Descarga la aplicación para disfrutar aún más
Vista previa del material en texto
● En 24 hs adoptando el contrato modelo. ● Uno o mas socios. ● Por instrumento público, privado con firma certificada o privado con Firma Digital de todos los otorgantes. ● Se requiere publicación previa a la inscripción en BO. Se hace automáticamente. ● Capital mínimo 2 SMVM. Acciones escriturales. ● Integración al inicio 25%. Plazo de integración máximo 2 años. (los socios responden solidariamente por la integración restante) ● Costo ½ SMVM = integración del 25%. Si el capital es mayor, hay que justificar la integración del aporte. ● Capital se encuentra dividido en acciones; Libremente trasmisibles; El registro lo lleva LA SOCIEDAD. Cesión no requiere inscripción en RP. Dr. Agustin Bender ● Completar datos de los socios ● Se elige la denominación social (aditamiento SAS por defecto) ● Se elige administradores, socios o no (1 a 5 administradores). Por tiempo indeterminado. Al menos 1 administrador suplente. Funcionamiento colegiado. Representación indistinta. No requieren garantía. ● Se constituye domicilio fiscal electrónico. ● Se informa PEP y beneficiario final (participación mayor al 20%). ● Reuniones de socios las cita cualquier administrador. ● Admite consulta simultánea, autoconvocatoria, citación y comunicación fehaciente o electrónica, reuniones por medios electrónicos. ● Para modificar estatuto Mayoría absoluta del capital. Para otras mayoría del capital presente. Dr. Agustin Bender ● Completar datos de los socios ● Se elige la denominación social (aditamiento SAS por defecto) ● Se elige administradores, socios o no (1 a 5 administradores). Por tiempo indeterminado. Al menos 1 administrador suplente. Funcionamiento colegiado. Representación indistinta. No requieren garantía (tampoco en la personalizada). ● Se constituye domicilio fiscal electrónico. ● Se informa PEP y beneficiario final (participación mayor al 20%). ● Reuniones de socios las cita cualquier administrador. ● Admite consulta simultánea, autoconvocatoria, citación y comunicación fehaciente o electrónica, reuniones por medios electrónicos. ● Para modificar estatuto Mayoría absoluta del capital. Para otras mayoría del capital presente. Dr. Agustin Bender ● Acciones libremente trasmisibles. ● Los libros son electrónicos (diario, inventarios, actas, registro accionistas) ● Se obtiene CUIT junto con la inscripción. ● Luego hay que tramitar: ● Cuenta bancaria simplificada. ● Alta en impuestos nacionales, provinciales y de la CABA ● Objeto multiple, omnicomprensivo habilita a realizar cualquier actividad Dr. Agustin Bender ● 1) No puede estar comprendida en los incisos 3 (de Economía mixta o SAPEM), 4 (Capitalización y ahorro, Entidades Financieras, Aseguradoras), o 5 (Concesiones o Servicios Públicos) del art. 299 LGS ● No puede ser controlada ni participar en más de un 30% de una sociedad comprendida en ninguno de esos incisos del art. 299 LGS ● Si quedará encuadrada en alguno de estos supuestos: ● Debe transformarse en alguno de los tipos de la LGS, e inscribirlo en un plazo no mayor a 6 meses desde que tome conocimiento, y vencido el plazo hay responsabilidad solidaria de los socios. Dr. Agustin Bender ● Puede constituirse o devenir unipersonal, sin que ello importe ninguna modificación en su contrato constitutivo, ni deba ser exteriorizado frente a terceros. ● Al igual que se prescribe para las SAU, una SAS unipersonal no puede participar o constituir otra SAS unipersonal. ● Mientras funcione de forma unipersonal, el mismo socio puede ser el administrador y representante. Dr. Agustin Bender ● Se puede constituir sin usar el modelo de estatuto – requiere dictamen profesional. ● Se puede modificar el estatuto con posterioridad. ● Régimen flexible. ● Se puede acotar el objeto social, modificar órganos, aumentar el capital, etc. ● Los trámites se realizan on-line. • Algunos de los tramites posteriores a la inscripción no requieren dictamen profesional (modificación de sede, autoridades, denominación, objeto, capital) Dr. Agustin Bender ● Puede preverse aumento del 50% sin publicación ni inscripción. ● Socios responden por la valuación privada de los aportes en especie durante 5 años (además de la garantía de integración; igual que en la SRL). ● Pueden pactarse PRESTACIONES ACCESORIAS (igual que en SA y SRL). Se modifican (incluso para cesión de las acciones) según lo convenido o en su defecto por unanimidad. ● Permite fijar primas distintas dentro de un mismo aumento (distintas clases de acciones pueden tener los mismos derechos políticos y patrimoniales y distinta prima. Dr. Agustin Bender ● Limitaciones a la transmisión. ● Estatuto debe regular la forma de negociación y transferencia de las acciones todas o alguna clase. ● Si nada se prevé es libre. ● Puede requerir autorización previa de la reunión de socios. ● Puede prohibirse transferencia de todas o de una clase plazo máximo de 10 años, posibilidad de prorrogar por plazos no mayores a 10 años, con conformidad unánime de los socios. Dr. Agustin Bender ● Se rige por las normas de la Ley, el Contrato y supletoriamente por las de la SRL y las generales de la LGS. ● El socio único puede ejercer las funciones de los tres órganos y la representación social. ● No tienen una designación predeterminada para el cargo ● Puede ser una o más personas humanas, socios o no, por tiempo determinado o indeterminado designadas en el Instrumento constitutivo o posteriormente. ● Se pueden asignar funciones a distintos administradores o que sea conjunta o colegiada su organización. Dr. Agustin Bender ● Al menos un administrador debe tener domicilio real en Argentina. Los administradores extranjeros deben tener CDI, un representante en el país y constituir domicilio. ● Se admite reuniones por medios electrónicos (Por defecto en la SAS tipo). ● Incorpora la figura del “administración de hecho” tanto para personas humanas como jurídicas que responden como administradores. Si son habituales, responden incluso respecto de actos donde no hubieren intervenido. ● Permite designar órgano de fiscalización, si no hay órgano de fiscalización, deberá designarse un director suplente) Dr. Agustin Bender
Compartir