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que habían permanecido al margen de la actuación de los poderes públicos las que se han erigido en protagonistas de las nuevas formas de intervenci...

que habían permanecido al margen de la actuación de los poderes públicos las que se han erigido en protagonistas de las nuevas formas de intervención administrativa. Gracias al impulso de la Unión Europea, los Estados han empezado a tomar en consideración qué es y que fines cumple una empresa. Rápidamente se ha observado que conocer una empresa, desde el punto de vista económico, sociológico y jurídico, ofrece una información que posee un elevado potencial transformador en la relación de estas organizaciones con la Administración. Desde un punto de vista económico, formulado muy simplemente, una empresa es, por un lado, una organización de capital y trabajo destinada a la prestación de bienes o servicios al mercado y, por el otro, una organización que tiene por finalidad la obtención de beneficios económicos. Ello quiere decir que, para cumplir sus objetivos, la empresa es una organización sensible a las demandas del mercado. Si el mercado pide calidad, las empresas aceptarán con grado las medidas de fomento instauradas por los poderes públicos que les permitan obtener un reconocimiento y una diferenciación, respecto de otras empresas que presten los mismos servicios o que introduzcan en el mercado el mismo producto, por cumplir determinados requisitos de calidad. En esta línea, cualquier organización empresarial responde más tempranamente a los estímulos que le reporta el cumplimiento voluntario de determinadas normas de calidad que a las sanciones que le puedan imponer coactivamente los poderes públicos si no cumple con las reglamentaciones obligatorias. Desde un punto de vista sociológico, puede identificarse en las empresas la existencia de un subsistema social funcionalmente diferenciado. Ello quiere decir, en primer lugar, que la empresa es una organización con una elevada capacidad de autorregulación. La autorregulación técnica, entendida, en este caso, como la instauración voluntaria de pautas técnicas de producción y organización de la actividad empresarial, así como la certificación y el control de la aplicación de tales pautas, constituye un rasgo propio e inherente a la gestión empresarial. La plasmación documental y escrita de esta autorregulación, cada vez más habitual por lo demás, no es sino una muestra de ello. En segundo lugar, la autorregulación ética, la reflexión interna de la función que cumplen las empresas en el seno de la sociedad, es otro de los rasgos que caracterizan, en la actualidad, estos subsistemas. Ser consciente de que se está desarrollando una función socialmente diferenciada, reconocer el papel que una empresa cumple en la sociedad, implica, también, asumir la responsabilidad correspondiente. Esta responsabilidad social, en cualquier caso, de no ser asumida voluntariamente, puede ser impuesta por los poderes públicos. Desde un punto de vista jurídico, una empresa es una organización que da cobertura a un ordenamiento jurídico privado. Los estatutos sociales y los reglamentos internos de una empresa no son sino las normas, de origen contractual, que regulan las relaciones internas que se desarrollan en el seno de dicho ordenamiento. Estas normas, así como los contratos que regulan las relaciones entre la organización empresarial, sus trabajadores, sus auditores, internos y externos, sus distribuidores y sus clientes, ofrecen la posibilidad de juridificar la autorregulación, transformando sus resultados en obligaciones concretas de carácter vinculante, para determinados miembros del subsistema o para todos ellos. La posibilidad de dotar de cobertura jurídica a la autorregulación empresarial permite también que ésta pueda ser exigida, en última instancia, por parte de los poderes públicos correspondientes. Capítulo II 1. Explicaciones a la transformación de las técnicas de regulación de policía. Para comprender cómo incide en la actuación de los poderes públicos la comprensión de esta realidad empresarial debe tenerse en cuenta el marco tradicional de las relaciones entre la Administración y las empresas, los fines de la intervención pública en la actividad empresarial y, destacadamente, los límites, técnicos, jurídicos y territoriales, a los que se enfrentan los poderes públicos en la materialización de tales fines. A) Limitaciones a la intervención estatal directa. La relación entre Administración y empresa, en su posición nuclear de las nociones de Estado y sociedad, respectivamente, ha venido arrastrando hasta nuestros días los presupuestos clásicos de separación entre ambas esferas. La libertad de empresa se ha erigido como una barrera de intervención del Estado, que ha impedido a éste atravesar el umbral de la puerta de cualquier organización empresarial. Esta barrera de separación, sin embargo, ha ido cediendo paulatinamente. La necesidad de garantizar la protección de la salud y la seguridad de las personas, la seguridad en el mercado, o, mucho más recientemente, la necesidad de proteger el medio ambiente, han justificado la existencia de regulaciones públicas y la instauración de una red, cada vez más tupida, de controles administrativos de carácter preventivo –autorizaciones e inspecciones- y de carácter represivo -sanciones administrativas-. En este sentido y de acuerdo con la formulación tradicional de las relaciones Estado-sociedad, han sido, como vemos, la noción de policía administrativa y las técnicas propias de la misma, las que han proporcionado el fundamento y el instrumentario necesarios para el desarrollo de la intervención pública en la actividad empresarial. A través de dichas técnicas se ha ido tejiendo un cerco alrededor de las empresas, y se ha venido restringiendo, cada vez más, su espacio de libertad. Estas restricciones, en la actualidad, se encuentran perfectamente justificadas y amparadas en el texto constitucional. El reconocimiento de la libertad de empresa no excluye, pues, la posibilidad de su ordenación por la Administración cuando ésta sea necesaria para garantizar otros derechos y libertades. La necesidad de compatibilizar diversos valores constitucionales con la libertad de empresa hace innecesario que, en la actualidad, deba recurrirse a otros títulos de legitimación, como la policía administrativa.

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Análise e Desenvolvimento de Sistemas Universidad Distrital-Francisco Jose De CaldasUniversidad Distrital-Francisco Jose De Caldas

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