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Toxicologia_y_Quimica_Legal

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EXP-UBA: 22.4671201 1 
Buenos Aires, 1 1 ~ E R 20.!;! 
VlSTO la Resolucion No 409 dictada por el Consejo Directivo de la Facultad 
de Farmacia y Bioquimica el 15 de marzo de 2011 mediante la cual solicita la 
aprobacion del Reglamento de las Residencias Bioquimicas en Toxicologia y 
Quimica Legal, y 
CONSIDERANDO 
Que en la ultima decada se observa un importante crecimiento de 10s 
problemas toxicologicos, especialmente 10s ambientes, laborales, drogadiccion, 10s 
cuales requiere de profesionales bioquimicos capacitados en el analisis. 
Que la Residencia Bioquimica en Toxicologia, consiste en un programa 
educativo de posgrado que se desarrolla exitosamente desde el ano 1975 en la 
Catedra de Toxicologia y Quimica Legal de la Facultad de Farmacia y Bioquimica de 
esta Universidad con su Laboratol-io asistencial CENATOXA (Laboratorio de 
Asesoramiento Toxicologico Analitico), con un alto reconocimiento por parte de la 
comunidad. 
Lo informado por la Direccion General de Asuntos Juridicos (fojas 79-80bis). 
Lo informado por la Direccion General de Titulos y Planes 
Lo aconsejado por la Comision de Estudios de Posgrado. 
Por ello, y en uso de sus atribuciones 
EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNlVERSlDAD DE BUENOS AlRES 
RESUELVE: 
ARTICULO lo.- Aprobar el Reglamento de las Residencias Bioquimicas en 
Toxicologia y Quimica Legal de la Facultad de Farmacia y Bioquimica, que como 
Anexo forma w e de la presente Resolucion. 
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interviniente, a la Secretaria de Posgrado y a la Direccion General de Titulos y 
Planes. Cumplido, archivese. 
C- -' RUBENEDUARDOHALLU 
RECTOR 
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-1- 
ANEXO 
REGLAMENTO DE RESlDENClAS BIOQUIMICAS EN TOX~COLOGIA Y 
QUIMICA LEGAL 
La Catedra de Toxicologia y Quimica Legal de la Facultad de Farmacia y 
Bioquimica tiene una funcion educativa ejercida a traves de 10s cursos de grado 
y posgrado que se dictan y una funcion asistencial de referencia a traves de la 
ejecucion de analisis toxicologicos especializados. 
I. Definicion y Objetivos 
ARTICULO 1"- La Residencia Bioquimica en Toxicologia y Quimica Legal es 
un sistema educativo de posgrado para el graduado reciente que tiene por 
objeto completar su formacion en Toxicologia ejercitandolo en el desempefio 
profesional responsable y eficaz de la disciplina, especialmente en las 
determinaciones analiticas. 
ARTICULO 2"- La Residencia Bioquimica en Toxicologia y Quin-rica Legal se 
desarrollara segljn un programa educacional predeterminado, con un regimen 
de trabajo de no menos de CUARENTA Y OCHO (48) horas semanales, con 
dedicacion exclusiva y mediante la ejecucion personal, bajo supervision, de 
actos profesionales de complejidad y responsabilidad crecientes. 
ARTICULO 3"- La Residencia Bioquimica en Toxicologia y Quimica Legal se 
desarrollara en CENATOXA (Laboratol-io de Asesoramiento Toxicologico 
Analitico) de la Catedra de Toxicologia y Quimica Legal de la Facultad de 
Farmacia y Bioquimica de la Universidad de Buenos Aires. 
II. Del director de la residencia 
AR1-ICULO 4"- Sera el Profesor Titular de la Catedra y su vez Director de 
CENATOXA o en caso de vacancia el profesor de mayor jerarquia a cargo de 
la Catedra de Toxicologia y Quirr~ica Legal. 
ARTICULO 5"- Sus funciones seran: 
1. Proponer el programa de la Residencia. 
2. Elevar anualmente un informe a la Secretaria de Posgrado de la 
de Farmacia y Bioquimica, en el cual se reserian las 
desarrolladas por 10s residentes. 
estrictamente el cumplimiento de esta reglamentac~on. 
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Ill. De 10s Residentes 
ARTICULO 6"- Seran funciones y obligaciones del residente: 
1. Cumplir, con dedicacion exclusiva, todas las tareas estipuladas en el 
programa de la Residencia Bioquirr~ica en Toxicologia y Quimica Legal. 
2. Desarrollar sus actividades de lunes a viernes en el horario de 9 a 17 
horas. El atio lectivo comenzara el 1 de febrero y finalizara el 31 de 
enero del atio siguiente. 
3. Desarrollar las tareas que se le asignen bajo la supervision de 10s 
profesionales del laboratorio, del Director o del profesional en el que se 
haya delegado esa funcion. 
4. Cumplir las indicaciones formuladas por 10s respectivos responsables, 
en lo referente a 10s aspectos tecr~icos de su funcion. 
5. Colaborar con estudios de investigacion, analisis estadisticos y otros 
estudios relacionados con la disciplina y seran incluidos como coautores 
en las publicaciones que surjan. 
6. Cumplir con las guardias que se le asignen en el laboratorio 
CENATOXA, y con las rotaciones en 10s establecimientos establecidos 
bajo la supervision de 10s profesionales del laboratorio, del Director o del 
profesional en el que se haya delegado esa funcion. 
7. Asistir puntualmente a todas las actividades que le sean asignadas. 
8. Podran desempetiar un cargo de docente auxiliar "Ad honoren", siempre 
y cuando no exista incompatibilidad horaria y respetando las actividades 
asignadas correspondientes. 
9. Consultar obligatoriamente al Director o jefe a cargo frente a un 
problema cuando la complejidad del caso lo exija. 
10. No abandonar el servicio sin antes comur~icar a quien corresponda el 
lugar al que se dirige y como se le puede encontrar, ni antes de 
asegurarse que otro residente cubra adecuadamente sus funciones. 
11. Rotar por las secciones que corresponda dentro de 10s turnos y lapsos 
que el programa establezca. 
12.Las rotaciones opcionales (fuera del programa), solo podran ser 
realizadas durante el tercer atio de formacion y dentro del ultimo 
trimestre, debiendo realizar una monografia sobre el tema de la rotacion 
y transrr~itir las experiencias y conocimientos adquiridos durante la 
misma. 
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-3- 
13. Para realizar rotaciones en el extranjero, el residente debera contar con 
la aprobacion del Director del programa avalando con una 
fundamentacion por escrito a la Secretaria de Posgrado de la Facultad 
de Farmacia y Bioql~imica que dicha rotacion amerita realizarse para el 
aprendizaje de procedimientos o tecnicas novedosas. Contara con un 
seguro de viaje a su nombre, ateniendose a las mismas pautas que para 
las rotaciones fuera del Laboratorio en cuanto a momento de realizacion 
y presentacion de la monografia. 
14. Participar en reuniones cientificas o profesionales, con autorizacion del 
responsable. 
ARTICULO 7"- Los derechos y obligaciones de 10s residentes desde el punto 
de vista administrativo seran 10s siguientes: 
1. Los residentes recibiran una remuneracion mensual, sujeta a las normas 
de liquidation y actualization vigentes, de acuerdo con el contrato que al 
respecto se suscriba. 
2. El residente tiene el derecho a recibir el Programa de la Residencia 
Bioquimica en Toxicologia y Quimica Legal a cursar al inicio de la 
misma. 
3. Todo residente, una vez que haya sido seleccionado, se sometera a un 
examen medico completo en las Direcciones de Reconocimientos 
Medicos de la Universidad de Buenos Aires. Todos estos datos seran 
incluidos en la ficha medica individual. 
4. Tendran VElNTlOCHO (28) dias corridos de vacaciones a usufructuar 
con la aprobacion del director de la residencia. Ademas se les otorgaran 
licencias especiales por enfermedad, casamiento y embarazo segun las 
normas vigentes. Teniendo en cuenta que la residencia es un sistema de 
formacion en servicio, la promocion estara sujeta a la normativa del 
articulo 12'. 
IV. Del concurso 
ARTICULO 8" Caracteristicas del concurso 
1. Al llamado a concurso se le dara la mas amplia difusion a traves de 
todos 10s medios disponibles, por un period0 no inferior a TREINTA (30) 
dias previos a su realizacion. 
2. Los requisitos para la inscripcion al concurso de Residentes son: 
2.1. Los candidatos a residentes deberan ser argentinos o 
naturalizados con un minimo de CUATRO (4) atios en el ejercicio 
(ARTICULO 7' Ley No 22.140) al mornento de la 
C,ARX" :-' 1 ; i :.:: r , . ~ ~ Lt 
L , ~ .:'.L.,',.> LJL; :L,d, 
/ 
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-4- 
2.2. Poseer titulode Bioquimico de Universidad Nacional (publica o 
privada), o certificacion que asi lo acredite y no tener mas de 
ClNCO (5) aAos de recibido a la fecha de cierre de inscripcion del 
concurso. 
2.3. Formalizar la inscripcion en la Secretaria de Posgrado de la 
Facultad de Farmacia y Bioquimica. 
2.4. Deberan presentar un curriculum vitae de antecedentes 
academicos, cientificos, y experiencia laboral. 
3. Modalidad del concurso. Un jurado designado para el concurso (segun 
ARTICULO 8O, punto 4) efectuara una evaluacion de antecedentes 
cientificos y profesionales, entrevista y prueba escrita sobre topicos del 
programa vigente, a la cual se le adjudicara un puntaje de acuerdo a la 
planilla de evaluacion que figura en el Anexo II de la presente. 
4. Designacion del jurado: El jurado designado por el Consejo Directivo, a 
propuesta de la Comision de la Secretaria de Posgrado de la Facultad 
estara constituido por el Director de la residencia, o por UN (1) profesor 
de la Catedra, por UN (1) docente regular del Departamento de Sanidad, 
Nutricion, Bromatologia y Toxicologia y por UN (1) profesional de 
reconocida trayectoria en el area y por DOS (2) miembros suplentes. El 
jurado, una vez evaluados 10s antecedentes, entrevista y prueba de 
oposicion, elaborara un orden de merito el cual tendra una vigencia de 
SElS (6) meses. 
5. En caso de producirse vacantes de residentes dentro de 10s CIENTO 
OCHENTA (180) dias de iniciado el ario de capacitacion, en 10s cargos 
vacantes se adjudicara un nuevo candidato de acuerdo al orden de 
meritos vigente. Si la vacante se produjere en un plazo mayor a 10s 
CIENTO OCHENTA (180) dias se solicitara a la Secretaria de Posgrado 
de la Facultad de Farmacia y Bioquimica un nuevo llamado a concurso 
para cubrir elllos cargos vacantes. 
ARTICULO 9"- Requisitos para acceder al cargo 
1. Haber sido seleccionado para ocupar uno de 10s cargos de Residentes 
luego de haberse realizado el correspondiente concurso. 
2. Contar con el apt0 medico correspondiente. 
V. De la permanencia y promocion 
ARTICULO lo- . Son requisitos de permanencia en la residencia: 
1. En caso de haber presentado solo certificacion de Titulo, se otorga un 
de NOVEIVTA (90) dias luego de haber accedido al cargo 
presentar el titulo correspondiente y el No de 
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-5- 
2. El nombramiento caducara ylo no sera promovido aquel residente que: 
2.1. No haya aprobado las evaluaciones correspondientes. 
2.2. Tenga mas de DIEZ (10) inasistencias injustificadas en el atio. 
2.3. Tenga mas de NOVENTA (90) inasistencias justificadas en el atio. 
2.4. Evidencie incumplimiento de las normas eticas y deberes de su 
profesion. 
2.5. Evidencie desinteres manifiesto y falta de responsabilidad en sus 
obligaciones asistenciales y docentes. 
ARTICULO 11.- La promocion o no, de un residente al atio superior o 
finalizacion de la Residencia, se efectuara mediante una evaluacion formal, que 
se basara en la evaluacion de las actividades de capacitacion y academicas 
desempetiadas en el atio, aspectos conductuales, destrezas, habilidades, 
actitudes, trato humanitario a 10s pacientes, colaboracion con la residencia, 
formacion en Docencia, puntualidad, presentacion personal, respeto hacia sus 
superiores, pares e inferiores. 
Dicha evaluacion sera realizada en el laboratorio CENATOXA y tomara en 
cuenta el juicio: 
1. Del responsable del programa 
2. De la planta de profesionales del Laboratorio 
3. De 10s docentes 
ARTICULO 12.- En caso de no alcanzar 10s objetivos academicos o de otra 
indole contemplada en el articulo anterior, el residente tendra el derecho de 
solicitar la formacion de un Tribunal que tendra por finalidad la revision del 
examen o aclaracion de 10s motivos de su no promocion. Esta solicitud debera 
ser realizada por escrito, en nota dirigida a la Secretaria de Posgrado de la 
Facultad de Farmacia y Bioquimica en un plazo no mayor de ClNCO (5) dias 
luego de su notificacion. 
La Secretaria de Posgrado de la Facultad de Farmacia y Bioquirnica tendra. a 
su vez un plazo de ClNCO (5) dias para conformar un Tribunal Evaluador, el 
c r Y T a d o por: 
.--A -. 
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1. El Director de la Residencia, o en su defect0 UN (1) representante del 
mismo. 
2. UN (1) Profesor de la Catedra de Toxicologia y Quimica Legal de la 
Facultad de Farmacia y Bioquimica 
3. UN (1) representante del Departamento de Sanidad, Nutricion, 
Bromatologia y Toxicologia. 
4. UN (1) miembro suplente propuesto por la Secretaria de Posgrado de la 
Facultad de Farmacia y Bioquimica. 
Este Tribunal una vez conformado, tendra a su vez un plazo no mayor de 
ClNCO (5) dias para dictaminar su parecer, cuya decision sera inapelable. 
ARTICULO 13.- Los miembros del Tribunal podran excusarse o ser recusados 
por algunas de las siguientes causas: 
1. Que el interesado sea deudor o acreedor de alguno de 10s miembros 
propuestos. 
2. Que cualquiera de 10s integrantes guarde relacion de parentesco 
consanguine0 hasta segundo grado entre si o en relacion al interesado. 
3. Tener el jurado pleito pendiente con el aspirante. 
4. Ser o haber sido jurado, autor de denuncia o querellado por este ante 10s 
Tribunales de Justicia o Academic0 con anterioridad a la designacion de 
jurado. 
5. Tener el jl~rado amistad intima con alguno de 10s aspirantes o enemistad 
manifiesta por hechos conocidos al momento de su designacion. 
6. Haber emitido el jurado opinion, dictamen o recomendacion que pueda 
ser considerado como prejuicio acerca del resultado del concurso que 
tramita. 
7. Haber recibido el jurado importantes beneficios del aspirante. 
8. Haber existido transgresiones a la etica universitaria por parte del jurado, 
debidamente documentada. 
9. No sera causal de excusacion ni de recusacion de 10s miembros del 
jurado el haber actuado en concursos anteriores en 10s que se 
inscribieron aspirantes que participan en el concurso que se tramita. 
VI. Disposiciones Complementarias 
ARTICULO 14.- El Programa de la Residencia, a propuesta del d~rector del la 
residencia o quien el designe, sera evaluado por la Secretaria de Posgrado y 
apro ada por onsejo Directivo de la Facultad de Farmacia y B~oquimica 
P[\ 
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-1 - 
ANEXO ll 
CONCURS0 DE RESIDENTES BIOQL~~MICOS EN T O X I C O ~ ~ G ~ A Y QUIMICA LEGAL 
Planilla de evaluacion 
.................................................... APELLIDO Y NOMBRE DEL ASPIRANTE: 
DNI No ....................................... 
Puntos 
a) Antecedentes 
Promedio de calificaciones (Hasta 10 puntos) 
b) Docencia Universitaria 
Ayudante de segunda (0,25 por semestre) 
Ayudante de primera (0,50 por semestre) 
Jefe de TP (0,75 por semestre) 
Dedicacion semiexclusiva (0,10 por semestre) 
Dedicacion exclusiva (0,25 por semestre) 
c) Publicaciones (hasta 2 puntos) 
d) Antecedentes asistenciales (Hasta 3 puntos) 
e) Prueba escrita (Hasta 10 puntos)(') 
f) Entrevista (Hasta 5 puntos) 
Comentario de la prueba 
Razones por las cuales pretende cursar la 
residencia 
PUNTAJE TOTAL 
Puntaje Parcial 
'''0 es eiimiriatorio

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