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INTRODUCCIÓN AL DERECHO ADMINISTRATIVO. LIC. EN GESTIÓN PÚBLICA. Número de Páginas: 04 1 ESTADO A lo largo de la presente unidad, hemos analizado desarrollo histórico del concepto “ESTADO”, definimos sus elementos constitutivos, (territorio, población, poder político), al que agregamos la soberanía. Es importante, no olvidar la definición del Estado, como una “Nación jurídica-política organizada, que tiende al bien común”. Por otro lado, justificamos la existencia del Estado, de conformidad a las teorías contractualistas de autores clásicos como Hobbes y Rousseau, siendo este último que introdujo la idea de “Pacto Social”, entre la comunidad y la autoridad. Además, es fundamental recordar que uno de los elementos del Estado es el Poder Político, definido como la capacidad del Estado para establecer normas de conducta u obrar y necesita de una voluntad, una inteligencia humana que lo haga efectivo, mediante los órganos del Estado. También vimos como cobran fuerza las funciones estatales, en razón que el Estado no es estático sino dinámico y ejerce su poder (coacción, imperium estatal) para alcanzar los fines trazados en el Preámbulo de la Constitución Nacional (bienestar general, bien común, libertad, unión nacional, paz interior, justicia, etc.). 2 Esta actividad que realiza el Estado para cumplir sus fines, se denomina “Funciones del Estado” y son tres: 1. Función ejecutiva: función rápida e inmediata que se ocupa de cumplir la ley y de satisfacer los intereses comunitarios. Es la función principal del Poder Ejecutivo (a cargo del Presidente de la Nación) dentro de la cual está la función administrativa. 2. Función legislativa: función que se ocupa de dictar, modificar las leyes (normas jurídicas de alcance general, abstractas, de cumplimiento obligatorio y dirigidas a un número indeterminado o determinable de personas) siempre que sean conformes a la Constitución Nacional. Función judicial: función que se ocupa de interpretar y aplicar la ley en casos concretos, para resolver controversias jurídicas entre partes con intereses contrapuestos (imponiendo una sentencia con fuerza de verdad legal). DERECHO ADMINISTRATIVO: CONCEPTO: Según Cassagne, es la parte del derecho público interno que regula la organización y las funciones de substancia administrativa, legislativa y jurisdiccional del poder ejecutivo y de las entidades jurídicamente descentralizadas, las funciones administrativas de los restantes órganos (Poder 3 legislativo y Poder Judicial) y en general todas aquellas actividades realizadas por personas públicas o privadas a quienes el ordenamiento le atribuye potestades de poder público derogatorias o exorbitantes del derecho privado. FUNCION ADMINISTRATIVA: Gordillo nos dice que, la función administrativa es toda actividad de los órganos administrativos (centralizados, descentralizados) y la actividad de los órganos legislativos y judiciales en la medida que no se refiera a sus funciones específicas. La función administrativa: Se manifiesta de diversas formas: actos administrativos, contratos administrativos, reglamentos, simples actos, hechos. Es ejercida por el estado y por ciertas personas jurídicas. Se fundamenta en ciertas atribuciones: facultades regladas y discrecionales, poder de policía, etc. Recuerda que los caracteres principales del derecho administrativo: Es derecho público. Es dinámico. Es organizacional. FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO: Son los hechos, actos y formas de donde surgen los principios y normas jurídicas que se aplican y componen el derecho administrativo. Las fuentes regulan la función administrativa 4 (objeto del derecho administrativo) y tienen una escala jerárquica dada por la Constitución Nacional (art. 31). CLASIFICACION DE LAS FUENTES: FORMALES: Son las normas, o principios jurídicos (Constitución Nacional, tratados, leyes y reglamentos). MATERIALES: Son aquellas que no son normas jurídicas pero que pueden hacerlas surgir o modificar (doctrina, jurisprudencia, costumbres, principios generales del derecho).
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