de esa época laboran 2,800 trabajadores; por otra parte, estos raquíticos salarios se reducían aun mas por los precios de los artículos y alimentos de primera necesidad, que el trabajador estaba obligado a comprar en la tienda de raya, al doble o al triple del valor del mercado.”30 A pesar de las condiciones tan deplorables de las que eran victimas los trabajadores mexicanos, la constitución de 1824 se desentendió del problema social en el que el país se encontraba. En consecuencia los trabajadores desenvolvieron en una sociedad insensible a su situación de miseria y explotación. “La Constitución de 4 de octubre de 1824, que adopto para México la forma de republica representativa, popular, federal, tampoco contiene disposición alguna que se pueda constituir un antecedente de derechos laborales. La constitución centralista y conservadora de 29 de diciembre de 1836,fue , por supuesto, omisa en atribuir cualquier derecho laboral”31. 1.2.3.3. CONSTITUCIÓN DE 1857 “En el Congreso Constituyente de 1857 también aparece el problema del trabajo pero no se supo o pudo sacarlo del mismo cuadro jurídico individualista liberal. Sólo se garantizó el principio de que “nadie puede ser obligado a prestar 30 Davalos, José, op. cit., nota 1, p. 53 31 De Buen Lozano, Néstor, op. cit., nota 13, p.271 31 trabajos personales si una justa retribución y si su pleno consentimiento” y el de “libertad de asociación” pero no se llegó a más”32. La constitución de 1857 se encontraba bajo una filosofía liberal, con su sentido individualista, la creencia del libre juego de las fuerzas económicas, y la no intervención del Estado en las relaciones de trabajo. Es pertinente hacer mención que los artículos 4, 5 y 32 de este ordenamiento contenía regulación referente al
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