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En una línea parecida M. F. FERNÁNDEZ, en El poder disciplinario de la empresa , Civitas, Madrid, 1991, p. 333, señala que el empleador ejerce un p...

En una línea parecida M. F. FERNÁNDEZ, en El poder disciplinario de la empresa , Civitas, Madrid, 1991, p. 333, señala que el empleador ejerce un poder originario, “que le es propio, para proteger de la manera que estime más oportuna sus intereses (autotutela)”. Similares consideraciones aplica al poder disciplinario de las asociaciones J. M. BILBAO UBILLOS, en “Las garantías de los artículos 24 y 25 de la Constitución en los procedimientos de disciplina privados: un análisis de su posible aplicación a las sanciones impuestas por los órganos de gobierno de las asociaciones”, Derecho privado y Constitución, n.º 9, 1996, pp. 45 y ss.

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732 pag.

Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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