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ASESORES EN PROTECCIÓN 
RADIOLÓGICA Y NUCLEAR
IRRADIACIÓN MÉDICA
Dr. Juan Azorín Nieto
IRRADIACIÓN CON FINES MÉDICOS 
DURANTE EL EMBARAZO
Introducción
Anualmente miles de mujeres embarazadas se exponen, 
por necesidad, a la radiación.
La falta de conocimientos elementales al respecto 
provoca ansiedad a diferentes niveles, dándose casos de 
la interrupción innecesaria del embarazo.
En la gran mayoría de los casos, las pacientes tienen la 
exposición médica apropiada a la radiación, por lo que el 
riesgo que corre el feto es mínimo.
Ejemplo: uso justificado de tomografía computada, 
TC, en una mujer embarazada que sufrió un accidente 
automovilístico
Riñón distendido con 
desprendimiento de la aorta
Laceración del bazo
Riesgo fetal por irradiación
Hay riesgos para el feto durante el embarazo que están 
relacionados con la etapa del mismo y la dosis absorbida.
Estos riesgos son más significativos en la etapa de 
organogénesis y el período fetal temprano, i.e., en los 
primeros meses del embarazo.
Mayor riesgo Menor riesgo Mínimo riesgo
Malformaciones inducidas por radiación
• Las malformaciones tienen un umbral de 100 – 200 mGy 
o mayor, y están típicamente asociadas a problemas del 
Sistema Nervioso Central (SNC).
• Una dosis de 100 mGy al feto no es posible alcanzarla ni 
aún con tres exámenes pélvicos de TC o 20 radiografías 
convencionales.
• Sin embargo, existen niveles de irradiación que pueden 
alcanzarse en radiología intervencionista (fluoroscopía) 
de pelvis o en radioterapia.
Efectos sobre el S N C
El SNC es particularmente sensible a la radiación 
durante el período de 8 a 25 semanas posterior a la 
concepción.
Dosis mayores a 100 mGy recibidas por el feto pueden 
reflejarse en una reducción del coeficiente de 
inteligencia, IQ.
Si la dosis recibida es del orden de 1000 mGy puede 
provocar retraso mental severo y microcefalia, 
principalmente si ocurre dentro de las semanas 8 a 15; el 
efecto es menor si es entre las semanas 16 a 25.
Materia gris heterotópica (flechas) en la cercanía de los 
ventrículos en un individuo con retraso mental, debido a 
una alta dosis de radiación recibida in útero
Frecuencia de microcefalia en función de la dosis y de la 
etapa de gestación, ocurridas como consecuencia de la 
exposición in útero en sobrevivientes de la bomba 
atómica
Leucemia y cáncer
Ya se ha demostrado que la exposición a la radiación 
aumenta el riesgo de desarrollar leucemia y muchos otros 
tipos de cáncer en niños y adultos.
Se asume que durante la mayor parte del embarazo, el 
embrión y el feto tienen el mismo riesgo que un niño para 
efectos carcinogénicos.
El riesgo relativo puede ser tan alto como 1:4, i.e., 40% 
sobre la incidencia normal, debido a una dosis fetal de 10 
mGy.
Para un individuo in útero expuesto a 10 mGy, el riesgo 
absoluto de cáncer en la etapa 0 – 15 semanas es alrededor 
de una muerte por cada 1 700.
Probabilidad de tener un hijo sano en 
función de la dosis de radiación
99.197100
99.49750
99.69710
99.7975
99.7971
99.7970
Prob. de no cáncer 
(0-19 años)
Prob. de no 
malformación
Exceso sobre el 
fondo natural (mGy)
Irradiación preconcepción
.o existe evidencia de que la irradiación 
preconcepción de las gónadas de los padres aumente el 
riesgo de cáncer o malformación de los niños.
Esta aseveración proviene de los estudios realizados a 
los sobrevivientes de la bomba atómica y de pacientes 
que han sido tratados con radioterapia cuando eran 
niños.
Consentimiento informado y entendido
La paciente o trabajadora embarazada tiene derecho a saber 
la magnitud y tipo de los efectos potenciales que podría 
acarrear una irradiación in útero.
La comunicación deberá estar relacionada con el nivel de 
riesgo. La comunicación de riesgo despreciable será
adecuada para procedimientos de muy baja dosis, menor a 
1 mGy para el feto. Si la dosis es mayor a este valor tendrá
que darse una explicación más detallada. 
Exposición de pacientes embarazadas
En algunas circunstancias la exposición a radiación es 
inapropiada y el feto puede ser llevado a condiciones de 
riesgo que pongan en peligro su salud.
Las dosis prenatales provenientes de la mayoría de los 
procedimientos de diagnóstico, adecuadamente realizados, 
no conllevan incremento de riesgo mesurable en muerte 
prenatal, malformación o deterioro mental.
Dosis mayores, como las presentes en procedimientos 
terapéuticos, si pueden dañar al feto.
Procedimientos médicos de radiación
Toda práctica médica debe estar justificada: probabilidad 
mayor de beneficio que de riesgo.
Las exposiciones médicas deben estar justificadas para 
cada paciente antes de que sean llevadas a cabo.
Una vez decidida la aplicación de un procedimiento 
médico de radiación, la dosis fetal administrada deberá
ser suficientemente reducida hasta obtener la información 
diagnóstica requerida.
Evaluación de pacientes 
potencialmente embarazadas
Debe intentar determinarse que mujer, en edad fértil, 
pudiera o no estar embarazada antes de someterla a 
cualquier tipo de tratamiento diagnóstico o terapéutico 
radiactivo.
La pérdida del período de menstruación en una mujer
regular tendrá que considerarse como signo de embarazo, 
a menos que se pruebe lo contrario.
Se deben colocar avisos relacionados con el embarazo en 
las salas de espera y lugares comunes visitados por las 
pacientes.
“Si sospecha que Ud. pueda estar embarazada, 
notifíquelo a su médico o a algun miembro del 
personal, antes de ser examinada con rayos X, ser 
sometida a tratamiento o de recibir una inyección 
con material radiactivo”
Dosis fetales aproximadas para exámenes 
convencionales con rayos X (UK, 1998)
<0.01<0.01Cráneo
Espina torácica
41.1Pelvis
101.7
Urograma
intravenoso
Espina lumbar
<0.01<0.01Pecho
4.21.4Abdomen
Máxima, mGyMedia, mGyExamen 
Dosis fetales aproximadas para procedimientos 
de fluoroscopía o de tomografía (UK, 1998)
8025Pelvis (TC)
498.0Abdomen (TC)
1.00.06Pecho (TC)
<0.005<0.005Cabeza (TC)
2.46.8Ba (enema)
5.81.1Ba (tomado)
Máxima, mGyMedia, mGyExamen
Procedimientos para dosis más altas
Los procedimientos de terapia de radiaciones o 
intervenciones fluoróscopicamente guiadas pueden 
proporcionar dosis fetales entre 10 y 100 mGy o aún 
más, dependiendo de lo específico del procedimiento.
Después de que estos procedimientos hayan sido 
aplicados a pacientes embarazadas, las dosis fetales y 
los riesgos potenciales al feto deberán estimarse por 
una persona capacitada.
Medicina nuclear y pacientes embarazadas
La mayoría de los procedimientos diagnósticos se 
efectúan con radionúclidos de vida media corta, los 
cuales no proveen dosis fetales altas, p. ej. 99Tcm.
A menudo las dosis fetales pueden reducirse mediante la 
hidratación maternal, estimulando la producción y 
evacuación de orina .
Algunos radionúclidos pueden atravesar la placenta, p. 
ej. 131I, y producir riesgos al feto.
La tiroides fetal acumula yodo a partir de unas 10 
semanas de gestación.
Dosis altas a la tiroides fetal pueden producir 
hipotiroidismo permanente
Si se descubre que hay embarazo dentro de las 12 
horas siguientes a la aplicación de 131I, puede reducirse 
la dosis fetal administrando oralmente a la madre una 
dosis de potasio-yodo estable (60 –130 mg); este 
proceso debe repetirse varias veces.
.
.
.
.
0.150.040.55Toma de 131I
0.30.630Toma de 123I 
1.8
0.9
1.1
3.7
3.5
2.5
4.7
0.9
0.6
4.4
9.0
6.0
750
240
300
400
300
930
Exámenes con 99Tcm
Óseo
Pulmonar
Coloidal de hígado
Tiroidal
Renal DTPA
Glóbulos rojos
9 
meses
Embarazo 
temprano
Actividad
(MBq)
Radionúclido y 
Procedimiento
Dosis fetal a cuerpo entero (aprox.) en mGy, para 
procedimientos comunes en medicina nuclear
Medicina nuclear y amamantamiento
En la leche materna se excreta un número considerable 
de radionúclidos. Se recomienda suspender esta forma 
de alimentación en los casos siguientes:
Totalmente, después de recibir terapia con 131I.
•Tressemanas, después de haber ingerido 131I, 67Ga, 
22Na o 210Tl.
•Doce horas después de haber recibido hipurato de 131I y 
todos los compuestos de 99Tcm, excepto, en examen de 
glóbulos rojos, DTPA y fosforatos, para los cuales la 
suspensión es por 4 horas.
Exposición a la radiación de trabajadoras 
embarazadas
Las trabajadoras en medicina de radiaciones que 
estén embarazadas, podrán trabajar en un 
ambiente de radiaciones por tanto tiempo, como 
pueda asegurarse razonablemente, que la dosis 
fetal pueda mantenerse por debajo de 1 mGy
durante su embarazo.
Esta es la dosis que recibe anualmente cualquier 
persona por radiación natural de fondo (1 mGy, 
aproximadamente).
Al término del embarazo
1) Las dosis fetales altas (100 a 1000 mGy) durante los 
últimos días del embarazo no producen malformaciones 
o defectos al nacer, puesto que ya están formados todos 
los órganos.
2) Dosis fetales tan altas como 100 mGy tienen un 
pequeño riesgo individual de cáncer inducido por 
radiación. Existe más del 99% de probabilidad de que 
el feto expuesto no desarrolle cáncer de tipo infantil o 
leucemia.
3) No se justifican dosis fetales menores a 100 mGy al 
final del embarazo debido al riesgo de radiación
4) Dosis fetales superiores a 500 mGY pueden significar 
daño al feto; la magnitud y tipo de daño es función de la 
dosis y del estadio del embarazo
5) Si son necesarias dosis fetales entre 100 y 500 mGy
las decisiones que se tomen deberán estar basadas en las 
circunstancias particulares del caso.
Riesgo en población embarazada no 
expuesta a radiación
Riesgo
-Aborto espontáneo > 15 %
-Incidencia de anormalidades genéticas 4 a 10 %
-Retardamiento de crecimiento intrauterino 4 %
-Incidencia de una malformación mayor 2 a 4 %