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ASESORES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA Y NUCLEAR IRRADIACIÓN MÉDICA Dr. Juan Azorín Nieto IRRADIACIÓN CON FINES MÉDICOS DURANTE EL EMBARAZO Introducción Anualmente miles de mujeres embarazadas se exponen, por necesidad, a la radiación. La falta de conocimientos elementales al respecto provoca ansiedad a diferentes niveles, dándose casos de la interrupción innecesaria del embarazo. En la gran mayoría de los casos, las pacientes tienen la exposición médica apropiada a la radiación, por lo que el riesgo que corre el feto es mínimo. Ejemplo: uso justificado de tomografía computada, TC, en una mujer embarazada que sufrió un accidente automovilístico Riñón distendido con desprendimiento de la aorta Laceración del bazo Riesgo fetal por irradiación Hay riesgos para el feto durante el embarazo que están relacionados con la etapa del mismo y la dosis absorbida. Estos riesgos son más significativos en la etapa de organogénesis y el período fetal temprano, i.e., en los primeros meses del embarazo. Mayor riesgo Menor riesgo Mínimo riesgo Malformaciones inducidas por radiación • Las malformaciones tienen un umbral de 100 – 200 mGy o mayor, y están típicamente asociadas a problemas del Sistema Nervioso Central (SNC). • Una dosis de 100 mGy al feto no es posible alcanzarla ni aún con tres exámenes pélvicos de TC o 20 radiografías convencionales. • Sin embargo, existen niveles de irradiación que pueden alcanzarse en radiología intervencionista (fluoroscopía) de pelvis o en radioterapia. Efectos sobre el S N C El SNC es particularmente sensible a la radiación durante el período de 8 a 25 semanas posterior a la concepción. Dosis mayores a 100 mGy recibidas por el feto pueden reflejarse en una reducción del coeficiente de inteligencia, IQ. Si la dosis recibida es del orden de 1000 mGy puede provocar retraso mental severo y microcefalia, principalmente si ocurre dentro de las semanas 8 a 15; el efecto es menor si es entre las semanas 16 a 25. Materia gris heterotópica (flechas) en la cercanía de los ventrículos en un individuo con retraso mental, debido a una alta dosis de radiación recibida in útero Frecuencia de microcefalia en función de la dosis y de la etapa de gestación, ocurridas como consecuencia de la exposición in útero en sobrevivientes de la bomba atómica Leucemia y cáncer Ya se ha demostrado que la exposición a la radiación aumenta el riesgo de desarrollar leucemia y muchos otros tipos de cáncer en niños y adultos. Se asume que durante la mayor parte del embarazo, el embrión y el feto tienen el mismo riesgo que un niño para efectos carcinogénicos. El riesgo relativo puede ser tan alto como 1:4, i.e., 40% sobre la incidencia normal, debido a una dosis fetal de 10 mGy. Para un individuo in útero expuesto a 10 mGy, el riesgo absoluto de cáncer en la etapa 0 – 15 semanas es alrededor de una muerte por cada 1 700. Probabilidad de tener un hijo sano en función de la dosis de radiación 99.197100 99.49750 99.69710 99.7975 99.7971 99.7970 Prob. de no cáncer (0-19 años) Prob. de no malformación Exceso sobre el fondo natural (mGy) Irradiación preconcepción .o existe evidencia de que la irradiación preconcepción de las gónadas de los padres aumente el riesgo de cáncer o malformación de los niños. Esta aseveración proviene de los estudios realizados a los sobrevivientes de la bomba atómica y de pacientes que han sido tratados con radioterapia cuando eran niños. Consentimiento informado y entendido La paciente o trabajadora embarazada tiene derecho a saber la magnitud y tipo de los efectos potenciales que podría acarrear una irradiación in útero. La comunicación deberá estar relacionada con el nivel de riesgo. La comunicación de riesgo despreciable será adecuada para procedimientos de muy baja dosis, menor a 1 mGy para el feto. Si la dosis es mayor a este valor tendrá que darse una explicación más detallada. Exposición de pacientes embarazadas En algunas circunstancias la exposición a radiación es inapropiada y el feto puede ser llevado a condiciones de riesgo que pongan en peligro su salud. Las dosis prenatales provenientes de la mayoría de los procedimientos de diagnóstico, adecuadamente realizados, no conllevan incremento de riesgo mesurable en muerte prenatal, malformación o deterioro mental. Dosis mayores, como las presentes en procedimientos terapéuticos, si pueden dañar al feto. Procedimientos médicos de radiación Toda práctica médica debe estar justificada: probabilidad mayor de beneficio que de riesgo. Las exposiciones médicas deben estar justificadas para cada paciente antes de que sean llevadas a cabo. Una vez decidida la aplicación de un procedimiento médico de radiación, la dosis fetal administrada deberá ser suficientemente reducida hasta obtener la información diagnóstica requerida. Evaluación de pacientes potencialmente embarazadas Debe intentar determinarse que mujer, en edad fértil, pudiera o no estar embarazada antes de someterla a cualquier tipo de tratamiento diagnóstico o terapéutico radiactivo. La pérdida del período de menstruación en una mujer regular tendrá que considerarse como signo de embarazo, a menos que se pruebe lo contrario. Se deben colocar avisos relacionados con el embarazo en las salas de espera y lugares comunes visitados por las pacientes. “Si sospecha que Ud. pueda estar embarazada, notifíquelo a su médico o a algun miembro del personal, antes de ser examinada con rayos X, ser sometida a tratamiento o de recibir una inyección con material radiactivo” Dosis fetales aproximadas para exámenes convencionales con rayos X (UK, 1998) <0.01<0.01Cráneo Espina torácica 41.1Pelvis 101.7 Urograma intravenoso Espina lumbar <0.01<0.01Pecho 4.21.4Abdomen Máxima, mGyMedia, mGyExamen Dosis fetales aproximadas para procedimientos de fluoroscopía o de tomografía (UK, 1998) 8025Pelvis (TC) 498.0Abdomen (TC) 1.00.06Pecho (TC) <0.005<0.005Cabeza (TC) 2.46.8Ba (enema) 5.81.1Ba (tomado) Máxima, mGyMedia, mGyExamen Procedimientos para dosis más altas Los procedimientos de terapia de radiaciones o intervenciones fluoróscopicamente guiadas pueden proporcionar dosis fetales entre 10 y 100 mGy o aún más, dependiendo de lo específico del procedimiento. Después de que estos procedimientos hayan sido aplicados a pacientes embarazadas, las dosis fetales y los riesgos potenciales al feto deberán estimarse por una persona capacitada. Medicina nuclear y pacientes embarazadas La mayoría de los procedimientos diagnósticos se efectúan con radionúclidos de vida media corta, los cuales no proveen dosis fetales altas, p. ej. 99Tcm. A menudo las dosis fetales pueden reducirse mediante la hidratación maternal, estimulando la producción y evacuación de orina . Algunos radionúclidos pueden atravesar la placenta, p. ej. 131I, y producir riesgos al feto. La tiroides fetal acumula yodo a partir de unas 10 semanas de gestación. Dosis altas a la tiroides fetal pueden producir hipotiroidismo permanente Si se descubre que hay embarazo dentro de las 12 horas siguientes a la aplicación de 131I, puede reducirse la dosis fetal administrando oralmente a la madre una dosis de potasio-yodo estable (60 –130 mg); este proceso debe repetirse varias veces. . . . . 0.150.040.55Toma de 131I 0.30.630Toma de 123I 1.8 0.9 1.1 3.7 3.5 2.5 4.7 0.9 0.6 4.4 9.0 6.0 750 240 300 400 300 930 Exámenes con 99Tcm Óseo Pulmonar Coloidal de hígado Tiroidal Renal DTPA Glóbulos rojos 9 meses Embarazo temprano Actividad (MBq) Radionúclido y Procedimiento Dosis fetal a cuerpo entero (aprox.) en mGy, para procedimientos comunes en medicina nuclear Medicina nuclear y amamantamiento En la leche materna se excreta un número considerable de radionúclidos. Se recomienda suspender esta forma de alimentación en los casos siguientes: Totalmente, después de recibir terapia con 131I. •Tressemanas, después de haber ingerido 131I, 67Ga, 22Na o 210Tl. •Doce horas después de haber recibido hipurato de 131I y todos los compuestos de 99Tcm, excepto, en examen de glóbulos rojos, DTPA y fosforatos, para los cuales la suspensión es por 4 horas. Exposición a la radiación de trabajadoras embarazadas Las trabajadoras en medicina de radiaciones que estén embarazadas, podrán trabajar en un ambiente de radiaciones por tanto tiempo, como pueda asegurarse razonablemente, que la dosis fetal pueda mantenerse por debajo de 1 mGy durante su embarazo. Esta es la dosis que recibe anualmente cualquier persona por radiación natural de fondo (1 mGy, aproximadamente). Al término del embarazo 1) Las dosis fetales altas (100 a 1000 mGy) durante los últimos días del embarazo no producen malformaciones o defectos al nacer, puesto que ya están formados todos los órganos. 2) Dosis fetales tan altas como 100 mGy tienen un pequeño riesgo individual de cáncer inducido por radiación. Existe más del 99% de probabilidad de que el feto expuesto no desarrolle cáncer de tipo infantil o leucemia. 3) No se justifican dosis fetales menores a 100 mGy al final del embarazo debido al riesgo de radiación 4) Dosis fetales superiores a 500 mGY pueden significar daño al feto; la magnitud y tipo de daño es función de la dosis y del estadio del embarazo 5) Si son necesarias dosis fetales entre 100 y 500 mGy las decisiones que se tomen deberán estar basadas en las circunstancias particulares del caso. Riesgo en población embarazada no expuesta a radiación Riesgo -Aborto espontáneo > 15 % -Incidencia de anormalidades genéticas 4 a 10 % -Retardamiento de crecimiento intrauterino 4 % -Incidencia de una malformación mayor 2 a 4 %