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Resumen contratos Patente 4 hojas

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Patente. 
Concepto y duración. 
La patente es una concesión otorgada por los poderes públicos a un inventor, por la que éste 
adquiere el derecho civil durante un tiempo limitado (normalmente de17 a 20 años) de excluir 
a otros de explotar (hacer, usar o vender) lo que se proclama en dicha patente. Como 
contrapartida, el propietario está obligado a revelar los detalles de su invento (descripción 
escrita, esquemas, depósito de material). La patente no faculta a su propietario a la 
explotación comercial, quedando este aspecto regulado por las normativas correspondientes 
(p. ej., regulaciones laborales, comerciales, ambientales, sanitarias, etc.) plasmado en 
autorizaciones administrativas. 
Las patentes se rigen por el principio de territorialidad : solo son válidas en el país donde 
fueron otorgadas. 
Requisitos objetivos subjetivos y formales. 
Para la concesión de la patente deben cumplirse con 3 grupo de recaudos: 
- requisitos objetivos: deben reunirse en la regla técnica que constituye el objeto 
principal de la patente. 
- requisitos subjetivos: hacen a la calidad del sujeto que efectua la solicitud 
- requisitos formales: hacen a la documentacion que debe agregar el peticioante. 
De la ley 24481 art.4 surgen los 3 requisitos positivos y absolutos para que se de la 
pantetabilidad: 
 1)Novedad: una invención es novedosa cuando no se encuentra en el estado de la 
técnica actual. Si el inventor hace de publico conocimiento su invento aun hasta 1 año antes 
de la fecha de presentación de la solicitud de patente o, en su caso, de la prioridad reconocida, 
el mismo no pierde la calidad de novedad. 
2)Actividad inventiva: Se refiere a que para la obtencion del resultado no se deben ha ber 
utilizado técnicas que resulten evidentes para una persona con conocimientos medios en 
la materia, sino que debe haber altura inventiva: se tiene que superar el estado de al 
técnica que es el conjunto de conocimientos técnicos (ej: metodos, principios científicos) 
que se han hecho publicos antes de la fecha de al solicitud de patente. 
3)Aplicación industrial: una invención es industrial cuando: 1- la invención puede ser 
fabricada o utilizada 2-sirve para que el hombre opere sobre la naturaleza 3- produzca un 
resultado industrial.. 
Solicitud (de la patente) 
 La presentación de la solicitud de la patente, tiene 2 partes principales: 
a)un formulario de solicitud administrativa. B)los documentos técnicos de la invención 
donde se incluye el nombre de esta,fromulas,dibujos,etc.. 
-La presentación se debe hacer por escrito ante la Administración de Patentes o en el 
instituto nacional de propiedad industrial habilitado. La podrá solicitar el inventor, 
causahabitantes o representante 
-(art 18)La fecha de presentación de la solicitud de patente: será el momento en que el 
solicitante entregue en Administración de Patentes al menos: 1-una declaracion 
solicitando la patente 2 la identificacion del solicitante 3uan descripción las 
revindicaciones necesarias. 
-Para la obtención de la patente deberá perfeccionarse la presentación en un plazo de 90 
días , acompañado de la documentación exigida por el art 19 de la ley de patentes siendo 
esta: 
1)denominación y descripción de la invención . 2)planos y dibujos que se requieran para al 
comprensión de la invención 3)una o mas reivindicaciones 4) un resumen de la descripción 
de al invención y las reproducciones de los dibujos que servirán únicamente para su 
 
 
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publicación y como elemento de información técnica. 5)constancia de pago de los 
derechos f) documentos de cesión de derechos y de prioridad . 
De cumplirse lo dispuesto por el art 18 y no se acompañara la totalidad de documentos 
exigido por el art 19 dentro de los 90 días se denegara la solicitud de la patente. 
Reivindicaciones 
Las reivindicaciones tienen como fin especificar el invento (no pueden exceder la 
descripción de este) ,aun así en caso de duda los dibujos y la descripción servirán para 
interpretarlas. La ley establece que al menos debe haber una revindicacion ( llamada 
reivindicación principal), pero puede haber mas de una * (esto depende de la voluntad de 
la persona): 
La 1era reivindicación se llama principal y es la única independiente (esta completa en si 
misma); las siguientes ha esta se llaman secundarias* que estan ligadas (porque siempre 
hablan de una misma invención) de forma : 1-accesoria, cuando amplia a la principal 
2)dependientes, cuando estan relacionadas a un arevindicacion ligada accesoria. 
Por ley la reivindicación principal se tiene que referir al objeto principal, y el resto de 
estas* deben estar subordinadas a la principal. 
La reivindicación principal esta constituidas en 2 partes principalmente: 1)un preámbbulo: 
donde se describe los estados de l atecnica conocidos que se emplearon en la invencion. 
2)una caracterizacion:es donde se establece la novedad de la invencion. 
Descripción y dibujos 
La descripción de la invención tiene que tener 2 funciones: 
1-tiene que divulgarla para que una persona de oficio de nivel medio pueda ejecutarla, y 
que el examinador de patentes pueda evaluarla. 
2-debe incluir el mejor método conocido para ejecutar y llevar a la práctica la invención, y 
que este método sea aplicable a la producción. 
Los dibujos se solicitan si: son necesarios para comprender la invención, o para ejecutar la 
invención, o si en alguna parte de la descripción se menciona un dibujo. 
Los dibujos tienen que tener relación directa con la descripción, deben ilustrar las formas 
de ejecución descriptas. 
Procedimiento 
Una vez precentada toda la documntacion , la solicitud va a la Administracion Nacional de 
Patentes (AMP)donde deb ecumplir con 4 etapas: 
1- Examen preliminar: verifica si la documentacion no tiene grandes fallas(ej: error en el 
nombre del solicitante, idioma no en español,etc) Se podra pedir al solicitante que 
aclare , o corriga algo; si el mismo no cumple dentro de un plazo de 180 dias se le 
niega la solicitud. 
2- Publicacion de la solicitud: en la misma constara un monton de datos (ej: numero de al 
solicitud,resumen de la invencion). La AMP realiza la publicacion dentro de los 18 
meses,contados desde la presentacion de la solicitudo o antes del vencimiento de este 
por pedido del solicitante. 
3- Las observaciones fundadas de terceros que surgan de la publicacion,referentes a 
faltas o insuficiencias de requisitos legales (ej: pueden decir que no es una novedad) 
4- El examen de fondo:una vez aprobado el examen preliminar, se puede pedir el 
examen de fondo el cual tiene como objetivo verificar si la invencion cumple con los 
requisitos de patentabilidad .El solicitante debe abonar una tasa para este examen, 
donde luego de los 180 dias tendrá la resolución (salvo que el solicitante pida diferir 
hasta 3 años el examen de fondo) 
 
 
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5- La resolucion de la solicitud puede determinar: 1)la denegatoria :si no se corrigen los 
errores que se hayan encontrado, no cumple con el examen de fondo y se niegao 2)la 
concesión de la patente. En ambos caso se debe notificar la resolucion de 
modo fehaciente al solicitante. 
6- Publicacion de la patentacion: en sat se ponen todos los datos del solicitantey todos 
los datos del invento 
Derechos conferidos 
1-La ley establece que el derecho a la patente corresponde a quien tenga la solicitud con 
fecha de presentación o prioridad más antigua. 2) da fecha de prioridad (llamado derecho 
de prioridad) que sirve para hacer el patentamiento en otros países (que formen parte del 
Convenio de Paris) dentro de un período de 1 año. 
Excepciones (a la patentabilidad) 
El art 7 contiene un a lista de invenciones que pese a cumplir los requisitos objetivos de la 
patentabilidad no son patentables: 
Es el caso de: 1)los inventos que atenten contra la moral y buenas costumbres. Por lo que 
no se puede patentar el cuerpo humano y cualquiera de sus partes; los genes y material 
genético humano,y los productos que sirven para alterar material genético. 
2) los inventos que atenten contra la salud, la vida humana y de animales, el medio 
ambiente. 
Antes se incluían en las excepciones los productos químicos farmacéuticos y las 
invenciones relativas a la materia viva. Ambas en la actualidad son patentables, como 
también lo son las invenciones de productos o procesos biotecnológicos 
Exclusiones aquellas actividades y creaciones humanas que no pueden ser patentados 
porque no son considerados inventos ( no cumplen los 3 requerimientos de al ley( 
novedad,etc) 
El art 6 de la ley menciona que no pueden ser patentadas.. 
1) los descubrimientos (porque solo constatan la existencia de algo), teorias cientificas 
(porque no tienen un fin practico) y métodos matemáticos (porque carecen de utilida 
práctica para la industria). 
2) Las obras literarias o artisticas(no tienen aplicación industrial)o cualquier creacion 
estética (igual que lo anterior.salvo los modelso y dibujos industriales),asi como las 
obras científicas ( no dan resultados directamente utilizables para la industria). 
3) Planes reglas y métodos para el ejercicio de act intelectuales,juegos o actividades 
eonomico-industriales (no tienen aplicación industrial),y el software (es una 
elaboracion intelectual). 
Las formas de presentacion de la información. 5) metodos de tratamiento 
quirurjico,terapeutico y de diagnostico aplicbles a animales o humanos. 6)toda clase de 
materia viva y sustancias preexistentes en al naturaleza 
Licencias obligatorias 
Son aquellas concedidas por la Administración sin o contra la voluntad del titular de la 
patente, en beneficio de un tercero lo solicito de acuerdo a algunos casos que prevé la ley 
que son: 
1- Por negativa a tratar: es cuando el titular de la patente rechaza conceder una licencia 
pedida en términos y condiciones razonables. Procedimeinto: La negativa se considera 
luego de pasados 150 de echa la petición. La ley no marca plazo para solicitar la licencia 
obligatoria ( lo. 
2- Por falta de explotación: se da cuando pasan 3 años desde la concesión de la patente, o 
4 desde la presentación de la solicitud, sin que se explote, se hagan preparativos para esto 
o se produzco una paralización en la explotación por más de 1 año (salvo que hubiera caso 
 
 
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de fuerza mayor). Procedimiento: se hace una notificación al titular, antes de dar la lo. Al 
titular le va a corresponder una remuneración por la explotación de su patente. 
3- Por prácticas anticompetitivas: los casos que por ley este tipo de conducta son: 
a) Fijación de precios comparativamente excesivos: se da esto cuando en el mercado hay 
monopolios 
b) Fijación de precios discriminatorios: es cuando se hace una diferenciacion del precio 
por el lugar( o pais), y el tipo de usuario o consumidor. 
c) Negativa del patentado a abastecer en condiciones comerciales razonables 
d) El entorpecimiento de actividades comerciales o productivas. 
Procedimiento: las lo se otorgaran de oficio o a pedido de un tercero, siempre que se 
verifique alguna practica anticompetitiva por el titular. 
4- Por razones de utilidad pública. En arg por ley serian los casos de emergencia sanitaria: 
la falta de un producto pone en peligro la salud de la poblacio, de seguridad nacional y uso 
público no comercial. 
5- Por dependencia de patentes: se da en los casos en donde el tercero explote una 
patente que surge de mejoras significativas ( ósea útiles y de importancia económica) a 
invenciones ya patentadas. 
La concesión en todos los casos: 1)se hará con la autorización del Instituto nacional de la 
propiedad industrial (INPI), 2) DE ACUERDO AL ESTUDIO DE CADA CASO EN PARTICULAR 
3)PREVIOS ESFUERZOS DE OBTENER LA AUTORIZACIÓN DE SU DUEÑO (SALVO EN LOS 
CASOS 3Y4) 4) EL TITULAR PUEDE EXPLOTAR LA PATENTE PARALELAMENTE AL A QUIEN SE 
LE DIO LA lo 5) LA lo DURA POR LO QUE DURA LA PATENTE (O HASTA QUE SE PRODUZCA 
LA CESACIÓN DE lo). 6) QUIEN SOLICITE LA lo DEBE TENER CAPACIDAD ECONÓMICA PARA 
EXPLOTAR LA PATENTE, UN ESTABLECIMIENTO PARA ESTO Y CAPACIDAD TÉCNICA.