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PREGUNTAS – DESARROLLO 1. ¿La acción de una sociedad anónima es un título valor? Fundamente. Sí, es un título valor. Los títulos valores pueden ser representativos de dinero, mercadería, derechos o participación. En este caso, es representativo de participación en una empresa. Otra alternativa de títulos valores representativos de participación son los bonos estatales. 2. Modalidades de endoso de un vale y sus consecuencias. Un vale puede endosarse en propiedad, en procuración o en garantía. En propiedad implica la transmisión de la propiedad, en procuración que se obra por poder de un tercero, y en garantía que el endosatario recibe los derechos de un acreedor prendario. 3. Cheque certificado. Concepto y diferencia respecto al cheque común. El Banco deja constancia de la existencia de fondos suficientes en la cuenta del librador. Brinda seguridad a quien lo recibe. No puede ser parcial ni extenderse en cheques al portador. Se realiza en el mismo cheque. Los tiempos de presentación no se modifican. No puede ser endosado. 4. Diferencie empresa, empresario y establecimiento comercial. Empresa: forma de desarrollar una actividad económica. Organización de los factores de producción (capital y trabajo) para producir bienes o servicios destinados al mercado. Empresario: Es el titular de la empresa, persona física o jurídica que diseña la organización y la forma de combinación de los factores productivos. Establecimiento comercial. Es un bien complejo objeto de derecho, susceptible de ser arrendado o enajenado. 5. Plazo de presentación al cobro de los cheques Cheque en moneda nacional librado en la misma localidad del girado: 15 días Cheque en moneda nacional librado en OTRA localidad distinta: 30 días Cheque en moneda nacional librado en OTRO PAÍS: 60 días. CHEQUES EN MONEDA EXTRANJERA: 120 días. 6. Cuáles son las obligaciones del banco en el contrato de cuenta corriente bancaria. El Banco asume la obligación de atender el pago de los cheques. 7. Consecuencia de la teneduría irregular de los libros de comercio. El comerciante que no presente los libros o que no los tengas, es juzgado por los asientos del contrario. 8. Explicite los plazos de presentación de los cheques de pago diferido. A partir de la fecha de presentación, se rige por las mismas normas que un cheque común. No pueden mediar más de 180 días entre la fecha de creación y la de vencimiento del documento. 9. Concepto y régimen legal de marcas y nombres comerciales Marca: todo signo con aptitud para distinguir los productos o servicios de una persona física o jurídica de los de otra. Es un elemento material, aunque no siempre gráfico, puede ser auditivo u olfativo. Características: novedad, especialidad y distintiva. Puede ser DENOMINATIVA (vocablos), EMBLEMÁTICA (dibujo o logo) o MIXTA. 10. Cómo se define la posición de dominio en la Ley de Defensa de la Competencia. Es cuando un agente económico puede variar por sí solo sin considerar a otros agentes del sector. La ley prohíbe el ABUSO de posición de dominio, que es que el agente dominante actúe de manera tal que le permita obtener una utilidad que no corresponde a las reglas de la competencia, o para perjudicar a terceros. La posición de dominio en sí no es anticompetitiva. 11. Diferencias entre la distribución y franquicia comercial En el contrato de distribución una persona física o jurídica adquiere al por mayor productos o bienes de consumo para revenderlos en forma masiva a comerciantes en un territorio predeterminado y a través de su propia organización. Se acuerdan el modo y frecuencia de suministro. En la franquicia hay dos empresarios, franquiciante y franquiciado. El franquiciante tiene un negocio exitoso, y el franquiciado quiere participarn replicando las características de ese formato negocial, explotándolo de forma independiente pero con idéntica apariencia externa y procesos internos, de modo que parezca que todos los establecimientos forman parte de la misma cadena. 12. Títulos Valores de contenido dinerario. Caracteres. Son aquellos documentos que contienen la obligación de dar una suma de dinero: letra de cambio, cheque, vale. Caracteres referidos al documento: necesariedad (indispensable exhibirlo), constitutivo de derecho (nace con el documento), solemnidad (el documento y los actos que pueden existir en torno a él, como el endoso o el libramiento) y transmisibilidad (complementada con la tradición del título). 13. Modalidades de cheques. Cheque cruzado, cruzado especial, certificado, con provisión garantizada, de pago diferido, internacional y de viajero. 14. Cláusula de los vales. Escrito en español VALE, CONFORME O PAGARÉ. Promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero en moneda nacional o extranjera. Fecha de creación. Lugar de creación. Si no apareciera, se considerará librada en el lugar designado junto al nombre del librador. Firma del librador. Determina el nacimiento de la obligación. 15. Explique la característica de literalidad de los títulos valores. Es una característica referida al derecho. El contenido, extensión y reglas del ejercicio del derecho incorporado al documento son únicamente los que resultan de los términos en que está redactado el título. Los derechos que acuerda el título son los que surgen del documento. Los derechos sólo existen en los términos que constan en el título. 16. Patente de invención. Concepto. Invención: Es un elemento de la propiedad industrial. Se aplica siempre a una invención ya que si no hay invención no hay patente. Una invención es la creación de un nuevo elemento o un procedimiento que no existía, o una combinación de elementos y/o procedimientos que satisfacen alguna necesidad humana, aportan una solución a un problema o cuestión técnica preexistentes. La patente de invención es un DOCUMENTO o TÍTULO que confiere el estado al inventor y que le otorga el derecho de explotar en forma exclusiva su invento por determinado tiempo. Su plazo de creación es de 20 años. Está prohibido patentar creaciones médicas o invenciones contrarias al orden público, las buenas costumbres, la salud y seguridad públicas, o al medio ambiente. 17. Explicite plazos de prescripción de los vales. Las acciones cambiarias contra el librador prescriben a los cuatro años contados desde la fecha de vencimiento. Contra endosantes y avalistas, un año desde el vencimiento. Del que pagó contra los demás obligados es de seis meses desde el día que pagó o se le notificó la demanda. 18. Explique las características de Autonomía y Abstracción de los Títulos Valores. Todo suscriptor de un título valor se obliga autónomamente, no afectando las circunstancias que invalidan la obligación de alguno de los signatarios las obligaciones de los demás. El que se obligó a pagar no puede justificar su incumplimiento alegando excepciones o defensas que tengan relación con la obligación asumida por anteriores tenedores. Los títulos valores son abstractos, independientes del negocio que dio origen a su libramiento. Al negocio que originó el libramiento se le llama relación causal. No es posible oponer excepciones en juicio cambiario fundado en la causa de su libramiento. 19. Concepto y diferencias entre una letra de cambio, un vale y un cheque. Letra de cambio: Orden por la cual el librador encarga al girado el pago de una suma de dinero a favor de un beneficiario. Intervienen tres sujetos. El librador se obliga por vía cambiaria (libramiento de la letra) y extracambiaria (obligación comercial que motivó el libramiento de la letra). Se usa entre ausentes. Vale: El librador promete al beneficiado el pago de una suma de dinero. También se obliga dos veces. Cheque: Medio de pago para sustituir el papel moneda. Interviene un librador, que gira fondoscontra un banco, mediante este documento. Es una orden de pago pura y simple, incondicionada, que no puede ser revocada. 20. Régimen de caducidad de los cheques. La caducidad opera cuando el tenedor de un cheque omite cumplir con las diligencias que le determina la ley: presentación del título dentro de ls plazos de presentación, lo que es sancionado por la ley con la pérdida de todas las acciones cambiarias. La prescripción opera luego de transcurrido determinado período de tiempo, por la inacción del acreedor de iniciar acciones cambiarias. 21. Cláusulas de vencimiento de las letras de cambio y cheque. En la letra de cambio, el librador establecer el vencimiento. En el caso de que no se establezca el vencimiento, la ley establece que vencen al momento de su presentación. Letra a cierto plazo desde la vista: “Páguese por esta letra la suma de xx en el plazo de 30, 60 días a contar de la vista…” Letra a cierto plazo desde la fecha: en este caso el librador fija la fecha devencimiento pero este vencimiento se computa a partir de la fecha de libramiento. Letra a fecha fija: en este caso se establece la fecha del vencimiento, es un vencimiento fijo. La propia letra estipula la fecha de vencimiento y en esa fecha hay que presentarse a cobrar. Cheque: en el cheque diferido se establece la fecha de cobro, que no puedo distar más de 180 días de la fecha de emisión. No se pueden poner otras cláusulas al respecto. 22. Protección de la marca notoria en Uruguay Las marcas, patentes y otras invenciones son bienes inmateriales sobre las que se puede ejercer el derecho de propiedad. El registro otorga el derecho a la marca y se presume que quien inscribe la marca es su propietario. Este derecho alcanza únicamente a los bienes y servicios respecto de los cuales confirió el registro de la marca. La inscripción en el registro nacional de marca da derecho a la propiedad exclusivo de la marca: limitación temporal y espacial (territorio nacional) 23. ¿Las acciones de una SA son títulos valores? Sí, son títulos valores de participación, junto con los bonos. 24. Diferencia el endoso en garantía y en propiedad. Endoso en garantía: Cuando se endosa usando la cláusula “en garantía” o “en prenda” se constituye un derecho real de garantía sobre el título de modo que el endosatario recibe los derechos de un acreedor prendario además de los derechos de procuración. Endoso de propiedad: el endoso es el título hábil para transmitir la propiedad del derecho de crédito consignado en el documento siempre y cuando a este título se le sume el modo de transmisión o entrega. Si el endoso no establece otra cosa, se entiende que es un endoso de propiedad. 25. Diferencia entre el endoso y el aval. Endoso: acto jurídico unilateral de voluntad para transmitir los títulos valores a la orden. El endosante pone a otro acreedor (endosatario) en su misma posición y lo inviste de los derechos que el título confiere. Aval: Garante de las obligaciones contenidas en un título valor. Es un acto jurídico también unilateral, en el cual el avalista SE OBLIGA A RESPONDER DEL PAGO FRENTE A CUALQUIER PORTADOR. La fuente de su obligación está expresada en la firma. 26. Diferencias de la competencia prohibida y desleal. Competencia prohibida: Se prohíben los actos que puedan tener por objeto distorsionar la competencia en el mercado. las prácticas colusivas (fijación de precios o cantidades a vender al mercado, acuerdos colusivos entre empresas constructoras para licitar obras de infraestructura) están prohibidos. También está prohibido impedir el acceso de competidores a infraestructuras esenciales para la producción. Abuso de posición dominante está prohibido porque imposibilita la libre competencia y crea una situación de dominio o monopolio en el mercado. Si dada la situación del mercado se va a crear una concentración monopólica, debe estar autorizada por la comisión de promoción y defensa de la competencia. Competencia desleal: Para que exista debe verificarse que haya CONCURRENCIA (actividades competitivas entre sí), MEDIO ILÍCITO DE CONCURRENCIA, RIESGO DE DESVÍO DE LA CLIENTELA Y MEDIOS DESLEALES DE COMPETENCIA Los medios desleales de competencia son: confusión (“Hernig”), Denigración y desorganización (genera trastornos al primero). 27. Marca notoria. Marca es todo signo con aptitud para distinguir los productos o servicios de una persona física o jurídica de los de otra. Debe poseer las características de NOVEDAD, ESPECIALIDAD Y DISTINCIÓN. Puede identificar bienes, productos o servicios. Se puede transferir entre vivos, heredar testamentariamente o por sucesión, y también reivindicarse. Se puede obtener licencia o sub licencia de uso de marca, se puede prendar y también embargar. La marca también se extingue: por expiración del plazo de 10 años, por incumplimiento del cedente de la marca de su obligación de declarar si pose otra marca igual o semejante, por voluntad del propietario de la marca o por declaración de nulidad. 28. Que es la literalidad del derecho y de la obligación cambiaria. Literalidad: el contenido, extensión y reglas del ejercicio del derecho incorporado al documento son los que resultan de los términos en que está redactado el título. Los derechos sólo existen en los términos que constan en el título. Obligación cambiaria: Todos quienes firman un título valor, ya sea como libradores, endosantes, aceptantes o avalistas se obligan frente al tenedor del título a pagar todo el importe. El acreedor tiene derecho a demandar indistinta o conjuntamente a cualquiera de los firmantes. Los deudores responden en forma directa, no pudiendo excusarse. 29. Caracteres de los cheques cruzados. El cruzamiento es una limitación para el derecho al cobro del tenedor de un cheque, ya que lo va a tener que efectuar siempre por intermedio de un banco. El cruzamiento puede ser general cuando no contiene ninguna mención o la palabra banco, y puede ser especial, cuando entre las líneas paralelas se pone el nombre de un banco determinado. El cruzamiento especial no puede transformarse en general. 30. Quienes son los sujetos obligados en la emisión de un vale. El librador o creador, que pueden ser varias personas, que se comprometen a pagar, y los endosantes y avalistas. 31. Régimen de transmisión de los títulos valores. En líneas generales el título hábil para transmitir un título valor es el endoso, aunque también existe la figura de la cesión de crédito, que aplica en el caso de papeles no endosables. ENDOSO: Acto jurídico unilateral requerido para transmitir los títulos valores, ya sea que están a la orden o son nominativos. El acreedor (endosante) pone a otro acreedor (endosatario) en su misma posición y lo inviste de los derechos que el título confiere. El endoso es unilateral, literal, solemne, autónomo y solidario. Se puede endosar en propiedad, para cobranza o en garantía. CESIÓN DE CRÉDITO DE PAPELES NO ENDOSABLES: Aplica cuando el título valor es endosado en fecha posterior a su vencimiento; cuando el endoso es posterior al protesto por falta de pago, o cuando los valores tienen la cláusula “no a la orden”, “no endosable” o “no transferible”, lo que hace recurrir a una figura distinta a la del endoso. La cesión de crédito es un contrato que no requiere ninguna formalidad y que involucra notificar al cedido (por lo que no es autónoma como el endoso). El cedente responde por la existencia y legitimidad del crédito, no por el pago del deudor. Si el deudor no consiente la cesión pueden oponerse excepciones. 32. Formas de transmisión de las letras de cambio. Puede transmitirse por endoso si está dentro del plazo de cobro, o mediante cesión de crédito si es endosada en forma posterior a su vencimiento. 33. Vencimientos en las letras de cambio y en loscheques. Letra de cambio: El plazo de presentación es de un año a partir de la creación o emisión. Si no se presentan en dicho plazo, caducan las acciones cambiarias y causales. En cuanto a la prescripción, opera a los tres años contados desde el vencimiento de la letra. Cheques: en moneda nacional vencen a los 15.30,60 días según sean emitidos en la misma plaza, otra plaza del país o en el extranjero. Los cheques en moneda extranjera vencen a los 120 días. Las acciones judiciales del tenedor contra el librado y endosantes prescriben a los seis meses desde el vencimiento del plazo de presentación del cheque para su cobro. 34. Modalidades del endoso en los títulos valores. De acuerdo a los derechos que transmite, el endoso se clasifica en DE PROPIEDAD, PARA COBRANZA O EN PROCURACIÓN, y EN GARANTÍA. De acuerdo a sus formalidades, puede ser A SOLA FIRMA, EN BLANCO, o ENDOSO PLENO. 35. Que es un cheque diferido. Orden de pago que se libra contra un banco en el cual el librador, a la fecha de presentación estipulada en el propio documento, debe tener fondos suficientes depositados a su orden en cuenta corriente bancaria o autorización para girar en descubierto. Es un documento que tiene dos fechas: de creación y de vencimiento, no pudiendo mediar un plazo de más de 180 días entre ambas fechas. A partir de la fecha de presentación, fecha en la que se cobra, se rige por las normas del cheque común. Las enunciaciones son las mismas, a las que se agrega “cheque de pago diferido” y la fecha desde la que puede ser presentado al cobro. 36. En qué consiste la tenencia regular de libros para el comerciante. El comerciante tiene la obligación de llevar libros de contabilidad en idioma español. Son obligatorios el diario, inventario y copiador de cartas. Los libros deben estar encuadernados, forrados, foliados y certificados (requisitos extrínsecos). A esto se agrega, que los asientos deben preservar la veracidad, por lo que se define que en el diario deben asentarse las operaciones en orden cronológico, diariamente. En el inventario se registra el inventario y balances: de apertura y a fin de cada ejercicio. El copiador de carta registra la correspondencia. Se permite llevar libros auxiliares. PRUEBA DE LIBROS: Si el comerciante no presenta los libros o están en régimen irregular, es juzgado por los asientos del contrario. Puede pedírsele exhibición general de libros, o parcial. La general es muy excepcional. Ambas son por vía judicial. Los libros deben conservarse por veinte años. 37. Explique la característica de autonomía del derecho y abstracción de los títulos valores. Autonomía: porque todo suscriptor se obliga autónomamente, independientemente de las obligaciones de los demás obligados. No existe la excusión. Abstracción: son independientes del negocio que dio origen al libramiento de los mismos. 38. Enajenación del establecimiento comercial. Régimen de limitación de responsabilidad del adquirente. Un establecimiento comercial puede enajenarse en un solo acto, celebrando y pagando, o haciendo una promesa de enajenación, cumplir con algunas instancias, otorgar la venta definitiva y pagar el saldo. La venta definitiva debe estar precedida de publicaciones obligatoriamente, en diario oficial y otro de circulación en la localidad de la casa de comercio. Esto es para proteger a los acreedores haciéndoles saber que el establecimiento va a cambiar de dueño. Las publicaciones se hacen durante 20 días para dar 30 días a los acreedores para presentarse a dejar constancia de los créditos que son titulares. Si no se hacen las publicaciones, el vendedor será solidariamente responsable con el comprador por todas las deudas de la casa de comercio, figuren o no en los libros de contabilidad. La responsabilidad subsiste hasta que se cumplen las publicaciones legales. Después de esa instancia cesa la responsabilidad solidaria del vendedor por las deudas que sean posteriores a la enajenación, y el único deudor va a ser el nuevo propietario. La compraventa igual es válidaaunque no se realicen las publicaciones. 39. Cuáles son los actos anticompetitivos prohibidos en la legislación de defensa de la competencia. Actos de confusión, denigración y desorganización. PREGUNTAS – MULTIPLE OPCIÓN 40. La enajenación de una panadería: a. Solamente es válida si es precedida de publicaciones en Diario Oficial y otro. b. Cuando no es precedida de publicaciones en Diario Oficial y otro, genera responsabilidad solidaria entreadquirente y enajenante. c. Se publica dentro de los 30 días desde el otorgamiento del contrato. 41. Son elementos que integran el establecimiento comercial: a. El inmueble donde se realiza la actividad comercial (local) b. Los créditos y las deudas contraídas por el titular del mismo c. Los contratos celebrados por el titular de la casa de comercio d. Bienes incorporales como por ejemplo, las marcas. 42. Los derechos que nacen de los títulos valores son abstractos: a. Siempre b. Si son autónomos y de contenido dinerario c. Si la relación fundamental es válida d. Cuando ese derecho cambiario es independiente de la relación fundamental 43. El girado en la letra de cambio: a. Es un obligado cambiario al igual que el endosante y el librador b. Es el principal obligado cambiario c. Es a quien el tenedor debe requerir la aceptación de la letra d. Es el beneficiario de la letra de cambio 44. La exhibición general de libros de comercio prevista en el Código de Comercio: a. Procede cuando un acreedor hipotecario la solicita al juez por falta de pago de su crédito b. Procede cuando un socio la solicita al juez por la omisión de otros socios de permitirle acceso a esoslibros c. Procede cuando el juez lo requiera a los deudores hipotecarios que incumplen sus funciones d. Supone llevar al juzgado la fotocopia de todos los asientos
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