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No compartimos, pues, la opinión sostenida por A. NOGUEIRA LÓPEZ, Ecoauditorías, intervención pública..., op. cit., p. 229, según la cuál los organ...

No compartimos, pues, la opinión sostenida por A. NOGUEIRA LÓPEZ, Ecoauditorías, intervención pública..., op. cit., p. 229, según la cuál los organismos de acreditación constituyen un supuesto de autoadministración por tratarse de asociaciones a las que se les confieren funciones públicas [en el sentido expuesto por J. A. SANTAMARÍA PASTOR, Fundamentos de Derecho Administrativo I, Centro de Estudios Ramón Areces, Madrid, 1991, pp. 217 y 218]. Capítulo IV problemas todavía. Tanto los organismos de control como los verificadores ambientales ejercen no sólo una función técnica de carácter reglado –de comprobación y certificación del cumplimiento de normas técnicas-, sino también una función que posee mayor relevancia jurídica, puesto que deben certificar la adecuación de productos, instalaciones o procesos industriales a normas técnicas y a normas jurídicas. La vinculación de estas entidades a la autorregulación, sin embargo, es sustancialmente diversa. Si bien su actividad se orienta inequívocamente a verificar el cumplimiento de la legalidad vigente en materia de protección del medio ambiente, la intervención de los verificadores ambientales depende de la previa y voluntaria solicitud de la empresa interesada en obtener el correspondiente reconocimiento público de su adecuación a las exigencias del Reglamento EMAS. La actividad de los verificadores ambientales está principalmente destinada a completar un ámbito de responsabilidad privada, sin perjuicio de los efectos públicos que se atribuyen a la verificación. La actividad de los organismos de control, por el contrario, se orienta fundamentalmente al servicio de la Administración. Su actuación como estructuras secundarias de autorregulación se limita a determinados supuestos puntuales en los que el ordenamiento prevé expresamente que puedan actuar como soporte de la autorregulación empresarial. C) Estructuras difusas de autorregulación. Cabe añadir a esta clasificación un tipo de estructuras que pueden ser calificadas como difusas. Este adjetivo es claramente aplicable a la autorregulación que tiene lugar en subsistemas técnicos o en instituciones en las que resulta difícil identificar una estructura organizativa definida y resulta también complejo identificar los concretos destinatarios de la autorregulación. Cuando se afirma que los usuarios de Internet o la comunidad virtual se autorregulan se alude en realidad a este tipo de estructuras. El entramado de relaciones que se establecen en este ámbito ha dado lugar a la aparición incluso de un nuevo concepto de sociedad, a la que se le reconoce una elevada capacidad de autorregulación: la denominada “sociedad de la información”. A pesar de ello, los verificadores ambientales son calificados por A. NOGUEIRA LÓPEZ, Ecoauditorías, intervención pública..., op. cit., p. 243 como una manifestación del ejercicio privado de funciones públicas, poniendo esta autora el acento en los efectos administrativos de la verificación y no en la relación jurídica entre el verificador y las empresas. La noción de “sociedad de la información” no es en absoluto pacífica. Se alude a ella cuando se hace referencia a las específicas relaciones sociales articuladas en torno a Internet, identificando una sociedad basada en el uso de las nuevas tecnologías, una sociedad “virtual”, paralela a la sociedad “real”. La “sociedad de la información”, la “sociedad telemática” sería, así, una sociedad basada en unos principios y unas relaciones, paralelas, pero no idénticas, a las propias de la sociedad humana. Pero también se utiliza el término de “sociedad de la información” para destacar los rasgos de la sociedad actual -en general-, caracterizados por la preponderancia de la información proveniente de los medios de comunicación y de la utilización de las nuevas tecnologías. Según J. MAJÓ, Chips, cables y poder, Planeta, Barcelona, 1997, p. 60, la noción de “sociedad de la información” aparece cuando se pone de relieve que es precisamente la cantidad y la calidad de la información, así como la forma en que ésta se distribuye, el rasgo más característico de nuestra sociedad. Y es precisamente Internet el medio que ha hecho posible que la mayoría de los contactos económicos, sociales y culturales, giren alrededor de la información y de sus redes de interconexión. En la misma línea, la noción de sociedad informacional alude tanto al desarrollo y florecimiento de nuevas tecnologías de la información como a las transformaciones sociales derivadas de dicho desarrollo. Lo mismo sucede con la noción de sociedad red, o de cibersociedad, que califica a los usuarios de la red, por un lado o, en su acepción más amplia, es utilizada también para calificar la peculiar estructuración social actual, caracterizada

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Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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