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Aspecto negativo de la imputabilidad

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aspecto negativo 
IMPUTABILIDAD,
Imputabilidad
CONCEPTO.
Imputabilidad es la capacidad de querer y entender en el
campo del Derecho Penal.
Querer es estar en condiciones de aceptar o realizar algo
voluntariamente, y entender es tener la capacidad mental
y la edad biológica para desplegar esa decisión.
El hombre debe ser capaz de querer el resultado
delictivo, y de entender, en el campo del Derecho Penal,
para que sea sujeto imputable.
Aspecto
negativo
El aspecto negativo de la imputabilidad es la
inimputabilidad; consiste en la incapacidad de
querer y entender en el mundo del Derecho.
Pensamos que la fórmula sobre la inimputabilidad,
debe suprimir la enumeración de las causas que la
producen.
Son tres métodos; el biológico, el psicológico y el bio-psicológico o mixto.
El primero, se satisface, en la exclusión de la imputabilidad, con la simple referencia al
estado de espíritu anormal del autor; el segundo se caracteriza, en contraste al método
biológico, porque en la exclusión de la imputabilidad no destacan los estados anormales
del sujeto, sino el tercer método, el mixto, quiere remediar lo unilateral de los dos
anteriores y se apoya, para caracterizar la inimputabilidad, tanto en llamadas bases
biológicas (inconsciencia, perturbación morbosa de la actividad del espíritu) , como así
mismo las consecuencias de ellas (exclusión de la libre determinación de la voluntad).
Criterios reguladores de la inimputabilidad
Inmadurez
mental.
Causales de inimputabilidad
Trastorno Mental. Es la falta de
desarrollo mental, que es la potencia
intelectual, del pensamiento, propósito
y voluntad, que no permite llegar al
sujeto a un estado mental normal
acorde a su edad. a. Absolutas. b.
Relativas.
Los menores de edad son totalmente
capaces y no se les puede considerar
inimputables como a un enajenado
mental, lo que sucede es que están
sujetos a
un régimen diverso, al igual que lo
están los militares.
Responsabilidad del inimputable
La responsabilidad es el deber jurídico que incumbe al individuo imputable de dar cuentas
por los hechos que ha cometido y sobrellevar las consecuencias jurídicas que ese delito
produjo.
Una persona que ha cometido un delito encontrándose con todas sus capacidades
mentales tendrá que ser responsable y responder ante la ley por las consecuencias que se
produjeron a raíz de la acción u omisión realizada.
Nuestro Código Penal Federal señala en el Art 15. como una causa de exclusión del delito. 
VII. Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de
comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión,
en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a no ser que el
agente hubiere pre-ordenado su trastorno mental dolosa o culposamente.
La minoría
de edad
La minoría de edad significa la incapacidad
de servirse de su propio entendimiento sin
la guía de otro. Uno mismo es culpable de
esta minoría de edad cuando la causa de
ella no reside en la carencia de
entendimiento, sino en la falta de decisión y
valor para servirse por sí mismo de él sin la
guía de otro.
Las alteraciones de la percepción son
trastornos que afectan a la memoria y a
la conciencia y que la población percibe
como de origen transitorio y sin causa
aparente predeterminada, pero que
exigen de atención inmediata, ya que son
la antesala de problemáticas añadidas
que requieren de asistencia sanitaria
ALTERACION DE LA PERCEPCION
La enajenación y el trastorno
mental transitorio
La enajenacion mental es la locura,
demencia o perdida de la razon. En
derecho penal es un eximente porque
se entiende como enajenado al sujeto
que posee un estado mental en el cual
no puede hacerse responsable de sus
actos por la falta de juicio. 
El trastorno mental transitorio es
una manifestación concreta del
concepto de alteración o anomalía
psíquica, caracterizado por su
limitada duración.
Actio Libera 
In Causa
Es una acción cuya causa decisiva es interpuesta por
el sujeto en estado de imputabilidad, produciéndose
el resultado típico en un momento de
inimputabilidad.
Estamos frente a una conducta libre en su causa
cuando: El sujeto con capacidad de culpabilidad, se
pone por su propia decisión en forma dolosa o
culposa en un estado de inimputabilidad,
produciendo un resultado típico.
En este tipo de conductas, el sujeto hace uso de su
persona como un instrumento.
Art. 15. …a no ser que el agente hubiere pre
ordenado su trastorno mental dolosa o
culposamente, en cuyo caso responderá por el
resultado típico siempre y cuando lo haya previsto o
le fuere previsible.
Art. 67
Medida de Tratamiento Aplicable.
Art. 68
Entregadas por Autoridad Judicial.
Art. 69
Duración de la Medida
Su regulación en
el Código Penal
Federal
Art. 9
Principio vicarial
Art. 60
Inimputabilidad y
conductas libres en su
causa
Art. 142
Medidas de
inimputables
Art. 168
Extinción de las medidas de
tratamiento a inimoutables
Su regulación en
el Código Penal
de Coahuila
Art. 171
Conclusión del tratamiento.
Art. 169
Persona inimputable prófuga y extinción de las medidas de tratamiento.
Art. 170
Límite de duración de las medidas de seguridad impuestos a una persona inimputable.

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