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308 Los nEgocios y sus REPREsEnTAcionEs inTERnAs y estereotipos tradicionales de la sociedad que le rodea. Si el entrevistador citado en el ex- perimento de la abc actuó sin intención, entonces, estará en esta tercera categoría. Cuarto, un acto discriminatorio podría ser parte de una rutina sistemática de una corporación o un grupo que sin intención incorpora a sus procedimientos institucionales prácticas que dis- criminan a mujeres y a las minorías. Las dos compañías examinadas por la abc, por ejem- plo, describen organizaciones en las que rutinariamente los trabajos que se pagan mejor se asignan a hombres y los peor pagados a las mujeres, en la suposición estereotipada de que la mujer es más adecuada para algunos trabajos que para otros. Es posible que no haya una intención deliberada de discriminar, pero el efecto es el mismo: un patrón racial o sexual de preferencia hacia hombres blancos. Durante el último siglo ocurrió un cambio importante en el enfoque, de considerar la discriminación, en esencia, un asunto intencional e individual se cambió a verla como una característica sistemática y no necesariamente intencional del comportamiento institucio- nalizado. Al principio de la década de 1960, la discriminación en el empleo se veía como un acto intencional realizado por un individuo contra otro. El título VII de la Ley de De- rechos Civiles de 1964 (modificado en 1972 y 1991), por ejemplo, parece haber tenido este concepto de discriminación cuando estableció: Debe ser ilegal la práctica de empleo para el empleador 1) que se rehúse a con- tratar o despida a un individuo, o discrimine de otra manera a cualquier individuo con respecto a su compensación, términos, condiciones o privilegios de empleo por la raza, el color de la piel, la religión, sexo o su origen nacional; o 2) limite, se- gregue o clasifique a sus empleados o solicitantes de empleo de cualquier manera que prive o tienda a privar a un individuo de oportunidades de empleo o de otra manera afecte su estatus como empleado debido a la raza, el color de la piel, sexo o su origen nacional.8 Sin embargo, al final de la década de 1960, el concepto de discriminación fue ampliado más allá de las formas intencionales reconocidas tradicionalmente de discriminación de individuos. La Orden Ejecutiva 11246, emitida en 1965, requirió que las compañías que hacían negocios con el gobierno federal no discriminaran y tomaran medidas para corregir cualquier desequilibrio en su fuerza de trabajo. Para principios de la década de 1970, el término discriminación se usaba de manera regular para incluir disparidades en la represen- tación de las minorías entre los empleados de una empresa, sin importar si la disparidad había sido intencional. Una organización participaba en la discriminación si la represen- tación de un grupo minoritario no era proporcional a su disponibilidad local. La discrimi- nación se remediaría cuando las proporciones de minorías dentro de las organizaciones fueran las mismas que las proporciones disponibles de la fuerza de trabajo mediante el uso de programas de “acción afirmativa”. Por ejemplo, una guía para empleados publicada por el Departamento del Trabajo en febrero de 1970 establecía: Un programa de acción afirmativa aceptable debe incluir un análisis de áreas dentro de las cuales quien contrata es deficiente en la utilización de grupos de minorías y mujeres, y además en metas y programación a las que sus esfuerzos deben ser dirigidos para corregir esas deficiencias y aumentar así materialmente la utilización de minorías y mujeres en todos los niveles y segmentos de su fuerza de trabajo donde existen tales deficiencias... La “subutilización” se define como tener menos de las minorías y las mujeres en una clasificación de trabajo específica de lo que se espera razonablemente por la disponibilidad.9 La Ley de Igual Oportunidad en el Empleo de 1972 proporcionó a la Comisión de Igual Oportunidad en el Empleo mayor poder para combatir estas formas de discriminación y requerir que los programas de acción afirmativa corrigieran esas deficiencias. programa de acción afirmativa un programa diseñado para asegurar que la proporción de minorías dentro de una organización sea la misma que la proporción de la fuerza de trabajo disponible. Repaso breve 7.1 La discriminación y la ley • Ley de Derechos Civiles de 1964: hizo ilegal tomar decisiones de contra- tación, despido o com- pensación basadas en la raza, el color de la piel, la religión, el sexo o el país de origen • Ley Ejecutiva 11246: exige a las compañías que rea- lizan negocios con el go- bierno federal que tomen medidas para reducir la discriminación racial entre la fuerza laboral • Ley de Igual Oportunidad en el Empleo de 1972: dio a la Comisión de Igual Oportunidad en el Empleo mayor poder para com- batir la “subutilización” y requerir programas de acción afirmativa Vela�squez 07.indd 308 24/5/06 08:47:40 la ética dE la discriminación En El trabajo 309 No obstante, algunas personas critican el punto de vista de que una institución co- meta “discriminación” si un grupo minoritario tiene menor representación entre sus empleados. Discriminar es un acto de los individuos, argumentan estos críticos, y es a individuos, ya sean mujeres o minorías a quienes se trata mal. En consecuencia, no debe decirse que existe discriminación hasta saber que un individuo específico fue dis- criminado en un asunto específico. El problema con esta crítica es que, en general, es imposible saber si se discriminó a un individuo. Las personas compiten por los puestos y las promociones. Si una persona gana una promoción o un puesto específico depende en gran medida de factores fortuitos, como quiénes son los competidores, qué habilidades tienen, cómo fue que el entrevistador vio al solicitante y cómo se desempeñó el solici- tante en los momentos críticos. En consecuencia, cuando un individuo de una minoría pierde en este proceso competitivo, en general, no hay manera de saber si esa pérdida es el resultado de factores fortuitos o de discriminación sistemática. La única manera de saber si un proceso es discriminación sistemática es ver qué pasa con las minorías como grupo: si éstas pierden normalmente, entonces es posible concluir que el proceso es dis- criminante.10 De cualquier manera, durante la década de 1980, la política del gobierno de Reagan cambió hacia el punto de vista de que la sociedad no debe centrarse en las formas institu- cionalizadas de discriminación. Más o menos desde 1981, el gobierno federal comenzó a oponerse activamente a los programas de acción afirmativa basados en análisis estadísticos de discriminación sistemática. La administración sostenía que sólo individuos que podían probar haber sido víctimas de discriminación dirigida específica e intencionalmente hacia ellos deben ser elegibles para un tratamiento especial en la contratación o las promociones. Aunque la administración de Reagan no tuvo éxito en sus esfuerzos para eliminar los pro- gramas de acción afirmativa por completo, sí lo tuvo en nombrar una mayoría de los jueces de la Suprema Corte que tomaban decisiones tendentes a minar algunos apoyos legales a estos programas. Estas tendencias se invirtieron una vez más en la década de 1990, cuando George H. W. Bush fue elegido presidente y juró “eliminar las barreras que quedaban de la discriminación del pasado”. Todavía más: el Congreso participó proponiendo una legislación que apoyaría los programas de acción afirmativa y que invertiría los veredictos de la Suprema Corte que los habían minado. Sin embargo, cuando se eligió a una mayoría republicana en la Cámara en 1992, el Congreso comenzó a discutir sobre todo la legisla- ción que prohibiría los programas de acción afirmativa. Pero la legislación no se aprobó, como se vio, en 2003 la Suprema Corte aprobó el uso de programas de “trato preferencial” para lograr la diversidad en las instituciones educativas. Así, la sociedad estadounidenseha oscilado, y continúa haciéndolo, en el asunto de si la discriminación debe verse sólo como un acto aislado no intencional o también como un patrón no intencional institucionalizado revelado por las estadísticas, y si debemos doblegar nuestros esfuerzos para combatir sólo uno de los dos. Para el propósito de análisis es importante separar los aspectos éticos generados por las políticas dirigidas a prevenir que los individuos discrimen con toda intención a otros individuos, de las que surgen por las políticas de acción afirmativa que se dirigen a lograr una representación proporcional de las minorías dentro de las instituciones. Se estudiará cada aspecto por separado. No obstante, primero, debemos examinar el grado en que discriminan las instituciones de negocios actuales. Es una creencia común que, aunque los negocios solían discriminar, éste ya no es el caso debido a los grandes logros de las minorías y las mujeres durante los últimos años. Si esta creencia es correcta (y al menos tiene el reto de los experimentos descritos, en los que se elegían pares de hom- bres y mujeres, o pares de blancos y miembros de minorías que solicitaban el mismo puesto), entonces, no tiene mucho caso discutir este aspecto de la discriminación. Pero, ¿es correcta? Vela�squez 07.indd 309 24/5/06 08:47:40
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